Aprobada por las
Resoluciones Departamentales:
No.19136 del 20 de
diciembre de 2002
No.0509 del 20 de
enero de 2003
No. 3603 del 26 de
mayo de 2004
DANE No. 10525000932
NIT. 811024278-6
EL BAGRE ANTIOQUIA
2023
DIRECCION: Barrio La Esmeralda – Cra. 38 Nº69B-75
MUNICIPIO: El Bagre – Antioquia
CELULAR: 3147790164
CORREO: ie.esmeralda2015@gmail.com
NUCLEO DE DESARROLLO EDUCATIVO: 106
NATURALEZA DEL PLANTEL: Oficial
CARÁCTER DE LA INSTITUCION: Mixto
NIVELES EDUCATIVOS EXISTENTES: Preescolar, Básica y Media
Académica
TIPO DE BACHILLERATO: Académico
JORNADA ESCOLAR: Mañana – Tarde - Sabatino.
NOMBRE DEL RECTOR: Moisés José Navarro Lance
CEDULA Nº 78.109.261 de Ayapel Córdoba
TITULO: Maestría en Tecnología Educativa y Medios
innovadores para la Educación.
EXPERIENCIA DOCENTES: 30 años
GRADO EN EL ESCALAFON: 14
TABLA
DE CONTENIDO
Pág.
PRESENTACIÓN
Comunidad Educativa de IE.
La Esmeralda en su Acuerdo de convivencia, busca la armonía y la humanización
la cual se constituye en la base fundamental para que exista la convivencia
entre los seres humanos. Por eso presentamos el acuerdo de convivencia donde
están contemplados todos los principios, deberes, derechos y procedimientos
para alumnos, docentes, directivos docentes, personal administrativo y padres
de familia que regulan y garantizan la práctica de una educación integral y
axiológica para que exista un ambiente de armonía, justicia social, orden y
democracia en la comunidad educativa.
ACUERDO Nro. 01
(26 de marzo de 2015)
Por la cual se
adopta El Manual de Convivencia Social de la Institución La Esmeralda El Rector
y Consejo Directivo la Institución Educativa La Esmeralda, en uso de sus
facultades legales y en especial las que le otorgan la Constitución Nacional de
1991, la Ley General de Educación y sus Decretos reglamentarios, la Ley 715 de
2001 y la Ley 1098 de 2006 y sus decretos reglamentarios, y
CONSIDERANDO:
Que es
indispensable enunciar normas básicas y claras de convivencia social, a la luz
de la Constitución Nacional, de la Ley General de educación y sus normas
reglamentarias, con la participación y aprobación de los diferentes estamentos
que conforman la Comunidad Educativa.
Que se debe
reconocer los deberes, derechos, funciones y normas reglamentarias que
corresponden al proceso interno y a la autonomía escolar que nos brinda la ley
115 de 1994, el decreto 1860 de 1994, el decreto 1290 de 2009 y el Decreto 1850
de 2002.Ley 1620 de 2013 - Decreto 1965 de 2013.
Que representantes
de padres de familia, estudiantes, docentes, directivos, personal
administrativo y de servicios han participado en el proceso de la elaboración
del Manual de Convivencia y es exigencia su conocimiento previo a la matrícula
para saber qué se firma en ella y en la obligación de cumplir el Manual de
Convivencia por el solo hecho de firmarla.
Que se debe
estimular a quienes vivan la Filosofía de nuestra Institución y la practiquen
en sus actuaciones cotidianas en la sociedad y a su vez sustenten con su
vivencia el proyecto educativo institucional de la institución.
Que es fundamental
para una sana convivencia establecer canales de comunicación y procedimientos
que garanticen el actuar armónico en el desarrollo integral de todos y cada uno
de los participantes de la comunidad educativa.
Que la institución
y el hogar son los mejores espacios para la construcción de una sociedad más
humana, justa y equilibrada.
Que el presente
Manual de Convivencia es un complemento del Ideario de nuestra institución, y
busca la vivencia de la ideología de nuestra comunidad en todos los aspectos de
la vida cotidiana.
Que el Manual de
Convivencia se revisó, actualizó y fue aprobado por toda la Comunidad educativa,
RESUELVE:
Artículo 1.
Establecer el presente Manual de Convivencia Social, como medio que nos permite
convivir en armonía dentro de una sana, justa y enriquecedora vida social y
formativa.
Artículo 2.
Garantizar el cumplimiento del presente Manual de Convivencia, por medio de la
firma de la matrícula, respetando así la autonomía de la institución y el libre
procedimiento y decisiones de la Comunidad Educativa (en sus directivas) en
establecer los derechos, deberes, funciones y normas que rigen la Institución
Educativa La Esmeralda.
Artículo 3.
Evaluar el presente manual para el año 2014 por las comisiones que se formen
dentro de la comunidad educativa y si se cree pertinente y necesario hacer la
revisión y evaluación antes del período fijado.
Artículo 4.
Afirmar que el presente Manual de Convivencia, en ninguno de sus artículos
atenta contra el libre desarrollo de la personalidad, pues ha sido una
decisión, libre, voluntaria, concertada, valorada y aceptada por la comunidad
educativa en bien de los estudiantes, docentes, personal administrativo y
directivo de la institución.
Artículo 5. Las
instancias directivas de la institución pueden expedir nuevas normas durante el
proceso educativo y hacerlas conocer por medio de resoluciones, circulares,
memorandos u otro medio y tendrán la misma validez del Manual de Convivencia.
Estas normas exigen aprobación del Consejo
Directivo, con el visto bueno de la Asociación de Padres de Familia o el
Consejo de Padres.
Artículo 6. Comuníquese
a la comunidad educativa y cúmplase.
Dado en el
municipio de El Bagre a los 31 días del mes de enero del año 2017.
MOISES NAVARRO LANCE
ARACELIA CASTRO
Rector Rapte. Docentes
JOSE SANCHEZ YOVANNY SAMPAYO
Rapte. Docente Rapte.
Padre de Familia
PAULA HERNANDEZ
Rapte. Estudiantes Rapte.
Padre de Familia
SANDRA BARRETO EXALUMNO
Rapte. Sector Productivo YULEIDIS BENAVIDES
INTRODUCCIÓN
El Proyecto Educativo Institucional
“PEI” y el Manual de Convivencia de la Institución Educativa La Esmeralda, nos
invita a precisar el sentido de la educación, a practicar los valores
corporativos de la institución como organización y a garantizar los procesos
que fortalecen los proyectos de vida de todos los miembros de nuestra comunidad
educativa.
Cada miembro de la comunidad educativa
y más aún, los de la institución, debemos comprender y comprometernos en
apropiarnos y así contribuir en el desarrollo y transformación de la cultura
educativa plasmada en el P. E. I. y en el Manual de Convivencia.
La construcción cualificada del Manual
de Convivencia de la Institución Educativa La Esmeralda, corresponde de modo
significativo concebir concertadamente los acuerdos con la participación de la
comunidad educativa, para hacer realidad nuestros ideales educativos.
El P. E. I. y el Manual de
Convivencia, ejes de nuestra institución, se enmarcan en el proyecto de
mejoramiento de la calidad de la educación y la prestación del servicio
educativo.
Esperamos que con estos propósitos
plasmados en el Manual de Convivencia como son los deberes y derechos
consagrados en la Constitución Nacional de 1991. La Ley 1098. Además, del
manual de funciones y procedimiento, sean practicados en la institución y fuera
de ella, para que crezcamos integral y armoniosamente.
JUSTIFICACIÓN
El
Proyecto Educativo Institucional y el Manual de Convivencia de la Institución
Educativa La Esmeralda son herramientas
normativas basadas en la Constitución Nacional y las leyes que regulan la
educación colombiana.
El
P. E. I. y Manual de Convivencia permiten cumplir con los programas y políticas
trazadas por el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaria de Educación
Departamental de Antioquia a través de la Secretaria de Educación Municipal y
la institución; para poder ejecutarlas y
desarrollarlas se le harán seguimientos, control a las propuestas y proyectos
allí consagrados y así cada año ajustarlo según las necesidades de nuestro
medio, como mecanismo de evaluación y de continuo movimiento en los procesos
educativos para formación integralmente a los educandos y propender por
una mejorar calidad de la educación, del
servicio y de vida en nuestra comunidad bagreña y Bajo Cauca Antioqueño.
MISION
“La institución educativa la Esmeralda,
tiene como misión formar ciudadanos íntegros, basados en una educación
innovadora, con enfoque diferencial, comprometida con el medio ambiente que
genere estudiantes competentes en la sociedad actual.
VISION
En el año 2025 la institución educativa
la esmeralda será reconocida a nivel local, departamental y nacional por ofrecer una educación integral, innovadora
en el uso de la Tics, con apertura al mundo y compromiso social.
FILOSOFIA
“Educar
en la formación de los principios, éticos, morales, religiosos, culturales,
ambientales, científicos y académicos, que conlleven al educando hacia un
desarrollo integral para hacer personas de bien, cultos, pluralistas, críticos,
flexibles, sensibles, humanistas, dinámicos, investigadores y práctico en
nuestra sociedad contemporánea, a través de la educación por competencias como
instrumento indispensable para que la humanidad pueda progresar hacia los
ideales de paz, la productividad, libertad y justicia social.”
PERFILES
PERFIL DEL ESTUDIANTE: Innovador,
critico, sensible, íntegros, comprometido con el medio ambiente, competentes en
la sociedad actual.
PERFIL DEL DOCENTE: Creativo,
respetuoso, proactivo, Responsable e innovador.
PERFIL DEL DIRECTIVO
DOCENTE: Líder,
conciliador, innovador, humanista e íntegro,
PADRES DE FAMILIA: Responsables,
Identidad Institucional y participativo.
ADMINISTRATIVOS: Idóneo,
responsable, amable y laborioso.
EGRESADOS: Emprendedores,
íntegros, asertivos, Identidad Institucional.
CREENCIAS
La
práctica hace al maestro, estudiar vale la pena, el esfuerzo te lleva al éxito,
los padres son los primeros formadores, la escuela es un lugar de aprendizaje.
VALORES
Integridad
Compromiso
Respeto
Solidaridad
Sinceridad
Amor
LEMA
Por una educación
formadora de personas de bien.
OBJETIVOS
1. Lograr una comunidad ordenada capaz
de manejar el tiempo y el espacio del trayecto educativo institucional,
haciendo viva la frase “Por una educación formadora de personas de bien”
2. Propiciar en la institución un
ambiente acogedor en donde se respeta sin distingo alguno, la dignidad de todo
ser humano, independientemente de su raza, color, género y religión.
3. Formar en los estudiantes autonomía intelectual
y una conciencia moral, que les permita la convivencia ciudadana con espíritu
formativo y solidario.
4. Preparar a los estudiantes mediante el
cumplimiento deliberativo de las normas, para enfrentarse con madurez y
responsabilidad a la realidad de la vida y a la sociedad que pertenece.
FUNDAMENTO
LEGAL
1. CONSTITUCION
POLITICA DE COLOMBIA.
Todas
las normas contenidas en el presente
manual son coherentes con la Constitución Política de Colombia. “La educación
es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social,
con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los
demás bienes y valores de la cultura.
Artículo
1º. Colombia es un
Estado Social de Derecho, organizado en forma de República Unitaria, con autonomía de sus entidades territoriales,
democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad
humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la
prevalecía del interés general.
Artículo 2º. El
Estado debe promover la participación de todos.
Artículo 13º. Libertad
e igualdad ante la ley sin discriminación alguna. Artículo 15º. Derecho a la intimidad y al buen nombre.
Artículo 16º. Derecho
al libre desarrollo de la personalidad.
Artículo 20º. Derecho a la libertad de opinión y rectificación. Artículo 23º. Derecho de petición y
pronta resolución.
Artículo 33º. Nadie
está obligado a declarar contra sí mismo o cónyuge, o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad.
Artículo 43º. Igualdad
de derechos y oportunidades para hombres y mujeres. Protección especial a la mujer embarazada y cabeza de familia.
Artículo 44º. La
educación, la cultura y la recreación son derechos fundamentales de niños, entre otros.
Artículo
45º. El adolescente
tiene derecho a la protección y formación integral, a participar en los organismos públicos o privados.
Artículo 67º. La
educación de un servicio público con función social, al que tienen derecho todas las personas.
Artículo 68º. Los
establecimientos educativos podrán ser fundados por particulares y darán participación a la Comunidad Educativa en la dirección,
Idoneidad, profesionalización y dignificación del educador. El estudiante no
puede ser obligado a recibir educación religiosa en los Establecimientos del
Estado.
Artículo 70º. Fomento
y promoción de la cultura, a través de la educación. La cultura es el fundamento de la nacionalidad.
Artículo
95º. Todo colombiano
tiene el deber de engrandecer y dignificar la comunidad nacional. Ejercer los derechos implica responsabilidades
y deberes.
Ley 12 de 1991 “Convención Internacional Sobre
los Derechos de la Niñez”
Ley 115 de 1994.
Artículo 73º. Proyecto Educativo Institucional. Con el fin de lograr la formación integral del educando, cada
Establecimiento Educativo deberá elaborar y poner en práctica un Proyecto
Educativo Institucional en el que se especifiquen entre otros aspectos, los
principios y fines del establecimiento, los recursos educadores y didácticos
disponibles y necesarios, la estrategia pedagógica, el reglamento para
educadores y estudiantes y el sistema de gestión, todo ello encaminado a
cumplir con las disposiciones de la presente ley y sus reglamentos.
Artículo 87º. Reglamento o Manual de Convivencia. Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o Manual de Convivencia, en el
cual se definan los derechos y obligaciones, de los estudiantes. Los padres o
tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en
representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo.
Artículo 94º. En
todos los establecimientos de educación básica y de educación media y en cada año lectivo, los
estudiantes elegirán a un estudiante del último grado que ofrezca el
establecimiento, para que actúe como personero
de los estudiantes y promotor de sus derechos y deberes.
4.6. DECRETO 1860 DE 1994.
Artículo
17º.- Reglamento o Manual de Convivencia. De
acuerdo con lo dispuesto en los
Artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos
deben tener como parte integrante del Proyecto Educativo Institucional, un
reglamento o Manual de Convivencia. El reglamento o Manual de Convivencia debe
contener una definición de los derechos y deberes de los estudiantes y de sus
relaciones con los demás estamentos de la Comunidad Educativa.
En particular debe contemplar los siguientes
aspectos:
Reglas de higiene personal y de salud pública
que preserven el bienestar de la Comunidad Educativa, la conservación
individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias
psicotrópicas.
Criterios de respeto, valoración y compromiso
frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso
colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos.
Pautas de comportamiento en relación con el
cuidado del medio ambiente escolar.
Normas de conducta de los estudiantes y
educadores que garanticen el mutuo respeto. Deben incidir la definición de
claros procedimientos para formular las quejas o reclamos al respecto.
Procedimientos para resolver con oportunidad y
justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros
de la comunidad. Deben incluir instancias de diálogo y de conciliación.
Pautas de presentación personal que preserven a
los estudiantes de la discriminación por razones de apariencia.
Definición de sanciones disciplinarias
aplicables a los estudiantes, incluyendo el derecho a la defensa.
Reglas para la elección de representantes al
Consejo Directivo y para la escogencia de voceros en los demás consejos
previstos en la normatividad. Debe incluir el proceso de elección de la
personería de los estudiantes.
Calidades y condiciones de los servicios de
alimentación transporte, recreación dirigida y demás conexa con el servicio de
educación que ofrezca la Institución a los estudiantes. ver: artículo 4 decreto nacional 2253 de 1995 Funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna del
establecimiento, tales como periódicos, revistas o emisiones radiales que
sirvan de instrumentos efectivos al libre pensamiento y a la libre expresión.
Reglas
para uso de la biblioteca
escolar.
Nutrir el anterior artículo con el Título 3,
Capítulo 3, Artículo 2.3.5.3.2 del Decreto 1075 de 2015.
Decreto 1108 de 1994. Capítulo III. “Porte y
Consumo de Estupefacientes”.
"Por el cual se sistematizan, coordinan y
reglamentan algunas disposiciones en relación con el porte y consumo de
estupefacientes y sustancias psicotrópicas".
Artículo
9º. Para efectos de
los fines educativos, se prohíbe en todos los establecimientos educativos del país, estatales y privados, el
porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
La Resolución 4210 de 1996.
Establece “Reglas Generales para
la
Organización del Servicio Social Obligatorio”.
El Decreto Nacional 2247 de 1997. “Por el Cual
se Reglamenta el Servicio Educativo al Nivel de Preescolar”.
Decreto
1286 de 2005 “Por el cual se
establecen normas sobre “la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los
procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados mediante El Consejo de
Padres y la Asociación de Padres de Familia”
Ley 1014 del 2006 Fomento a la Cultura del
Emprendimiento. La formación para el emprendimiento busca
el desarrollo para la cultura del emprendimiento con acciones en pro de la
formación en competencias básicas, competencias laborales, competencias
ciudadanas y competencias empresariales dentro del sistema educativo formal, no
formal y su articulación con el sector productivo. La educación debe
incorporar, en su formación teórica y práctica, lo más avanzado de la ciencia y
de la técnica, para que el estudiante esté en capacidad de crear su propia
empresa, adaptarse a las nuevas tecnologías y al avance de la ciencia.
Ley 1098 de 2006 Ley de Infancia y Adolescencia.
Artículos significativos para la convivencia
social y la defensa de los derechos de los infantes y adolescentes:
Artículo 10º. Corresponsabilidad: Para los efectos de este código, se entiende por corresponsabilidad, la
concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los
derechos de los niños, y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado,
son corresponsables en su atención, cuidado y protección.
Artículo 15º. Ejercicio de los derechos y responsabilidades: Es obligación de la familia, de la sociedad y del Estado, formar a los niños, y los
adolescentes en el ejercicio responsable de los derechos. Las autoridades
contribuirán con este propósito a través de decisiones oportunas y eficaces y
con claro sentido pedagógico.
El niño y el adolescente deberán cumplir las
obligaciones cívicas y sociales que le corresponde a un individuo de su
desarrollo.
Artículo
19º. Derecho a la rehabilitación y la resocialización: los niños, los adolescentes que hayan cometido una infracción a la ley tienen
derecho a la rehabilitación y resocialización, mediante planes y programas garantizados
por el Estado e implementados por las instituciones y organizaciones que éste
determine en desarrollo de las correspondientes políticas públicas.
Artículo
26º. Derecho al debido proceso. Los
niños y los adolescentes tienen derecho
a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones
administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados.
En toda actuación administrativa, judicial o de
cualquier otra naturaleza en que estén involucrados los niños, y los adolescentes,
tendrán derecho a ser escuchados y sus opiniones deberán ser tenidas en cuenta.
Artículo
28º. Derecho a la Educación. Los
niños y los adolescentes tienen derecho
a una educación de calidad. Esta será obligatoria por parte del Estado en un
año de preescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en
las instituciones estatales de acuerdo con los términos establecidos en la
Constitución Política.
Artículo
39º. Obligaciones de la familia:
La familia tendrá la obligación de promover la igualdad
de derechos, el afecto, la solidaridad y el respeto recíproco entre todos sus
integrantes. Cualquier forma de violencia en la familia se considera
destructiva de su armonía y unidad y debe ser sancionada. Son obligaciones de
la familia para garantizar los derechos de los niños, y los adolescentes:
Artículo 43º. Obligación ética fundamental de los establecimientos
educativos: Las instituciones
de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los
niños, y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y
moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán:
Decreto 1122 de 1998, Cátedra de estudios afro
colombianos.
Ley 715 de 2001, Por la cual se dictan normas orgánicas en
materia de recursos y competencias
de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de
2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para
organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.
Ley 934 de 2004, por la cual se oficializa la Política de Desarrollo Nacional de la
Educación Física.
Decreto 4500 de 2006, por el cual se establecen normas sobre la educación religiosa en los
establecimientos oficiales y privados de educación preescolar, básica y media de acuerdo con la Ley 115 de
1994 y la Ley 133 de 1994.
Decreto 1373 de 2007, por el cual se establece una semana de receso estudiantil.
Ley 1404 Del 27 de Julio de 2010, por la cual se establece de manera obligatoria el Programa escuela para padres y madres.
Ley de Seguridad Ciudadana: por medio de la cual se reforma el código penal, el código de procedimiento
penal, el código de infancia y adolescencia, las reglas sobre extinción de
dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad. La ciudadanía
reclama un tratamiento más estricto para luchar contra la impunidad en los
crímenes cometidos por menores de edad, por lo cual esta ley ordena: ARTÍCULO
94. Adiciónese dos nuevos parágrafos al artículo 42 de la Ley 1098 de 2006,
así:
Ley 1620 de 15 de marzo de 2013 "Por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio
de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y
mitigación de la violencia escolar".
Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013 “Desarrollo normativo o reglamentación de la Ley 1620 de 2013, La presente normatividad se
ocupa de
CONCEPTO DE EDUCACION
El
proceso multidireccional mediante el cual se transmiten conocimientos, valores,
costumbres y
formas de actuar. La educación no sólo se produce a través de la
palabra, pues está presente en
todas nuestras acciones, sentimientos y actitudes.
POLITICA DE CALIDAD
Brindar un servicio educativo de
calidad y exigencia, logrando desempeños académicos sobresalientes que les
permita a nuestros exalumnos ingresar en el mundo universitario y laboral. Nos
comprometemos con el mejoramiento de la calidad educativa, con la protección
del medio ambiente y una sana convivencia que promuevan ser, personas de bien.
LA COMUNIDAD EDUCATIVA
La comunidad
educativa está conformada por todas las personas que de una u otra manera participan
en el proceso educativo, construyendo un proyecto común que tiene como
fundamento la identidad de la comunidad.
Quiénes conforman la comunidad
educativa
La comunidad
educativa tiene como eje central al estudiante, quien participa en ella activa
y comprometidamente; en su beneficio se conectan los esfuerzos de los
diferentes estamentos:
- La
localidad del Barrio La Esmeralda como medio interactivo entre la institución
y su entorno.
- Sector
productivo: desde el ámbito económico, son gestores y promotores que
afectan e inciden en el desarrollo integral y la vida del estudiante.
- Las
familias: gestores y constructores de la formación de sus hijos.
- Los
docentes: acompañantes y orientadores de los procesos de crecimiento de
cada uno de los estudiantes.
- Los
estudiantes que son el centro del proceso educativo y la razón de ser de
nuestra institución educativa.
- Los
directivos docentes: encargados de dinamizar los procesos y motivar la
acción educativa.
- El
personal administrativo: que con su trabajo da testimonio de
responsabilidad, buen trato y sentido de pertenencia por la institución.
- El
maestro orientador: desde el ámbito profesional apoya el mejoramiento
continuo de la calidad educativa.
- El
personal de servicios generales: formadores de la comunidad desde sus
labores indispensables e imprescindibles para la institución.
- Los
egresados: canalizadores de las acciones educativas y gestores de los
nuevos procesos en la realidad nacional.
MANUAL DE CONVIVENCIA
La convivencia escolar resume el ideal de la vida en común
entre las personas que forman parte de la comunidad educativa, partiendo del
deseo de vivir juntos de manera viable y deseable a pesar de la diversidad de
orígenes (Mockus, 2002).
Así mismo, esta se relaciona con construir y acatar normas;
contar con mecanismos de autorregulación social y sistemas que velen por su
cumplimiento; respetar las diferencias; aprender a celebrar, cumplir y reparar
acuerdos, y construir relaciones de confianza entre las personas de la
comunidad educativa (Mockus, 2003).
¿Para qué
sirve el Manual de Convivencia?
Toda institución
debe poseer unas normas claras que permitan su funcionamiento y que faciliten
las acciones que emprenda para la consecución de los logros propuestos. Por
ello, es indispensable que la comunidad se ponga de acuerdo en las normas, los
canales y los procedimientos que se han de utilizar para el manejo de las
diversas situaciones, facilitando la realización de las diversas actividades y
la vida misma de la institución en un ambiente de convivencia y entendimiento
mutuos.
Las normas, los procedimientos y el cumplimiento de
los deberes son las bases que nos permitirán la consecución de las metas y los
ideales que nos hemos fijado y, por consiguiente, del crecimiento y maduración
humana de los valores a que aspiramos todos los miembros de esta comunidad
educativa, ya que son pilares fundamentales de nuestro horizonte institucional.
CONDICIONES PARA SER ESTUDIANTE
Cumplir con los
requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional y la Institución
para el proceso de Matrícula.
Estar respaldado, por el padre de familia o
acudiente, quien debe contar con las condiciones morales y responsabilidad
institucional para asistirlo en las situaciones que lo requieran.
·
Asistir
regularmente a la Institución.
·
Presentar los
documentos legales y requeridos.
ESTUDIANTES ANTIGUOS
Son los que han cursado en el Establecimiento el
año académico inmediatamente anterior. Para la aceptación de los estudiantes
antiguos se tendrá en cuenta el comportamiento y el rendimiento académico.
Queda a discreción de la Rectoría y del Consejo Directivo la negación del cupo
a estudiantes antiguos según las orientaciones dadas en el Manual de
Convivencia.
ESTUDIANTES NUEVOS
Son los que desean ingresar por primera vez al
Establecimiento Educativo. Deben presentar en Rectoría el boletín de
calificaciones y la ficha de seguimiento para su estudio. El Rector estudia los
casos teniendo presente el rendimiento académico, la disciplina y la
disponibilidad de cupos.
REINTEGROS
Son los estudiantes que han estado vinculados a
la Institución con anterioridad, pero se han retirado por diferentes motivos.
Los estudiantes que solicitan reintegro tendrán el mismo tratamiento de los
aspirantes nuevos.
PROCESO DE ADMISIÓN DE ESTUDIANTES NUEVOS
Los siguientes
son los criterios de admisión para estudiantes nuevos en la Institución:
·
Realizar
el trámite de inscripción en las fechas establecidas por la
institución y presentar los
documentos y demás requisitos exigidos para tal efecto.
·
Dinámica
familiar y compromiso con el proceso educativo.
ESTUDIANTES ASPIRANTES
Deben acreditar haber cursado y aprobado el
grado anterior en una Institución educativa reconocida por la Secretaria de
Educación. Cada grado será de acuerdo a las competencias y capacidades de los
estudiantes, según consideraciones pertinentes contempladas en el parágrafo del
Artículo 38 del decreto 1860/94. Igualmente, todos los aspirantes deben pasar
satisfactoriamente lo correspondiente a entrevistas y pruebas respectivas
acordes a su grado y en especial estar a paz y salvo con la Institución de
procedencia.
Cuando un aspirante no cumpla con los requisitos
académicos en alguna de las áreas, el padre de familia deberá firmar un
compromiso de nivelación y/o asesoría externa, el cual llevará a cabo durante
el primer período académico con el respectivo acompañamiento del docente
titular de área y seguimiento de coordinación académica. Además, todo
estudiante nuevo que ingrese a partir del grado primero deberá firmar compromiso
normativo establecido por la Institución así tengan reportes positivos de la
Institución de procedencia.
INDUCCION
A LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Se realiza una reunión para dar a conocer a toda la comunidad los
lineamientos
a seguir en el año escolar. (PEI)
PROCESO DE SOLICITUD DE CUPO
Los interesados en conocer, y/o pertenecer a la Institución,
solicitan el cupo con el rector o su representante.
Se realiza una primera reunión con las familias
aspirantes donde el Rector
o el funcionario asignado para el efecto, da a conocer de manera general la
filosofía, pedagogía. Al inicio de la reunión informativa, se entrega a cada
familia la papelería para iniciar el proceso de admisión, estos documentos
deben ser diligenciados y devueltos en la fecha que se establezca. Si la
familia ya pertenece a la institución,
no asiste a la reunión informativa y se le envía la documentación con su
hermano(a), anexando un comunicado donde se le recuerda los compromisos
adquiridos con la institución.
Para las familias aspirantes se tiene en cuenta todo lo anterior y además se
reciben los informes académicos y disciplinarios de las instituciones donde ha
estudiado. En la entrevista de vinculación a nuestra comunidad se tratará de
evidenciar que los protagonistas (familias, estudiantes, empleados, egresados)
de la
institución educativa, podría
llegar a ser:
COMITÉ DE ADMISIÓN
El comité de admisión de estudiantes nuevos está
conformado por: el rector, coordinadores y docente orientadora.
Parágrafo: la
Institución Educativa, se reserva el derecho de admisión de estudiantes, por lo cual no se encuentra obligada a
sustentar su decisión ante el aspirante, sus padres, acudientes o terceros.
MATRÍCULAS
La matrícula es un
acto jurídico voluntario que formaliza la vinculación del aspirante admitido. Se realiza mediante un “Contrato de prestación de servicios
educativos”, que podrá renovarse
para cada año académico si se ha dado cabal
cumplimiento a los compromisos académicos y acompañamiento. Mediante este
contrato las partes: LA
INSTITUCION EDUCATIVA LA ESMERALDA, padres de familia o Representante legal y estudiante, se comprometen a conocer, aceptar y
acatar el Proyecto Educativo Institucional y respetar tanto las cláusulas
contractuales como el presente Manual de Convivencia.
REQUISITOS PARA MATRÍCULA: ESTUDIANTES
NUEVOS
o
Fotocopia carné
de vacunas (actualizado). Solo para preescolar.
o
Fotocopia EPS;
medicina prepagada o constancia de afiliación al sistema de seguridad social
(hoja completa).
o Retiro del SIMAT de la Institución anterior (Sistema
de Matrícula a Nivel Nacional).
o
Registro civil,
Tarjeta, Cédula original.
o Entregar firmada la “Autorización de la imagen y
tratamiento de datos personales”.
o Certificados (calificaciones) originales con
membrete del Colegio de procedencia, firmados por el(la) Rector(a) y la
Secretaría Académica, relativos a los grados cursados en esa Institución.
o
Para segundo a
quinto de primaria: el grado anterior.
o
Para secundaria:
desde quinto de primaria.
o Ficha de seguimiento, anecdotario u observador
original suministrado por la Institución de la que proviene.
o El estudiante debe firmar la matrícula a partir
del grado segundo.
o Diagnóstico médico para los estudiantes con
dificultades de aprendizaje y de discapacidad.
Requisito para Matrícula Estudiantes
Antiguos
·
Actualización de datos como: Fotocopia EPS, número de teléfono,
barrios, certificado de etnias
·
El estudiante
debe firmar la matricula a partir del grado segundo.
LA
CANCELACIÓN DE LA MATRÍCULA
La institución podrá dar
por terminado el contrato de matrícula, en el momento en el que se compruebe
cualquiera de las causales siguientes o flagrantes violaciones a este
reglamento o Manual de Convivencia, sin perjuicio de las acciones penales o
civiles que puedan ocasionarse con la infracción de alguna de las normas
estipuladas.
CAUSALES DE LA CANCELACIÓN DE MATRICULA
- Por la reincidencia en las faltas disciplinarias
Tipo I y Tipo II.
- Cuando los estudiantes y los padres de familia no
cumplen con los deberes que establece este Manual de Convivencia y PEI.
- Por no cumplir con las exigencias propias de la
matrícula (Documentación).
- Cuando
los estudiantes y padres de familia se encuentren pendientes por concepto
de daños a la infraestructura o a su dotación también se le negará la
entrega de papelería hasta no estar paz y salvo con la institución.
- Voluntad expresa de las partes.
- Cuando se compruebe que se han entregado al
Plantel certificaciones o informes falsos o cuando cumplido el plazo
estipulado por las normas vigentes en la Institución no se entreguen los
documentos requeridos.
- Cuando el estudiante sea objeto de
intervención penal o judicial con la pérdida de la libertad o reclusión en
centro cerrado.
- Cuando por prescripción médica o psicológica,
se considere inconveniente la permanencia del estudiante en la Institución
o que requiera para su formación de una Institución especializada.
9.
Cuando
se tiene un compromiso pedagógico académico/comportamental y se verifique su incumplimiento.
Una vez agotados los
recursos y realizado el debido proceso que garantice a los estudiantes la
protección de sus derechos, la directiva de la institución educativa puede
cancelar la matrícula a los estudiantes (en cualquier período del año escolar)
que por algún motivo no demostraron una actitud de cambio para cumplir con los
compromisos contraídos el día de la matrícula, con las normas del presente
Manual de Convivencia o con el Contrato Disciplinario o Pedagógico.
Parágrafo:
Todo el proceso debe quedar consignado en el libro de
disciplina y en la ficha de seguimiento del estudiante.
LA ASISTENCIA ESCOLAR.
Inasistencia: Se da cuando un estudiante no
se hace presente a la jornada académica.
La inasistencia sólo se justifica cuando:
Se presenta incapacidad médica.
Por calamidad doméstica, por muerte o enfermedad de familiares cercanos.
En los casos en los cuales el estudiante esté representando a la Institución, al municipio, al departamento o al país, en actividades culturales, deportivas y otras que autoricen las directivas de la institución.
Excusas: En caso de inasistencia a
clase los padres de familia o acudiente autorizado
deberán dar aviso durante las primeras horas del día, de la no asistencia del
estudiante y en caso de tener incapacidad médica remitirla a la Institución.
Los permisos para
faltar la
Institución uno o varios días por motivos
de pasantías, asuntos académicos, deportivos u otros que requieran conocimiento
y autorización de
Institución, deben entregarse mínimo con tres días de
anterioridad para hacer el trámite correspondiente. El estudiante deberá
presentar disponibilidad con los profesores dependiendo de los días de
inasistencia para cumplir con sus responsabilidades.
En caso de
inasistencia prolongada por enfermedad, se le realizará un plan especial de
actualización para ponerse al día el cual debe ser solicitado por sus padres
y/o acudiente inmediatamente el estudiante regrese a la Institución.
Otros permisos: La institución sólo acepta
autorización para salir antes de la hora
ordinaria en casos excepcionales, como problemas serios de salud del
estudiante o calamidades domésticas. Las solicitudes de permiso deben
presentarse ante quien se delegue para que autorice la salida de la
Institución.
Tanto permisos
como excusas para salir de la institución deben estar bien
presentados con nombre completo del estudiante, de sus padres o acudiente,
indicando motivo de la salida, hora y datos de quién retira al estudiante. El
estudiante quedará con la responsabilidad de cumplir con los deberes que le
queden pendientes.
Si algún estudiante debe salir solo de la institución, tiene que traer autorización escrita de sus padres, afirmando que sale
solo, bajo su responsabilidad; el permiso debe tener nombres completos de los
padres o acudientes, número de cédula y un número telefónico
dónde contactarlos. Este permiso debe ser físico.
También
se pueden realizar una llamada al padre de familia quien autoriza la salida del
estudiante.
Para la
participación en eventos deportivos, salidas escolares u otros de
representación de la
institución, los permisos, deben ser presentados en el formato
institucional de salidas escolares con previa autorización de los padres
o acudientes. Por ningún motivo se permitirá la salida de un estudiante a las
actividades programadas si no presenta este permiso.
Los estudiantes
llevan a sus casas de manera física el formato de salidas escolares
aproximadamente ocho días antes de la actividad, además se les envía también
por correo el mismo formato. Previo a esto el responsable de la salida ha
diligenciado la parte superior del formato.
Para salir del
aula o ausentarse de una actividad escolar o comunitaria, el estudiante
requiere autorización por escrito del docente o persona encargada.
En las
recepciones del Colegio no se recibirán trabajos u objetos escolares olvidados
por los estudiantes debido a que se está formando en la responsabilidad y
valores.
FORMAS DE
PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA
Con el
fin de educar a los estudiantes en los conceptos democráticos, se entenderán
como mecanismos de participación: el voto, el plebiscito, el referendo, la
consulta estudiantil, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la
revocatoria del mandato. La institución
educativa, garantiza la libre participación de los miembros de la Comunidad Educativa en la
conformación de los consejos y en la elección de sus representantes para los
diferentes cargos.
DEBERES DEL
RECTOR.
1. Promover la vivencia axiológica de acuerdo a los
principios de nuestra institución.
2. Dinamizar el Proyecto Educativo Institucional.
3. Promover todos los procesos de la comunidad educativa.
4. Mantener una actitud de escucha frente a las
necesidades de la comunidad educativa.
5. Velar por el bienestar de los estamentos que conforman
la comunidad educativa.
6. Gestionar oportunamente los elementos que requiere la
institución para su buen funcionamiento.
7. Propiciar la integración con otras instituciones
educativas oficiales y privadas.
DERECHOS DEL RECTOR
1. Recibir trato respetuoso por parte de todos los
miembros de la comunidad.
2. Derecho al libre ejercicio de la profesión de acuerdo a
lo consagrado en el artículo 25 de la constitución política de Colombia y la
ley general de educación y sus decretos reglamentarios.
3. Dirigir la organización del P.E.I, con la
participación de los distintos actores de la comunidad educativa.
4. Derecho a solicitar permisos con excusas justificadas,
5. Expresar inquietudes que mejoren el clima de unidad,
fraternidad y convivencia en forma, oportuna y justa.
6. En situaciones problemas se le debe tener en cuenta el
debido proceso.
DEBERES DE LOS COORDINADORES
1. Colaborar al rector en la organización, programación y
ejecución de todas las actividades que se realizan en la institución.
2. Velar por el cumplimiento de las funciones de cada uno
de los estamentos de la comunidad educativa.
3. Informar a la comunidad educativa en general las
decisiones tomadas por los órganos del gobierno escolar.
4. Liderar la orientación pedagógica y disciplinaria
conjuntamente con el rector.
5. Reemplazar al rector en las secciones del consejo
académico y directivo en su ausencia.
6. Definir y proponer estrategias para el buen
funcionamiento de la Institución.
7. Velar por la armonía, comunicación eficiente y buena
marcha de la diferente sede que conforma la institución.
8. Participar en el consejo académico y comisiones que
designe el rector.
9. Conocer y acompañar al estudiante en su proceso de
formación.
10. Colaborar en la elaboración y ejecución del proyecto
educativo institucional
DERECHOS DE LOS
COORDINADORES
1. Derecho a ser tratado con respeto y dignidad.
2. A ser escuchado en descargo ante una presunta violación de
obligaciones en cumplimiento de su deber.
3. A representar a la institución educativa en los
diferentes eventos que se programa en el orden pedagógico, científico, cultural
y deportivo.
4. Derecho que se le suministre los implementos
necesarios para desempeñar su función.
5. Derecho a ser informado por parte del rector de
actividades y decisiones administrativas oportunamente.
6. Conocer las normas administrativas y académicas que rigen
en la institución.
7. Ser estimulado y felicitado por sus logros obtenidos
en el desempeño de sus funciones.
8. Recibir capacitación y actualización permanente que
ayuden a mejorar su desempeño directivo.
DEBERES DE LOS EDUCADORES
1.
Cumplir la Constitución Política
y las leyes colombianas.
2.
Cumplir e inculcar en los
educandos el deseo de cumplir las leyes, el amor a los valores históricos y
culturales de nuestra nación, así como el respeto a los símbolos patrios.
3.
Dar un trato cortés, tolerante
y respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa.
- Cumplir
sus tareas con espíritu de solidaridad y unidad de propósitos.
- Velar
por el mejoramiento continuo de la calidad educativa, exponiendo sus ideas
y opiniones de manera amable y respetuosa en los espacios destinados para
tal fin.
- Aplicar
el Manual de Convivencia y el debido proceso para solucionar situaciones
problemáticas en los aspectos académicos y de comportamiento con los
educandos y los demás miembros de la comunidad educativa.
- Cumplir
con la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a
las funciones propias de su cargo.
- Entregar
en caso de ausencia la excusa justificada por escrito y sus respectivos
soportes.
- Presentarse
puntualmente al aula de clase y a las demás actividades que sean
programadas por la institución.
- Velar
por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes que
le sean confiados.
- Solicitar
permiso por escrito para
ausentarse de la institución educativa al coordinador de la jornada,
si la ausencia es inferior a una
jornada de trabajo.
- Solicitar
permiso escrito para ausentarse de
la institución educativa al rector de la institución, si la
ausencia es igual o superior a una
jornada de trabajo.
- Ejecutar
las clases conforme a los planes de estudio estipulados en el Proyecto
Educativo Institucional.
- En
la jornada laboral debe atender las actividades escolares, a saber:
preparar y dictar las clases, corregir pruebas de conocimientos de los
educandos, organizar actos culturales, cooperar en la supervisión de la
disciplina de los alumnos y atender individualmente a los estudiantes en
sus consultas académicas.
- Ayudar
a administrar el establecimiento, colaborar y acompañar las actividades
deportivas, culturales, ecológicas.
- Evaluar
a los educandos de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1290 de 2009.
- Manejar
éticamente las notas y las decisiones tomadas a nivel académico y
comportamental.
- Llevar
los libros reglamentarios (control de asistencia, planeación, plan de
aula, ficha de observador del alumno, auxiliar de calificaciones, etc.)
diligenciarlos de manera impecable y entregarlos oportunamente cuando les
sean solicitados por la institución.
- Presentar
puntual y responsablemente los informes requeridos por la institución:
notas, actas, diario de campo y planillas, entre otros, en el tiempo que
indique el cronograma anual de actividades.
- Mantener
una adecuada higiene y presentación personal.
- Seguir
el conducto regular para solucionar problemas y aclarar cualquier tipo de
información.
- Coordinar
el orden, aseo y convivencia en el aula de clase e informar oportunamente
sobre las irregularidades que se presenten.
- Atender
a los educandos en sus reclamos y tener en cuenta sus ideas e inquietudes.
- No
intimidar ni chantajear a los estudiantes por su rendimiento académico o
comportamental.
- Tener
una disposición permanente para asignar y recibir las actividades de
recuperación.
- Ser
respetuoso y discreto cuando existan relaciones románticas o afectivas
entre docentes y/o directivos docentes al interior de la institución.
- Poner
el teléfono celular en modo de vibración y hacer o recibir llamadas solo
en casos de real urgencia y sin exceder un tiempo prudencial.
- No
ingerir bebidas ni alimentos al interior de la clase, excepto agua.
- No
utilizar los servicios de los estudiantes para llenar documentos que solo
le competen a él.
- Los
demás que para el personal docente determinen las leyes y los reglamentos
ejecutivos.
DERECHOS DE LOS EDUCADORES
1. Participar
en los programas de capacitación, bienestar social y gozar de los estímulos de
carácter profesional y económico.
2. A
la información clara y oportuna a cerca de la programación, eventualidades y
disposiciones a seguir en el proceso educativo.
3. A
un debido proceso en caso de dificultades o hechos que contraríen la ley.
4. Solicitar
y obtener permisos, licencias y comisiones, de acuerdo con las disposiciones
legales pertinentes.
5. Ser
respetado en su integridad física, su moral y su vida privada.
6. Participar
activamente en la elaboración de programaciones y planeación de actividades de
la institución y del grupo a su cargo.
7. Recibir
los implementos necesarios para desempeñar su labor eficiente y eficazmente.
8. Utilizar
materiales y los espacios adecuados, para el buen desempeño de su labor
pedagógico.
9. A
la autonomía dentro del área siempre, cuando esté dentro del plan de estudio y
la ley.
10. Ser
atendido y escuchado para justificar la ausencia en su jornada de trabajo.
11. Derecho
a la libertad de expresión, libertad de culto o de creencia según el Artículo
18,19 de la Constitución Política de colombiana.
12. Los
demás establecidos o que se establezcan en el futuro.
FUNCIONES DE LOS DOCENTES
DE DISCIPLINA SEMANAL.
- Llegar al
establecimiento 15 minutos antes de iniciar la jornada escolar para
controlar el ingreso, los uniformes y comportamiento de los estudiantes.
- Realizar reunión
general de alumnos, para dar información o para hacer observaciones a todo
el personal, cuando las circunstancias lo ameriten. Esta actividad se hará
el primer día hábil de la semana.
- Solicitar al coordinador
la autorización para enviar grupos para la casa cuando se adelanten clases
o cuando las circunstancias así lo ameriten.
- Realizar con sus
estudiantes, el aseo general de la Institución y controlar el aseo de los
salones y el cuidado de los enseres y elementos de aseo. Esta actividad se
hará en un tiempo de cinco (5) minutos después de cada descanso.
- Resolver los casos de
indisciplina que se presenten en las respectivas jornadas en coordinación
con el director de grupo respectivo.
- Tocar el timbre para la
entrada y salida de la jornada escolar y para el cambio de cada una de las
clases.
- Informar al coordinador
las irregularidades que se presenten en los descansos con relación a la
vigilancia de los espacios pedagógicos por parte de los docentes.
- Realizar una cartelera
donde se consolide y divulga el valor de la semana.
FUNCIONES
DEL DIRECTOR DE GRUPO
1.
Planear, dirigir y orientar planes de formación personal que busquen como
objetivo primordial el desarrollo personal de su grupo para formar ante todo personas
de bien.
2.
Establecer comunicación permanente con los docentes y padres de familia o
acudiente para conocer todo lo referente al comportamiento y formación de los
alumnos de su grupo.
3.
Diligenciar las fichas de control y seguimiento que se lleven en la
institución.
4. Estructurar con sus estudiantes el proyecto de aula.
5. Acompañar y organizar a sus estudiantes en actividades
académicas, cívicas, culturales y deportivas.
6. Presentar los informes académicos y formativos de los
estudiantes a los padres de familia.
7. Ser mediador en las situaciones especiales que se
presenten en el proceso formativo de los estudiantes.
8. Velar, diariamente, por el buen estado del mobiliario
de su grupo y por el aseo del salón. Responder por lo que se le entrega al
principio de año.
9. Informar con anticipación a la coordinación sobre las
llegadas tardes, el rendimiento académico grupal e individual de los
estudiantes del grupo al cual dirige.
10. Conocer la situación personal y familiar de los
estudiantes.
11. Sugerir a los Coordinadores la remisión de estudiantes
al maestro orientador.
12. Cumplir y hacer cumplir el Manual de Convivencia de la
institución.
MEDIO
DE INFORMACIÓN
La institución
educativa La Esmeralda tiene como política los siguientes medios de
comunicación con los padres de familia:
1. Wasap
2. Llamadas por celular.
3. Citación.
4. Información directa.
5. información de grupo y general.
6. Plataforma.
7. Visita domiciliaria.
8. Notas informativas en el cuaderno
FUNCIONALES DOCENTE ORIENTADOR
1. Participa
en la formulación, revisión y actualización del Proyecto Educativo
Institucional, del Plan Operativo Anual y del Programa que promueve ambientes
escolares adecuados para el desarrollo humano de los estudiantes y su
integración con los demás estamentos y grupos.
2. Colaborar
en la creación de un adecuado clima organizacional favorable para los procesos
académicos y administrativos.
3. Promover
y evaluar la convivencia institucional y la resolución pacífica de los
conflictos
4. Atiende
la consulta personal sobre aspectos psicológicos y sociales demandados por
estudiantes y padres de familia.
5. Identifica
y diagnosticar factores de riesgo psicosocial que afectan la vida escolar de
los estudiantes y propone estrategias de intervención.
6. Diseña
e implementar estrategias de orientación vocacional y desarrollo de carrera.
7. Diseña
y pone en marcha la escuela de padres para apoyar a las familias en la
orientación psicológica, social y académica de los estudiantes.
8. Promueve
el buen trato y las relaciones armónicas entre los miembros de la comunidad
Educativa.
9. Establece
relaciones con distintas instituciones para intercambiar experiencias y recibir
apoyo en el campo de la orientación escolar.
FUNCIONES
DEL PERSONERO
1. Promover el cumplimiento de los derechos
y deberes de los estudiantes para lo cual podrá utilizar los medios de
comunicación interna de la Institución.
2. De común acuerdo con los
coordinadores y docentes realizar actividades recreativas, deportivas y
culturales que busquen la integración Institucional e interinstitucional.
3. Recibir y evaluar las quejas y
reclamos que presenten los educandos sobre las lesiones a sus derechos.
4. Presentar al Rector o Coordinador
según sus competencias, las solicitudes o peticiones que considere necesario
para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de
sus deberes.
5. Apelar al Consejo Directivo
cuando sea necesario, las decisiones del Rector o Coordinador respeto a las
peticiones solicitadas por su intermedio.
6. Liderar programas de protección
de los bienes y enseres de la institución.
7. Desarrollar estrategias de
convivencia democrática y la resolución pacífica de los conflictos en la
institución.
8. Interactuar con otros personeros
y actores locales (funcionarios de la administración municipal).
9. Formular proyectos y gestionarlos
para el mejoramiento de la convivencia institucional.
10. Participar en las redes
municipales, subregionales y departamentales de personeros estudiantiles.
LOS JUECES DE PAZ ESCOLAR
Son niños, niñas y/o adolescentes electas
dentro de cada institución o centro educativo, que ayudan a impulsar la cultura de paz en el entorno
escolar, promoviendo el dialogo, la mediación, la colaboración y la
reconciliación como métodos efectivos para solucionar los conflictos que en el día a día pueden
presentarse y que pueden
impedir el normal desarrollo del proceso de formación personal,
familiar, académico y social
de los niños, niñas y adolescentes.
DESEMPEÑO DE LOS JUECES DE
PAZ ESCOLARES EN LA GESTION ESCOLAR:
En el contexto del
establecimiento educativo, la figura de los Jueces de Paz Escolares será un
elemento primordial para la transformación de los establecimientos educativos
en un entorno de paz y sana convivencia. Los Jueces de Paz Escolares serán los
encargados de promover prácticas que busquen la consolidación de una cultura de
paz, y la generación de soluciones amistosas, imparciales, equitativas y justas
a los conflictos o diferencias que puedan suscitarse.
PERFIL DE LOS ASPIRANTES A JUECES DE PAZ ESCOLARES:
Los candidatos a jueces de paz escolares deberán
cumplir como mínimo, con el siguiente perfil:
a. Estudiantes
con capacidad de liderazgo, propositivos, respetuosos de la
convivencia
escolar.
b. No haber
incurrido en situaciones tipo I, II y tipo III de que trata Ia ley 1620
de 2013 y/o
determinadas en el Manual de Convivencia y los sistemas
propios
adoptados por el establecimiento educativo.
c. Tener
reconocimiento dentro de Ia comunidad educativa por ser respetuoso
con los
estudiantes y demás miembros de Ia comunidad educativa.
d. Tener
sentido de pertenencia por el establecimiento educativo que representa.
e. Tener
habilidad para escuchar a los demás.
f. Tener habilidad para entender de manera serena
al otro.
g. Tener
habilidad para permanecer neutral ante situaciones adversas o difíciles.
h. Ser una
persona amistosa y accesible.
i. Tener
habilidad para buscar soluciones
j. Generar
credibilidad en los demás.
Los Jueces de Paz Escolares deben ser personas que
escuchen activamente, identifiquen el problema, evidencien las causas y
consecuencias que han generado los diferentes comportamientos de los involucrados
en el conflicto. Deben permanecer en
constante dialogo y promover soluciones con objetividad e imparcialidad,
generando confianza y credibilidad.
En este sentido, los Jueces de Paz Escolares deben
procurar ser justos y nunca deben juzgar, por el contrario, deben facilitar que
las partes encuentren una solución a sus diferencias, actuando siempre bajo el
acompañamiento, supervisión y seguimiento de profesionales de cada institución
educativa.
REQUISITOS PARA SER JUECES DE PAZ
ESCOLARES.
a. Que sean estudiantes que se encuentren
matriculados en el establecimiento
educativo.
b. Que conozcan del Proyecto Educativo
Institucional (PEI) y el Manual de
Convivencia.
c. Que se inscriban oportunamente según el
procedimiento establecido para su
elección y/o designación.
d. Que presenten una propuesta asociada al
desempeño de sus funciones
como Jueces de Paz Escolares, la
cual sera publicada en las carteleras del
establecimiento educativo y a través de los demás
medios de comunicación
que posea el mismo.
PROCESO DE ELECCION.
1.
Los docentes directores de grupo realizarán una sensibilización a sus
estudiantes sobre Ia figura de Jueces
de Paz Escolares, con el objetivo de
motivar Ia participaci6n de los
estudiantes.
2. Todos los estudiantes que deseen participar y
cumplan con el perfil de
Jueces de Paz Escolares, se
inscribiran con el docente director de grupo,
quién remitirá el listado al Comité
Escolar de Convivencia.
3.
Cada grupo elegirá democráticamente uno de los estudiantes postulados
como Juez de Paz Escolar; ganará el
estudiante que obtenga el mayor
número de votos.
4. Cada establecimiento educativo podrá seleccionar un
representante de los
Jueces
de Paz Escolares ante el Comité de Convivencia Escolar.
5.
La elección se realizará el día que Ia institución educativa determine para el
efecto.
PARAGRAFO
1: El rector/director del establecimiento
educativo debe levanter un acta de Ia elección donde conste los nombres
completos y datos de contacto de los candidatos y el número de votos obtenidos
per cada uno. Dicha acta debe enviarse a Ia Secretaria de Educación y a Ia
Secretaria de Gobierno Departamental, a través de las secretarias de educación
municipales. El acta de elección debe ser firmada por el rector/director del
establecimiento y los candidatos participantes en la elección.
INCENTIVOS A LA PARTICIPACION
Las actividades de los Jueces de Paz Escolares, en
virtud del Artículo 39 del Decreto 1860 de 1994, pueden ser validas para los
Grados 10 y 11 como parte del Servicio Social Estudiantil, siempre que los
Jueces de Paz Escolares acrediten el cumplimiento de sus funciones.
COMPROMISOS DE
LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
FRENTE AL EJERCICIO DE LOS JUECES DE PAZ ESCOLARES.
a. Propiciar las condiciones y los escenarios
para que los Jueces de Paz
Escolares pueda realizar sus
funciones y garantizar una gest& exitosa.
b. Los establecimientos educativos deberán
incorporar Ia figura del Jueces de
Paz Escolares en el PEI y en el
Manual de Convivencia respectivo.
c. El proceso de elección e institucionalización
de Ia figura del Jueces de Paz
Escolares tendrá una intencionalidad
pedagógica y formativa para garantizar
el desarrollo integral de Ia
convivencia escolar.
d. Realizar un acta del proceso de elección del
Jueces de Paz Escolares en Ia
cual conste las personas postuladas,
número de votos obtenidos por
candidato y sus propuestas de
trabajo. Posteriormente se remitira copia a Ia
Secretaria de Gobierno de Antioquia
y a Ia Secretaria de Educación de
Antioquia.
e. Brindarle
orientación pedagógica, apoyo y acompañamiento
a los
estudiantes elegidos, a trues de una
comisión de convivencia escolar
adscrita al Comité Escolar de
Convivencia, Ia cual facilitará el ejercicio de sus
funciones como Jueces de Paz
Escolares para Ia ejecución de su plan de trabajo.
f. Apoyar la figura del Jueces de Paz Escolares
en la comunidad educativa,
orientando y sistematizando un
ejercicio pedagogico de sensibilización,
divulgación y comprensión de
las funciones, a través de jornadas
pedagógica en donde participen
los estamentos del Gobierno Escolar y el
Comité Escolar de Convivencia.
COMISION ADSCRITA AL COMITE DE
CONVIVENCIA ESCOLAR
Con el objetivo de garantizar Ia implementación de Ia
figura de Jueces de Paz Escolares, cada establecimiento educativo procurará
crear una comisión adscrita al Comité de Convivencia Escolar que apoyará el
desempeño de las funciones de los Jueces de Paz Escolares de cada
establecimiento educativo. La Comisión estará integrada cuando menos, por:
a. El docente orientador
b. Los Jueces de Paz Escolares
SANCIONES.
Sin perjuicio del reconocimiento de aplicación del
debido proceso, con relación a su condición de estudiante, los Jueces de Paz
Escolares les serán aplicables las normas establecidas en el Manual de
Convivencia de su establecimiento educativo.
PERDIDA DE INVESTIDURA.
La
calidad de Jueces de Paz Escolares se perderá, por:
a. Incumplimiento de sus funciones, obligaciones
y deberes como Jueces de
Paz Escolares.
b. Por incurrir en situaciones tipo I, II y tipo
III establecidas en el Manual de
Convivencia del establecimiento
educativo, previo el agotamiento del debido
proceso en el establecimiento
educativo y Ia respectiva comunicación
enviada a la Secretaria de Educación
Departamental y Secretaria de
Gobierno Departamental.
SUSTITUCION.
Cuando
un Juez de Paz Escolar sea destituído o se genere ausencia permanente, se
designará como Juez de Paz Escolar a quién obtuvo Ia segunda mayor votación
durante el proceso electoral, debiendose surtir todo el proceso normal de
posesión y comunicación de Ia sustitución a la Secretaria de Educación y
Secretaria de Gobierno Departamental.
FUNCIONES
DEL REPRESENTANTE DE CURSO
- Ser parte del consejo estudiantil.
- Mediar ante el conflicto.
- Servir de apoyo a los docentes y al personero.
- Velar que los derechos de sus compañeros no sean
vulnerados.
- Colaborar con sus compañeros a superar las
dificultades académicas.
- Transmitir las informaciones a tiempo y con
claridad.
- Informar al Director de Grupo de anomalías en el
grupo.
- Representar al grupo en todos los eventos que se
requieran.
- Asistir a las reuniones del Consejo Estudiantil
convocadas por el personero y autorizadas por el Rector.
EL NOVIAZGO
EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
CORTE
CONSTITUCIONA: NOVIAZGOS SÍ, PERO SIN INDISCIPLINA
Tres
magistrados dictaron sentencia: noviazgos sí, pero sin escándalos. Los
estudiantes son tan libres al elegir pareja como los colegios autónomos al
aplicar sus códigos de disciplina.
Antonio
Barrera Carbonell, presidente de la Corte y ponente del fallo, explicó a EL
TIEMPO que un noviazgo en un colegio debe respetar los estatutos.
Si una
relación afecta la disciplina de un colegio, el problema ya es otro. No porque
haya un noviazgo sino porque se incurre en actos de indisciplina, sostuvo.
Libertad
La tesis de los magistrados es que los colegios no pueden prohibir, en sus
reglamentos, los noviazgos entre los estudiantes porque violarían los derechos
a la libertad, a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad.
Sin
embargo, advirtió, los jóvenes deben guardar compostura y buena conducta para
no incurrir con su pareja en actos que lleven a la indisciplina y a la mala
conducta.
EGRESADOS
La institución educativa reconoce la
importancia de la participación de aquellos que terminaron todo el proceso
educativo y recibieron su grado como bachilleres académicos; por ello,
proporcionará los espacios para el encuentro de las distintas promociones,
buscando crear una estructura organizativa dentro de la cual se vinculen todos
aquellos egresados interesados.
Los egresados son figuras valiosas
dentro de la comunidad educativa, pues su experiencia puede contribuir a
generar una propuesta más acorde con las realidades culturales, profesionales y
tecnológicas contemporáneas, haciendo que la propuesta y el proyecto educativo
institucional sean más válidos y eficaces.
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
1. Conocer y llevar a la práctica el Manual de Convivencia o
Reglamento de la Institución Educativa La Esmeralda.
2. Practicar las virtudes sociales, la solidaridad humana,
el altruismo, la honradez, la justicia, la sinceridad, la tolerancia, el
respeto, y la responsabilidad como base de la convivencia pacífica y armónica.
3. Abstenerse de utilizar el nombre de la institución en
cualquier actividad o acto público sin la autorización del rector o sus
delegados.
4. Conocer y respetar el cumplimiento del debido proceso
para resolver problemáticas académicas y comportamentales.
5. Mantener una excelente higiene y presentación personal.
6. No ingresar ni consumir alimentos ni bebidas a las aulas
de clase, excepto agua.
7. Evitar participar en actos que atenten contra el
bienestar y la seguridad de la comunidad educativa.
8. Entrar y salir de la institución por las puertas
adecuadas para tal fin.
9. Portar los uniformes de acuerdo al horario y a las normas
establecidas por la institución. Deben ser utilizados únicamente para asistir a
la institución y a los actos públicos que convoque la Institución Educativa La
Esmeralda.
10. Responder por todos los daños que ocasione en los enseres
del establecimiento.
11. Mantener una excelente compostura en todos los eventos y
sitios de la institución.
12. Respetar, aceptar los símbolos patrios, los recursos
naturales, las costumbres, las tradiciones culturales y la multietnicidad de la
Institución Educativa La Esmeralda y del país.
13. Representar digna y responsablemente a la institución en
las participaciones religiosas, cívicas, culturales, deportivas, tanto en las
aulas de clases como en actividades comunitarias.
14. Solidarizarse con los problemas de las familias, de la
comunidad educativa y del país, así como en la búsqueda y en la participación
de soluciones de los mismos.
15. Proveerse oportunamente de los implementos necesarios
para las actividades académicas programadas en la institución y hacer un buen
uso de ellos.
16. Ser puntual a la jornada escolar, a las horas de clases y
a los actos públicos o de comunidad citados por la Institución Educativa La
Esmeralda.
17. Cumplir oportunamente con las tareas, talleres,
evaluaciones y demás actividades programadas por los docentes de la Institución
Educativa.
18. Acatar y no interrumpir los horarios de clases salvo por
la autorización del rector o coordinador.
19. Evitar el uso de grabadoras, radios, celulares y otros
elementos similares en la Institución Educativa La Esmeralda que perturben el
trabajo académico y armónico de la institución, salvo en descanso y moderado.
20. Participar activamente en el mantenimiento del aseo y uso
adecuado de los sanitarios.
21. Elegir democráticamente para el cargo de personeros,
contralor, miembro del Consejo de Estudiantes y Representante de Grupo.
22. Respetar los objetos ajenos y entregar los encontrados en
la rectoría, coordinación o directamente a su dueño.
23. Evitar los juegos de azar en el establecimiento.
24. No consumir, traficar ni portar sustancias psicoactivas o
licores.
25. No portar armas de fuego, objetos corto punzantes ni
pólvora dentro de la institución educativa.
26. No traer ni portar en la institución educativa objetos de
alto valor económico (joyas, celulares, portátiles etc.). En caso de pérdida la
institución no se hace responsable.
27. No quebrar envases o recipientes de vidrio ni lanzar
objetos que puedan atentar contra la integridad de las personas.
28. No arrojar basuras
al suelo y depositarla en los lugares asignados para ello.
29. No hacer fraude en evaluaciones, calificaciones y
documentación personal y/o de la institución.
30. Informar a los padres de familia y/o acudientes
oportunamente de los días y las horas de las reuniones programadas, así como
cuando sean requeridos en la institución.
31. Ser sincero reconociendo los aciertos y fallas en el
comportamiento personal y en el rendimiento académico.
32. Solicitar oportuna y respetuosamente los permisos para
ausentarse de la institución responsabilizándose de las actividades que se
desarrollen en su ausencia.
33. En caso de inasistencia presentar la excusa respectiva
firmada por el padre de familia o acudiente al coordinador y a los distintos
profesores.
34. Obedecer los toques reglamentarios de timbres o en su
defecto de la campana.
35. Permanecer durante los descansos en los lugares
designados para tal fin y no en los salones, salvo previa autorización.
36. Devolver los materiales como libros, útiles y demás
enseres que se le presten en las mismas condiciones que le fueron prestados.
37. Denunciar a cualquier compañero(a) que ingrese a la
institución educativa armas o sustancias que atenten contra la salud o la vida.
38. Asistir a su respectiva jornada de clase después de que
escampe la lluvia o el aguacero.
39. Asumir la sanción como una estrategia pedagógica que
permita mejorar su comportamiento en la Institución.
40. Cumplir con la asignación del servicio social (jardinera,
limpieza, decoración, recuperación de pupitres, orientación a equipos deportivos
etc.) en la Institución, la cual debe
ser desarrollada, los días sábados, domingos, festivos o en la jornada
contraria de tal manera que no afecte su jornada escolar.
DERECHOS
DE LOS ESTUDIANTES
1. A recibir una educación integral que permita el
desarrollo de su personalidad.
2. A conocer sus derechos y deberes como estudiante de la
Institución Educativa La Esmeralda.
3. A que se le respete el debido proceso para resolver
conflictos académicos y/o de convivencia.
4. A recibir un trato digno y respetuoso de cada uno de los
miembros de la comunidad educativa sin ningún tipo de discriminación.
5. A tener descansos pedagógicos de acuerdo con la jornada
escolar y al horario establecido en la Institución Educativa.
6. A ser escuchado por los miembros de la comunidad
educativa ante sus inquietudes y sugerencias.
7. A recibir información amplia, clara y oportuna sobre las
actividades académicas y todas las demás de carácter institucional.
8. A que se cumpla con puntualidad la jornada académica.
9. A que se le respeten sus pertenencias.
10. A recibir el carné estudiantil desde el inicio del año
escolar.
11. A elegir y ser elegido democráticamente para el cargo de
Representante de Grupo, Personero, Contralor, miembro del Consejo Directivo y/o
Consejo de Estudiantes.
12. A expresar libre y respetuosamente sus manifestaciones
culturales, religiosas, deportivas, artísticas, científicas y tecnológicas, tendencias
sexuales, entre otras.
13. A estar y sentirse seguro de manera integral dentro de la
institución educativa.
14. A tener un pupitre en buen estado, así como un salón
aseado y adecuado que le facilite su rendimiento escolar.
15. Ser estimulado y
beneficiado por la institución frente a los logros académicos, deportivos,
culturales y cívicos obtenidos.
16. A recibir una
formación religiosa, ética y moral adecuada bajo el principio del respeto a la
diversidad.
17. A asistir a clase después de escampar la lluvia
(aguacero).
18. Si es del caso, a recibir los alimentos del restaurante
escolar de una forma adecuada y bajo los parámetros del buen trato e higiene.
19. A disfrutar de las jornadas lúdicas, deportivas y
culturales que programe la institución educativa para el mejoramiento de la
convivencia escolar.
20. Al
respeto a la vida íntima siempre que no afecte el normal desarrollo de la vida
institucional.
21. A ser
informado con anticipación sobre las tareas académicas y las evaluaciones.
22. Todos
los consagrados por la ley colombiana.
DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
1.
Los padres de familia tienen la obligación de instruir y
apoyar la educación en la escuela por mandato Constitucional y Articulo No.7
Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación).
2.
Exigir y velar porque sus hijos e hijas cumplan el Manual
de Convivencia de la Institución Educativa La Esmeralda.
3.
Integrar al proceso educativo sus hijos e hijas en la
escuela o institución formalizando y renovando anualmente la matricula, en las
fechas establecidas por la institución.
4.
Suministrar a sus hijos e hijas todas las experiencias y
medios que garanticen su educación.
5.
Evitar que sus hijos e hijas porten y vengan a la
institución a recibir clases con alhajas, celulares, tabletas u objetos de alto
valor económico.
6.
Informar oportunamente al rector sobre las causas del
retiro de sus hijos e hijas de la institución y proceder a cancelar la
respectiva matricula.
7.
Asistir a todas las reuniones y eventos a los que sean
citados o solicitados.
8.
Responder por los daños causados por su hijo en la
institución o fuera de ella.
9.
Colaborar con la asistencia puntual de sus hijos a las
clases y actos de comunidad.
10.
Enviar a sus hijos e hijas organizadas y limpias a la
institución.
11.
Inculcar a hijos e
hijas el respeto y el sentido de pertenencia por la institución y comunidad
educativa.
12.
Dar permiso por
escrito en la cual este acepté el desplazamiento de su hijo a tal actividad y
actué bajo su responsabilidad, esto para los eventos de actividad pedagógica
como ir a paseos fuera de la cabecera municipal, ir a piscina y otras que
impliquen alto riesgo.
13.
Informar oportunamente las causas de inasistencia de sus
hijos e hijas a clases, utilizando los diferentes medios de comunicación.
14.
No mandar a la institución en estado de embriaguez a sus
hijos e hijas.
15.
No presentarse en estado de embriaguez a la Institución
Educativa La Esmeralda a reclamar o a informarse acerca de sus hijos e hijas.
16.
Dirigirse respetuosamente a las autoridades educativas de
la institución.
17.
Verificar que todos los útiles y objetos que porten sus
hijos e hijas sean de su pertenencia de lo contrario informar a la institución.
18.
Aportar la documentación requerida en el momento de la
matrícula y otras que, por ley, les sean asignadas.
19.
Incluir a los niños en el sistema de salud y de seguridad
social y llevarlo en forma oportuna a los controles de vacunación y demás
servicios médicos
20.
Promover en los niños el ejerció responsable de los
derechos sexuales y reproductivos y colaborar con la Institución sobre este
tema.
21.
Abstenerse de realizar todo acto y conducta que implique
maltrato físico, sexual o psicológico y asistir a los centros de orientación y
tratamiento cuando sea requerida.
22.
Abstenerse de exponer a los niños, niñas y adolescentes a
cualquier tipo de explotación.
23.
Prevenir y mantener informado sobre los efectos nocivos
del uso y consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales
24.
Dar un trato digno e igualatorio a los niños con
discapacidad y generar condiciones de equidad, de oportunidades y autonomía
para que puedan ejercer sus derechos.
- A aportar alternativas de solución a los
problemas y necesidades del establecimiento y de los hijos.
- Hacer buen uso de los auxilios que da el
establecimiento para beneficio de ellos.
DERECHOS
DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES
1.
Los consagrados en la Constitución, la Ley 115 de 1994 y
decretos reglamentarios y el Proyecto Educativo Institucional.
2.
Ser atendido con cortesía por los integrantes de los
diferentes estamentos de la Institución Educativa La Esmeralda en un dialogo
abierto que favorezca la orientación de su hijo.
3.
Ser informado y comunicado sobre los procesos académicos
y comportamentales de sus hijos e hijas.
4.
Solicitar por parte de la institución informes,
certificados y constancias de estudios de sus hijos e hijas.
5.
Participar en las diferentes actividades organizadas por
la institución o padres de familia.
6.
Presentar reclamos justos y respetuosos dentro del tiempo
fijado por las normas establecidas.
7.
Exigir el cumplimiento del debido proceso hacia sus hijos
e hijas expreso en el PEI y Manual de Convivencia de la institución.
8.
Elegir y ser elegido en los diferentes órganos del
gobierno escolar a que tiene derecho (Asociación de Padres de Familia, Consejo
de Padres y Consejo Directivo).
9.
Exigir una educación de calidad, integral armónica y
humanista de acuerdo a los avances que ofrece el siglo actual.
10.
Obtener información y conocimientos oportunos sobre el P.
E. I.
11.
Participar en la construcción del Proyecto Educativo
Institucional Institución Educativa La Esmeralda.
12. Recibir formación y orientación familiar (escuela de
padres, Psicorientación)
FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
1. Tomar las decisiones que fortalezcan la Institución
2. Servir de Instancia para resolver los conflictos que
se presenten entre Docentes y Administrativos, con los Alumnos de la
Institución después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual
de Convivencia
3. Adoptar el Manual de Convivencia
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos
disponibles para la admisión de Nuevos Alumnos
5. Asumir la Defensa y Garantía de los Derechos de toda
la Comunidad Educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
6. Adoptar el Plan de Estudios e Intensidad Horaria
aprobado por el Consejo Académico
7. Participar en la Planeación, Reorganización, Ajustes y
Evaluación del Proyecto Educativo Institucional
8. Adoptar el Proyecto Educativo Institucional y su
inscripción en la Secretaria de Educación
9. Estimular, Controlar y Evaluar periódicamente el buen
funcionamiento de la Institución Educativa
10. Establecer Estímulos y Sanciones para el buen
Desempeño Académico y Social del alumnado, incorporándose al Manual de
Convivencia
11. Adoptar el valor de los Derechos Complementarios de
los Alumnos de la Institución, teniendo en cuenta: Nivel Escolar, Nivel
Socioeconómico y Situaciones Especiales Familiares
12. Recomendar Criterios de Participación de la
Institución en Actividades Comunitarias, Culturales, Deportivas y Recreativas.
13. Establecer el Procedimiento para permitir el uso de
las instalaciones y bienes de la Institución en la realización de Actividades
Educativas, Culturales, Recreativas, Deportivas y Sociales de la Comunidad
Educativa
14. Aprobar el presupuesto de Ingreso y Gastos de los
recursos propios y de los provenientes de auxilios o donaciones hechas a la
Institución.
15. Promover las Relaciones de tipo Académico, Deportivo y
Cultural con otras Instituciones Educativas y la Conformación de Organizaciones
Juveniles.
16. Darse su propio reglamento.
FUNCIONES DEL
CONSEJO ACADÉMICO
1.
Servir de órgano consultor al Consejo Directivo en la reunión de la
propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
2.
Estudiar e introducir las modificaciones necesarias al Currículos de
acuerdo a las necesidades y orientaciones dadas en el Proyecto Educativo
Institucional
3.
Organizar y aprobar el Plan de Estudios introduciéndoles los nuevos requerimientos pedagógicos como los
Estándares, Competencias y Metas de calidad
4.
Participar en la Evaluación Institucional Anual
5.
Nombrar, organizar e integrar las comisiones de Evaluación y Promoción
quienes decidirán la promoción académica de los estudiantes.
6.
Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación
académica que realizan los docentes de cada área.
FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL
1.
Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes por
parte de la administración institucional y docentes de la institución.
2.
Invitar a los alumnos a que presenten iniciativas que vayan en pro del
mejoramiento académico de la Institución
3.
Promover la divulgación impresa o magnética del Manual de Convivencia en
toda la institución.
4. Dar su propia organización interna.
5. Elegir representante de los estudiantes ante el
Consejo Directivo de la institución y asesorarlo en el cumplimiento de su
representación.
6. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes
que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil, y
7. Promover la cultura, hacerse presente en la
organización y realización de actos y proyectos culturales, así como difundir
el respeto, colaboración y participación activa de todos los estudiantes,
teniendo así una óptima representación de la comunidad estudiantil.
8. Adelantar campañas de aseo, respeto, convivencia
social, apoyo al Manual de Convivencia, y al P.E.I., mediante metodologías
apropiadas y siguiendo las orientaciones de los directivos de la institución,
educadores, el P.E.I. y el Manual de Convivencia.
9. Realizar un informe mensual a Rectoría, y
coordinadores detallando las actividades, resoluciones que se desarrollaron
durante ese tiempo. Este informe es de carácter obligatorio y se denominará
evaluación periódica.
10. El consejo estudiantil debe estar al tanto de la
actuación de las selecciones de deportes y demás representantes de la
institución dentro y fuera del plantel, para informar a los estudiantes y
reconocer su destacada actuación ante la comunidad, utilizando medios, tales
como el periódico, altavoz de la institución y las carteleras de las sedes.
11. Las demás actividades afines complementarias con las
anteriores que le atribuya el Manual de Convivencia.
FUNCIONES DEL COMITÉ DE
CONVIVENCIA ESCOLAR
0.
Ejercer control al cumplimiento de los deberes
y derechos humanos de los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
1.
Velar porque las normas, la Constitución
Política y el Manual de Convivencia Escolar se cumplan a cabalidad.
2.
Diseñar y aplicar estrategias pedagógicas de
convivencia escolar que conlleven a la reflexión, el análisis y al cambio
de actitud en la comunidad educativa.
3.
Tomar decisiones tendientes a la corrección de
comportamientos sociales que estén afectando la convivencia pacífica y el
normal desarrollo de las actividades pedagógicas, administrativas, académicas y
el buen nombre de la institución.
4.
Crear estímulos para aquellas personas que
participen y sobresalgan en acciones que favorezcan el medio ambiente de
respeto, tolerancia y convivencia escolar.
5.
Garantizar el debido proceso en el respeto a
los derechos humanos.
6.
Remitir los casos especiales de conflictos
escolares que lo amerite a instancia superior de acuerdo con la normatividad y
el debido proceso.
7. Propiciar
desarrollo de actitudes de comprensión y respeto a la multiculturidad y la
multietnicidad, prescribiendo los prejuicios y estereotipos discriminatorios en
la convivencia escolar.
PLAN DE INCENTIVOS
1.
PARA ESTUDIANTES:
ü Mención de
honor.
ü Izar la
bandera.
ü Eximir de
examen final.
ü Felicitaciones
en público.
ü Sorteo de
tableta por cumplir manual de convivencia en las faltas Tipo I
ü Paseo de la
excelencia.
ü Portátil al
mejor resultado en la prueba Saber 11°.
ü Tableta al mejor desempeño académico en las
pruebas Saber 11°
2.
PADRES DE FAMILIA:
ü Sorteo de
ancheta en las reuniones generales.
ü Reconocimiento
público por excelente apoyo institucional.
ü Mención de
honor por el compromiso institucional.
ü Paseo de la
excelencia por el estudiante con mejor resultado en las pruebas Saber 11°.
3.
DOCENTES:
ü Reconocimiento
público por su excelente desempeño en el año escolar.
ü Reconocimiento
público y detalle por proyecto significativo a nivel local, regional y
departamental.
ü Paseo de la
excelencia por el excelente resultado del área en las pruebas Saber 11°.
ü Celebraciones:
Día de la mujer – día del hombre, amor y amistad, Día del maestro, cena
navideña.
ü Paseo de
integración.
4.
AMINISTRATIVOS – SERVICIOS GENERALES:
ü Reconocimiento
público por su desempeño en el año escolar.
ü Paseo de
integración.
ü Diploma por su
compromiso institucional.
5.
DIRECTIVOS DOCENTES:
ü Reconocimiento
público por su excelente desempeño en el año escolar.
ü Reconocimiento
y detalle por proyectos significativos de impacto local, regional,
departamental.
ü Celebración de
los cumpleaños.
ü Detalles al
finalizar el año escolar por las metas alcanzadas.
LA
CANCELACIÓN DE LA MATRÍCULA
Una vez agotados los recursos y
realizado el debido proceso que garantice a los estudiantes la protección de
sus derechos, la directiva de la institución educativa puede cancelar la
matrícula a los estudiantes (en cualquier período del año escolar) que por
algún motivo no demostraron una actitud de cambio para cumplir con los
compromisos contraídos el día de la matrícula, con las normas del presente
Manual de Convivencia o con el Contrato Disciplinario o Pedagógico.
Parágrafo: Todo el proceso debe quedar consignado en el libro de disciplina y en la
ficha de seguimiento del estudiante.
CAUSALES PARA
LA PÉRDIDA DE CUPO.
- Por la reincidencia en las
faltas disciplinarias Tipo I y Tipo II.
- Cuando los estudiantes y los
padres de familia no cumplen con los deberes que establece este Manual de
Convivencia.
- Por no cumplir con las
exigencias propias de la matrícula (por el sólo hecho de firmar la hoja de
matrícula, el padre de familia y el estudiante se comprometen a cumplir
con todas las exigencias del presente Manual de Convivencia y del P.E.I.).
- Cuando los estudiantes y padres de familia se
encuentren pendientes por concepto de daños a la infraestructura o a su
dotación.
- Quien de manera reiterada incumpla los lineamientos
que corresponda a las faltas Tipo I y Tipo II.
EL
UNIFORME DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
La
Institución Educativa La Esmeralda adopta dos uniformes con el fin de disminuir
costos a los padres de familia.
1.1.
Uniforme diario para hombres: es el vestuario común a
todos los alumnos hombres, con las siguientes especificaciones:
·
Camiseta blanca de manga corta, con cuello y botones.
Tiene todos los distintivos que identifican la institución.
·
Jean azul oscuro, sin adornos.
·
Correa negra, sin adornos.
·
Medias blancas, no tobilleras.
·
Zapatos negros de cuero, con cordones negros.
·
En caso de usar camiseta interior deberá ser blanca.
Este
uniforme debe ir encajado mientras el estudiante se encuentre dentro de la institución.
1.2.
Uniforme diario para mujeres: es el vestuario común a
todas las estudiantes mujeres, con las siguientes especificaciones:
·
Jumper de cuadros verdes y grises con un diseño
especifico, se porta a la altura de media rodilla.
·
Camisa blanca de botones, con cuello redondo y manga
corta. Al final de la manga lleva una cinta de la misma tela del jumper.
·
Corbatín de la
misma tela del jumper.
·
Medias blancas, no tobilleras.
·
Zapatos negros, con cordones negros para el uniforme de
diario y zapatos blancos con cordones blancos para el uniforme de educación
física.
·
En caso de usar blusas interiores deberán ser blancas.
·
En caso de usar moños, balacas u otros accesorios deberán
ser del mismo material del jumper.
1.3.
Uniforme de educación física. Es el vestuario que usarán
tanto los hombres como las mujeres que estudian en nuestra institución
exclusivamente para la clase de educación física o para actos especiales en
comunidad. Sus especificaciones son:
·
Camiseta blanca, manga corta, cuello en “V” y todos los
distintivos que identifican la institución.
·
Sudadera de color verde con todos los distintivos que
identifican la institución.
·
Medias blancas, no tobilleras.
·
Tenis de color blanco, sin líneas de otros colores.
Este
uniforme tiene la posibilidad de ir o no encajado mientras el estudiante se
encuentre dentro de la institución.
SERVICIOS,
ACTIVIDADES Y RESPONSABILIDADES INSTITUCIONALES
REGLAMENTO
DE BIBLIOTECA Y CENTRO DE MEDIOS
La Biblioteca y el Centro de
Medios, ofrecen servicios a los siguientes tipos de usuarios:
Usuarios internos:
Estudiantes
Docentes de cualquier tipo de
contratación
Empleados, Personal
administrativo y servicios generales
Usuarios externos:
Egresados
Padres de familia
Toda persona que solicite el
servicio de la Biblioteca y sea miembro de la comunidad educativa.
Centro de Medios:
Usuarios internos:
Docentes de cualquier tipo de
contratación
Empleados, Personal
administrativo y servicios generales
Estudiantes
Deberes
de los usuarios
Conocer, respetar y cumplir el reglamento vigente, donde la
Biblioteca y el Centro de Medios establecen sus condiciones y normativas para
garantizar el servicio.
Conocer y respetar los horarios de atención.
Mantener los buenos modales y el bajo tono de voz, para
aportar a la cultura del silencio propio de estos espacios, con el fin de crear
un ambiente propicio de estudio, trabajo e investigación.
Guardar respeto a los demás usuarios, personal de la
Biblioteca y el Centro de Medios
Responsabilizarse del material que la Biblioteca o el Centro
de Medios le proporcionen, respetando las fechas establecidas para su
devolución y recordando las sanciones establecidas.
Dar buen uso al material bibliográfico, didáctico, equipos y
mobiliario de la Biblioteca y el Centro de Medios. Esto significa: cuidarlo del
maltrato, desplazarse por la Biblioteca y Centro de Medios sin correr, evitar
comer alimentos y bebidas
Tratar de manera respetuosa a los demás usuarios de la
Biblioteca y Centro de Medios
Sacar libros o material didáctico con la debida autorización
Reservar el material o los espacios con anterioridad.
Dejar constancia con su firma del material prestado.
Evitar escribir sobre los libros o el material didáctico
Lavarse las manos antes de usar los servicios de la
Biblioteca o el Centro de Medios.
Registro
de usuarios externos: únicamente para préstamo
interbibliotecario. La Biblioteca
solicitante deberá tramitar por escrito el convenio respectivo. Quedará
registrada como tal, al ser aceptada su solicitud por escrito. La vigencia del
convenio será según el acuerdo firmado. Los usuarios del convenio deben
presentar el carné respectivo de la Institución.
Parágrafo. La
pérdida o deterioro de alguno de sus elementos obliga a los usuarios a reponerlo o pagarlo en dinero.
Préstamo
en sala. Se ofrece a los usuarios de la Biblioteca y del Centro de Medios. Para el Centro de Medios
opera de la siguiente manera: el usuario solicita el material o manifiesta la
necesidad de información y el personal encargado realiza la búsqueda del
material solicitado o aquel que pueda aportar a la solución de la demanda y,
posteriormente es entregado al usuario. Es requisito esencial para acceder al servicio llenar el formato de préstamo de
material.
Préstamo
externo. Para el préstamo externo en Biblioteca el usuario debe presentar el carnet, el cual será
retenido por el tiempo de préstamo. Se ofrece a los usuarios mediante las
siguientes modalidades:
Préstamo regular. Préstamo de hasta 3 títulos de la
colección, según la demanda de consulta de los libros, por lapso de tiempo de
15 días hábiles, prorrogables hasta por 2 veces, en caso de no haber reserva
alguna.
Préstamo de material de reserva o Referencia: el préstamo de
este material es de 3:00 p.m. hasta las 7:00 a.m. del día siguiente.
Préstamo especial. Préstamo de materiales a docentes que por
motivos de trabajo requiere consultar las obras por un periodo mayor.
Préstamo
interbibliotecario. Es el préstamo establecido mediante convenios entre bibliotecas e
instituciones educativas, públicas y privadas miembros de Grupo.
Consulta
Telefónica. Se pueden realizar telefónicamente la consulta para la disponibilidad de materiales y
evitar desplazamientos.
Consulta
e investigación. Permite acceso a los documentos, libros, revistas, folletos, videos, disco, material
didáctico, para que el usuario encuentre la información que necesita.
Referencia.
Guía
y orientación del usuario, en la búsqueda de información bibliográfica y virtual, consiste en ofrecer asesoría, en la
búsqueda, ubicación, localización de materiales de la Biblioteca y el Centro de
Medios.
Hemeroteca.
Se
dispone de colección de publicaciones seriadas y periódicas, con temas de actualidad, sobre
generalidades y especializadas.
Audiovisuales.
Los
cd, videos, álbumes y demás materiales que pertenezcan a esta colección están disponibles para consulta en la sala, a
domicilio con un riguroso seguimiento.
Internet.
Se
ofrece como una fuente adicional de información que complementa los recursos disponibles físicamente
en la Biblioteca. El uso de internet se autoriza para consulta bibliográficas,
de investigación y consulta de otras fuentes de información amplias disponibles
desde la web. Es de uso público.
Los requisitos para utilizar estos
servicios son:
Presentar el carnet institucional
Estudiantes traer autorización del docente que le remite
Usuarios externos debidamente autorizados
Cumplir con el tiempo autorizado para la consulta.
Reserva
de material. El material didáctico o salas de Biblioteca se deben reservar con 2 días hábiles a su uso,
para permitir la disposición del mismo u ofrecer alternativas en caso de que el
material no esté disponible por cualquier razón. Esta reserva se realiza a
través del correo electrónico.
Infracciones
y Sanciones
Las infracciones. Serán consideradas infracciones a este reglamento las siguientes acciones.
Retraso en la devolución del
material en cualquier soporte
Hurto del material en cualquier soporte
Pérdida del material prestado
Daño o mutilación del material
(descoser, rayar, afectar físicamente las propiedades del material o partes del
mismo)
Las
sanciones.
Multa por
cada día y hora de retraso en la devolución del material prestado, la cual
empieza a regir a partir del siguiente día vencido, según tarifa establecida
por la Dirección Administrativa.
Quien
tenga en préstamo un material de la Biblioteca o del Centro de Medios, se hace
responsable de la devolución del material que figura a su nombre y del importe
correspondiente en caso de extravío
Quien
fuera sorprendido con material de la Biblioteca o del Centro de Medios,
retirado ilegalmente, será informado a la Coordinación Académica, según el
caso.
Las
multas y reposiciones del material extraviado, deberán cancelarse en cartera.
Para efectos de paz y salvo.
Quien
consuma alimento, o tenga un comportamiento que altere el normal funcionamiento
de la Biblioteca o el Centro de Medios, será retirado del lugar.
Colecciones
Biblioteca
Colección
General. A esta colección corresponde la mayoría de libros de la Biblioteca, no cuentan
con ninguna política especial para préstamo a domicilio. Constituida por textos
y obras de consulta.
Colección
Referencia. Esta colección comprende los volúmenes que corresponden a enciclopedias, Manuales, Decretos, o leyes que
sirvan de referencia para los usuarios; son de consulta rápida, solo es posible
usarlos en la sala. Se distinguen por tarjeta que dice “Este libro no sale de
Biblioteca”.
Colección
Hemeroteca. Esta colección comprende las revistas, documentos y publicaciones periódicas o seriadas que recibe la
Biblioteca por concepto de suscripciones.
Colección
en Videoteca. Esta colección corresponde a CD, DVD, y enciclopedias. Tiene estrictos controles de acceso para
consulta y préstamo.
Colección
Reserva. Está constituido por aquellos libros de colección general correspondientes a temas de diversas áreas del
conocimiento que son único, otros por su alto volumen e consulta requieren de
un tratamiento y un préstamo especial, garantizando un estricto control de los
mismos, el préstamo de esta colección está restringido un horario especial.
Colección
de Bibliobanco. Es un sistema de utilización de textos escolares, prescritos en el plan de estudio y adquiridos por el
Colegio previa aprobación del Consejo Académico de acuerdo con lo establecido
en el PEI. Su finalidad es ofrecer a los estudiantes soporte pedagógico. Debe
ser renovado periódicamente.
Centro de
Medios
Material didáctico. Esta
colección tiene como finalidad poner a disposición
de los miembros de la Comunidad Educativa los diferentes recursos didácticos
que integran el Centro de Medios como: (juegos, disfraces, calculadoras,
álbumes, mapas, etc).
Horarios
de Servicio. Los horarios de servicio de la Biblioteca y del Centro de Medios se ajustarán a las
necesidades específicas de la Comunidad Educativa. Los cambios en los horarios
de servicio se informarán oportunamente. No obstante, el horario general es el
siguiente: de 8:00 am. A m12:00pm. Y de
2:00 a 6:00 pm.
DEBERES DE LAS
MANIPULADORAS DE ALIMENTO
- Utilizar
adecuadamente la dotación respectiva como el gorro, el delantal, guantes y
el tapaboca, cuando se esté en el restaurante.
- Garantizar una
buena y excelente preparación de los alimentos.
- Ser puntual al
preparar los alimentos.
- Distribuir
adecuadamente la merca de manera que no se desperdicie los alimentos.
- Servir los
alimentos completos utilizando los respectivos utensilios.
- Conservar los
alimentos en buen estado.
- Mantener los
implementos de cocina en buen estado y aseados.
- Mantener la cocina
y el restaurante en buenas condiciones de orden, aseo e higiene.
- Tratar con respeto
y cortesía a los beneficiarios del restaurante.
- No se debe utilizar accesorios como
anillos, pulseras, reloj y otros.
- Se debe ajustar al
uso del menú estipulado por el I. C. B. F.
- Presentar
certificado médico.
- No proferir
comentarios contra los miembros de la comunidad educativa.
- No disponer de
ningún elemento del restaurante sin ser autorizado por los
administrativos.
- Evitar la
confianza con profesores, estudiantes y padres de familia en el lugar de
trabajo.
DERECHOS DE LA MANIPULADORA DE ALIMENTOS
- A recibir un trato
cortes por parte de la comunidad educativa.
- A recibir una
bonificación puntual por el servicio prestado.
- A recibir una
dotación completa y en buen estado.
- A tener en la
cocina los alimentos respectivos.
- A permisos
remunerados
- A no ser
discriminado por razón de sus creencias religiosas o políticas, raza, sexo
o condición social.
- Capacitación
permanente en cuanto a las prácticas higiénicas.
RESTAURANTE
La
institución ofrece el servicio de alimentación a sus estudiantes, donde se
utilizan las técnicas adecuadas para el manejo de los alimentos y de control
nutricional.
Normas
Llegar a tiempo según el horario establecido.
Lavarse las manos antes de ingresar al Restaurante.
Respetar los turnos de atención.
Seguir las normas de urbanidad que deben tenerse en el
comedor.
REGLAMENTO DE LA EMISORA
Ø Solo entra el personal autorizado o quien haya
pedido permiso.
Ø No consumir bebidas ni alimentos dentro de la emisora.
Ø No se prestan los implementos técnicos sin
autorización del rector.
Ø Hacer buen uso de los equipos.
Ø Mantener el lugar en buen estado.
Ø No hacer interrupciones cuando se esté
grabando.
Ø No tocar los equipos (solo el personal
autorizado).
LABORATORIOS
DE CIENCIAS NATURALES
La
experimentación es uno de los pilares en la enseñanza de las ciencias
naturales.
Normas
Toda
actividad del Laboratorio requiere uso del delantal: limpio, planchado y
botonado.
Todo daño
causado por uso indebido de los materiales del Laboratorio, es responsabilidad
del estudiante.
Para poder hacer cualquier actividad experimental se debe
leer previamente la guía.
En el
Laboratorio está prohibido el consumo de alimentos y bebidas.
En caso
de incidente o accidente con los materiales utilizados, se debe notificar al
profesor y coordinador.
Al
finalizar la práctica, el Laboratorio debe quedar limpio y ordenado.
PRIMEROS
AUXILIOS.
La
institución cuenta con un comité de prevención de desastre, el cual vela por el
cumplimiento de los aspectos básicos para la higiene personal y de salud
pública, tales como:
Identificación de factores de riesgo.
Análisis de incidentes y accidentes.
Actualización de mapa de riesgos.
Funcionamiento del comité paritario de Salud Ocupacional.
Actividades de promoción y prevención de la salud.
Capacitación a los diferentes grupos de personas y atención
a los diferentes eventos de salud.
TRANSPORTE
El
transporte es considerado como un servicio adicional que presta la alcaldía
municipal a las familias por períodos escolares; no está diseñado como fuente de ingresos.
En la contratación le exige a la
empresa prestadora de servicio, entre otros, los siguientes requisitos:
Puntualidad en los recorridos
Avisar oportunamente a la institución y
a las familias, demoras, daños e inconvenientes en la prestación del servicio.
Damas acompañantes en todos los
recorridos, quienes tienen como responsabilidad, velar por la calidad del
transporte, orientar y acompañar a los estudiantes en las normas
correspondientes al uso del servicio.
Para el funcionamiento de dicho
servicio, las damas acompañantes deben acatar todas las disposiciones que se
tomen en el Colegio y cumplir las siguientes normas:
Ser muy puntuales en la llegada para
iniciar el recorrido.
Avisar oportunamente en caso de no
poder asistir al recorrido.
Sin previa autorización del Coordinador
de Nivel, no podrán admitir estudiantes diferentes a los de su ruta.
No podrán transportar familiares,
personas ajenas a la Institución, ni estudiantes que no estén inscritas en el
transporte.
Recogerán a los estudiantes en el sitio
previamente acordado con sus padres.
Los conductores no pondrán el vehículo
en marcha hasta que los estudiantes se encuentren sentados y con la puerta
cerrada.
Harán llamadas de atención por el mal
comportamiento de los estudiantes e informarán a la Dirección respectiva, las
anomalías que se presenten.
El uso del servicio de transporte es
voluntario y, por lo tanto, los padres, las madres de familia, acudiente y el
estudiantado al solicitarlo, aceptan las condiciones y normas que para éste se
establecen; el transporte escolar prolonga los mismos deberes de la institución
Estar puntual en la mañana y en la
tarde.
No fumar.
No utilizar artículos que impliquen
desnormalización o atenten contra el buen comportamiento dentro de la buseta.
No sacar las manos ni cabeza por la ventanilla.
No bajarse, ni ponerse de pie cuando la
buseta aún está en movimiento.
Hablar en voz baja, no silbar, ni
gritar.
No utilizar lenguaje soez verbal o no
verbal.
No arrojar basuras dentro de la buseta
o por las ventanillas.
No inducir o generar agresiones
verbales ni corporales (bullying)
No comer, ni tomar líquido en la
buseta.
Ocupar el puesto que le asigna la
acompañante de transporte.
El estudiante y sus familias o
representantes, deben comunicar por escrito a la empresa transportadora
cualquier cambio de dirección para hacer los ajustes necesarios. Si estos son
posibles por cupo y ubicación.
La inscripción al servicio de
transporte no implica compromiso alguno para la Institución.
En todas las busetas habrá una
acompañante encargada del bienestar y la normalización de los estudiantes, por
tanto, se deben acatar las indicaciones dadas por ella.
Mantener en buen estado las sillas,
vidrios y demás accesorios de la buseta.
Responder por cualquier daño ocasionado
al vehículo.
Respetar a las personas que van en la
buseta y a los transeúntes.
El reporte entregado a las Direcciones
sobre el comportamiento, será tenido en cuenta para la evaluación de
normalización.
POLÍTICAS DE USO DE RECURSOS
INFORMÁTICOS.
Estas
normas se aplican a cualquier equipo o dispositivo que se conecte a la red de
la institución, en cualquiera de sus sedes. El respeto por estas normas, las
buenas costumbres, el reglamento da la institución, el derecho a la educación,
el derecho a la intimidad; debe ser una constante, cuando utilicemos los
recursos de la red informática. Se pide a los usuarios el uso racional y
consciente de los servicios informáticos. Cualquier daño, falla o abuso, afecta
a toda la comunidad, por lo tanto, podría generar sanciones pedagógicas. Para
cumplir con este propósito tenga presente, la siguiente normatividad:
Acceso a
servicios de red (internet, correo, intranet, información compartida)
El uso de los recursos de red es exclusivo
para la Comunidad Educativa, y deben ser utilizados solamente para fines
académicos y/o corporativos.
Las actividades académicas como clases,
prácticas, tareas, investigaciones y otras, tienen prioridad.
Está totalmente prohibido el ingreso a
páginas de contenido pornográfico, descargar programas, descargar música y
video. Si para efectos pedagógicos, necesita hacer uso de ellos, debe
solicitarlo anticipadamente al personal de Sistemas.
Se prohíbe la utilización de los
servicios de radio, televisión y juegos por demanda, es decir directamente
desde Internet (online).
Cualquier archivo que reciba por
Internet debe ser vacunado para evitar la propagación de virus informático.
No utilice el servicio de correo
electrónico para enviar o recibir material de tipo pornográfico (fotografías,
chistes e imágenes).
No usar el servicio de correo para
enviar o recibir correos masivos.
Envíe correos solo a usuarios que lo
necesitan y responda los correos con copia a todos solo cuando sea necesario.
No abra correos que provengan de
usuarios desconocidos.
No envíe archivos superiores a 2 megas
por el correo electrónico, si es el caso debe comprimirlo o ponerlo en la
unidad de usuarios e informarle al destinatario la ubicación del mismo.
Vacune memorias USB y discos duros con
frecuencia y cualquier unidad de almacenamiento antes de usarla.
Depure las bandejas de entrada del
correo y elementos eliminados, no deje correos por largos periodos de tiempo en
el buzón, evite tener información superior a un año almacenada en estas
bandejas. Si necesita información específica, guárdela en su disco duro.
Evite el uso de correos gratuitos
No use el Internet o el correo
electrónico Institucional para negocio o lucro.
Uso de equipos informáticos
No instale software libre o comercial
sin ser autorizado por el Colegio, estos podrían generar vulnerabilidad en el
buen funcionamiento del equipo y sus programas. El personal de sistemas,
instala en cada máquina el software necesario para cada usuario.
No utilice el usuario y la contraseña
de otras personas para ingresar a las máquinas, no acceda a información privada
de otros usuarios, no modifique ni borre información que no le pertenezca. No
debe acceder a las bases de datos administrativas o académicas, sin previa
autorización.
Absténgase de modificar la
configuración de los equipos, realizar cambios en los programas instalados o
intentar violar los esquemas de seguridad definidos en el sistema.
No deje encendido el computador sin hacer uso de él por
largos periodos de tiempo. Si va a abandonar la máquina, cierre las
aplicaciones que están abiertas y bloquee su acceso.
Cambie con frecuencia las claves de acceso al equipo y a las
aplicaciones, evite compartirlas con otros usuarios.
Por ningún motivo, desactive el antivirus.
No comparta recursos de su equipo como carpetas, archivos o
unidades de almacenamiento para todos los usuarios, seleccione los usuarios que
deben tener acceso.
Está prohibido reproducir información, música o video para
fines comerciales o de distribución.
Absténgase de imprimir información personal; de ser
necesario, hágalo en el centro de copiado.
El soporte a los computadores portátiles personales (no
institucionales) está limitado, solo al uso del Internet, es decir, no tiene
acceso a los servicios de red de la Institución (correo, intranet, acceso a
otras máquinas ni antivirus), sin embargo, son monitoreados; así mismo, el
soporte técnico no es responsabilidad del departamento de sistemas.
Observaciones
para los estudiantes, personal docente y administrativo:
Las acciones de los usuarios podrán ser
monitoreadas en cualquier momento por el personal de sistemas del área donde
trabaja.
Las ventanas Web que no esté
utilizando, deben permanecer cerradas para disminuir el consumo de internet.
Si el sistema le informa que ha
encontrado virus, por favor elimínelo, si no sabe cómo hacerlo, comuníquese con
el personal de Sistemas.
Para crear claves incluya letras y
números en sus contraseñas, utilizando mínimo 8 caracteres de longitud. No
utilice palabras o fechas conocidas.
TIENDA ESCOLAR Y ALMACÉN
Tienda
Escolar
El servicio se presta de acuerdo con las condiciones
locativas de la institución y con las capacidades económicas de los
estudiantes. El servicio debe ser solicitado con cultura, orden y delicadeza.
Los precios de los productos que se distribuyen en las
cafeterías, estarán en lugares visibles y de fácil lectura y la Institución
velará por la calidad y los precios de venta de los mismos.
INFORMES
A LOS PADRES DE FAMILIA
Para la
entrega de cada uno de los CUATRO informes deben estar presentes los padres de
familia y/o acudiente con el estudiante, los cuales escuchan, participan y establecen
compromisos, cuando sea necesario.
En cada
una de las reuniones el director de grupo presenta el observador con las
anotaciones y los compromisos pertinentes para que sea firmado. Entregar los
informes anteriores, no exime a los docentes ni al Plantel de la
responsabilidad de mantener una estrecha comunicación con los padres de familia
y/o acudiente; cada profesor informa oportunamente a sus estudiantes sobre su
disponibilidad durante un día de la semana para atender a los padres de familia
y/o acudiente que lo requieran.
COMPROMISOS
ACADÉMICOS
Al finalizar el año escolar, si la
estudiante presenta desempeño bajo en una o más áreas, se le asigna Compromiso
Académico
Después de notificado el Compromiso
Académico, el estudiante consigna estrategias para nivelar las dificultades
presentadas y en el que describe en forma general las actividades propuestas
por él para demostrar el aprendizaje y el mejoramiento.
Estrategias
a Implementar para las ACN: Estas
estrategias estarán divididas en tres momentos de igual importancia en el
proceso.
Actividades
guiadas: Estas actividades serán propuestas por el docente y ayudarán al estudiante a dar
cuenta del alcance de los logros propuestos para la ACN, mismas que deben
documentarse y registrarse en el cronograma. Parten del contexto de cada
asignatura: sus desempeños, ejes conceptuales y contenidos básicos.
Actividades
propuestas por el estudiante.
La intencionalidad de
estas actividades es demostrar el aprendizaje, las consultas, creación y
aplicación que el estudiante está realizando de las temáticas propuestas para
el portafolio. El estudiante al comenzar el año de la nivelación debe escribir
a mano todas las actividades que por su propia voluntad se compromete a
realizar. Cada uno de los ejercicios propuestos por el estudiante deben ser
desarrollados y analizados críticamente y entregarlos por escrito.
MOMENTOS
DE VERIFICACIÓN
·
Socialización de los trabajos
realizados por el estudiante.
·
Aplicación de exámenes: cortos, prácticos,
que ayuden a verificar el proceso desde la habilidad y el saber hacer.
·
Corrección de dificultades.
Reflexiones sobre el proceso a la luz de los indicadores
(fortalezas y debilidades, planes de mejora). Esta reflexión se documenta
utilizando el formato para el cronograma, donde aparecen con claridad y
especificidad los elementos analizados, incluyendo las estrategias de autoevaluación,
hetero-evaluación y coevaluación.
Los encuentros con los estudiantes para realizar revisión,
verificación y tutoría también deben quedar registrados.
La toma de decisiones sobre los procesos de promoción y
aplazamiento deben quedar registrados en el mismo formato.
Finalizando el proceso debe utilizarse el formato para
reportar la calificación final de la actividad a Secretaría Académica.
REFERENCIA
DÍAZ
OSORIO, José Jaime. EL PORTAFOLIO DE DESEMPEÑO: Una práctica Reflexiva para
lograr éxito en la formación y en el aprendizaje. Fundación Universitaria Luís
Amigo. Octubre 2005.
ACTIVIDADES DE PROFUNDIZACIÓN
El
programa el docente conjuntamente con las Comisiones de Evaluación y Promoción,
para los estudiantes que hayan alcanzado los logros esperados en un tiempo
menor que el previsto.
REQUISITOS
PARA PRESENTAR ACTIVIDADES APOYO
Cada estudiante tendrá derecho a reforzar por período, ítems
evaluativos de las diferentes competencias definidas en el área.
Sólo podrán reforzar aquellos estudiantes que hayan
demostrado interés por alcanzar el o los logros, es decir, que pierde el
derecho a reforzar aquel estudiante que sólo firmó el documento empleado para
evaluar o lo entrega en blanco, o con escritos no relacionados, para quienes la
nota será 1.
Si presenta excusa por escrito de sus padres o médica
justificando su ausencia.
Tiene derecho al refuerzo el estudiante que en permiso
autorizado haya faltado a la institución
Haber cumplido con los requisitos pactados con el profesor
en el período correspondiente, como: trabajos, consultas, aprovechamiento del
tiempo y otros.
No haber cometido fraude en el área y/o asignatura durante
el periodo.
Que obedezca a las indicaciones y pautas trazadas por las
Comisiones de Evaluación y Promoción.
LA
PROMOCIÓN
La
decisión sobre la promoción no depende sólo del concepto de un docente, sino
que ella es de carácter participativo, donde los agentes evaluadores emiten sus
juicios y finalmente llegan a una concertación. La no promoción de grado es competencia
exclusiva de las Comisiones de Evaluación y Promoción.
La promoción está sujeta a los logros individuales y no al
tiempo de escolaridad por grado; el estudiante puede, de acuerdo con sus
intereses, ritmo de aprendizaje y diferencias individuales, demorarse menos
tiempo del previsto. Para lograr este propósito, la institución, cuenta con un
modelo pedagógico que hace posible el concepto de promoción flexible; este modelo tiene como recurso el desarrollo de actividades planteadas en talleres,
documentos y guías de aprendizaje, entre otros, donde el maestro es su orientador.
La institución rescata y valora los ciclos de grados
definidos en el decreto 1860 de 1994 y la resolución 2343 de 1996 el artículo
9º que constituye los indicios o señales deseables y esperados, en función de
los fines, objetivos y dimensiones del desarrollo humano, siendo los grados de
corte los de más rigurosidad dado su acompañamiento en el nivel de desarrollo.
Comisión
de Evaluación y Promoción revisará su situación académica, en caso que su nota
final (quinto informe) sea de desempeño alto o superior en el área (s) podrá
determinar la aprobación del Portafolio (s) de Nivelación.
Para los estudiantes que han sido acompañados por el
personal de apoyo pedagógico con adecuación de contenidos, su promoción será
definida, como su nombre lo indica por los estándares básicos señalados en las
estructuras de cada área, de unidad y grado, respetando los del Ministerio de
Educación Nacional.
Los estudiantes avanzados, que son acompañados por el
personal de apoyo pedagógico se adelantarán en contenidos y permanecerán en su
grupo social. Es responsabilidad de la Coordinación Académica organizar los
registros oficiales cuando el estudiante supere el grado o nivel antes de los
tiempos regulares estipulados por la ley.
Para los estudiantes que tengan un diagnóstico definido por
un profesional externo, que están siguiendo un tratamiento y un acompañamiento
del personal de apoyo pedagógico, se aplicarán los siguientes criterios:
Se valorarán los conocimientos previos que tenga el
estudiante para orientar el acompañamiento.
Se tendrán en cuenta las recomendaciones realizadas por el
equipo de profesionales externos, que pueden ser aplicadas según el caso.
Se ajustarán algunas estrategias de evaluación de acuerdo
con la necesidad educativa particular del estudiante.
Promoción
anticipada de grado.
Durante el primer período del año escolar el consejo
académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el
consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que
demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social
en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será
consignada en el acta del Consejo Directivo y, si es positiva en el registro
escolar. A demás se firmará un acta donde padres de familia y estudiante se
comprometen en sostener el rendimiento académico durante el año escolar.
Que se realice un acta donde el padre de familia y estudiante se
comprometan a sostener el rendimiento durante todo el año.
Para estudiantes no promovidos:
Acorde con las disposiciones del decreto
1290, respecto a los criterios y
procesos que se deberán adoptar para facilitar la promoción al
grado siguiente de aquellos estudiantes que no la obtuvieron en el año lectivo
anterior, la institución considera:
Al iniciar el año lectivo, el estudiante no promovido de grado
es matriculado en el grado aplazado. Este estudiante puede obtener la promoción
posterior, si:
Aprueba una y sólo una evaluación de cada área y/o asignatura
que no haya sido superada el año anterior que realizará durante los dos
primeros días de inicio académico del nuevo año, según programación de la
Coordinación Académica.
Durante el primer periodo académico, cumple con la
asistencia, puntualidad y responsabilidades del grado matriculado, además del
siguiente criterio:
Aprueba todo el Plan de Estudios con desempeño alto y
obtiene una normalización en sobresaliente y/o excelente en el primer periodo académico
del año que está reiniciando.
Una vez finalizado el primer periodo, se reúne el Consejo
Académico para analizar el desempeño del estudiante aplazado y recomendar al
consejo directivo la promoción anticipada de grado. La decisión será consignada
en acta del Consejo Académico.
El Consejo Directivo, previo consentimiento de los padres de
familia, decide la promoción del estudiante, la decisión será consignada en el
acta del Consejo Directivo.
Con lo
anterior se está dando cumplimiento al artículo 2.3.3.3.3.7 del decreto 1075
del 26 de mayo del 2015.
En caso de ser promovido, la secretaría académica será
responsable de formalizar en el registro escolar el proceso del estudiante para
grado correspondiente.
Para el estudiante que sea promovido, luego del aplazamiento
de año escolar y cumpliendo con la disposición enunciada, la Coordinación
Académica será responsable de coordinar un plan de trabajo que favorezca el
alcance de los logros básicos de las áreas del primer periodo vinculadas al
grado promovido.
El estudiante que fue promovido de grado en el primer
periodo y continúa en el Colegio, sus padres siguen su proceso de pago de
pensiones.
DISPOSICIONES
ACADÉMICAS ESPECIALES
La valoración que se haga en el momento evaluativo cuando ha
habido fraude o intento de fraude será 1.0.
La entrega de pruebas, trabajos y demás estrategias
evaluativas en blanco será cualificada con 1.0
Los deportistas de alto rendimiento (validado por la Liga
respetiva) tendrán un plan de acompañamiento especial por el docente de
Educación Física para el desempeño de su área. Los permisos de ausencias serán
tramitados por la liga respectiva y el tratamiento es informado a continuación
a la Coordinación Académica.
Ausentarse más del 25% de las actividades curriculares sin
justificación, genera el aplazamiento del grado.
Los estudiantes que deseen realizar intercambio cultural,
deportivo o académico deben:
Tener presente que el tiempo máximo de ausencia es de dos
periodos académicos.
Presentar una solicitud por escrito al Consejo Académico,
con dos meses de anticipación.
Tener todos los logros alcanzados en las distintas áreas y
asignaturas.
Tener normalización excelente o sobresaliente.
En permisos de un
periodo, el estudiante pierde el derecho a ser eximido en sus pruebas finales.
DISPOSICIONES
ESPECÍFICAS PARA EL GRADO ONCE.
Cumplido el plan de estudios en su totalidad y haber
aprobado todas las materias, podrá asistir al Acto Privado de Proclamación,
programado por la institución.
La invitación al Acto Privado de Proclamación de
bachilleres, se hará efectiva en el momento en que el estudiante y su familia
hayan sido notificados del acuerdo en la Comisión de Evaluación y Promoción.
El Coordinador Académico, podrá hacer la notificación de
estudiantes no promovidos de grado, promovidos con asignaturas o áreas
insuficientes vía telefónica o en forma escrita a las familias, cuando hayan
terminado las sesiones de la Comisión de Evaluación y Promoción; con ambas
situaciones el estudiante no será proclamado en la Ceremonia Privada.
Representar a la institución en actividades deportivas,
recreativas, culturales, artísticas y académicas, o poseer algún cargo en los
órganos del Gobierno Escolar no exime al estudiante de sus responsabilidades de
todo tipo.
La prestación del servicio social obligatorio es requisito
indispensable para la obtención del título de bachiller.
Cursar las 50 horas de estudios constitucionales que
corresponde a la ley 107 de 1994.
Presentar las pruebas censales SABER ICFES 11
CONDUCTOS
REGULARES ASPECTO ACADÉMICO
Estudiante
Profesor
Director de grupo
Coordinación Académica
Consejo Académico
Rectoría
Consejo Directivo
COMISIONES
DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
Órgano de
participación en el Gobierno Escolar, sus funciones tienen una relación
relevante y directa frente a la evaluación y promoción de los educandos. Es el
único organismo que define la promoción y acompaña el seguimiento de los
estudiantes que presentan dificultades en el proceso, en cuanto a
recomendaciones de programas especiales de refuerzo y superación.
Conformación
y elección de integrantes
Cada grado tiene su Comisión correspondiente y consta de los
siguientes miembros:
Tres docentes del grado respectivo, preferiblemente los
directores de cada grupo
El Orientador Escolar encargado del grado respectivo, su
nombramiento se deriva de la naturaleza de su cargo.
El Coordinador Académico, su nombramiento se deriva de la
naturaleza de su cargo.
El Coordinador de Nivel, su nombramiento se deriva de la
naturaleza de su cargo.
Un representante de los Padres de Familia y/o acudiente, su
nombramiento lo hará el Consejo de Padres.
El Rector, quien la convocará y presidirá o delegará en su
defecto
Un miembro del Consejo de Estudiantes de los grados
superiores (cuando amerite su presencia)
Las Comisiones de Evaluación y
Promoción se citarán con anticipación cada vez que se requiera y en forma
oficial al finalizar cada período académico.
El período para cada miembro de las
Comisiones de Evaluación y Promoción es de un año.
Responsabilidades
y funciones:
Orientar
y animar el proceso de evaluación.
Reunirse
al menos dos veces al año, al finalizar cada semestre y otras cuando se
requiera.
Analizar
los casos de los estudiantes con evaluación insuficiente o deficiente en dos o
más áreas, al finalizar cada uno de los periodos y hacer recomendaciones a los
profesores y a otras instancias en términos de actividades complementarias.
Informar
a los padres o acudientes, al estudiante y al educador respectivo sobre los
compromisos pertinentes.
Establecer
si educadores y estudiantes siguen las recomendaciones y cumplen con los
compromisos.
Verificar
si las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada Comisión se
consignan en actas y se les hace seguimiento.
Decidir
al finalizar el año lectivo, cuáles estudiantes quedan en promoción aplazada de
grado.
Verificar
sobre la planeación y cumplimiento de los programas de actividades
complementarias de nivelación para la promoción aplazada de áreas.
Analizar
los casos de los estudiantes con desempeños excepcionalmente altos, con el fin
de recomendar actividades de motivación y profundización para promoción
anticipada antes de ser enviados al Consejo Directivo.
Definir
la situación de los estudiantes que, luego de realizadas las actividades
complementarias de nivelación, persistan en insuficiencias.
CARACTERÍSTICAS
ESENCIALES DEL APOYO ACADÉMICO ESPECIAL.
(Decreto 1470, ley 1384 de 2010 y
ley 1399 de 2010) El Apoyo Académico Especial está soportado en las siguientes características esenciales:
Debe estar orientado al desarrollo de
las competencias establecidas en los referentes de calidad del Ministerio de
Educación Nacional, sin perjuicio de· que por prescripción médica dichas
competencias se adapten a las condiciones del beneficiario.
Al momento de iniciarse, debe tener en
cuenta el grado escolar en el que se encuentra el beneficiario, el informe de
desempeño que registre el aprendizaje alcanzado, las dificultades que presenta
y las evaluaciones diagnósticas que se realicen para identificar los niveles de
aprendizaje.
El Apoyo Académico Especial debe ser
pertinente con el estado de salud de los beneficiarios, sus condiciones físicas
y debe acatar las recomendaciones médicas en cuanto a tiempos, lugares,
condiciones ambientales e higiénicas, y cualquier otro tipo de medidas que
garanticen su bienestar.
CARACTERÍSTICAS
DE LOS PLANES DE APOYO EMOCIONAL.
El Plan
de Apoyo Emocional busca reconocer que la inclusión es un elemento de bienestar
emocional para aquel estudiante que ha pasado por una condición de enfermedad,
por ello todo plan debe contemplar como mínimo los siguientes aspectos:
Propender por estrategias que favorezcan la continuidad del
estudiante beneficiario en el proceso educativo.
Involucrar a todos los miembros de la Comunidad Educativa,
en atención al grado de vulnerabilidad que puede llegar a tener el beneficiario.
Analizar
las situaciones de la vida escolar del beneficiario, (desenvolvimiento en el
entorno y áreas locativas, actividades extraescolares, uso de restaurantes
escolares, entre otras) que puedan impactarlo emocionalmente o que puedan ser
consideradas como riesgosas y generar estrategias para resolverlas.
Promover prácticas que les permita a los docentes reconocer
los cambios en los ritmos de aprendizaje del beneficiario, derivados de su
situación de enfermedad.
Involucrar
a los padres de familia privilegiando el concepto de unidad familiar y
reconociendo el valor terapéutico que la presencia de ellos genera en el
estudiante.
Valorar
las situaciones particulares del estudiante beneficiario, a fin de atender a
estas condiciones de manera pertinente a sus necesidades.
Fortalecer
en el aula, el trabajo que se orienta desde los referentes de calidad en
competencias ciudadanas, especialmente el relacionado con las competencias
emocionales.
Para la
implementación del Plan de Apoyo Emocional se debe contemplar entre otros:
Que los
padres de familia o acudientes del beneficiario reporten al Establecimiento
Educativo todos los diagnósticos e incapacidades a fin de implementar un plan
de apoyo emocional particularizado a sus características propias.
Que el
Establecimiento Educativo socialice e implemente con los estudiantes y docentes
el Plan de Apoyo Emocional.
Que se
contemple una evaluación periódica que permita identificar los progresos que
suscita la implementación del Plan de Apoyo Emocional en los estudiantes
beneficiarios.
COMITÉ DE CONVIVENCIA
Crear los equipos de
Convivencia Escolar como estrategia pedagógica para la prevención de la violencia escolar y la promoción de la
convivencia en la institución,
Parágrafo 1: Se conciben los equipos de
convivencia escolar como estrategia pedagógica, en tanto movilizan técnicas
individuales de auto aprendizaje, auto
responsabilidad y autorrealización en
los estudiantes, así como de técnicas grupales que propician la interrelación
entre los docentes y los estudiantes, de los estudiantes entre sí y de los
docentes, estudiantes y demás actores entre sí, en atención al logro de competencias, obtención de información,
construcción de conocimientos, cambios de actitudes, reconocimiento de la
experiencia previa, la atención a necesidades del colectivo y el
aprovechamiento de oportunidades para apoyar y orientar las acciones referidas a
la gestión, la normativa, la resolución pacífica y dialogada de los conflictos
y la participación comprometida para la promoción de la convivencia, la
democracia y los derechos humanos en la institución.
Parágrafo 2: La implementación de los Equipos de
Convivencia Escolar, implican su conformación, compromiso con su funcionamiento, articulación
de acciones al Proyecto Educativo Institucional y el tejido de una red escolar
democrática a partir de la promoción de la convivencia.
ARTÍCULO
112. Objetivos del Equipo de Convivencia Escolar:
Objetivo General:
Apoyar y orientar a la
institución educativa en la construcción, ejecución, seguimiento y evaluación
de planes, programas, proyectos y demás acciones encaminadas a la prevención de
la violencia escolar y la promoción de la convivencia.
Objetivos Específicos:
1. Ofrecer
a la institución educativa posibilidades y alternativas pedagógicas para el
tratamiento y solución acertada del conflicto y para la promoción de la
Convivencia Escolar.
2.
Promover y
desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa una formación
que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión a partir de
la práctica de principios y valores encaminados a lograr la sana convivencia.
3. Promover
la revisión y reelaboración participativa del manual de convivencia escolar
para su re contextualización y pertinencia de acuerdo a los cambios del
contexto social y escolar.
4. Elaborar
reflexividad y conocimiento permanente sobre la situación de la convivencia
escolar que contribuya a la generación de mejores políticas y estrategias en el
tratamiento de conflictos.
CONFORMACIÓN
DEL EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
En la institución educativa se
debe conformar el equipo de convivencia escolar a partir de un ejercicio
democrático y participativo teniendo en cuenta a directivos, docentes,
estudiantes y padres de familia. Su
conformación debe ser de la siguiente manera:
-
Docente Coordinador de
Convivencia o de disciplina
-
Personero escolar
-
Dos representantes de
estudiantes de básica primaria: uno de 4 grado y otro de 5 grado.
-
Un representante de
estudiantes por cada grado de básica secundaria
-
Un representante de estudiantes
por cada grado de la media.
-
Tres docentes: uno de básica
primaria, uno de básica secundaria y uno de la media.
-
Tres padres de familia de los
diferentes niveles que ofrece la Institución Educativa.
ARTÍCULO 114. Vigencia:
El equipo de Convivencia Escolar,
tendrá una vigencia de dos
años, durante los cuales deberán reemplazar los representantes de los
estudiantes que se promocionan del grado once o los miembros que por decisión
propia o del equipo, se retiren; con el propósito de continuar con el mismo
número de integrantes con el cual fue creado el respectivo Equipo de
Convivencia Escolar.
Una vez cumplidos los dos años
de funcionamiento del Equipo de Convivencia Escolar, se procederá a nombrar los
integrantes del nuevo Equipo.
ARTICULO 115. Reglamentación:
El Equipo de Convivencia Escolar, se regirá por
el siguiente reglamento:
- Una
vez conformado el Equipo de Convivencia Escolar, se procede a nombrar un
líder, quien será el responsable de liderar todas las acciones en torno a
la convivencia con el apoyo de los demás integrantes y reportar a la
Secretaría de Educación para la Cultura los avances y logros referidos a
los procesos de convivencia escolar.
- La
participación de los integrantes del equipo es indelegable, salvo casos de
fuerza mayor debidamente justificada ante el líder.
- El
Equipo de Convivencia, se reunirá cada mes y de manera extraordinaria
cuando así lo solicite el líder o por solicitud sustentada de los demás
integrantes.
- La
inasistencia sin causa justificada a dos reuniones, dará lugar a nombrar
el reemplazo de este integrante.
- De
cada reunión, se levantará un acta que permitirá registrar el proceso
vivido, así como las propuestas, sugerencias, recomendaciones y avance de
cada una de las actividades realizadas.
- El
Equipo de Convivencia Escolar debe elegir un(a) secretario(a) y tendrá las
siguientes responsabilidades:
-
Elaborar el acta de las reuniones y archivarla
una vez sea aprobada y firmada por quienes intervinieron.
-
Convocar a las reuniones que
se programen, indicando fecha, hora, lugar y la respectiva agenda.
-
Las demás responsabilidades
que le asigne el líder del equipo de Convivencia Escolar.
SESIONES
El Comité
Escolar de Convivencia sesionará como mínimo una vez cada dos (2) meses. Este Comité no podrá
sesionar sin la presencia del presidente. El Comité podrá invitar con voz, pero
sin voto a un miembro de la Comunidad Educativa conocedor de los hechos, con el
propósito de ampliar información.
ACTAS
De todas
las sesiones que adelante el Comité Escolar de Convivencia se deberá elaborar
un acta, la cual deberá contener como mínimo los requisitos establecidos en el
artículo 10 del Decreto 1965.
COMITÉ DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
Está conformado por las siguientes personas:
·
El rector.
·
Personero Estudiantil.
·
Docente Orientador:
·
Coordinador.
·
Presidente del Consejo de
Padres de familia.
·
Presidente de consejo de
estudiantes
·
Docentes que lideren proceso
de convivencia escolar.
COMITÉ
ESCOLAR DE CONVIVENCIA
Por su parte,
en cada institución educativa se integrará un comité escolar de convivencia que
será conformado por el rector del establecimiento, el personero estudiantil, el
docente con función de orientador, el coordinador académico, el presidente del
consejo de padres de familia, el presidente del consejo de estudiantes y un
docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
Sus funciones
son:
1. Identificar, documentar, analizar y
resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes,
directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
2. Liderar en los establecimientos
educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía,
el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención
y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad
educativa.
3. Promover la vinculación de los
establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de
convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que
respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
4. Convocar a un espacio de conciliación
para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia
escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa
o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios
irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará
acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del
establecimiento educativo.
5. Activar la Ruta de Atención Integral
para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la Ley, frente a
situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas
de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y
reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo
establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar,
y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón
por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen
parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.
6. Liderar el desarrollo de estrategias
e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el
ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de
las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar
informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema
Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la
Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia
Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.
7.
Proponer,
analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización
del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean
el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y
mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
7.
NORMALIZACIÓN
RÉGIMEN
DISCIPLINARIO
Principios
Orientadores en la Aplicación de Procesos Disciplinarios
Función
del Proceso Disciplinario Escolar: su función es pedagógica, formativa y creadora de parámetros de
comportamiento deseables en la convivencia institucional.
Reconocimiento
de la dignidad humana: todo estudiante o miembro de la Comunidad Educativa que se
relacione con el Colegio y le sea atribuida una falta, tiene derecho a ser
tratado con el debido respeto a la dignidad inherente al ser.
Buena fe:
siempre
debe presumirse la buena fe en la conducta del estudiante sujeto de acción correctiva o sanción.
Legalidad:
como
miembro de la Comunidad Educativa sólo seremos investigados, sancionados y tratados por comportamientos descritos
como falta disciplinaria en el Manual vigente al momento de la realización u
omisión del hecho reprochado.
Debido
proceso: como miembro de la Comunidad Educativa, cuando deba ser tratado con lo aquí
dispuesto, le serán aplicadas las normas existentes al caso atribuido, ante
quien sea competente previamente establecido, observando las formas propias de
la Constitución, la Ley y el presente reglamento.
Culpabilidad:
cuando
sea necesario llevar un proceso disciplinario-pedagógico, quedará prohibida
toda forma de responsabilidad objetiva, en todo caso las faltas sólo serán
sancionables a título de dolo o culpa.
Igualdad:
todos
los estudiantes recibirán la misma protección y trato del Colegio, tendrán los mismos derechos, libertades y oportunidades
sin ninguna discriminación por su sexo, edad, raza, origen nacional o familiar,
lengua, opinión política o filosófica.
Finalidad
del Manual y las funciones disciplinarias-pedagógicas: el Manual de Convivencia garantiza el
cumplimiento de los fines y funciones propuestas por el
Colegio en relación con el comportamiento de sus estudiantes cuando con él, lo
afecten o pongan en peligro.
Las
sanciones disciplinarias: cumplen esencialmente los fines estrictamente pedagógicos, de
prevención y formación en valores o la extinción de comportamientos que
contraríen el proceso de aprendizaje propio y ajeno.
Derecho a
la defensa: el estudiante que sea objeto de una investigación disciplinaria tiene derecho a conocer
la queja y las pruebas que se alleguen a la investigación; a que se practiquen
las pruebas que solicite, a ser oído en su versión libre y espontánea, a rendir
sus descargos, para lo cual puede estar acompañado de sus padres, acudientes y
a interponer el recurso de reposición sobre la decisión. (Incluir el tiempo que
tiene para presentar la reposición)
Proporcionalidad:
la
sanción disciplinaria debe corresponder a la gravedad de la falta cometida. Al medir la sanción se deben
aplicar los criterios contenidos en este Manual.
Motivación:
Las
sanciones que se impongan deben contener una sustentación desde el querer pedagógico y un fin formativo.
Interpretación
del orden interno: en la interpretación y aplicación de la ley disciplinaria, se debe tener en cuenta que la finalidad del
proceso es la prevalencia de la justicia, la creación de valores positivos y la
formación integral de los estudiantes.
Aplicación
de principios e integración normativa: en la
aplicación del régimen disciplinario
se tendrá en cuenta las normas establecidas para procesos administrativos.
Garantía
de la labor educativa: todo miembro de la Comunidad Educativa, ejercerá sus derechos,
cumplirá sus deberes y respetará las prohibiciones establecidas.
Abuso del
Derecho: el estudiante que abuse de los derechos, incumpla sus deberes o compromisos e incurra en
faltas contra la disciplina o la conducta, se hará acreedor a una acción
correctiva o sanción.
Función
de la Acción Correctiva y de la Sanción: tienen
función esencialmente pedagógica y
formativa.
Protección
de Derechos e Intereses de la Comunidad Educativa. (Bien Común): el
ejercicio de los derechos de los estudiantes, de sus padres o acudientes autorizados, supone responsabilidad frente a
los derechos de los demás educandos, y de cada uno de los estamentos que
componen la Comunidad Educativa de la Institución.
Participación:
todos
los estudiantes y sus padres o acudientes tienen derecho a ser escuchados y solicitar pruebas en el momento de
encontrase en un proceso de análisis comportamental.
Necesidad
de la prueba: el proceso debe buscar la verdad de los hechos con pruebas veraces y pertinentes.
Participación
de los padres de familia y/o representantes en los procesos disciplinarios: al ser el
proceso disciplinario un asunto de carácter
administrativo y esencialmente pedagógico y por ende excluir el carácter penal;
la participación de los padres debe ser de carácter formativo no como
contrapartes de la Institución Educativa, pues ellos son los primeros
responsables de la educación de sus hijos.
Potestad
Disciplinaria: de conformidad con el literal g del decreto 1861 de 1994 y con el título 3 capítulo 1, sección
5 artículo 2.3.3.1.5.8 del Decreto 1075 de 2015 La función disciplinaria en los
establecimientos educativos corresponde al Rector.
DEBIDO PROCESO
En toda
acción disciplinaria o académica que afecte al estudiante se debe seguir el “debido
proceso” (pasos que deben seguirse en la aplicación de una estrategia formativa
y/o sanción, frente a una dificultad o conflicto de intereses). Con respecto a
la naturaleza del proceso disciplinario en el ámbito escolar, la Corte
consideró lo siguiente:
“las garantías del derecho penal
le son aplicables al derecho disciplinario, mutatis mutandi, con ciertas
especificidades ya que su aplicación se modula para adecuar el ejercicio del
poder disciplinario a la naturaleza y objeto del derecho disciplinario y,
especialmente, al interés público y a los principios de moralidad, eficacia,
economía y celeridad que informan la función administrativa”. Sentencia 967 de
2007
La Corte también ha aceptado que en materia disciplinaria la
precisión con la que se debe establecer un tipo no exige la rigurosidad del
derecho penal. Las instituciones educativas tienen autonomía dentro del marco
constitucional y legal, para establecer las reglas que consideren apropiadas
para regir las relaciones dentro de la Comunidad Educativa. Sin embargo,
también tienen el mandato de regular dichas relaciones mediante reglas claras
sobre el comportamiento que se espera de los miembros de la Comunidad
Educativa.
OBJETIVO
DEL DEBIDO PROCESO: Garantizar el derecho a la defensa, a
un proceso público para el
estudiante, a presentar pruebas y a controvertir las que se alleguen en su
contra, a agotar los recursos procesales consagrados y a no ser sancionados dos
veces por el mismo hecho. Teniendo en cuenta el Artículo 29 de la Constitución
Política de Colombia y los señalados en el presente manual, reconoce el derecho a un debido proceso para lo cual se deberá:
Parágrafo: En todos
los casos, en la decisión de tomar acciones correctivas o sancionar a un estudiante, se tendrá en cuenta los “Principios Orientadores en la Aplicación de Procesos Disciplinarios” Capítulo V Normalización, Régimen disciplinario.
1.
La queja o conocimiento de oficio: La actuación disciplinaria se inicia
por la ocurrencia de unos hechos que no corresponden con las disposiciones del
Manual de Convivencia. Procede por una queja o denuncia formulada por
cualquier miembro de la comunidad educativa, debidamente formulada y recibida,
y por lo tanto que debe ser cierta, veraz, concreta y oportuna; o de oficio,
cuando los hechos son conocidos directamente por un funcionario de la
institución, quien levantará un informe debidamente sustentado, concreto y
suscrito por él.
2. Indagación preliminar: Tiene por
objeto verificar la ocurrencia de los hechos y las personas intervinientes en
ellos, a quienes debe solicitarse rendir su versión libre y espontánea para
establecer un cierto grado de certeza sobre las circunstancias de tiempo, modo
y lugar en que se desarrollaron los hechos.
-
Si la falta es considerada Tipo I, se hace una reflexión y compromiso con el
estudiante y se consigna en la carpeta del estudiante.
-
Si la falta es Tipo II, el coordinador efectuará la indagación preliminar e
informará al comité de Convivencia.
3. Apertura del Proceso
Disciplinario:
Si de la averiguación preliminar se concluye que efectivamente se está en
presencia de una o varias faltas Tipo I y II que contravienen la disposición
normativa del presente Manual de Convivencia, se procede a informar por escrito
a los padres de familia y/o acudientes, y al alumno, solicitando la
presentación de sus descargos. La apertura del disciplinario la ordena el
Rector o quien éste delegue para el efecto en ejercicio de su potestad
disciplinaria.
4.
Participación de los progenitores o acudientes: Los progenitores o
acudientes podrán participar en el proceso disciplinario de manera verbal o por
escrito; sin embargo su participación será estrictamente para salvaguardar la
protección de los derechos de su hijo, no como contraparte de la institución y
menos aún para tratar de evitar la aplicación de las justas estrategias
formativas y/o sanciones, ya que éstas constituyen herramientas de aprendizaje
para el alumno y confirman el carácter esencialmente pedagógico de los procesos
disciplinarios, el cual pretende que el alumno, al reconocer sus faltas y
asumir sus responsabilidades, aprenda a modular sus comportamientos en el
futuro y a desenvolverse en armonía con su entorno social.
5.
Descargos: En la misma reunión en la que se notifique la apertura del
Proceso Disciplinario, el alumno deberá presentar por escrito sus descargos,
los cuales serán efectuados de manera personal y sin faltar a la verdad. Lo
anterior, por cuanto los descargos corresponden al implicado y no a sus
progenitores o representantes, quienes apenas han sido testigos de oídas en el
asunto.
6.
Pruebas: Las pruebas deben ser reales, físicamente posibles,
pertinentes, conducentes y ante todo oportunas. Entre los medios de prueba se
pueden aportar testimoniales, documentales, periciales, representativos y todos
los demás que admite la ley procesal civil colombiana.
7. Estudio del caso por parte
del Comité de convivencia: Este verificará las faltas Tipo I y II, la
responsabilidad del alumno o alumnos, y recomendarán las estrategias formativas
y/o sanciones de acuerdo con lo consignado en el presente Manual de
Convivencia. El estudio del caso será consignado en Acta de dicho Comité.
8.
Resolución Rectoral: La decisión final la tomará el consejo directivo
con Resolución motivada que notificará por escrito tanto a los padres de
familia o acudientes como al alumno.
8.
Recurso
de Reposición:
Contra la Resolución Rectoral que notifique la decisión, al estudiante se le
garantizará el recurso de reposición.
9.
Suspensión
del Proceso:
Si los hechos acontecen finalizando el periodo escolar o a portas de los
periodos legales establecidos para vacaciones escolares, se suspenderán el
proceso y los términos en caso de recursos, y se iniciará o continuará el
proceso al reanudarse las actividades escolares.
9.
CLASIFICACIÓN
DE FALTAS
Una falta
es un desacierto al que el estudiante llega cuando incurre en el quebranto de
sus deberes o cuando no hace uso responsable de la libertad, afectándose y/o
afectando la Comunidad Educativa, puede ser: Tipo I-II-III y trae como
consecuencia la aplicación de estrategias formativas y/o sanciones.
Criterios
para Determinar la Levedad o Gravedad de las Faltas: Para la valoración de las faltas se tendrán en
cuenta los siguientes aspectos:
El tipo de falta o hecho.
Reincidencia.
Complicidad.
Abuso de confianza.
Evasión o negación de responsabilidades.
Alevosía, premeditación y planeación de la falta.
Circunstancias
Atenuantes: Se consideran como circunstancias que atenúan o eximen la responsabilidad del
estudiante, en la comisión de una falta las siguientes:
El haber obrado por motivos nobles o altruistas
El haber observado buena conducta anterior
Ignorancia invencible
El confesar la falta oportunamente antes de ser descubierta
por otros.
Afección psicológica certificada y puesta en conocimiento de
la Institución antes de la comisión de la falta.
El haber sido inducido a una acción por alguien de mayor
edad y/o madurez psicoafectiva.
Cometer la falta en estado de alteración, motivado por
circunstancias que le causan dolor físico o psíquico.
Procurar, a iniciativa propia, resarcir el daño o compensar
el perjuicio causado antes de iniciarse el proceso disciplinario.
Circunstancias Agravantes: Se consideran como circunstancias
agravantes de la responsabilidad del estudiante, las siguientes:
Reincidir en las faltas
Cometer la falta para ocultar o
ejecutar otra.
El haber mentido en forma oral o
escrita en su versión de los hechos.
El irrespeto como reacción ante
el señalamiento por la comisión de una falta.
Realizar el hecho con pleno
conocimiento de sus efectos dañosos o con la complicidad de sus compañeros.
No admitir la responsabilidad o
atribuírsela a otros.
Infringir varias obligaciones con
la misma conducta.
El efecto
perturbador que la conducta produzca en la Comunidad Educativa.
Cometer la falta aprovechando
condiciones de inferioridad de otros compañeros o miembros de la Comunidad
Educativa.
Emplear en la ejecución del hecho
un medio de cuyo uso puede resultar peligro común.
El haber preparado o planeado
ponderadamente la falta o con complicidad de otros compañeros, miembros de la
Comunidad Educativa o terceros ajenos a la Institución.
Cometer la falta en detrimento
del bienestar de una persona con dificultades especiales.
Parágrafo: las circunstancias atenuantes y
agravantes se tendrán en cuenta para la estimación
de las sanciones.
INSTANCIAS:
1. El docente y el estudiante
2. El docente y el director de grupo
3. El Director de Grupo y el estudiante
4. El Director de Grupo y/o docente con el padre de
familia y estudiante
5. El Director de Grupo con el Coordinador y estudiante.
6. El Coordinador con el padre de familia y estudiante.
7. El Coordinador con el Comité de Convivencia y el
estudiante
8. Rector con Coordinador, el Padre de Familia y
estudiante.
9. Consejo Directivo para tomar la decisión final.
Nota:
Si el director de grupo se encuentra en clase, la información se le dará en el
espacio pertinente sin afectar el normal desarrollo de esta.
ESTRATEGIAS
FORMATIVAS Y SANCIONES
PARA
FALTAS TIPO II O TIPO III
Las
estrategias formativas y sanciones se aplicarán de acuerdo con las
circunstancias de tiempo modo y lugar en los que se cometa la falta teniendo en
consideración los atenuantes y agravantes establecidos para el proceso
disciplinario, podrán ser aplicadas una o varias estrategias formativas y/o sanciones
en un mismo evento; esto es, no tiene que iniciarse con la actividad 4.1 y
siguientes, sino:
Amonestación
Verbal: Diálogo persuasivo y formativo con el estudiante. Se aplica a los estudiantes que han
incurrido en una falta leve.
Amonestación
Escrita: se aplica a los estudiantes que han incurrido en alguna de las faltas Tipo I o Tipo II, o por
la reiteración en alguna de las faltas Tipo I. De acuerdo a la falta esta
acción correctiva puede concurrir con una sanción de las establecidas en el
presente Manual.
Notificación
a los Padres de Familia y Compromiso Escrito: procede
cuando
el estudiante acumule dos (2) amonestaciones escritas o cuando la
amonestación escrita concurra con una sanción, esta se realizará en la hoja de
comunicación institucional.
Debido
Proceso: El Coordinador atenderá las faltas Tipo II y/o Tipo III. El director de grupo o
cualquier docente gestionara las faltas Tipo I. Se procede según lo estipulado
en el manual de convivencia.
Jornada
de Reflexión y Trabajos Especiales: se aplica al estudiante como estrategia formativa, se asignarán
trabajos formativos especiales de acuerdo con la falta cometida. Esta
estrategia formativa consiste en que el estudiante desarrollará a lo largo de
la jornada escolar y dentro de las instalaciones del Colegio, una serie de
actividades que pretenden llevarlo a reflexionar sobre su comportamiento y a
asumir compromisos de cambio. De esta jornada de reflexión se dejará constancia
escrita en la hoja de comunicación institucional.
Retención
de Implementos: cuando la falta esté directamente relacionada con el uso de implementos como celulares,
accesorios que no correspondan al uniforme, cámaras, aparatos reproductores de
audio, revistas, impresos, drogas o armas de cualquier tipo, serán retenidos
por el funcionario que los decomisó. Este se los entregará al Coordinador de nivel,
al Coordinador académico o al Rector quienes a su vez los entregará a los
padres o acudientes o a las correspondientes autoridades.
Prohibición
de Representar el Colegio: En el caso de que la falta tipo II o tipo III sea cometida por un
estudiante que represente al Colegio en actividades deportivas, académicas o
culturales externas, se dictará la privación de participar en actividades
externas en representación del Colegio, la cual quedará consignada en la
carpeta de normalización del estudiante.
Acciones
de Reivindicación y Reparación de la Falta: Procederán
para las faltas Tipo I, Tipo II y/o Tipo
III, cuando con ellas el estudiante ofenda la filosofía, principios o
integridad de la Institución o de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
Suspensión
de Programas Especiales o de Representación: Como
estrategia formativa, el estudiante
podrá ser suspendido en su participación a programas especiales organizados por
la institución o en los cargos de representación que esté ejerciendo.
No
Invitación a la Ceremonia de Proclamación de Bachilleres: En caso de que el estudiante sancionado por
una falta tipo III sea del grado 11º, no será invitado a la ceremonia de
Proclamación de Bachilleres y su diploma y acta de grado le serán entregados en
la Secretaria Académica de la institución.
Asistencia
a un Programa de Orientación y Tratamiento: Como estrategia formativa, podrá
solicitarse de manera formal que el estudiante asista a un programa de
tratamiento terapéutico, psicológico o psiquiátrico o recibir asistencia
profesional y deberá quedar constancia escrita tanto de la solicitud de apoyo
como del tratamiento y de las indicaciones que se deriven de él.
Anulación
de Evaluaciones: El fraude o intento de fraude comprobado trae como consecuencia la anulación de la acción evaluativa y la
valoración de dicha actividad será deficiente y será sancionado como una falta.
Suspensión:
Los
estudiantes podrán ser suspendidos entre 1 y 15 días y vivirán esta acción formativa en la institución. Para el caso de
que se aplique la suspensión de un estudiante de las actividades por algún
número de días, los educadores elaborarán talleres, según el horario de clases
del tiempo de la desescolarización y los entregarán a la Coordinación
Académica, así mismo el Coordinador entregará conjuntamente con un taller formativo.
De acuerdo a la falta cometida y una vez cumplida la suspensión, el estudiante
debe presentarse con los talleres a la coordinación respectiva, quien los
entregará a los educadores, ante quienes deberá el estudiante presentar su
sustentación.
Parágrafo. La
valoración de la convivencia escolar para el período será afectada por esta causa.
Si la
sanción proviene de faltas Tipo III se dejará constancia escrita en el formato
para registro de comunicación con el padre de familia, acompañada con copia de
la Resolución Rectoral. Si los padres de familia o acudiente autorizado se
niegan a firmar la notificación de la Resolución Rectoral que impone la
sanción, se dejará constancia de ello por escrito y se les notificará la
decisión enviando copia de la Resolución Rectoral por correo certificado. Si
durante el periodo de suspensión se realizan evaluaciones orales o escritas,
las mismas serán aplazadas para lo cual le serán asignadas nuevas fechas de
presentación
4.14. Compromiso Normativo: Es una
estrategia pedagógica, con la cual se busca
que los estudiantes y padres de familia o acudientes, se comprometan a generar
acciones correctivas que mejoren las deficiencias que el estudiante presenta en
alguna, algunas o todas las dimensiones de su proceso de formación integral en
cualquier momento del año escolar.
PROCEDIMIENTO
PARA LA ASIGNACIÓN DE COMPROMISO NORMATIVO
Se asignará compromiso normativo a
quien comete una falta tipo II y que amerite dicho compromiso de forma
inmediata, de acuerdo a lo estipulado en este Manual.
Se asignará compromiso pedagógico
cuando durante dos períodos consecutivos, el estudiante sea cualificado con
insuficiente o deficiente en normalización.
Pasados dos periodos consecutivos de la
asignación del compromiso normativo, El Comité de Normalización estima, si hay
mejora, que se levante el compromiso. Si no demostró superación de las
dificultades normativas en el periodo, se registra en el compromiso y así
sucesivamente periodo por periodo.
Matrícula Especial: Se
utiliza cuando El Rector considera que la falta permite una última oportunidad, sin deteriorar en el estudiante el sentido de
la norma. Estará acompañado de la suscripción de la matrícula especial entre el
estudiante, los padres y El Rector. El incumplimiento de algunos de los
compromisos acordados en la Matrícula Especial será motivo para la cancelación
inmediata del contrato de matrícula.
Parágrafo 1. Si un
estudiante con compromiso normativo infringe gravemente la norma, de forma inmediata se cita a los padres para establecer
matricula especial.
Parágrafo 2. Finalizado
el año escolar los estudiantes con Matricula Especial será analizado su proceso normativo por el Consejo Directivo Institucional
con el fin de evaluar su permanencia en la institución.
Parágrafo 2.
Cancelación De Matrícula Y Retiro
de la institución: La cancelación de la matrícula durante el desarrollo del año lectivo, es una sanción que podrá
ser aplicada cuando el estudiante incurra en varias faltas Tipo II o en
una o varias faltas Tipo III. En caso de retiro del
estudiante de la institución, cualquiera que sea el motivo, es obligación de la
familia o acudiente ponerse a paz y salvo con la administración, en daños no
reparados, la biblioteca general y del aula, entre otros, firmar en la
Secretaría la cancelación de la matrícula y entregar en esta dependencia el
carné estudiantil.
Reparación de Daños o Perjuicios: En el
caso de que de la comisión de la falta se
deriven daños o perjuicios, el estudiante y sus padres o acudiente autorizado,
deberán asumir la reparación y/o pago de la pérdida o el daño ocasionado a
muebles o enseres y/o la reparación de los perjuicios causados.
Parágrafo: Pronunciamientos de la Corte
Constitucional sobre la aplicación de sanciones: La educación es un
derecho-deber, por
tanto, no se vulnera el derecho a la educación por sanciones al mal
rendimiento académico y comportamental. (Fallo de la Corte Suprema de Justicia.
T-509-7,12/94). No se vulnera el derecho a la educación por sanciones a las
normas por rendimiento y disciplina. (Fallo de la Corte Suprema de Justicia T.
316-12, 7/94].
SISTEMA
DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES
Con la
entrada en vigencia del sistema de responsabilidad penal para adolescentes que
cobija a los menores de edad dentro del Código de la Infancia y la Adolescencia
(Ley 1098 de noviembre de 2006), en caso de que el estudiante haya incurrido en
delitos sancionados por la Ley Penal Colombiana, El Rector en su papel de
representante legal del Colegio, deberá elevar la correspondiente denuncia ante
las autoridades competentes.
INFORMACIÓN
AL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE AUTORIZADO
En todos
los casos que este procedimiento indique el deber de informar o notificar deban
ser notificados el estudiante, los padres de familia o acudiente autorizado se
agotarán en el siguiente orden:
Información
mediante comunicación telefónica: Deberá efectuarse directamente con padre de familia o
acudiente autorizado y dejar constancia en el formato para registro de comunicación
quién efectuó la llamada fecha y hora y quién respondió la misma.
Información
mediante comunicación escrita: Se hará enviando una nota al padre de familia o acudiente
autorizado, la cual deberá ser devuelta con la firma del padre o acudiente
autorizado que la recibe.
NOTIFICACIÓN
DE RESOLUCIONES
Notificación
Personal: La notificación personal se hará por Secretaría leyendo íntegramente la Resolución a la
persona(s) que se notifiquen o permitiendo que esta lo haga.
Notificación
por Correo Certificado: De no ser posible la comparecencia del padre de familia o acudiente autorizado
para ser notificado personalmente, se dejará constancia de esta situación y se
le enviará copia de la Resolución por correo certificado a la dirección que
haya suministrado en el acto de matrícula.
INTERPOSICIÓN
DE RECURSOS
En todo
proceso disciplinario, se debe respetar siempre el derecho de defensa con la
interposición de recursos.
Recurso
de Reposición: Contra la Resolución que imponga sanción procederá el recurso de reposición, el cual
tiene como finalidad la manifestación de los elementos o pruebas que desvirtúen
la responsabilidad del estudiante en los hechos que motivaron la sanción o la
violación al debido proceso establecido en el Manual de Convivencia. De no
presentarse recurso de reposición la decisión quedará en firme transcurridos
tres (3) días hábiles, luego de ser notificados del contenido de la misma los
padres o acudiente autorizado y el estudiante. En el evento de presentarse el
recurso de reposición será resuelto por el Rector como titular de la potestad
disciplinaria. La confirmación o revocación de la decisión será comunicada de
forma personal o por correo certificado y sobre la misma no procederá recurso
alguno.
Requisitos
del Recurso de Reposición:
Siempre debe presentarse por escrito.
El término para interponer el recurso
es de tres (3) días hábiles, siguientes a la notificación del contenido de la
resolución.
La sustentación del recurso deberá versar
sobre hechos o pruebas que no se tuvieron en cuenta en el disciplinario y que
desvirtúen la responsabilidad del estudiante o sobre la presunta violación al
debido proceso.
PROGRAMAS
Y PROYECTOS PEDAGÓGICOS QUE APOYAN LA SANA
CONVIVENCIA
ESCOLAR
El
Establecimiento Educativo desarrolla los siguientes proyectos pedagógicos en
todos los niveles, en cuya gestión y formulación participan docentes de todas
las áreas y grados, así como otros actores de la Comunidad Educativa, que, sin
una asignatura específica, responden a la proyección en la Comunidad Educativa
de los objetivos del Sistema de Convivencia Escolar y hacen parte del Proyecto
Educativo Institucional:
Educación
para la sexualidad y construcción de ciudadanía. Es
importante formar en la educación
sexual dado que en la actualidad los niños y adolescentes están expuestos a
diversas influencias del medio que tienden a desvirtuar el sentido trascendente
de esta dimensión humana, donde se valora más la sexualidad fácil que se centra
en la genitalidad sin un compromiso y responsabilidad existencial; por lo que
este proyecto apunta a fortalecer en los estudiantes la toma de decisiones, a
generar criterios de responsabilidad frente
a su proyecto de vida, tener información sobre los procesos biológicos y
emocionales implicados en la sexualidad y respetar los derechos propios y los
de los demás. Objetivo: promover en los estudiantes estilos de vida saludables
que conduzcan al reconocimiento de los derechos propios y de los demás, así
como al ejercicio de una sexualidad sana y responsable.
Modelos
de participación ciudadana. Con base en las directrices dadas por
el MEN, propone el diseño y la
aplicación de un proyecto que favorezca el desarrollo de las competencias
ciudadanas como un aporte desde la escuela para la construcción de una sociedad
más pluralista, justa e incluyente. Se trata de formar ciudadanos políticamente
activos, ciudadanos íntegros que con sus acciones, sean gestores de la
construcción de un nuevo país y que sirva para erradicar los vicios que han
hecho de la sociedad Colombiana, una sociedad injusta, corrupta e inequitativa.
Las actividades que hacen parte del proyecto están en concordancia con las políticas
institucionales de una escuela que sirve para formar al estudiante como
protagonista de su propia historia, de su nación y como ciudadano del mundo,
según está previsto en nuestro Proyecto Educativo Institucional. En palabras de
Morín: “la educación debe contribuir a la autoformación de la persona (aprender
y asumir la condición humana, aprender a vivir) y a que aprenda a convertirse
en un ciudadano. Un ciudadano, en una democracia, se define por su solidaridad
y su responsabilidad respecto de su patria. Esto supone que tiene arraigada su
identidad nacional.”
Objetivo:
promover la participación democrática de los estudiantes de nuestra Comunidad
Educativa
Artes y
Aprovechamiento del tiempo libre. “No concebimos un egresado que desconozca algunos rasgos de su
identidad cultural o la del mundo y que por esta razón participe, de manera
insípida, en la actividad cultural de nuestra ciudad”. Este proyecto tiene como
finalidad articular bajo una sola matriz las diferentes expresiones artísticas
que promuevan la participación y promoción de nuevos talentos, fortalecer la
proyección institucional en la sociedad y formar apreciadores artísticos y
culturales. Objetivo: generar espacios que permitan a los estudiantes la
participación en actividades artísticas y culturales como una alternativa para
el aprovechamiento del tiempo libre.
Proyecto
Familia. “La familia es la célula de la sociedad”. Reconoce que hoy
está expuesta a múltiples fenómenos que la impactan de manera considerable,
afectando su funcionamiento y ocasionando cambios en la
realidad familiar. De acuerdo con lo anterior, consciente que la familia cambia
a medida que la sociedad se transforma, consolida un programa de formación
familiar, en el cual se propician momentos de orientación y reflexión que
contribuyan a la tarea educativa, que parte desde el seno familiar, que tiene
presente la realidad actual y que reconoce las diversas transformaciones
presentadas en cada etapa del ciclo vital, contribuyendo de esta manera a la
consolidación del perfil institucional de las mismas; familias abiertas al
aprendizaje, creyentes, espirituales, orientadas a la excelencia, constructoras
de relaciones, serviciales y solidarias. Objetivo: ofrecer a las familias
espacios de orientación y de reflexión en la tarea educativa académica,
formativa y de convivencia
Escuela de Liderazgo. El
Proyecto Escuela de Liderazgo surge como respuesta a las necesidades actuales de una sociedad mejor, buscando formar
líderes capaces de transformarse y transformar sus realidades circundantes, a
su vez que les permite complementar la formación del Colegio y materializar de
una manera tangible el lema del Colegio “Ser más para Servir Mejor”. Se
responde entonces a la pregunta por el ser, para que los miembros de la
Comunidad Educativa, quienes, desarrollando habilidades y actitudes orientadas
al liderazgo, les permita dejar de ser personas del común y se conviertan en
unos seres comprometidos, sensibles, con criterios sociopolíticos, orientados
al servicio y especialmente a la proyección social. Objetivo: promover el
desarrollo de habilidades y actitudes de liderazgo en los estudiantes,
orientándolas hacia acciones de servicio.
Parágrafo 1. En el
currículo y plan de estudio, el Establecimiento Educativo contempla el tiempo y condiciones destinadas a
cada uno de los proyectos, acorde con lo señalado en los artículos 76 a 79 de
la Ley 115 de 1994.
Parágrafo2. En todos
los casos se deberán respetar las garantías constitucionales en torno a los derechos fundamentales
establecidos en el Titulo II Capítulo 1 de la Constitución Nacional.
COMPONENTES
DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Acciones del Componente de
Promoción y Prevención:
Aprovechar los espacios de orientación y trabajo de proyectos como utilización del tiempo libre para
sensibilizar a los estudiantes y a la Comunidad
Educativa en general, sobre la importancia de los valores fundamentales para la
convivencia y la solución de conflictos, derechos humanos, sexuales y
reproductivos.
Capacitar a los estudiantes, a los
padres de familia y docentes frente a los comportamientos y conductas que
puedan tipificarse como acoso escolar, sus implicaciones legales y cómo
prevenirlas.
Crear conciencia en la Comunidad
Educativa sobre el espacio de la mediación escolar, como un recurso para la
reparación y reconciliación.
Reflexionar con los estudiantes acerca
del juego como medio de socialización desde su sentido pedagógico, lúdico y
ético.
Programar jornadas de trabajo para
padres e hijos con la orientación de profesionales en familia, psicología,
pedagogía, entre otros, abordando las dificultades observadas a nivel de la
convivencia, derechos humanos, sexuales y reproductivos
Difundir y socializar el Manual de
Convivencia como un programa de formación, transversal a todos los procesos
institucionales.
Desarrollar procesos de convivencia
escolar, derechos humanos, sexuales y reproductivos a través de las áreas.
Vincular a las entidades públicas
encargadas de promoción y prevención, para desarrollar procesos de formación e
intervención en las diferentes situaciones de convivencia escolar.
Acciones
del Componente de Atención: Establecer pautas y acuerdos que deben atender todos los integrantes de
la Comunidad Educativa para garantizar la convivencia escolar y el ejercicio de
los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Pautas y
Acuerdos para los Estudiantes
Respeto por la opinión y palabra del otro.
Derecho a la defensa.
Respeto por la dignidad e intimidad de los miembros de la Comunidad
Educativa.
Derecho a recibir formación y
desarrollo de competencias en la convivencia escolar y el ejercicio de los
derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Derecho a ser escuchado, a presentar
pruebas y a testificar, así como presentar testigos, de ser necesario.
Derecho a no ser ridiculizado ni
expuesto públicamente por alguna situación referente a la convivencia escolar,
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Respeto por la orientación sexual,
credo, religión, raza, color de cualquier miembro de la Comunidad Educativa
Derecho a no ser responsabilizado sin justa causa o sin
pruebas.
Derecho a tomar decisiones sin ningún
tipo de presión, a no ser obligado a reconocer la culpabilidad, ni recibir
ningún tipo de presión.
Derecho a ser sancionado cuando así se
amerite, en forma justa y con intencionalidad formativa.
Derecho a hacer uso de la Mediación
Escolar, cuando la situación lo amerite.
Derecho a utilizar un vocabulario
adecuado para dar solución a los casos de convivencia escolar, ejercicio de los
derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Derecho a aplicar el principio de la
favorabilidad en cada uno de los procesos.
Dar a conocer previamente, a los
estudiantes estas pautas y acuerdos, con el fin de garantizar su cumplimiento.
Pautas y
Acuerdos para los Adultos Responsables
Derecho a ser informados oportunamente
de las situaciones de convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos.
Apoyar las acciones preventivas,
correctivas, sancionatorias y de reparación, estipuladas en los procesos de
convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos, estipuladas por el Colegio.
Respeto por la opinión y la palabra del otro.
Que se garantice a su hijo un debido proceso, imparcial y
justo.
Respeto por la dignidad e intimidad de
los miembros de la Comunidad Educativa.
Derecho ha ser escuchado y atendido en
el Colegio cuando se presente un caso que afecte la convivencia escolar,
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, siguiendo siempre
el conducto regular.
Cumplir la normatividad educativa, la
Constitución Política, el Manual de Convivencia del Colegio y demás
reglamentación que rige para la solución de dificultades.
Garantizar la honra y buen nombre de
todo el personal de la Comunidad Educativa u otros que se encuentren en el
entorno escolar.
Participación de los padres de familia
en los procesos con los estudiantes, cuando se requiera.
Utilización de vocabulario adecuado
para dar solución a los casos de convivencia escolar, ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos.
Dar a conocer previamente, a los padres
de familia del Colegio, estas pautas y acuerdos, con el fin de garantizar su cumplimiento.
Pautas y
Acuerdos para Docentes, Personal Administrativo y Otros Funcionarios de la
Institución
Respeto por la opinión y la palabra del otro.
Respeto por la orientación sexual,
credo, religión, raza, color de cualquier miembro de la Comunidad Educativa
Garantizar un debido proceso, imparcial y justo.
Respeto por la dignidad e intimidad de
los miembros de la Comunidad Educativa.
Derecho a ser escuchado, a presentar
pruebas y a testificar, así como presentar testigos, cuando sea necesario.
Cumplir la normatividad educativa, la
Constitución Política, el Manual de Convivencia del Colegio y demás
reglamentación que rige para la solución de dificultades.
Garantizar la honra y buen nombre de
los estudiantes que se vean involucradas en los casos que afectan la
convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos.
Deber de sancionar cuando así se
amerite, en forma justa, con intencionalidad formativa.
Posibilitar la participación de los
padres de familia en los procesos con los estudiantes, cuando el proceso lo
requiera.
Hacer uso de la Mediación Escolar, cuando la situación lo
amerite.
Utilización de vocabulario adecuado para dar solución a los
casos de convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos.
Aplicar el principio de la favorabilidad en cada uno de los
procesos.
Dar a conocer previamente, a los profesores y personal
administrativo de la institución estas pautas y acuerdos, con el fin de
garantizar su cumplimiento.
PROTOCOLOS
DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA
CONVIVENCIA
ESCOLAR
La Ruta
de Atención Integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la
convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos
al Comité de Convivencia Escolar para su documentación, análisis y atención a
partir de la aplicación del Manual de Convivencia. Estos protocolos deberán
definir, como mínimo los siguientes aspectos:
La forma de iniciación, recepción y
radicación de las quejas o informaciones sobre situaciones que afectan la
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos.
Desde la institución se iniciará el
caso, cuando se evidencie que un estudiante sea afectado por una situación de
acoso escolar y el ejercicio de sus derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Se recibirá el caso por cualquier miembro de la comunidad, que puede ser de
manera verbal o escrita. Si se hace de manera verbal, deberá dejarse constancia
por escrito de tal situación donde se precisará de las personas implicadas y
los hechos acaecidos que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los
derechos humanos, sexuales y reproductivos. De la recepción de los casos se
dejará asentado de forma escrita en comunicación institucional.
Los mecanismos para garantizar el
derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los documentos en medio
físico o electrónico, así como de las informaciones suministradas por las
personas que intervengan en las actuaciones y de toda la información que se
genere dentro de las mismas, en los términos establecidos en la Constitución
Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley
estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables
a la materia.
Desde el Colegio, serán de total
reserva del sumario todas las comunicaciones, actas, procedimientos, las cuales
se dejarán guardadas en Rectoría. Algunos mecanismos para garantizar el derecho
a la intimidad y a la confidencialidad de los documentos en medio físico o
electrónico, son:
Los miembros del Comité de Convivencia
Escolar harán la toma de juramento en torno a la discreción y confidencialidad
al iniciar su ejercicio.
Si a algún miembro del Comité se le
comprueba que ha filtrado información que afecte la intimidad y
confidencialidad de los procesos llevados al Comité, se tomarán las medidas
pertinentes de acuerdo con el Reglamento interno del mismo.
Guardar el sigilo profesional en todo
momento y en toda ocasión; por ninguna razón comentar situaciones de ningún
caso en otro Comité o espacio.
Se protegerá y se guardará
confidencialidad y discreción a quien informe sobre la ocurrencia de
situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra.
Las estrategias y alternativas de
solución, incluyendo entre ellas los mecanismos pedagógicos para tomar estas
situaciones como oportunidades para el aprendizaje y la práctica de
competencias ciudadanas de la Comunidad Educativa. Desde el Colegio el Comité
tendrá como directrices en sus decisiones, las orientaciones formativas,
valorativas, correctivas y sancionatorias del Manual de Convivencia y
Reglamento disciplinario, como también, tendrá en cuenta, todas las
orientaciones y estrategias presentadas desde el Programa de Mediación escolar.
Las consecuencias aplicables, las
cuales deben obedecer al principio de proporcionalidad entre la situación y las
medidas adoptadas, deben estar en concordancia con la Constitución, los
tratados internacionales, la ley y el Manual de Convivencia.
Desde el Colegio se analizará la
situación teniendo en cuenta los atenuantes y los agravantes, además revisando
el objeto, la finalidad y las circunstancias de todo acto moral, para brindar
las mejores orientaciones y determinaciones; pero se precisa que todo
procedimiento disciplinario será aplicado por el Comité de Convivencia según lo
estipulado en el Manual de Convivencia.
Las formas de seguimiento de los casos
y de las medidas adoptadas, a fin de verificar si la solución fue efectiva.
Desde el Colegio, se revisarán
periódicamente los avances de las orientaciones, correctivos y determinaciones
asumidas. Esta revisión quedará estipulada en el Reglamento Interno del Comité
de Convivencia.
Un directorio que contenga los números
telefónicos actualizados de las siguientes entidades y personas: Policía
Nacional, del responsable de seguridad de la Secretaría de Gobierno Municipal,
Distrital o Departamental, Fiscalía General de la Nación, Unidad de Infancia y
Adolescencia, Policía de Infancia y Adolescencia, Defensoría de Familia,
Comisaría de Familia, Inspector de Policía, ICBF (Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar), del puesto de salud u Hospital más cercano, Bomberos, Cruz
Roja, Defensa Civil, Medicina Legal, de las entidades que integran el Sistema
Nacional de Convivencia Escolar, de los padres de familia o acudientes de las
niñas y adolescentes matriculados en el Establecimiento Educativo.
8.15. Desde el
Colegio, se tendrá la información de las entidades y personas que nos pueden brindar todo su apoyo
en situaciones complejas. Dicha información reposará en la Rectoría,
Coordinación, Secretaría y Sala de Docentes.
Parágrafo: la
aplicación de los protocolos de la ruta de atención integral (tipo I, II y III), tendrá lugar frente a las
situaciones que se presenten, de estudiantes hacia otros miembros de la
Comunidad Educativa, o de otros miembros de la Comunidad Educativa hacia LOS
ESTUDIANTES.
SITUACIONES
DE ALTO RIESGO
Una vez agotada esta instancia, las
situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de derechos,
sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes que .no puedan ser
resueltas por las vías que establece el Manual de Convivencia y se requiera de
la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por El
Rector de la Institución, de conformidad con las decisiones del Comité Escolar
de Convivencia, al ICBF, la Comisaría de Familia, la Personería Municipal o Distrital
o a la Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda.
Parágrafo: los
postulados, procesos, protocolos, estrategias y mecanismos de la Ruta de Atención Integral se fijan de
acuerdo con el Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013
GARANTÍA
DE DERECHOS Y APLICACIÓN DE PRINCIPIOS
En todas
las acciones que se realicen en el marco de los diversos componentes de la Ruta
de Atención Integral para la Convivencia Escolar, debe garantizarse la
aplicación de los principios de:
Protección integral, incluyendo el derecho a no ser
revictimizado;
El interés superior de los niños, las niñas y los
adolescentes;
La prevalencia de los derechos;
La corresponsabilidad;
La exigibilidad de los derechos;
La perspectiva de género
Los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes de
los grupos étnicos,
El principio de proporcionalidad en las medidas adoptadas en
las situaciones que afecten la convivencia,
La protección de datos contenida en la Constitución, los
tratados internacionales y la Ley 1581 de 2012.
DEFINICIONES
Para
efectos del Decreto 1965 se entiende por:
Conflictos:
son
situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas
frente a sus intereses.
Conflictos
manejados inadecuadamente: son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera
constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como
altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la Comunidad
Educativa de los cuales por lo menos un estudiante y siempre y cuando no exista
una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.
Agresión
escolar: es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la Comunidad Educativa que busca
afectar negativamente a otros miembros de la Comunidad Educativa, de los cuales
por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal,
gestual, relacional y electrónica.
Agresión
física: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona.
Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños,
pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
Agresión
verbal: Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a
otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.
Agresión
gestual: Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a
otros.
Agresión
relacional: Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar
deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el
estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
11.3.5.
Agresión electrónica: Es toda acción que busque afectar
negativamente a otros a través de
medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o
humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre
otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de
texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la
identidad de quien los envía.
Acoso
escolar (bullying): de acuerdo con el artículo 2 de la Ley
1620 de 2013, es toda conducta
negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación,
humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado,
amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico,
verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente,
por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una
relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo
de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra
estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o
complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud,
el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el
ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento. educativo
Ciberacoso
escolar (ciberbullying): de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de
intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes
sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer
maltrato psicológico y continuado.
Violencia
sexual: de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley
1146 de
2007, “se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo
acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o
adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física,
psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de
desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”.
Vulneración
de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o
perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y
adolescentes
Restablecimiento
de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: es el
conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se
desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de
derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le
han sido vulnerados.
DE LA RUTA
DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
La Ruta de Atención Integral para la
Convivencia Escolar define los procesos y los protocolos que se seguirán en la
I.E para mantener una sana convivencia.
Componentes de la Ruta: Tiene 4 COMPONENTES: De
promoción, prevención, atención y seguimiento. Cada uno de estos
componentes presenta las directrices y/o lineamientos para llevar a feliz
término el proceso de atención y formación.
a. Situaciones Tipo l.
Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas
situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en
ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.
b. Situaciones Tipo II.
Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar
(bullying) y Ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de
la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes
características:
Que se presenten de manera repetida o
sistemática.
Que causen daños al cuerpo o a la salud sin
generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
c. Situaciones Tipo III.
Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas
de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual,
referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, o cuando
constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana
vigente.
FALTAS TIPO I
1. Llegada tarde a los salones o actos protocolarios.
2. Utiliza
el celular u otros dispositivos electrónicos en el aula de clase con propósitos
no educativos.
3. Usa y porta inadecuadamente el uniforme.
4. Incumple las labores de aseo dentro y fuera del aula de clase.
5. Provoca molestias a los transeúntes.
6. Da información falsa a los padres de familia, docentes
y directivos docentes de la institución.
7. Induce a otras personas a realizar actos indebidos e
inmorales de cualquier tipo.
8. Miente y elabora chisme contra sus compañeros y
miembros de la comunidad educativa.
9. Se sale de clase o se ausenta del establecimiento
educativo sin el permiso expreso de los docentes y directivos.
10. Toma sin permiso los útiles o cualquier otra
pertenencia de un compañero.
11. Se involucra en juegos bruscos y/o alienta peleas.
12. Trata con expresiones de mal gusto o de provocación a
un miembro de la comunidad.
13. Da uso inadecuado a los servicios destinados para el
bienestar de la comunidad educativa, tales como: restaurante escolar, sala de informática, el
tablero digital, biblioteca, aulas de clases, laboratorios, pasillos, baños,
placa polideportiva y demás predios de la institución, así como de los
implementos deportivos, sillas, mesas, pupitres y tableros.
14. Se involucra en comportamientos escandalosos y/o
vulgares, dentro o fuera de la institución portando el uniforme.
15. Alienta, encubre o es cómplice en una falta
disciplinaria.
16. Celebra cualquier evento arrojando objetos tales como:
huevos, maicena, agua, harina.
17. No reclamar el boletín informativo en la fecha
asignada.
18. Asume actitudes, gestos y comportamientos afectivos o
eróticos inadecuados de manera abierta e irrespetuosa.
19. Falta sin causa justificada a las actividades
programadas curricularmente por la institución.
20. Muestra comportamientos discriminatorios a sus
semejantes.
21. Y otras que no se contemple, pero está enmarcada en
estas tipologías.
ESTRATEGIAS
PEDAGOGICAS PARA LAS FALTAS TIPO I
• Calmarse manejando la rabia que estos conflictos
generan.
• Plantear de manera clara y asertiva su versión de
lo ocurrido y sus intereses, es decir, lo que realmente se quiere.
• Escuchar activamente y comprender el punto de
vista y los intereses de la otra parte.
• Proponer creativamente diversas alternativas para
el manejo de estos conflictos.
• Escoger alguna alternativa que favorezca los
intereses de ambas partes.
• Perdonarse y/o reconciliarse.
Protocolo
para la atención de Situaciones Tipo I. Procedimiento:
Cualquier miembro de la Comunidad
Educativa debe estar en disposición de atender una Situación de Tipo I de
manera inmediata, si es el caso solicitará ayuda al Docente de Aula, quien
actuará de forma inmediata con las partes involucradas en el conflicto.
Facilitará la expresión de cada persona
involucrada para exponer sus argumentos frente a lo sucedido, escuchando
activamente el punto de vista y los intereses de la otra parte.
Se recomienda mediar de manera
pedagógica para reparar el daño causado, restablecer derechos e iniciar una
reconciliación y proponer creativamente diversas alternativas para el manejo de
estos conflictos.
Fijará formas de solución de manera
imparcial, equitativa y justa. (Guía 49, pg.142).
Se establecerán compromisos entre las
partes.
Se entregarán las evidencias del
proceso desarrollado al Director de Grupo.
El Director de Grupo hará seguimiento
constructivo del proceso, lo cual quiere decir: Llevar un registro interno de
su grupo, con el objetivo de contribuir a la vigilancia del fenómeno y la
reincidencia del mismo, dirigido a generar estrategias de intervención
posterior, de ninguna manera se utilizará, este proceso para decisiones que
impliquen afectar la nota de comportamiento, dado que la mediación debe una
posibilidad a la cual puede acceder cualquier estudiante en las situaciones
Tipo I.
Entendiendo que la mediación es una
estrategia pedagógica que busca gestionar el conflicto donde una persona
neutral ayuda a las partes a enfrentarlos constructivamente, por lo tanto,
el Establecimiento educativo debe facilitar y no limitar el acceso del
estudiantado al desarrollo de habilidades sociales.
Si la situación de un estudiante se
presenta en escalada esta será tratada según corresponda con los protocolos de
actuación en las situaciones Tipo II y Tipo III.
FALTA TIPO II
1. Perturba el normal desarrollo de las clases o de
cualquier otra actividad ya sea académica-cívica.
2. Sustrae, daña o destruye cualquier tipo de documento
de carácter institucional.
3. Amenaza, intimida o chantajea a un compañero, con
fines perversos.
4.
Injuria a un miembro de la comunidad educativa
utilizando las redes sociales.
5.
Amenaza, intimida o chantajea a un docente, o un
directivo docente con fines personales.
6. Asiste a la institución educativa en estado de
embriaguez o bajo los efectos de las sustancias psicoactivas.
7. Porta o consume licor, cigarrillos o sustancias
psicoactivas dentro de la institución.
8. Conforma pandillas que lesionen el ambiente escolar y
pongan en riesgo la integridad física de los miembros de la comunidad
educativa.
9. Agrede físicamente a un miembro de comunidad educativa
y visitante.
10. Tiene relaciones sexuales dentro de la institución.
11. Encierra a un compañero o cualquier otro miembro de la
comunidad educativa en el aula de clase, en la sala de cómputo, en los baños o
en cualquier otro espacio de la institución.
12. Da falsas alarmas que puedan producir pánico colectivo
o que generen consecuencias físicas a otros.
13. Desconfigura
intencionalmente, altera y/o modifica el software y hardware de los
computadores de las salas de informática, en la red de internet o en el tablero
digital.
14. Utiliza
sustancias que producen malos olores para interrumpir las clases.
15. Practica
el bullying a miembros de la comunidad educativa afectándolos emocionalmente.
Las características:
• Es una situación de acoso escolar (bullying).
• Es una situación de Ciberacoso escolar (ciberbullying).
• Es una situación de agresión física con contenido sexual, así sea la
primera vez que se presenta.
• La situación no reviste las características de un delito.
•
Es una situación de
agresión, así sea la primera vez que se presenta, que ocasionó daños al cuerpo
o a la salud física o mental de los afectados, pero no generó incapacidad de
ningún modo.
ESTRATEGIAS
PEDAGOGICAS PARA LAS FALTAS TIPO II
a.
Llamado de atención
con reflexión y diálogo entre las partes de ser necesario intervendrá como
mediador algún miembro del Comité de Convivencia (Ley 1620 de 2013).
b. Anotación en el observador del estudiante. Tiene
como propósito llevar un registro de las situaciones que así lo ameriten, donde
se debe anotar la situación ocurrida, las causas que la motivaron y el
procedimiento acordado por las partes.
c. Citación a padres de familia o acudiente para
ser informados de la situación ocurrida. De no presentarse en la fecha indicada,
el estudiante no podrá ingresar a clases con regularidad, sino que realizará
actividades de servicio social y comunitario en los diferentes espacios del
colegio, sin embargo, deberá responder por las actividades académicas, hasta
cuando su acudiente se presente a la institución.
d. Citación a los padres de familia o acudientes
para firmar Compromiso Disciplinario o de Permanencia del estudiante en la
institución según sea el caso.
e. Remisión a los servicios de psicología y
orientación dentro o fuera del colegio, bajo la supervisión de los acudientes o
padres de familia.
f. Remisión al Comité de convivencia o consejo
académico según sea el caso.
g. Remisión al Consejo Directivo según sea el caso,
escalando a la autoridad competente (Ley 1620 de 2013).
h. La cancelación del cupo, será el último recurso,
al que se acuda cuando agotados los procesos establecidos no se haya logrado
modificación positiva en el comportamiento del estudiante, o cuando la
permanencia del estudiante en el colegio incida negativamente en la comunidad
(Ley 1098, Ley de la infancia y la adolescencia).
i. Desarrollar tareas extras de interés pedagógico
para la comunidad.
j. Asumir los costos para reparar muebles, enseres
o material didáctico en general, siempre y cuando se haya demostrado
responsabilidad del estudiante en el daño de los mismos.
k. Presentarse con el acudiente en la fecha y hora
programada.
l. Los estudiantes que presenten (25) inasistencias
injustificadas, durante el trimestre serán reportados inmediatamente ante la
autoridad competente, en personería local, bienestar familiar y SED, de acuerdo
a la Res. 1740 de 2009 Art. 6. En la investigación se debe:
1. Incluir la versión de la persona o personas afectadas por medio de
entrevistas individuales.
2. Incluir la versión del agresor o agresora (o la de todos ellos o ellas,
si es el caso) por medio de entrevistas individuales.
3. Incluir la versión de las y los observadores.
4. Conocer quiénes son todas las personas involucradas.
5. Conocer qué tan repetida ha sido la situación (si es la primera vez o
si ya ha sucedido en distintas ocasiones).
Protocolo
para la atención de Situaciones Tipo II. Procedimiento:
En casos de daño al cuerpo o a la
salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los
involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la
cual se dejará constancia.
Adoptar las medidas para proteger a los
involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la
cual se dejará constancia.
Informar de manera inmediata a los
padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de
la cual se dejará constancia.
Generar espacios en los que las partes
involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan
exponer y precisar lo acontecido, preservando, en cualquier caso, el derecho a
la intimidad, confidencialidad y demás derechos.
Si el caso no corresponde a las
características de las situaciones tipo III, de que trata el numeral 3 del
artículo 40 del decreto 1965 de 2013, se determinarán las acciones
restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el
restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de
relaciones constructivas en el Establecimiento Educativo; así como las
consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en
la situación reportada.
Si se evidencia que el caso expuesto corresponde
a las características de las situaciones tipo III, de que trata el numeral 3
del artículo 40 del decreto 1965 de 2013, se aplicará el protocolo definido en
el artículo 44 del Decreto 1965
El presidente del Comité Escolar de
Convivencia informará a los demás integrantes de este Comité, sobre la
situación ocurrida y las medidas adoptadas. El Comité realizará el análisis y
seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere
acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del Decreto 1965. El Comité Escolar
de Convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las
decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e
intervinientes. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información
del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de
Información Unificado de Convivencia Escolar.
OTROS COMPONENTES SITUACIONES TIPO II
Tomado de
guía orientadora de protocolos de convivencia escolar para establecimientos
educativos, basado en la cartilla 48 y 49
Parágrafo:
cuando
el Comité Escolar de Convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o
al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas
entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del decreto 1965 de
2013.
FALTA TIPO III
1. Ocasiona daños a la propiedad ajena.
2. Homicidio.
3. Violación (acceso carnal en cualquiera de sus modalidades).
4. Acoso sexual.
5. Promover pornografía o actividad sexual en la institución.
6. Pornografía con personas menores de 14 años.
7. Extorsión.
8.
Secuestro.
9. Porta, exhibe o guarda armas de fuego, armas corto
punzantes, explosivos o cualquier otro objeto contundente con el que se pueda
atentar contra la integridad física de cualquier miembro de la comunidad
educativa.
10. Herir a un compañero o a cualquier otro miembro de la
comunidad educativa utilizando un arma de fuego, corto punzante o contundente.
11. Distribuye sustancia psicoactiva que causen adicción o
embriaguez (decreto 1108 de 1994) código nacional y del departamento de
policía.
12. Planea, lidera, estimula, apoya o participa en actos
de vandalismo u otro tipo de conducta violenta dentro o fuera de la
institución.
13. Retiene, secuestra o extorsiona algún miembro de la
comunidad educativa.
14.
Cualquier conducta que ha sido tipificada como delito
en el código penal colombiano.
PARAGRAFO: Para
los estudiantes menores de 14 se debe informar de manera inmediata por escrito
a la vía administrativa (Comisaria de Familia). y para los mayores de 14 años
se impondrá la correspondiente demanda ante la autoridad competente.
Protocolo para la atención de situaciones tipo III.
En el caso de situaciones que sean constitutivas de
presuntos delitos:
• Se denuncia por escrito ante la autoridad
competente presente en el ámbito local.
• Se remiten a las personas involucradas al servicio
de salud con el que cuentan.
• Se comunican por escrito a los representantes
legales de las personas involucradas las medidas tomadas para el manejo de la
situación.
• El EE garantiza los derechos de las personas
implicadas según los protocolos. Se deja constancia de dicha actuación.
• Se reporta
el caso al Sistema de Información Unificado.
Protocolo
para la atención de Situaciones Tipo III. Procedimiento:
En casos de daño al cuerpo o a la
salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los
involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la
cual se dejará constancia.
Informar de manera inmediata a los
padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de
la cual se dejará constancia.
El presidente del Comité Escolar de Convivencia,
de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en
conocimiento de la Policía Nacional.
Se citará a los integrantes del Comité
Escolar de Convivencia. De la citación se dejará constancia.
El presidente del Comité Escolar de
Convivencia informará a los participantes en el Comité, de los hechos que
dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que
puedan atentar contra el derecho a la intimidad y
confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado
ante la autoridad competente. Adoptará, de manera inmediata, las medidas
propias del Establecimiento Educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito
de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas
que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la
cual se dejará constancia.
El presidente del Comité Escolar de
Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto
se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia
Escolar.
Los casos sometidos a este protocolo
serán objeto de seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la
autoridad que asuma el conocimiento y del Comité municipal, distrital o
departamental de Convivencia Escolar que ejerza jurisdicción sobre el
Establecimiento Educativo en el cual se presentó el hecho.
La autoridad administrativa
competente con los soportes de las acciones previas adelantadas, para que
éstas, después de la verificación pertinente, adopten las medidas a que haya
lugar, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 y siguientes de la Ley 1098 de
2006. Lo anterior, sin perjuicio de que el Establecimiento Educativo continúe
con el procedimiento necesario para restablecer el clima escolar.
Parágrafo 2: para las
situaciones constitutivas de presuntos delitos por parte de menores o mayores de edad, las investigaciones, interrogatorios y
demás actuaciones serán adelantados por las autoridades y órganos
especializados del sistema de responsabilidad penal de menores o de adultos,
según se trate, a fin de evitar vulneración de derechos fundamentales de los
involucrados y de incurrir en extralimitación de funciones.
13.
ACTIVACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE OTRAS ENTIDADES
De
acuerdo a la reglamentación del decreto 1965 de 2013 El Rector deberá activar
los protocolos correspondientes a otras autoridades
14.
ATENCIÓN EN SALUD MENTAL
La atención
en Salud Mental a los niños, niñas, adolescentes y las familias afectadas por
la violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos, será
prioritaria con base en el Plan Obligatorio de Salud, en el marco del Sistema
General de Seguridad Social en Salud. Tomado
de guía orientadora de protocolos de convivencia escolar para establecimientos
educativos, basado en la cartilla 48 y 49
Parágrafo 1: si en
cualquiera de las situaciones a las que hace referencia el artículo 40 del Decreto del decreto 1965 de
2013 se evidencia una vulneración de los derechos de los niños, niñas y
adolescentes involucrados en el hecho, el Presidente del Comité Escolar de
Convivencia deberá poner la situación en conocimiento de la
ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS
ESPECIALES
La atención
educativa de las personas por su condición de NEE es una obligación del Estado,
según la Constitución Política de Colombia de 1991, las leyes: 115 de 1994, 361
de 1997 y 715 de 2001; decretos reglamentarios 1860 de 1994 y 2082 de 1996 y la
resolución 2565 de 2003 entre otros, las normas anteriores se estructuran
mediante la política pública (2003) y política social (Conpes 80 de 2004).
IGUALDAD
DE OPORTUNIDADES Y EQUIDAD
La educación para la población con NEE reconoce que entre
los seres humanos existe infinidad de diferencias, derivadas de su género,
raza, religión, cultura, posibilidades de aprendizaje, entre otras; esta
concepción lleva a que los sistemas del Estado garanticen la igualdad de
oportunidades a todos los servicios, no sólo por el hecho de ser ciudadanos,
sino por su condición humana.
Son
considerados estudiantes con Necesidades Educativas Especiales - NEE, los
siguientes:
•
Estudiantes con limitación auditiva
•
Estudiantes con limitación visual
•
Estudiantes sordos ciegos
•
Estudiantes con autismo
•
Estudiantes con discapacidad motora
• Estudiantes con discapacidad cognitiva
•
Estudiantes con capacidades y talentos excepcionales
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES NEE
1.
Recibir de manera oportuna educación
especial, con personal idóneo.
2.
El derecho a la no distinción,
exclusión, restricción o preferencia basada en su condición de discapacidad
basada en el efecto de deteriorar el disfrute de los derechos humanos y
libertades fundamentales.
3.
El derecho a la igualdad de
oportunidades.
4.
El derecho a una completa igualdad y
protección ante la Ley.
5.
El derecho a un alto estándar de salud
para un tratamiento médico, psicológico y funcional, de igual manera a una
rehabilitación médica y social y otros servicios necesarios para el máximo
desarrollo de las capacidades, habilidades y autoconfianza.
6.
El derecho a trabajar, de acuerdo con
sus capacidades, a recibir salarios que igualitarios que contribuyan a un
estándar de vida adecuado.
7.
El derecho a ser tratado con dignidad y
respeto.
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES NEE
1.
Cumplir con las actividades asignadas
por los docentes de acuerdo a su proceso de formación.
2.
Permanecer en la Institución durante la
jornada escolar.
3.
Respetar el timbre para la entrada y
salida de las aulas, salida de la institución.
4.
Cuidar y utilizar correctamente los muebles,
el material didáctico, los recursos pedagógicos y las instalaciones del
colegio, así como respetar las pertenencias de las demás personas.
5.
Asistir a las actividades académicas y
demás programadas por la institución.
6. Aportar
a la institución y a su proceso de formación de acuerdo a sus habilidades /
capacidades.
ACTIVIDADES
EXTRACLASES
La Unidad de Extensión, que
incluye el Clubes y semilleros, ofrecen, programa y administra las extraclases, buscando utilizar el tiempo libre en
forma creativa con actividades deportivas. Normas:
a.
Estar matriculados en la institución
b.
Si es deportista, debe tener la edad
requerida para cada categoría según lo establecido por el estamento respectivo
y por la respectiva Liga Deportiva. En las demás actividades tener la edad
exigida, según el evento social o cultural de acuerdo con lo establecido en la
Institución encargada.
c.
Presentar a su entrenador, profesor la
documentación necesaria según la exigencia de la Liga correspondiente o del
respectivo grupo cultural, o la necesaria para la elaboración de la ficha
técnica.
d.
Mantener una actitud apropiada con sus
compañeros, el entrenador, el profesor, velando porque haya un ambiente de
respeto y comprensión.
e.
Comunicar las dificultades del grupo,
siguiendo los conductos regulares y manifestando sus reclamos en forma cortés.
f.
Contar con los implementos mínimos que
le permitan el desarrollo de la actividad.
g.
Ser puntual en los entrenamientos y
ensayos, al igual que en los encuentros deportivos, sociales y culturales.
h.
Portar con respeto y decoro el uniforme
respectivo para las representaciones.
i.
Representar con responsabilidad a la
institución, en encuentros deportivos y actividades sociales y culturales.
j.
Tratar con respeto a sus compañeros y
demás personas, evitando apodos, insultos, ofensas, amenazas y agresiones
físicas (bullying)
k.
Informar oportunamente a su entrenador,
profesor de las ausencias o retrasos a los entrenamientos o compromisos.
l.
Contar con la debida autorización del
club deportivo, del entrenador o profesor para retirarse de la actividad a la
que pertenezca.
m. Mantener
un buen rendimiento académico y normativo.
n.
Tener la debida autorización de los
padres para practicar la actividad y para representar al Colegio por fuera de
sus instalaciones.
o.
Actividades extra-clase o pertenencia a
algún grupo (brigada, musical, de clubes entre otros) están cobijadas por las
mismas normas del Colegio. Su incumplimiento puede ocasionar, la sanción
estipulada por la instancia respectiva, la suspensión o retiro definitivo de la
misma.
p.
Las actividades de carácter cultural,
social, de clubes entre otras, serán administradas por el colegio directamente.
MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNOS.
Los
medios informativos y comunicativos al servicio de la Comunidad Educativa, se
clasifican:
Medios
Orales. Todas las intervenciones o mensajes dirigidos a los públicos internos o externos que se
usen para formación, comunicación o divulgación de cualquier tipo de mensaje.
En caso de dirigirse a grupos mayores de 30 personas, las presentaciones orales
deben ir acompañadas por diapositivas en PowerPoint y contar con un micrófono
que posibilite un buen sonido. (Esto no es impositivo y puede omitirse según el
criterio del expositor u orador).
Medios
Escritos. Deben seguir las normas establecidas en el numeral de Identidad Corporativa y las
especificaciones dadas en este manual para cada tipo de medio escrito. Se harán
publicaciones periódicas y publicaciones extraordinarias, ambas deben estar
alineadas con la filosofía institucional y con lo previsto en este Manual. Las
carteleras se contemplarán en un capítulo aparte de este manual, pues cumplirán
normas específicas.
Medios
Audiovisuales. Deben seguir las normas establecidas para los medios orales y los escritos, teniendo
en cuenta que, en aras de la creatividad y el dinamismo, se podrán pasar por
alto alguno de los numerales establecidos en este Manual.
Medios
Electrónicos. La Internet siempre estarán alineadas con la filosofía de la Institución, conservando como base los
colores corporativos (blanco y azul bronce), utilizando los elementos que el
diseñador y administrador de la red consideren necesarios para hacerlas más
interactivas y más agradables a la vista. Siempre deben estar enfocadas a la
prestación de un excelente servicio.
wasap
Institucional.
Plataforma Sinaí.
Llamadas por
celular.
RESPONSABILIDADES INSTITUCIONALES
Cuidado y
conservación del medio ambiente. Entender lo ambiental como una tarea social, es un reto que
se debe asumir en forma responsable. Tomar conciencia sobre el entorno para la
preservación y conservación de la naturaleza, debe ser un propósito de toda la
Comunidad Educativa. Para garantizar un buen ambiente ecológico en la
Institución es preciso que se cumplan y ejerciten cada una de las siguientes
pautas de comportamiento:
Conservar todos los recursos que
embellecen la Institución, creando así un ambiente agradable para la comunidad
educativa.
No contaminar, ensuciar, derrochar o
destruir los enseres, objetos o elementos que hay alrededor.
Cuidar, en todo momento, los jardines y
las zonas verdes, velando por su mantenimiento y conservación.
Mantener limpios todos los espacios del
Colegio. No arrojar basuras al piso.
Reciclar y reutilizar los desechos
sólidos que produce la Institución.
Usar en forma adecuada, los servicios
públicos: agua, luz y teléfono.
Contribuir a conservar limpias las aguas
de las microcuencas que pasan por el Colegio
Proteger las especies de aves que
llegan a la Institución. Ellas también hacen parte de nuestro entorno. Demostrar siempre
una actitud responsable frente a la protección y conservación del medio
ambiente. Participar en forma
activa, de los asuntos ecológicos mediante la divulgación de proyectos que
aseguren un mejor futuro para todos.
Cuidado y
conservación de bienes. Una de las cualidades y características fundamentales de la
Comunidad Educativa, es poseer un profundo sentido de pertenencia. Por esta
característica todos los miembros deben ser exigentes con el cuidado y la
conservación de los bienes del Colegio.
CAPÍTULO
VII PROYECTO SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO
1. REGLAMENTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL
OBLIGATORIO
Cada
estudiante tiene que cumplir con una intensidad de 120 horas, pueden ser 40h en
el grado 10° y 80h en el grado11° de prestación del servicio preferiblemente
dentro de la institución.
El
servicio social obligatorio está reglamentado según lo dispuesto por el
Gobierno por medio del Ministerio de Educación Nacional según Resolución 4210
de 1996 por la cual se reglamenta el Servicio Social Estudiantil de carácter
obligatorio, la Ley 115 de 1994, el Decreto 1860 de 1994 posibilitando la
vinculación de los estudiantes de los grados 10º y 11º al trabajo comunitario,
mediante el diseño de proyectos pedagógicos que respondan a las necesidades y
expectativas de la comunidad.
2. OBLIGATORIEDAD
Es deber
de los estudiantes de toda Institución educativa, cumplir con un programa de
servicio social y es deber de la Institución velar que este se cumpla en un
plan de 30 horas teóricas y 80 prácticas, las cuales son requisito para su
graduación. Lo anterior de acuerdo con el Decreto 1860 de la Ley General de
Educación.
El
estudiante podrá prestar su servicio social dentro de las instalaciones del
Colegio, en jornada adicional, desempeñando labores en diferentes actividades y
servicios que procuren un bienestar institucional. Este servicio social en el
Colegio se presta a solicitud del interesado y con la asignación de tareas y
control por parte de la persona responsable de Institución del servicio social
del alumnado.
3. OBJETIVOS DEL PROYECTO SERVICIO SOCIAL
OBLIGATORIO
Objetivo General: Integrar
a los jóvenes a la vida comunitaria con el fin de contribuir a su formación social y cultural, a través de proyectos
pedagógicos tendientes al desarrollo de valores, especialmente la solidaridad,
la protección, conservación y mejoramiento del ambiente y la dignidad y sentido
del trabajo y del tiempo libre.
Objetivos Específicos:
Crear ambientes propicios para la
construcción de la paz y la convivencia
Fomentar en los estudiantes el espíritu
de servicio y colaboración y solidaridad
Despertar en los estudiantes el interés
y la motivación de servir a las comunidades y las instituciones que lo
requieran
Crear espacios de refuerzo del sentido
de responsabilidad en los estudiantes
Servir de apoyo a la comunidad
Generar estrategias que permitan a los
estudiantes la inducción en asuntos laborales.
REGLAMENTO INTERNO DEL PROYECTO
SERVICIO SOCIAL
Cada
estudiante tiene que cumplir con una intensidad mínima de ochenta (80) horas de
prestación del servicio.
El
servicio social que se presta fuera de la Institución tiene que hacerse en una
Institución aprobada por la institución.
Una vez
tenga asignado el lugar donde realizará el servicio social, debe presentarse al
coordinador del programa de dicha Institución, para acordar el horario y el
reglamento interno.
El
Colegio dispone de un educador para dinamizar el servicio social, el cual está
programado para cumplirse mientras se curse el grado 10º Y 11°.
Cuando
por algún motivo no puedan cumplir con sus horarios de práctica deben avisar
con tiempo y presentar excusa por escrito, tanto al responsable del programa en
el Colegio como a la Institución afectada.
Estar
dispuestos a participar en todo evento especial a que se les cite, mostrándose
como líderes y emprendedores.
Ser
prudente en el manejo de la información.
Mantener
una excelente presentación personal, y el uniforme bien llevado.
Mantener
buenas relaciones personales.
Preguntar
cuando no entiendan algo para que se les dé la inducción que requieren.
El estudiante debe cumplir con las
funciones establecidas puntualmente. Cada periodo traer diligenciado el control
de tiempo que lleven de prestación del servicio. Se realizarán reuniones
periódicamente con los estudiantes. (presentar el certificado).
ESTÍMULOS AL PROYECTO SERVICIO SOCIAL
El Rector podrá autorizar la prestación de este servicio a
estudiantes de otros grados 9º y 8º que cumplan con los requisitos y el perfil
requerido, como un estímulo a su proactividad y responsabilidad en trabajos
extras. En algunos casos
particulares, y de acuerdo con la responsabilidad de LOS ESTUDIANTES, el comité
de servicio social, podrá asignar un tiempo extra al tiempo de servicio
prestado.
SANCIONES AL PROYECTO SERVICIO SOCIAL
El estudiante que sea retirada de la Institución donde esté
realizando el servicio social por mal comportamiento, rendimiento u otro
aspecto; perderá el tiempo que lleve alfabetizando y tiene que buscar otra
institución para iniciar el proyecto.
INTERPRETACIÓN Y VACÍOS.
El Consejo Directivo queda facultado para que, por vía de
autoridad, interprete este Manual en los aspectos que no sean de clara
aplicación. Igualmente, para llenar los vacíos que presente el mismo.
DELEGACIÓN RECTORAL. Se delega
a El Rector para que conforme a las necesidades Institucionales ordene la
revisión del Manual de Convivencia.
MODIFICACIONES.
Este
Manual podrá ser modificado a iniciativa de la Rectoría, el Consejo Académico o
de la tercera parte del Consejo Directivo.
El presente Manual de Convivencia deroga el anterior en
todas sus partes. El presente Manual de Convivencia comienza su vigencia a
partir del día 19 de enero del año escolar 2017.
|
|
TRAMITE DE FALTAS DISCIPLINARIAS |
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FECHA |
DIA: |
MES: |
AÑO: |
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DOCENTE QUE RECIBE LA QUEJA: |
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DIRECTOR DE GRUPO: |
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NOMBRE DEL ESTUDIANTE |
GRADO: |
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PADRE DE FAMILIA: |
BARRIO: |
TELEFONO: |
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FALTA DISCIPLINARIA |
TIPO: |
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DESCRIPCION DE LA FALTA: |
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OBSERVACION DEL DOCENTE: |
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OBSERVACION DEL DIRECTOR DE GRUPO: |
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COMPROMISO DEL ESTUDIANTE: |
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COMPROMISO DEL PADRE DE FAMILIA: |
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FIRMA DEL DOCENTE FIRMA
DEL DIRECTOR DE GRUPO
FIRMAS DEL ESTUDIANTE FIRMA
DEL PADRE DE FAMILIA
|
INSTITUCION EDUCATIVA LA
ESMERALDA |
HISTORIA DISCIPLINARIA |
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REINCIDENTE SI
NO |
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|
PRIMER APELLIDO |
SEGUNDO APELLIDO |
NOMBRES COMPLETOS |
FECHA Y HORA DEL DELITO |
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AÑO |
MES |
DÍA |
HORA |
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NOMBRE DEL PADRE DE
FAMILIA |
|
BARRIO: |
TELEFONO: |
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|
FECHA DE NACIMIENTO |
AÑO |
MES |
DÍA |
RECIDENCIA |
BARRIO |
TELEFONO: |
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EDAD |
|
GRADO |
|
SEXO |
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NOMBRE DE DOCENTE RESPONSABLE: |
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FALTAS TIPO III |
1. |
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|
2. |
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|
3. |
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DESCRIPCION DEL CASO: |
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OBSERVACIONES: |
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FIRMA:
NUEVAS NORMAS 2018
ELEMENTOS ESENCIALES
DEL DERECHO AL DEBIDO PROCESO
(T-859 de 2002)
Los aplicables en materia educativa, se encuentran:
•
El derecho a la defensa
•
el derecho a un proceso público
•
y el derecho a la independencia e
imparcialidad de quien toma la decisión.
•
La Corte también ha
sido clara en señalar que toda imposición de sanciones debe estar precedida por
una estricta observancia del artículo 29 de la Constitución. El derecho al debido proceso en
todos los ámbitos, pero especialmente en el educativo, es una manifestación del principio de
legalidad que busca garantizar la protección de la dignidad humana y
el libre desarrollo de la personalidad de los educandos.
La
Corte indica además que cualquier
cambio en el Manual de Convivencia debe ser conocido y aprobado por la
comunidad educativa.
PROTEGER LOS DERECHOS
DE LA ESTUDIANTE
El Tribunal reconoció que los establecimientos
educativos no están autorizados,
en ningún caso, a imponer patrones estéticos o de conducta. Esto se debe a que
la tolerancia y el respeto por la diferencia rigen el proceso de enseñanza y
aprendizaje en un modelo de Estado
Social de Derecho que optó por la defensa de la pluralidad y del
multiculturalismo.
USO DEL LENGUAJE
El lenguaje es un elemento importante en la
socialización y construcción de las relaciones de género, es decir, que gracias
a la manera como se usan las palabras y expresiones para referirse a un género
u otro, las niñas, niños y adolescentes aprenden lo que significa ser mujer u
hombre en la sociedad.
Se ha identificado que lo más pertinente para dar
significado a la representación de las personas y hacer visibles a las mujeres
en la comunicación escrita es utilizar el femenino y masculino, es decir, nombrar a niñas y niños, mujeres y hombres.
RECOMENDACIONES
Se
recomienda usar el siguiente vocabulario:
ü La Juventud.
ü La dirección.
ü El grupo de estudiante.
ü Las familias.
ü La niñez.
ü La población.
ü El personal docente.
ü Queridos oyentes
LO QUE DEBE TENER EL MANUAL DE CONVIVENCIA
´ Marco Legal (Sentencia
T-478, Ley 1620, Ley 1098 de 2006 o código de infancia y Adolescencia, Entre
otros…)
´ Marco de Referencia
(Conceptos, principios y responsabilidades)
´ De la relación de
Estudiante con la comunidad educativa (Acuerdos de los derechos y deberes,
estímulos y sanciones, solicitudes y reclamos…)
´ Del Comité Escolar de
Convivencia (Conformación, funcionamiento, acciones de promoción y prevención.)
´ Ruta de Atención
Integral para la Convivencia Escolar (Descripción, socialización,
identificación, activación.)
´ Sistemas de Información
y Comunicación (Estrategias y medios)
DEBIDO PROCESO EN LAS FALTAS
TIPO I
Estas faltas generalmente ocurren por
descuido, falta de previsión o anticipación de consecuencias por parte del
estudiante.
Frente a esta se deben proponer
estrategias formativas, que en el mejor de los casos deben ser
consecuencias lógicas y les ayude a los estudiantes en su proceso de formación,
de tal manera que se desestimule dicho tipo de comportamientos.
Ejemplo faltar a clase o llegar
tarde: Se puede considerar como estrategia formativa reponer el tiempo
perdido de una clase durante el descanso siguiente a la ocurrencia del
hecho o en programación especial. Nótese que la sanción es
una consecuencia lógica de lo hecho por el estudiante y la estrategia
formativa busca justamente resarcir o retribuir el tiempo que se perdió,
pues se considera que el tiempo de las clases es un momento valioso para
los procesos académicos y formativos.
También es preciso que se modele y
precise el debido proceso, el cual debe incluir:
1) El profesor que conoce la
falta cometida la tratará directamente con el estudiante;
2) El profesor dialogará con el
estudiante sobre lo sucedido, escuchándolo y haciéndole ver el error cometido;
3) Se hace un registro en el cuaderno
u observador del estudiante, tanto de la falta como de los descargos
del estudiante.
4) El profesor informará al
estudiante sobre la consecuencia de su falta, lo que también quedará por escrito.
5) Las faltas Tipo I deben ser
resueltas dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se
inicie el proceso.
6) La decisión sobre la consecuencia por la
falta o la sanción por ella, impuesta por el profesor que hace el debido
proceso, puede ser apelada por el estudiante o sus padres ante una segunda
instancia, que en este caso será la persona que se encargue del manejo de
la convivencia en la institución.
FALTAS TIPO II
Las faltas Tipo II son aquellos
comportamientos que comprometen las normas básicas de convivencia y
afectan de manera significativa a la institución o a cualquier miembro de
la comunidad educativa causándole daño, además de que cuestionan los
principios y valores que la comunidad escolar ha definido como centrales y
deseables para la vida en sociedad o ponen en peligro la vida del
estudiante o de algún miembro de la comunidad escolar, incluyendo las
faltas contra el medio ambiente y la salud.
Ejemplo de una falta Tipo II se puede
considerar el siguiente comportamiento: fumar en las instalaciones de la
institución o fuera de ella en alguna actividad escolar. Efectivamente esta es
una falta Tipo II por cuanto según la definición que se dio de ella, dicho
comportamiento afecta de manera significativa a cualquier miembro de la
comunidad educativa, causándole daño, pone en peligro la vida del
estudiante y se incluye dentro de las faltas relacionadas contra el medio
ambiente y la salud.
En el caso de estas faltas también se
deben proponer estrategias formativas que le permitan al estudiante no
solo reflexionar sobre el hecho, el comportamiento o la falta cometida, sino
además y fundamentalmente, asumir las consecuencias de los actos
realizados, y por lo mismo realizar acciones que reparen o resarzan el
daño causado. La estrategia formativa que probablemente podría ajustarse
mejor a este tipo de falta podría ser: La
firma de un acta de compromiso en la que el estudiante se compromete a no
volver a realizar este comportamiento y la realización de una campaña para
dar a conocer entre los estudiantes los perjuicios del tabaquismo para la
salud. Nótese cómo las dos estrategias formativas propuestas son consecuencias
lógicas del acto realizado, de tal manera que las sanciones impuestas
están en directa concordancia con el hecho mismo. No se puede olvidar que
este es el ideal de las sanciones si se busca que ellas sean formativas,
no refuercen la heteronomía del estudiante y contribuyan de manera
significativa a su proceso de maduración y de crecimiento personal.
Por supuesto que en el caso de las
faltas Tipo II también se debe dar el debido proceso como el procedimiento
que permite la delimitación de los hechos, la tipificación de la falta y la
aplicación de una sanción.
Se propone como debido proceso el
siguiente:
1) El profesor que tenga conocimiento
de la falta debe abordar y confrontar directamente al estudiante implicado
para aclarar los detalles y las circunstancias de lo sucedido;
2) Diligenciar el formato o levantar
un acta de registro de la situación en la que el estudiante pueda expresar
su punto de vista sobre lo ocurrido a manera de descargo, este formato o acta
debe ser firmado por ambos;
3) Inmediatamente se inicie el
proceso por falta Tipo II de un estudiante, la institución, a través
de alguna de sus instancias, deberá informar a los padres del estudiante
sobre la apertura de dicho proceso;
4) El acta o formato diligenciado con
la descripción de la falta y los descargos del estudiante se debe entregar
a quien sea el encargado de manejar la convivencia en la institución para
la calificación de esta y la imposición de la sanción a que haya lugar,
acorde con lo contemplado en el Manual de Convivencia;
5) El director de grupo o quien sea
el encargado de la convivencia en la institución citará a los padres de
familia y al estudiante y les notificará la decisión de la institución, de esta
reunión se debe levantar un acta;
6) Los padres de familia o el
estudiante podrán apelar la decisión tomada ante la instancia competente,
que para este caso será la rectoría;
7) En cualquiera de los
momentos del proceso, el estudiante y sus padres o acudiente podrán
solicitar la veeduría o intervención, ya sea del personero de
los estudiantes o del comité de convivencia de la institución, como
acompañantes de proceso o como instancia de conciliación;
8) El procedimiento para la
indagación de una falta Tipo II, los descargos, la calificación de la falta
y la aplicación de la correspondiente sanción no podrá exceder los diez
días calendario.
FALTAS TIPO III
Estas faltas son aquellas que atentan
directamente contra los derechos humanos básicos, la integridad física,
psicológica o moral de las personas o los principios educativos de la
institución, y en muchos casos están tipificadas como delitos por la
justicia ordinaria. Este tipo de acciones son consideradas generalmente
delitos que ponen en riesgo la vida, la integridad física y los
bienes materiales, de tal manera que pueden causar daños, en muchos casos
irreparables o irreversibles.
Si bien corresponde a la institución
educativa determinar cuáles son esas faltas de este tipo de comportamientos y
de actuaciones que no solo causan daños graves a otros, sino que por
su naturaleza también son considerados delitos por la justicia ordinaria,
con su actuación el estudiante se pone a sí mismo fuera de la comunidad
educativa, pues procede abiertamente en contra de esta y de los principios
que la orientan y rigen.
Como ejemplo de esta falta se puede
señalar la posesión, comercialización o distribución de bebidas
alcohólicas o sustancias psicoactivas dentro o fuera de la institución.
Este comportamiento se ajusta a la definición que se ha dado de faltas Tipo
III, puesto que atentan directamente contra la integridad física,
psicológica o moral de las personas o los principios educativos de la
institución, y en muchos casos están tipificadas como delitos por la
justicia ordinaria.
Ejemplo de una estrategia formativa para
el estudiante frente a este tipo de comportamiento puede ser la exclusión
inmediata del estudiante de la institución educativa, lo cual sería la
consecuencia lógica de un comportamiento que previamente se ha
autoexcluido de la comunidad educativa a la cual pertenece el estudiante.
De todas maneras, corresponde a cada institución, en consonancia con los
principios y criterios formativos, determinar las diferentes clases de
estrategias que se proponen frente a este tipo de faltas.
De igual manera, frente a este tipo
de faltas también se debe seguir el debido proceso que garantice los
derechos de los estudiantes y de la institución educativa. A manera de ejemplo,
se proponen los siguientes pasos:
1) Estas faltas deben ser tratadas de
igual manera que las Tipo III hasta el momento en el cual se confirma en la
comisión de la falta y quien sea el encargado de la convivencia en la institución la
califique como Tipo III;
2) Intervención del comité de
convivencia, encargado de revisar la documentación existente sobre el
proceso, así como de determinar la estrategia formativa adecuada y proporcional
a la falta cometida;
3) El rector impondrá la sanción
mediante resolución motivada, la que será comunicada al estudiante y a sus
padres en reunión concertada para tal fin y de la cual se debe elaborar un
acta;
4) Si la falta Tipo III es
considerada delito por la justicia ordinaria, la institución, por medio
del rector, la pondrá en conocimiento de las autoridades competentes para
que ellas se ocupen de su investigación y manejo en lo que trasciende a la
competencia de la institución educativa;
5) Contra las decisiones que se tomen
en la institución por esta falta procede el recurso de apelación, el cual
debe ser resuelto por el consejo directivo de ella;
6) El estudiante implicado en la
falta o sus padres pueden solicitar la veeduría del personero de los
estudiantes en cualquiera de las etapas del proceso;
7) La resolución de una
situación por falta Tipo III no podrá tomar más de los quince días
calendario, desde que se inicia el proceso hasta su culminación.
En todo este proceso de tipificación
de las faltas de los estudiantes y su taxonomía, es preciso tener en
cuenta que la intencionalidad no es hacer un decálogo de casuística que no deje
nada por fuera, sino que debe buscar orientar a los estudiantes sobre los
comportamientos que se esperan de ellos, así como mostrarles las
consecuencias de sus actos. En ningún momento se puede ni se debe perder
de vista la intencionalidad máxima, que no es otra cosa que educación ética y
la formación moral de los estudiantes.
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