MANUAL DE CONVIVENCIA

 

 

Aprobada por las Resoluciones Departamentales:

No.19136 del 20 de diciembre de 2002

No.0509 del 20 de enero de 2003

No. 3603 del 26 de mayo de 2004

DANE No. 10525000932

 NIT. 811024278-6

 




EL BAGRE ANTIOQUIA

 

2023

 

 

 

 

 

DIRECCION: Barrio La Esmeralda – Cra. 38 Nº69B-75

MUNICIPIO: El Bagre – Antioquia

CELULAR: 3147790164

CORREO: ie.esmeralda2015@gmail.com

NUCLEO DE DESARROLLO EDUCATIVO: 106

NATURALEZA DEL PLANTEL: Oficial

CARÁCTER DE LA INSTITUCION: Mixto

NIVELES EDUCATIVOS EXISTENTES: Preescolar, Básica y Media Académica

TIPO DE BACHILLERATO: Académico                                             

JORNADA ESCOLAR: Mañana – Tarde - Sabatino.

NOMBRE DEL RECTOR: Moisés José Navarro Lance

CEDULA Nº 78.109.261 de Ayapel Córdoba                                       

TITULO: Maestría en Tecnología Educativa y Medios innovadores para la Educación.

EXPERIENCIA DOCENTES: 30 años

GRADO EN EL ESCALAFON: 14

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TABLA DE CONTENIDO

Pág.

 

PRESENTACIÓN

 

Comunidad Educativa de IE. La Esmeralda en su Acuerdo de convivencia, busca la armonía y la humanización la cual se constituye en la base fundamental para que exista la convivencia entre los seres humanos. Por eso presentamos el acuerdo de convivencia donde están contemplados todos los principios, deberes, derechos y procedimientos para alumnos, docentes, directivos docentes, personal administrativo y padres de familia que regulan y garantizan la práctica de una educación integral y axiológica para que exista un ambiente de armonía, justicia social, orden y democracia en la comunidad educativa.

 

ACUERDO Nro. 01

(26 de marzo de 2015)

Por la cual se adopta El Manual de Convivencia Social de la Institución La Esmeralda El Rector y Consejo Directivo la Institución Educativa La Esmeralda, en uso de sus facultades legales y en especial las que le otorgan la Constitución Nacional de 1991, la Ley General de Educación y sus Decretos reglamentarios, la Ley 715 de 2001 y la Ley 1098 de 2006 y sus decretos reglamentarios, y

CONSIDERANDO:

Que es indispensable enunciar normas básicas y claras de convivencia social, a la luz de la Constitución Nacional, de la Ley General de educación y sus normas reglamentarias, con la participación y aprobación de los diferentes estamentos que conforman la Comunidad Educativa.

Que se debe reconocer los deberes, derechos, funciones y normas reglamentarias que corresponden al proceso interno y a la autonomía escolar que nos brinda la ley 115 de 1994, el decreto 1860 de 1994, el decreto 1290 de 2009 y el Decreto 1850 de 2002.Ley 1620 de 2013 - Decreto 1965 de 2013.

Que representantes de padres de familia, estudiantes, docentes, directivos, personal administrativo y de servicios han participado en el proceso de la elaboración del Manual de Convivencia y es exigencia su conocimiento previo a la matrícula para saber qué se firma en ella y en la obligación de cumplir el Manual de Convivencia por el solo hecho de firmarla.

Que se debe estimular a quienes vivan la Filosofía de nuestra Institución y la practiquen en sus actuaciones cotidianas en la sociedad y a su vez sustenten con su vivencia el proyecto educativo institucional de la institución.

Que es fundamental para una sana convivencia establecer canales de comunicación y procedimientos que garanticen el actuar armónico en el desarrollo integral de todos y cada uno de los participantes de la comunidad educativa.

Que la institución y el hogar son los mejores espacios para la construcción de una sociedad más humana, justa y equilibrada.

Que el presente Manual de Convivencia es un complemento del Ideario de nuestra institución, y busca la vivencia de la ideología de nuestra comunidad en todos los aspectos de la vida cotidiana.

Que el Manual de Convivencia se revisó, actualizó y fue aprobado por toda la Comunidad educativa,

RESUELVE:

Artículo 1. Establecer el presente Manual de Convivencia Social, como medio que nos permite convivir en armonía dentro de una sana, justa y enriquecedora vida social y formativa.

Artículo 2. Garantizar el cumplimiento del presente Manual de Convivencia, por medio de la firma de la matrícula, respetando así la autonomía de la institución y el libre procedimiento y decisiones de la Comunidad Educativa (en sus directivas) en establecer los derechos, deberes, funciones y normas que rigen la Institución Educativa La Esmeralda.

Artículo 3. Evaluar el presente manual para el año 2014 por las comisiones que se formen dentro de la comunidad educativa y si se cree pertinente y necesario hacer la revisión y evaluación antes del período fijado.

Artículo 4. Afirmar que el presente Manual de Convivencia, en ninguno de sus artículos atenta contra el libre desarrollo de la personalidad, pues ha sido una decisión, libre, voluntaria, concertada, valorada y aceptada por la comunidad educativa en bien de los estudiantes, docentes, personal administrativo y directivo de la institución.

Artículo 5. Las instancias directivas de la institución pueden expedir nuevas normas durante el proceso educativo y hacerlas conocer por medio de resoluciones, circulares, memorandos u otro medio y tendrán la misma validez del Manual de Convivencia.

 Estas normas exigen aprobación del Consejo Directivo, con el visto bueno de la Asociación de Padres de Familia o el Consejo de Padres.

Artículo 6. Comuníquese a la comunidad educativa y cúmplase.

Dado en el municipio de El Bagre a los 31 días del mes de enero del año 2017.

 

MOISES NAVARRO LANCE                   ARACELIA CASTRO

Rector                                                           Rapte. Docentes

 

JOSE SANCHEZ                                          YOVANNY SAMPAYO

Rapte. Docente                                              Rapte. Padre de Familia

 

                                   PAULA HERNANDEZ

Rapte. Estudiantes                                         Rapte. Padre de Familia

 

SANDRA BARRETO                                  EXALUMNO

Rapte. Sector Productivo                                YULEIDIS BENAVIDES

 

INTRODUCCIÓN

 

El Proyecto Educativo Institucional “PEI” y el Manual de Convivencia de la Institución Educativa La Esmeralda, nos invita a precisar el sentido de la educación, a practicar los valores corporativos de la institución como organización y a garantizar los procesos que fortalecen los proyectos de vida de todos los miembros de nuestra comunidad educativa.

 

Cada miembro de la comunidad educativa y más aún, los de la institución, debemos comprender y comprometernos en apropiarnos y así contribuir en el desarrollo y transformación de la cultura educativa plasmada en el P. E. I. y en el Manual de Convivencia.

 

La construcción cualificada del Manual de Convivencia de la Institución Educativa La Esmeralda, corresponde de modo significativo concebir concertadamente los acuerdos con la participación de la comunidad educativa, para hacer realidad nuestros ideales educativos.

 

El P. E. I. y el Manual de Convivencia, ejes de nuestra institución, se enmarcan en el proyecto de mejoramiento de la calidad de la educación y la prestación del servicio educativo.

 

Esperamos que con estos propósitos plasmados en el Manual de Convivencia como son los deberes y derechos consagrados en la Constitución Nacional de 1991. La Ley 1098. Además, del manual de funciones y procedimiento, sean practicados en la institución y fuera de ella, para que crezcamos integral y armoniosamente.

 

JUSTIFICACIÓN

 

El Proyecto Educativo Institucional y el Manual de Convivencia de la Institución Educativa La Esmeralda son herramientas normativas basadas en la Constitución Nacional y las leyes que regulan la educación colombiana.

 

El P. E. I. y Manual de Convivencia permiten cumplir con los programas y políticas trazadas por el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaria de Educación Departamental de Antioquia a través de la Secretaria de Educación Municipal y la institución; para  poder ejecutarlas y desarrollarlas se le harán seguimientos, control a las propuestas y proyectos allí consagrados y así cada año ajustarlo según las necesidades de nuestro medio, como mecanismo de evaluación y de continuo movimiento en los procesos educativos para formación integralmente a los educandos y propender por una  mejorar calidad de la educación, del servicio y de vida en nuestra comunidad bagreña y Bajo Cauca Antioqueño.

 

 

MISION

 

“La institución educativa la Esmeralda, tiene como misión formar ciudadanos íntegros, basados en una educación innovadora, con enfoque diferencial, comprometida con el medio ambiente que genere estudiantes competentes en la sociedad actual.

 

VISION

 

En el año 2025 la institución educativa la esmeralda será reconocida a nivel local, departamental y nacional por   ofrecer una educación integral, innovadora en el uso de la Tics, con apertura al mundo y compromiso social.

 

 

 

 

FILOSOFIA

 

“Educar en la formación de los principios, éticos, morales, religiosos, culturales, ambientales, científicos y académicos, que conlleven al educando hacia un desarrollo integral para hacer personas de bien, cultos, pluralistas, críticos, flexibles, sensibles, humanistas, dinámicos, investigadores y práctico en nuestra sociedad contemporánea, a través de la educación por competencias como instrumento indispensable para que la humanidad pueda progresar hacia los ideales de paz, la productividad, libertad y justicia social.”

 

 

 

PERFILES

 

PERFIL DEL ESTUDIANTE: Innovador, critico, sensible, íntegros, comprometido con el medio ambiente, competentes en la sociedad actual.

PERFIL DEL DOCENTE: Creativo, respetuoso, proactivo, Responsable e innovador.

PERFIL DEL DIRECTIVO DOCENTE: Líder, conciliador, innovador, humanista e íntegro,

PADRES DE FAMILIA: Responsables, Identidad Institucional y participativo.

ADMINISTRATIVOS: Idóneo, responsable, amable y laborioso.

EGRESADOS: Emprendedores, íntegros, asertivos, Identidad Institucional.

 

            

CREENCIAS

 

La práctica hace al maestro, estudiar vale la pena, el esfuerzo te lleva al éxito, los padres son los primeros formadores, la escuela es un lugar de aprendizaje.

 

 

 

VALORES

 

Integridad

Compromiso

Respeto

Solidaridad

Sinceridad

Amor

 

LEMA

Por una educación formadora de personas de bien.

 

 

OBJETIVOS

 

1.  Lograr una comunidad ordenada capaz de manejar el tiempo y el espacio del trayecto educativo institucional, haciendo viva la frase “Por una educación formadora de personas de bien”

2.  Propiciar en la institución un ambiente acogedor en donde se respeta sin distingo alguno, la dignidad de todo ser humano, independientemente de su raza, color, género y religión.

3.  Formar en los estudiantes autonomía intelectual y una conciencia moral, que les permita la convivencia ciudadana con espíritu formativo y solidario.

4.  Preparar a los estudiantes mediante el cumplimiento deliberativo de las normas, para enfrentarse con madurez y responsabilidad a la realidad de la vida y a la sociedad que pertenece.

 

FUNDAMENTO LEGAL

1.    CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA.

          Todas las normas contenidas en el presente manual son coherentes con la Constitución Política de Colombia. “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social, con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura.

 

Artículo 1º. Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República Unitaria, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalecía del interés general.

 

Artículo 2º. El Estado debe promover la participación de todos.

Artículo 13º. Libertad e igualdad ante la ley sin discriminación alguna. Artículo 15º. Derecho a la intimidad y al buen nombre.

 

Artículo 16º. Derecho al libre desarrollo de la personalidad. Artículo 20º. Derecho a la libertad de opinión y rectificación. Artículo 23º. Derecho de petición y pronta resolución.

 

Artículo 33º. Nadie está obligado a declarar contra sí mismo o cónyuge, o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad.

 

 

Artículo 43º. Igualdad de derechos y oportunidades para hombres y mujeres. Protección especial a la mujer embarazada y cabeza de familia.

 

Artículo 44º. La educación, la cultura y la recreación son derechos fundamentales de niños, entre otros.

Artículo 45º. El adolescente tiene derecho a la protección y formación integral, a participar en los organismos públicos o privados.

 

Artículo 67º. La educación de un servicio público con función social, al que tienen derecho todas las personas.

 

Artículo 68º. Los establecimientos educativos podrán ser fundados por particulares y darán participación a la Comunidad Educativa en la dirección, Idoneidad, profesionalización y dignificación del educador. El estudiante no puede ser obligado a recibir educación religiosa en los Establecimientos del Estado.

 

Artículo 70º. Fomento y promoción de la cultura, a través de la educación. La cultura es el fundamento de la nacionalidad.

 

Artículo 95º. Todo colombiano tiene el deber de engrandecer y dignificar la comunidad nacional. Ejercer los derechos implica responsabilidades y deberes.

 

        Ley 12 de 1991 “Convención Internacional Sobre los Derechos de la Niñez”

 

        Ley 115 de 1994.

 

Artículo 73º. Proyecto Educativo Institucional. Con el fin de lograr la formación integral del educando, cada Establecimiento Educativo deberá elaborar y poner en práctica un Proyecto Educativo Institucional en el que se especifiquen entre otros aspectos, los principios y fines del establecimiento, los recursos educadores y didácticos disponibles y necesarios, la estrategia pedagógica, el reglamento para educadores y estudiantes y el sistema de gestión, todo ello encaminado a cumplir con las disposiciones de la presente ley y sus reglamentos.

 

Artículo 87º. Reglamento o Manual de Convivencia. Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o Manual de Convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones, de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo.

 

Artículo 94º. En todos los establecimientos de educación básica y de educación media y en cada año lectivo, los estudiantes elegirán a un estudiante del último grado que ofrezca el establecimiento, para que actúe como personero de los estudiantes y promotor de sus derechos y deberes.

 

 

 

4.6. DECRETO 1860 DE 1994.

 

Artículo 17º.- Reglamento o Manual de Convivencia. De acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del Proyecto Educativo Institucional, un reglamento o Manual de Convivencia. El reglamento o Manual de Convivencia debe contener una definición de los derechos y deberes de los estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la Comunidad Educativa.

 

En particular debe contemplar los siguientes aspectos:

 

Reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la Comunidad Educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas.

 

Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos.

 

Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar.

 

Normas de conducta de los estudiantes y educadores que garanticen el mutuo respeto. Deben incidir la definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos al respecto.

 

Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Deben incluir instancias de diálogo y de conciliación.

 

Pautas de presentación personal que preserven a los estudiantes de la discriminación por razones de apariencia.

 

Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los estudiantes, incluyendo el derecho a la defensa.

 

Reglas para la elección de representantes al Consejo Directivo y para la escogencia de voceros en los demás consejos previstos en la normatividad. Debe incluir el proceso de elección de la personería de los estudiantes.

 

Calidades y condiciones de los servicios de alimentación transporte, recreación dirigida y demás conexa con el servicio de educación que ofrezca la Institución a los estudiantes. ver: artículo 4 decreto nacional 2253 de 1995 Funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna del establecimiento, tales como periódicos, revistas o emisiones radiales que sirvan de instrumentos efectivos al libre pensamiento y a la libre expresión.

 

Reglas para uso de la biblioteca escolar.

 

Nutrir el anterior artículo con el Título 3, Capítulo 3, Artículo 2.3.5.3.2 del Decreto 1075 de 2015.

 

        Decreto 1108 de 1994. Capítulo III. “Porte y Consumo de Estupefacientes”.

 

"Por el cual se sistematizan, coordinan y reglamentan algunas disposiciones en relación con el porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas".

 

Artículo 9º. Para efectos de los fines educativos, se prohíbe en todos los establecimientos educativos del país, estatales y privados, el porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

 

        La Resolución 4210 de 1996.  Establece “Reglas Generales para la

Organización del Servicio Social Obligatorio”.

 

        El Decreto Nacional 2247 de 1997. “Por el Cual se Reglamenta el Servicio Educativo al Nivel de Preescolar”.

 

Decreto 1286 de 2005 “Por el cual se establecen normas sobre “la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados mediante El Consejo de

Padres y la Asociación de Padres de Familia”

 

        Ley 1014 del 2006 Fomento a la Cultura del Emprendimiento. La formación para el emprendimiento busca el desarrollo para la cultura del emprendimiento con acciones en pro de la formación en competencias básicas, competencias laborales, competencias ciudadanas y competencias empresariales dentro del sistema educativo formal, no formal y su articulación con el sector productivo. La educación debe incorporar, en su formación teórica y práctica, lo más avanzado de la ciencia y de la técnica, para que el estudiante esté en capacidad de crear su propia empresa, adaptarse a las nuevas tecnologías y al avance de la ciencia.

 

        Ley 1098 de 2006 Ley de Infancia y Adolescencia.

 

Artículos significativos para la convivencia social y la defensa de los derechos de los infantes y adolescentes:

 

Artículo 10º. Corresponsabilidad: Para los efectos de este código, se entiende por corresponsabilidad, la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado, son corresponsables en su atención, cuidado y protección.

 

Artículo 15º. Ejercicio de los derechos y responsabilidades: Es obligación de la familia, de la sociedad y del Estado, formar a los niños, y los adolescentes en el ejercicio responsable de los derechos. Las autoridades contribuirán con este propósito a través de decisiones oportunas y eficaces y con claro sentido pedagógico.

 

El niño y el adolescente deberán cumplir las obligaciones cívicas y sociales que le corresponde a un individuo de su desarrollo.

 

Artículo 19º. Derecho a la rehabilitación y la resocialización: los niños, los adolescentes que hayan cometido una infracción a la ley tienen derecho a la rehabilitación y resocialización, mediante planes y programas garantizados por el Estado e implementados por las instituciones y organizaciones que éste determine en desarrollo de las correspondientes políticas públicas.

 

Artículo 26º. Derecho al debido proceso. Los niños y los adolescentes tienen derecho a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados.

 

En toda actuación administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza en que estén involucrados los niños, y los adolescentes, tendrán derecho a ser escuchados y sus opiniones deberán ser tenidas en cuenta.

 

Artículo 28º. Derecho a la Educación. Los niños y los adolescentes tienen derecho a una educación de calidad. Esta será obligatoria por parte del Estado en un año de preescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones estatales de acuerdo con los términos establecidos en la Constitución Política.

 

Artículo 39º. Obligaciones de la familia:

 

La familia tendrá la obligación de promover la igualdad de derechos, el afecto, la solidaridad y el respeto recíproco entre todos sus integrantes. Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad y debe ser sancionada. Son obligaciones de la familia para garantizar los derechos de los niños, y los adolescentes:

 

 

Artículo 43º. Obligación ética fundamental de los establecimientos educativos: Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán:

 

        Decreto 1122 de 1998, Cátedra de estudios afro colombianos.

 

        Ley 715 de 2001, Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.

 

        Ley 934 de 2004, por la cual se oficializa la Política de Desarrollo Nacional de la Educación Física.

 

        Decreto 4500 de 2006, por el cual se establecen normas sobre la educación religiosa en los establecimientos oficiales y privados de educación preescolar, básica y media de acuerdo con la Ley 115 de 1994 y la Ley 133 de 1994.

 

        Decreto 1373 de 2007, por el cual se establece una semana de receso estudiantil.

 

        Ley 1404 Del 27 de Julio de 2010, por la cual se establece de manera obligatoria el Programa escuela para padres y madres.

 

        Ley de Seguridad Ciudadana: por medio de la cual se reforma el código penal, el código de procedimiento penal, el código de infancia y adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad. La ciudadanía reclama un tratamiento más estricto para luchar contra la impunidad en los crímenes cometidos por menores de edad, por lo cual esta ley ordena: ARTÍCULO 94. Adiciónese dos nuevos parágrafos al artículo 42 de la Ley 1098 de 2006, así:

 

 

 

        Ley 1620 de 15 de marzo de 2013 "Por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar".

 

        Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013 “Desarrollo normativo o reglamentación de la Ley 1620 de 2013, La presente normatividad se ocupa de

 

 

 

 

CONCEPTO DE EDUCACION

 

El proceso multidireccional mediante el cual se transmiten conocimientosvalores,

costumbres y formas de actuar. La educación no sólo se produce a través de la 

palabra, pues está presente en todas nuestras acciones, sentimientos y actitudes.

 

POLITICA DE CALIDAD

Brindar un servicio educativo de calidad y exigencia, logrando desempeños académicos sobresalientes que les permita a nuestros exalumnos ingresar en el mundo universitario y laboral. Nos comprometemos con el mejoramiento de la calidad educativa, con la protección del medio ambiente y una sana convivencia que promuevan ser, personas de bien.

 

 

LA COMUNIDAD EDUCATIVA

La comunidad educativa está conformada por todas las personas que de una u otra manera participan en el proceso educativo, construyendo un proyecto común que tiene como fundamento la identidad de la comunidad.

Quiénes conforman la comunidad educativa

La comunidad educativa tiene como eje central al estudiante, quien participa en ella activa y comprometidamente; en su beneficio se conectan los esfuerzos de los diferentes estamentos:

  1. La localidad del Barrio La Esmeralda como medio interactivo entre la institución y su entorno.
  2. Sector productivo: desde el ámbito económico, son gestores y promotores que afectan e inciden en el desarrollo integral y la vida del estudiante.
  3. Las familias: gestores y constructores de la formación de sus hijos.
  4. Los docentes: acompañantes y orientadores de los procesos de crecimiento de cada uno de los estudiantes.
  5. Los estudiantes que son el centro del proceso educativo y la razón de ser de nuestra institución educativa.
  6. Los directivos docentes: encargados de dinamizar los procesos y motivar la acción educativa.
  7. El personal administrativo: que con su trabajo da testimonio de responsabilidad, buen trato y sentido de pertenencia por la institución.
  8. El maestro orientador: desde el ámbito profesional apoya el mejoramiento continuo de la calidad educativa.
  9. El personal de servicios generales: formadores de la comunidad desde sus labores indispensables e imprescindibles para la institución.
  10. Los egresados: canalizadores de las acciones educativas y gestores de los nuevos procesos en la realidad nacional.

 

MANUAL DE CONVIVENCIA

 

La convivencia escolar resume el ideal de la vida en común entre las personas que forman parte de la comunidad educativa, partiendo del deseo de vivir juntos de manera viable y deseable a pesar de la diversidad de orígenes (Mockus, 2002).

 

Así mismo, esta se relaciona con construir y acatar normas; contar con mecanismos de autorregulación social y sistemas que velen por su cumplimiento; respetar las diferencias; aprender a celebrar, cumplir y reparar acuerdos, y construir relaciones de confianza entre las personas de la comunidad educativa (Mockus, 2003).

 

¿Para qué sirve el Manual de Convivencia?

Toda institución debe poseer unas normas claras que permitan su funcionamiento y que faciliten las acciones que emprenda para la consecución de los logros propuestos. Por ello, es indispensable que la comunidad se ponga de acuerdo en las normas, los canales y los procedimientos que se han de utilizar para el manejo de las diversas situaciones, facilitando la realización de las diversas actividades y la vida misma de la institución en un ambiente de convivencia y entendimiento mutuos.

Las normas, los procedimientos y el cumplimiento de los deberes son las bases que nos permitirán la consecución de las metas y los ideales que nos hemos fijado y, por consiguiente, del crecimiento y maduración humana de los valores a que aspiramos todos los miembros de esta comunidad educativa, ya que son pilares fundamentales de nuestro horizonte institucional.

 

        CONDICIONES PARA SER ESTUDIANTE

 

Cumplir con los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional y la Institución para el proceso de Matrícula.

 

Estar respaldado, por el padre de familia o acudiente, quien debe contar con las condiciones morales y responsabilidad institucional para asistirlo en las situaciones que lo requieran.

 

·         Asistir regularmente a la Institución.

 

·         Presentar los documentos legales y requeridos.

 

 

        ESTUDIANTES ANTIGUOS

 

Son los que han cursado en el Establecimiento el año académico inmediatamente anterior. Para la aceptación de los estudiantes antiguos se tendrá en cuenta el comportamiento y el rendimiento académico. Queda a discreción de la Rectoría y del Consejo Directivo la negación del cupo a estudiantes antiguos según las orientaciones dadas en el Manual de Convivencia.

 

 

        ESTUDIANTES NUEVOS

 

Son los que desean ingresar por primera vez al Establecimiento Educativo. Deben presentar en Rectoría el boletín de calificaciones y la ficha de seguimiento para su estudio. El Rector estudia los casos teniendo presente el rendimiento académico, la disciplina y la disponibilidad de cupos.

 

         

        REINTEGROS

 

Son los estudiantes que han estado vinculados a la Institución con anterioridad, pero se han retirado por diferentes motivos. Los estudiantes que solicitan reintegro tendrán el mismo tratamiento de los aspirantes nuevos.

 

        PROCESO DE ADMISIÓN DE ESTUDIANTES NUEVOS

 

        Los siguientes son los criterios de admisión para estudiantes nuevos en la Institución:

 

·         Realizar el trámite de inscripción en las fechas establecidas por la institución y presentar los documentos y demás requisitos exigidos para tal efecto.

 

·         Dinámica familiar y compromiso con el proceso educativo.

 

 

        ESTUDIANTES ASPIRANTES

 

Deben acreditar haber cursado y aprobado el grado anterior en una Institución educativa reconocida por la Secretaria de Educación. Cada grado será de acuerdo a las competencias y capacidades de los estudiantes, según consideraciones pertinentes contempladas en el parágrafo del Artículo 38 del decreto 1860/94. Igualmente, todos los aspirantes deben pasar satisfactoriamente lo correspondiente a entrevistas y pruebas respectivas acordes a su grado y en especial estar a paz y salvo con la Institución de procedencia.

 

Cuando un aspirante no cumpla con los requisitos académicos en alguna de las áreas, el padre de familia deberá firmar un compromiso de nivelación y/o asesoría externa, el cual llevará a cabo durante el primer período académico con el respectivo acompañamiento del docente titular de área y seguimiento de coordinación académica. Además, todo estudiante nuevo que ingrese a partir del grado primero deberá firmar compromiso normativo establecido por la Institución así tengan reportes positivos de la Institución de procedencia.

 

 

INDUCCION A LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Se realiza una reunión para dar a conocer a toda la comunidad los lineamientos

a seguir en el año escolar. (PEI)

 

 

 

        PROCESO DE SOLICITUD DE CUPO

 

Los interesados en conocer, y/o pertenecer a la Institución, solicitan el cupo con el rector o su representante.

 

Se realiza una primera reunión con las familias aspirantes donde el Rector o el funcionario asignado para el efecto, da a conocer de manera general la filosofía, pedagogía. Al inicio de la reunión informativa, se entrega a cada familia la papelería para iniciar el proceso de admisión, estos documentos deben ser diligenciados y devueltos en la fecha que se establezca. Si la familia ya pertenece a la institución, no asiste a la reunión informativa y se le envía la documentación con su hermano(a), anexando un comunicado donde se le recuerda los compromisos adquiridos con la institución. Para las familias aspirantes se tiene en cuenta todo lo anterior y además se reciben los informes académicos y disciplinarios de las instituciones donde ha estudiado. En la entrevista de vinculación a nuestra comunidad se tratará de evidenciar que los protagonistas (familias, estudiantes, empleados, egresados) de la institución educativa, podría llegar a ser:

 

                                                                                                                                

Abiertos al aprendizaje: Capaces de incorporar el mundo desde la construcción de nuevos conocimientos.

 

Abiertos a la trascendencia: entendiendo esto como la presencia de Dios en la vida de las personas y que lo lanza al trabajo del mejoramiento personal de los demás y por el medio.

 

Abiertos al mejoramiento continuo: capaces de hacer bien lo que deben hacer.

 

Abiertos a la construcción de relaciones: capaces de generar comunidad desde la aceptación de la diferencia.

Abiertos a la ciencia: capaces de investigar, buscar proyectos en beneficio de la comunidad.

 

 

        COMITÉ DE ADMISIÓN

 

El comité de admisión de estudiantes nuevos está conformado por: el rector, coordinadores y docente orientadora.

 

Parágrafo: la Institución Educativa, se reserva el derecho de admisión de estudiantes, por lo cual no se encuentra obligada a sustentar su decisión ante el aspirante, sus padres, acudientes o terceros.

 

 

        MATRÍCULAS

 

La matrícula es un acto jurídico voluntario que formaliza la vinculación del aspirante admitido. Se realiza mediante un “Contrato de prestación de servicios educativos”, que podrá renovarse para cada año académico si se ha dado cabal cumplimiento a los compromisos académicos y acompañamiento. Mediante este contrato las partes: LA INSTITUCION EDUCATIVA LA ESMERALDA, padres de familia o Representante legal y estudiante, se comprometen a conocer, aceptar y acatar el Proyecto Educativo Institucional y respetar tanto las cláusulas contractuales como el presente Manual de Convivencia.

 

                         

      REQUISITOS PARA MATRÍCULA: ESTUDIANTES NUEVOS

 

 

o   Fotocopia carné de vacunas (actualizado). Solo para preescolar.

 

o   Fotocopia EPS; medicina prepagada o constancia de afiliación al sistema de seguridad social (hoja completa).

 

 

o   Retiro del SIMAT de la Institución anterior (Sistema de Matrícula a Nivel Nacional).

 

o   Registro civil, Tarjeta, Cédula original.

 

 

o   Entregar firmada la “Autorización de la imagen y tratamiento de datos personales”.

 

 

o   Certificados (calificaciones) originales con membrete del Colegio de procedencia, firmados por el(la) Rector(a) y la Secretaría Académica, relativos a los grados cursados en esa Institución.

 

 

 

o   Para segundo a quinto de primaria: el grado anterior.

 

 

o   Para secundaria: desde quinto de primaria.

 

 

o   Ficha de seguimiento, anecdotario u observador original suministrado por la Institución de la que proviene.

 

 

o   El estudiante debe firmar la matrícula a partir del grado segundo.

 

o   Diagnóstico médico para los estudiantes con dificultades de aprendizaje y de discapacidad.

 

 

 

Requisito para Matrícula Estudiantes Antiguos

 

 

·         Actualización de datos como: Fotocopia EPS, número de teléfono, barrios, certificado de etnias

 

·         El estudiante debe firmar la matricula a partir del grado segundo.

 

 

 

LA CANCELACIÓN DE LA MATRÍCULA

 

 

La institución podrá dar por terminado el contrato de matrícula, en el momento en el que se compruebe cualquiera de las causales siguientes o flagrantes violaciones a este reglamento o Manual de Convivencia, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que puedan ocasionarse con la infracción de alguna de las normas estipuladas.

 

 

CAUSALES DE LA CANCELACIÓN DE MATRICULA

  1. Por la reincidencia en las faltas disciplinarias Tipo I y Tipo II.
  2. Cuando los estudiantes y los padres de familia no cumplen con los deberes que establece este Manual de Convivencia y PEI.
  3. Por no cumplir con las exigencias propias de la matrícula (Documentación).
  4. Cuando los estudiantes y padres de familia se encuentren pendientes por concepto de daños a la infraestructura o a su dotación también se le negará la entrega de papelería hasta no estar paz y salvo con la institución.
  5. Voluntad expresa de las partes.
  6. Cuando se compruebe que se han entregado al Plantel certificaciones o informes falsos o cuando cumplido el plazo estipulado por las normas vigentes en la Institución no se entreguen los documentos requeridos.
  7. Cuando el estudiante sea objeto de intervención penal o judicial con la pérdida de la libertad o reclusión en centro cerrado.
  8. Cuando por prescripción médica o psicológica, se considere inconveniente la permanencia del estudiante en la Institución o que requiera para su formación de una Institución especializada.

 

9.    Cuando se tiene un compromiso pedagógico académico/comportamental y se verifique su incumplimiento.

 

Una vez agotados los recursos y realizado el debido proceso que garantice a los estudiantes la protección de sus derechos, la directiva de la institución educativa puede cancelar la matrícula a los estudiantes (en cualquier período del año escolar) que por algún motivo no demostraron una actitud de cambio para cumplir con los compromisos contraídos el día de la matrícula, con las normas del presente Manual de Convivencia o con el Contrato Disciplinario o Pedagógico.

 

Parágrafo: Todo el proceso debe quedar consignado en el libro de disciplina y en la ficha de seguimiento del estudiante.

 

 

        LA ASISTENCIA ESCOLAR.

 

 

          Inasistencia: Se da cuando un estudiante no se hace presente a la jornada académica. La inasistencia sólo se justifica cuando:

 

            Se presenta incapacidad médica.

 

            Por calamidad doméstica, por muerte o enfermedad de familiares cercanos.

 

En los casos en los cuales el estudiante esté representando a la Institución, al municipio, al departamento o al país, en actividades culturales, deportivas y otras que autoricen las directivas de la institución.

 

          Excusas: En caso de inasistencia a clase los padres de familia o acudiente autorizado deberán dar aviso durante las primeras horas del día, de la no asistencia del estudiante y en caso de tener incapacidad médica remitirla a la Institución.

 

 

            Los permisos para faltar la Institución uno o varios días por motivos de pasantías, asuntos académicos, deportivos u otros que requieran conocimiento y autorización de Institución, deben entregarse mínimo con tres días de anterioridad para hacer el trámite correspondiente. El estudiante deberá presentar disponibilidad con los profesores dependiendo de los días de inasistencia para cumplir con sus responsabilidades.

             

            En caso de inasistencia prolongada por enfermedad, se le realizará un plan especial de actualización para ponerse al día el cual debe ser solicitado por sus padres y/o acudiente inmediatamente el estudiante regrese a la Institución.

 

        Otros permisos: La institución sólo acepta autorización para salir antes de la hora ordinaria en casos excepcionales, como problemas serios de salud del estudiante o calamidades domésticas. Las solicitudes de permiso deben presentarse ante quien se delegue para que autorice la salida de la Institución.

 

            Tanto permisos como excusas para salir de la institución deben estar bien presentados con nombre completo del estudiante, de sus padres o acudiente, indicando motivo de la salida, hora y datos de quién retira al estudiante. El estudiante quedará con la responsabilidad de cumplir con los deberes que le queden pendientes.

 

            Si algún estudiante debe salir solo de la institución, tiene que traer autorización escrita de sus padres, afirmando que sale solo, bajo su responsabilidad; el permiso debe tener nombres completos de los padres o acudientes, número de cédula y un número telefónico dónde contactarlos. Este permiso debe ser físico.

 

            También se pueden realizar una llamada al padre de familia quien autoriza la salida del estudiante.

 

        Para la participación en eventos deportivos, salidas escolares u otros de representación de la institución, los permisos, deben ser presentados en el formato institucional de salidas escolares con previa autorización de los padres o acudientes. Por ningún motivo se permitirá la salida de un estudiante a las actividades programadas si no presenta este permiso.

 

        Los estudiantes llevan a sus casas de manera física el formato de salidas escolares aproximadamente ocho días antes de la actividad, además se les envía también por correo el mismo formato. Previo a esto el responsable de la salida ha diligenciado la parte superior del formato.

 

 

        Para salir del aula o ausentarse de una actividad escolar o comunitaria, el estudiante requiere autorización por escrito del docente o persona encargada.

 

        En las recepciones del Colegio no se recibirán trabajos u objetos escolares olvidados por los estudiantes debido a que se está formando en la responsabilidad y valores.

 

        FORMAS DE PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA

 

Con el fin de educar a los estudiantes en los conceptos democráticos, se entenderán como mecanismos de participación: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta estudiantil, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La institución educativa, garantiza la libre participación de los miembros de la Comunidad Educativa en la conformación de los consejos y en la elección de sus representantes para los diferentes cargos.

 

DEBERES DEL RECTOR.

1.    Promover la vivencia axiológica de acuerdo a los principios de nuestra institución.

2.    Dinamizar el Proyecto Educativo Institucional.

3.    Promover todos los procesos de la comunidad educativa.

4.    Mantener una actitud de escucha frente a las necesidades de la comunidad educativa.

5.    Velar por el bienestar de los estamentos que conforman la comunidad educativa.

6.    Gestionar oportunamente los elementos que requiere la institución para su buen funcionamiento.

7.    Propiciar la integración con otras instituciones educativas oficiales y privadas.

 

DERECHOS DEL RECTOR

1.    Recibir trato respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad.

2.    Derecho al libre ejercicio de la profesión de acuerdo a lo consagrado en el artículo 25 de la constitución política de Colombia y la ley general de educación y sus decretos reglamentarios.

3.    Dirigir la organización del P.E.I, con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.

4.    Derecho a solicitar permisos con excusas justificadas,

5.    Expresar inquietudes que mejoren el clima de unidad, fraternidad y convivencia en forma, oportuna y justa.

6.    En situaciones problemas se le debe tener en cuenta el debido proceso.

 

 

DEBERES DE LOS COORDINADORES

1.    Colaborar al rector en la organización, programación y ejecución de todas las actividades que se realizan en la institución.

2.    Velar por el cumplimiento de las funciones de cada uno de los estamentos de la comunidad educativa.

3.    Informar a la comunidad educativa en general las decisiones tomadas por los órganos del gobierno escolar.

4.    Liderar la orientación pedagógica y disciplinaria conjuntamente con el rector.

5.    Reemplazar al rector en las secciones del consejo académico y directivo en su ausencia.

6.    Definir y proponer estrategias para el buen funcionamiento de la Institución.

7.    Velar por la armonía, comunicación eficiente y buena marcha de la diferente sede que conforma la institución.

8.    Participar en el consejo académico y comisiones que designe el rector.

9.    Conocer y acompañar al estudiante en su proceso de formación.

10. Colaborar en la elaboración y ejecución del proyecto educativo institucional

 

DERECHOS DE LOS COORDINADORES

1.    Derecho a ser tratado con respeto y dignidad.

2.    A ser escuchado en descargo ante una presunta violación de obligaciones en cumplimiento de su deber.

3.    A representar a la institución educativa en los diferentes eventos que se programa en el orden pedagógico, científico, cultural y deportivo.

4.    Derecho que se le suministre los implementos necesarios para desempeñar su función.

5.    Derecho a ser informado por parte del rector de actividades y decisiones administrativas oportunamente.

6.    Conocer las normas administrativas y académicas que rigen en la institución.

7.    Ser estimulado y felicitado por sus logros obtenidos en el desempeño de sus funciones.

8.    Recibir capacitación y actualización permanente que ayuden a mejorar su desempeño directivo.

 

 

DEBERES DE LOS EDUCADORES

 

 

1.    Cumplir la Constitución Política y las leyes colombianas.

2.    Cumplir e inculcar en los educandos el deseo de cumplir las leyes, el amor a los valores históricos y culturales de nuestra nación, así como el respeto a los símbolos patrios.

3.    Dar un trato cortés, tolerante y respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa.

  1. Cumplir sus tareas con espíritu de solidaridad y unidad de propósitos.
  2. Velar por el mejoramiento continuo de la calidad educativa, exponiendo sus ideas y opiniones de manera amable y respetuosa en los espacios destinados para tal fin.
  3. Aplicar el Manual de Convivencia y el debido proceso para solucionar situaciones problemáticas en los aspectos académicos y de comportamiento con los educandos y los demás miembros de la comunidad educativa.
  4. Cumplir con la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo.
  5. Entregar en caso de ausencia la excusa justificada por escrito y sus respectivos soportes.
  6. Presentarse puntualmente al aula de clase y a las demás actividades que sean programadas por la institución.
  7. Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes que le sean confiados.
  8. Solicitar permiso por escrito para ausentarse de la institución educativa al coordinador de la jornada, si la ausencia es inferior a una jornada de trabajo.
  9. Solicitar permiso escrito para ausentarse de la institución educativa al rector de la institución, si la ausencia es igual o superior a una jornada de trabajo.
  10. Ejecutar las clases conforme a los planes de estudio estipulados en el Proyecto Educativo Institucional.
  11. En la jornada laboral debe atender las actividades escolares, a saber: preparar y dictar las clases, corregir pruebas de conocimientos de los educandos, organizar actos culturales, cooperar en la supervisión de la disciplina de los alumnos y atender individualmente a los estudiantes en sus consultas académicas.
  12. Ayudar a administrar el establecimiento, colaborar y acompañar las actividades deportivas, culturales, ecológicas.
  13. Evaluar a los educandos de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1290 de 2009.
  14. Manejar éticamente las notas y las decisiones tomadas a nivel académico y comportamental.
  15. Llevar los libros reglamentarios (control de asistencia, planeación, plan de aula, ficha de observador del alumno, auxiliar de calificaciones, etc.) diligenciarlos de manera impecable y entregarlos oportunamente cuando les sean solicitados por la institución.
  16. Presentar puntual y responsablemente los informes requeridos por la institución: notas, actas, diario de campo y planillas, entre otros, en el tiempo que indique el cronograma anual de actividades.
  17. Mantener una adecuada higiene y presentación personal.
  18. Seguir el conducto regular para solucionar problemas y aclarar cualquier tipo de información.
  19. Coordinar el orden, aseo y convivencia en el aula de clase e informar oportunamente sobre las irregularidades que se presenten.
  20. Atender a los educandos en sus reclamos y tener en cuenta sus ideas e inquietudes.
  21. No intimidar ni chantajear a los estudiantes por su rendimiento académico o comportamental.
  22. Tener una disposición permanente para asignar y recibir las actividades de recuperación.
  23. Ser respetuoso y discreto cuando existan relaciones románticas o afectivas entre docentes y/o directivos docentes al interior de la institución.
  24. Poner el teléfono celular en modo de vibración y hacer o recibir llamadas solo en casos de real urgencia y sin exceder un tiempo prudencial.
  25. No ingerir bebidas ni alimentos al interior de la clase, excepto agua.
  26. No utilizar los servicios de los estudiantes para llenar documentos que solo le competen a él.
  27. Los demás que para el personal docente determinen las leyes y los reglamentos ejecutivos.

 

 

DERECHOS DE LOS EDUCADORES

 

1.  Participar en los programas de capacitación, bienestar social y gozar de los estímulos de carácter profesional y económico.

2.  A la información clara y oportuna a cerca de la programación, eventualidades y disposiciones a seguir en el proceso educativo.

3.  A un debido proceso en caso de dificultades o hechos que contraríen la ley.

4.  Solicitar y obtener permisos, licencias y comisiones, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes.

5.  Ser respetado en su integridad física, su moral y su vida privada.

6.  Participar activamente en la elaboración de programaciones y planeación de actividades de la institución y del grupo a su cargo.

7.  Recibir los implementos necesarios para desempeñar su labor eficiente y eficazmente.

8.  Utilizar materiales y los espacios adecuados, para el buen desempeño de su labor pedagógico.

9.  A la autonomía dentro del área siempre, cuando esté dentro del plan de estudio y la ley.

10.  Ser atendido y escuchado para justificar la ausencia en su jornada de trabajo.

11.  Derecho a la libertad de expresión, libertad de culto o de creencia según el Artículo 18,19 de la Constitución Política de colombiana. 

12.  Los demás establecidos o que se establezcan en el futuro.

                  

FUNCIONES DE LOS DOCENTES DE DISCIPLINA SEMANAL.

  1. Llegar al establecimiento 15 minutos antes de iniciar la jornada escolar para controlar el ingreso, los uniformes y comportamiento de los estudiantes.
  2. Realizar reunión general de alumnos, para dar información o para hacer observaciones a todo el personal, cuando las circunstancias lo ameriten. Esta actividad se hará el primer día hábil de la semana.
  3. Solicitar al coordinador la autorización para enviar grupos para la casa cuando se adelanten clases o cuando las circunstancias así lo ameriten.
  4. Realizar con sus estudiantes, el aseo general de la Institución y controlar el aseo de los salones y el cuidado de los enseres y elementos de aseo. Esta actividad se hará en un tiempo de cinco (5) minutos después de cada descanso.
  5. Resolver los casos de indisciplina que se presenten en las respectivas jornadas en coordinación con el director de grupo respectivo.
  6. Tocar el timbre para la entrada y salida de la jornada escolar y para el cambio de cada una de las clases.
  7. Informar al coordinador las irregularidades que se presenten en los descansos con relación a la vigilancia de los espacios pedagógicos por parte de los docentes.
  8. Realizar una cartelera donde se consolide y divulga el valor de la semana.

 

FUNCIONES DEL DIRECTOR DE GRUPO

1.    Planear, dirigir y orientar planes de formación personal que busquen como objetivo primordial el desarrollo personal de su grupo para formar ante todo personas de bien.

2.    Establecer comunicación permanente con los docentes y padres de familia o acudiente para conocer todo lo referente al comportamiento y formación de los alumnos de su grupo.

3.    Diligenciar las fichas de control y seguimiento que se lleven en la institución.

4.    Estructurar con sus estudiantes el proyecto de aula.

5.    Acompañar y organizar a sus estudiantes en actividades académicas, cívicas, culturales y deportivas.

6.    Presentar los informes académicos y formativos de los estudiantes a los padres de familia.

7.    Ser mediador en las situaciones especiales que se presenten en el proceso formativo de los estudiantes.

8.    Velar, diariamente, por el buen estado del mobiliario de su grupo y por el aseo del salón. Responder por lo que se le entrega al principio de año.

9.    Informar con anticipación a la coordinación sobre las llegadas tardes, el rendimiento académico grupal e individual de los estudiantes del grupo al cual dirige.

10. Conocer la situación personal y familiar de los estudiantes.

11. Sugerir a los Coordinadores la remisión de estudiantes al maestro orientador.

12. Cumplir y hacer cumplir el Manual de Convivencia de la institución.

MEDIO DE INFORMACIÓN

La institución educativa La Esmeralda tiene como política los siguientes medios de comunicación con los padres de familia:

1.    Wasap

2.    Llamadas por celular.

3.    Citación.

4.    Información directa.

5.    información de grupo y general.

6.    Plataforma.

7.    Visita domiciliaria.

8.    Notas informativas en el cuaderno

 

FUNCIONALES DOCENTE ORIENTADOR

 

1.    Participa en la formulación, revisión y actualización del Proyecto Educativo Institucional, del Plan Operativo Anual y del Programa que promueve ambientes escolares adecuados para el desarrollo humano de los estudiantes y su integración con los demás estamentos y grupos.

 

2.    Colaborar en la creación de un adecuado clima organizacional favorable para los procesos académicos y administrativos.

 

3.    Promover y evaluar la convivencia institucional y la resolución pacífica de los conflictos

 

4.    Atiende la consulta personal sobre aspectos psicológicos y sociales demandados por estudiantes y padres de familia.

 

5.    Identifica y diagnosticar factores de riesgo psicosocial que afectan la vida escolar de los estudiantes y propone estrategias de intervención.

 

6.    Diseña e implementar estrategias de orientación vocacional y desarrollo de carrera.

 

7.    Diseña y pone en marcha la escuela de padres para apoyar a las familias en la orientación psicológica, social y académica de los estudiantes.

 

8.    Promueve el buen trato y las relaciones armónicas entre los miembros de la comunidad Educativa.

 

9.    Establece relaciones con distintas instituciones para intercambiar experiencias y recibir apoyo en el campo de la orientación escolar.

 

 

FUNCIONES DEL PERSONERO

1.    Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna de la Institución.

2.    De común acuerdo con los coordinadores y docentes realizar actividades recreativas, deportivas y culturales que busquen la integración Institucional e interinstitucional.

3.    Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre las lesiones a sus derechos.

4.    Presentar al Rector o Coordinador según sus competencias, las solicitudes o peticiones que considere necesario para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

5.    Apelar al Consejo Directivo cuando sea necesario, las decisiones del Rector o Coordinador respeto a las peticiones solicitadas por su intermedio.

6.    Liderar programas de protección de los bienes y enseres de la institución.

7.    Desarrollar estrategias de convivencia democrática y la resolución pacífica de los conflictos en la institución.

8.    Interactuar con otros personeros y actores locales (funcionarios de la administración municipal).

9.    Formular proyectos y gestionarlos para el mejoramiento de la convivencia institucional.

10. Participar en las redes municipales, subregionales y departamentales de personeros estudiantiles.

 

LOS JUECES DE PAZ ESCOLAR

Son niños, niñas y/o adolescentes electas dentro de cada institución o centro educativo, que ayudan a impulsar la cultura de paz en el entorno escolar, promoviendo el dialogo, la mediación, la colaboración y la reconciliación como métodos efectivos para solucionar los conflictos que en el día a día pueden presentarse y que pueden impedir el normal desarrollo del proceso de formación personal, familiar, académico y social de los niños, niñas y adolescentes.

 

DESEMPEÑO DE LOS JUECES DE PAZ ESCOLARES EN LA GESTION ESCOLAR:

 

En el contexto del establecimiento educativo, la figura de los Jueces de Paz Escolares será un elemento primordial para la transformación de los establecimientos educativos en un entorno de paz y sana convivencia. Los Jueces de Paz Escolares serán los encargados de promover prácticas que busquen la consolidación de una cultura de paz, y la generación de soluciones amistosas, imparciales, equitativas y justas a los conflictos o diferencias que puedan suscitarse.

 

PERFIL DE LOS ASPIRANTES A JUECES DE PAZ ESCOLARES:

Los candidatos a jueces de paz escolares deberán cumplir como mínimo, con el siguiente perfil:

 

a.  Estudiantes con capacidad de liderazgo, propositivos, respetuosos de la

     convivencia escolar.

b.  No haber incurrido en situaciones tipo I, II y tipo III de que trata Ia ley 1620

     de 2013 y/o determinadas en el Manual de Convivencia y los sistemas

     propios adoptados por el establecimiento educativo.

c.  Tener reconocimiento dentro de Ia comunidad educativa por ser respetuoso

     con los estudiantes y demás miembros de Ia comunidad educativa.

d.  Tener sentido de pertenencia por el establecimiento educativo que representa.

e.  Tener habilidad para escuchar a los demás.

f.   Tener habilidad para entender de manera serena al otro.

g.  Tener habilidad para permanecer neutral ante situaciones adversas o difíciles.

h.  Ser una persona amistosa y accesible.

i.   Tener habilidad para buscar soluciones

j.   Generar credibilidad en los demás.

 

Los Jueces de Paz Escolares deben ser personas que escuchen activamente, identifiquen el problema, evidencien las causas y consecuencias que han generado los diferentes comportamientos de los involucrados en el conflicto.  Deben permanecer en constante dialogo y promover soluciones con objetividad e imparcialidad, generando confianza y credibilidad.

 

En este sentido, los Jueces de Paz Escolares deben procurar ser justos y nunca deben juzgar, por el contrario, deben facilitar que las partes encuentren una solución a sus diferencias, actuando siempre bajo el acompañamiento, supervisión y seguimiento de profesionales de cada institución educativa.

 

REQUISITOS PARA SER JUECES DE PAZ ESCOLARES.

 

a.  Que sean estudiantes que se encuentren matriculados en el establecimiento
     educativo.

b.  Que conozcan del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Manual de

     Convivencia.

c.  Que se inscriban oportunamente según el procedimiento establecido para su
     elección y/o designación.

d.  Que presenten una propuesta asociada al desempeño de sus funciones
     como Jueces de Paz Escolares, la cual sera publicada en las carteleras del
     establecimiento educativo y a través de los demás medios de comunicación
     que posea el mismo.

 

PROCESO DE ELECCION.

1. Los docentes directores de grupo realizarán una sensibilización a sus
    estudiantes sobre Ia figura de Jueces de Paz Escolares, con el objetivo de
    motivar Ia participaci6n de los estudiantes.

2.  Todos los estudiantes que deseen participar y cumplan con el perfil de
     Jueces de Paz Escolares, se inscribiran con el docente director de grupo,
     quién remitirá el listado al Comité Escolar de Convivencia.

3. Cada grupo elegirá democráticamente uno de los estudiantes postulados
    como Juez de Paz Escolar; ganará el estudiante que obtenga el mayor
    número de votos.

4. Cada establecimiento educativo podrá seleccionar un representante de los

Jueces de Paz Escolares ante el Comité de Convivencia Escolar.

5. La elección se realizará el día que Ia institución educativa determine para el
    efecto.

 

PARAGRAFO 1: El rector/director del establecimiento educativo debe levanter un acta de Ia elección donde conste los nombres completos y datos de contacto de los candidatos y el número de votos obtenidos per cada uno. Dicha acta debe enviarse a Ia Secretaria de Educación y a Ia Secretaria de Gobierno Departamental, a través de las secretarias de educación municipales. El acta de elección debe ser firmada por el rector/director del establecimiento y los candidatos participantes en la elección.

 

INCENTIVOS A LA PARTICIPACION

Las actividades de los Jueces de Paz Escolares, en virtud del Artículo 39 del Decreto 1860 de 1994, pueden ser validas para los Grados 10 y 11 como parte del Servicio Social Estudiantil, siempre que los Jueces de Paz Escolares acrediten el cumplimiento de sus funciones.

 

COMPROMISOS   DE   LOS   ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS FRENTE AL EJERCICIO DE LOS JUECES DE PAZ ESCOLARES.

 

a.  Propiciar las condiciones y los escenarios para que los Jueces de Paz
     Escolares pueda realizar sus funciones y garantizar una gest& exitosa.

b.  Los establecimientos educativos deberán incorporar Ia figura del Jueces de
     Paz Escolares en el PEI y en el Manual de Convivencia respectivo.

c.  El proceso de elección e institucionalización de Ia figura del Jueces de Paz
     Escolares tendrá una intencionalidad pedagógica y formativa para garantizar
     el desarrollo integral de Ia convivencia escolar.

d.  Realizar un acta del proceso de elección del Jueces de Paz Escolares en Ia
     cual conste las personas postuladas, número de votos obtenidos por
     candidato y sus propuestas de trabajo. Posteriormente se remitira copia a Ia
     Secretaria de Gobierno de Antioquia y a Ia Secretaria de Educación de
     Antioquia.

e.  Brindarle   orientación   pedagógica, apoyo y acompañamiento a   los
     estudiantes elegidos, a trues de una comisión de convivencia escolar
     adscrita al Comité Escolar de Convivencia, Ia cual facilitará el ejercicio de sus
     funciones como Jueces de Paz Escolares para Ia ejecución de su plan de trabajo.

f.  Apoyar la figura del Jueces de Paz Escolares en la comunidad educativa,
    orientando y sistematizando un ejercicio pedagogico de sensibilización,
            divulgación y comprensión de las funciones, a través de jornadas
            pedagógica en donde participen los estamentos del Gobierno Escolar y el
            Comité Escolar de Convivencia.

 

COMISION ADSCRITA AL COMITE DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Con el objetivo de garantizar Ia implementación de Ia figura de Jueces de Paz Escolares, cada establecimiento educativo procurará crear una comisión adscrita al Comité de Convivencia Escolar que apoyará el desempeño de las funciones de los Jueces de Paz Escolares de cada establecimiento educativo. La Comisión estará integrada cuando menos, por:

a.  El docente orientador

b.  Los Jueces de Paz Escolares

 

SANCIONES.

Sin perjuicio del reconocimiento de aplicación del debido proceso, con relación a su condición de estudiante, los Jueces de Paz Escolares les serán aplicables las normas establecidas en el Manual de Convivencia de su establecimiento educativo.

 

PERDIDA DE INVESTIDURA.

La calidad de Jueces de Paz Escolares se perderá, por:

a.  Incumplimiento de sus funciones, obligaciones y deberes como Jueces de
     Paz Escolares.

b.  Por incurrir en situaciones tipo I, II y tipo III establecidas en el Manual de
     Convivencia del establecimiento educativo, previo el agotamiento del debido
     proceso en el establecimiento educativo y Ia respectiva comunicación
     enviada a la Secretaria de Educación Departamental y Secretaria de
     Gobierno Departamental.

 

SUSTITUCION.

Cuando un Juez de Paz Escolar sea destituído o se genere ausencia permanente, se designará como Juez de Paz Escolar a quién obtuvo Ia segunda mayor votación durante el proceso electoral, debiendose surtir todo el proceso normal de posesión y comunicación de Ia sustitución a la Secretaria de Educación y Secretaria de Gobierno Departamental.

FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE CURSO

  1. Ser parte del consejo estudiantil.
  2. Mediar ante el conflicto.
  3. Servir de apoyo a los docentes y al personero.
  4. Velar que los derechos de sus compañeros no sean vulnerados.
  5. Colaborar con sus compañeros a superar las dificultades académicas.
  6. Transmitir las informaciones a tiempo y con claridad.
  7. Informar al Director de Grupo de anomalías en el grupo.
  8. Representar al grupo en todos los eventos que se requieran.
  9. Asistir a las reuniones del Consejo Estudiantil convocadas por el personero y autorizadas por el Rector.

 

EL NOVIAZGO EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

 

CORTE CONSTITUCIONA: NOVIAZGOS SÍ, PERO SIN INDISCIPLINA

 

Tres magistrados dictaron sentencia: noviazgos sí, pero sin escándalos. Los estudiantes son tan libres al elegir pareja como los colegios autónomos al aplicar sus códigos de disciplina.

 

Antonio Barrera Carbonell, presidente de la Corte y ponente del fallo, explicó a EL TIEMPO que un noviazgo en un colegio debe respetar los estatutos.

 

Si una relación afecta la disciplina de un colegio, el problema ya es otro. No porque haya un noviazgo sino porque se incurre en actos de indisciplina, sostuvo.

 

Libertad La tesis de los magistrados es que los colegios no pueden prohibir, en sus reglamentos, los noviazgos entre los estudiantes porque violarían los derechos a la libertad, a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad.

 

Sin embargo, advirtió, los jóvenes deben guardar compostura y buena conducta para no incurrir con su pareja en actos que lleven a la indisciplina y a la mala conducta.

EGRESADOS

La institución educativa reconoce la importancia de la participación de aquellos que terminaron todo el proceso educativo y recibieron su grado como bachilleres académicos; por ello, proporcionará los espacios para el encuentro de las distintas promociones, buscando crear una estructura organizativa dentro de la cual se vinculen todos aquellos egresados interesados.

Los egresados son figuras valiosas dentro de la comunidad educativa, pues su experiencia puede contribuir a generar una propuesta más acorde con las realidades culturales, profesionales y tecnológicas contemporáneas, haciendo que la propuesta y el proyecto educativo institucional sean más válidos y eficaces.

DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

 

1.    Conocer y llevar a la práctica el Manual de Convivencia o Reglamento de la Institución Educativa La Esmeralda.

2.    Practicar las virtudes sociales, la solidaridad humana, el altruismo, la honradez, la justicia, la sinceridad, la tolerancia, el respeto, y la responsabilidad como base de la convivencia pacífica y armónica.

3.    Abstenerse de utilizar el nombre de la institución en cualquier actividad o acto público sin la autorización del rector o sus delegados.

4.    Conocer y respetar el cumplimiento del debido proceso para resolver problemáticas académicas y comportamentales.

5.    Mantener una excelente higiene y presentación personal.

6.    No ingresar ni consumir alimentos ni bebidas a las aulas de clase, excepto agua.

7.    Evitar participar en actos que atenten contra el bienestar y la seguridad de la comunidad educativa.

8.    Entrar y salir de la institución por las puertas adecuadas para tal fin.

9.    Portar los uniformes de acuerdo al horario y a las normas establecidas por la institución. Deben ser utilizados únicamente para asistir a la institución y a los actos públicos que convoque la Institución Educativa La Esmeralda.

10. Responder por todos los daños que ocasione en los enseres del establecimiento.

11. Mantener una excelente compostura en todos los eventos y sitios de la institución.

12. Respetar, aceptar los símbolos patrios, los recursos naturales, las costumbres, las tradiciones culturales y la multietnicidad de la Institución Educativa La Esmeralda y del país.

13. Representar digna y responsablemente a la institución en las participaciones religiosas, cívicas, culturales, deportivas, tanto en las aulas de clases como en actividades comunitarias.

14. Solidarizarse con los problemas de las familias, de la comunidad educativa y del país, así como en la búsqueda y en la participación de soluciones de los mismos.

15. Proveerse oportunamente de los implementos necesarios para las actividades académicas programadas en la institución y hacer un buen uso de ellos.

16. Ser puntual a la jornada escolar, a las horas de clases y a los actos públicos o de comunidad citados por la Institución Educativa La Esmeralda.

17. Cumplir oportunamente con las tareas, talleres, evaluaciones y demás actividades programadas por los docentes de la Institución Educativa.

18. Acatar y no interrumpir los horarios de clases salvo por la autorización del rector o coordinador.

19. Evitar el uso de grabadoras, radios, celulares y otros elementos similares en la Institución Educativa La Esmeralda que perturben el trabajo académico y armónico de la institución, salvo en descanso y moderado.

20. Participar activamente en el mantenimiento del aseo y uso adecuado de los sanitarios.

21. Elegir democráticamente para el cargo de personeros, contralor, miembro del Consejo de Estudiantes y Representante de Grupo.

22. Respetar los objetos ajenos y entregar los encontrados en la rectoría, coordinación o directamente a su dueño.

23. Evitar los juegos de azar en el establecimiento.

24. No consumir, traficar ni portar sustancias psicoactivas o licores.

25. No portar armas de fuego, objetos corto punzantes ni pólvora dentro de la institución educativa.

26. No traer ni portar en la institución educativa objetos de alto valor económico (joyas, celulares, portátiles etc.). En caso de pérdida la institución no se hace responsable.

27. No quebrar envases o recipientes de vidrio ni lanzar objetos que puedan atentar contra la integridad de las personas.

28.  No arrojar basuras al suelo y depositarla en los lugares asignados para ello.

29. No hacer fraude en evaluaciones, calificaciones y documentación personal y/o de la institución.

30. Informar a los padres de familia y/o acudientes oportunamente de los días y las horas de las reuniones programadas, así como cuando sean requeridos en la institución.

31. Ser sincero reconociendo los aciertos y fallas en el comportamiento personal y en el rendimiento académico.

32. Solicitar oportuna y respetuosamente los permisos para ausentarse de la institución responsabilizándose de las actividades que se desarrollen en su ausencia.

33. En caso de inasistencia presentar la excusa respectiva firmada por el padre de familia o acudiente al coordinador y a los distintos profesores. 

34. Obedecer los toques reglamentarios de timbres o en su defecto de la campana.

35. Permanecer durante los descansos en los lugares designados para tal fin y no en los salones, salvo previa autorización.

36. Devolver los materiales como libros, útiles y demás enseres que se le presten en las mismas condiciones que le fueron prestados.

37. Denunciar a cualquier compañero(a) que ingrese a la institución educativa armas o sustancias que atenten contra la salud o la vida.

38. Asistir a su respectiva jornada de clase después de que escampe la lluvia o el aguacero.

39. Asumir la sanción como una estrategia pedagógica que permita mejorar su comportamiento en la Institución.

40. Cumplir con la asignación del servicio social (jardinera, limpieza, decoración, recuperación de pupitres, orientación a equipos deportivos etc.)  en la Institución, la cual debe ser desarrollada, los días sábados, domingos, festivos o en la jornada contraria de tal manera que no afecte su jornada escolar. 

 

 

DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

 

1.    A recibir una educación integral que permita el desarrollo de su personalidad.

2.    A conocer sus derechos y deberes como estudiante de la Institución Educativa La Esmeralda.

3.    A que se le respete el debido proceso para resolver conflictos académicos y/o de convivencia.

4.    A recibir un trato digno y respetuoso de cada uno de los miembros de la comunidad educativa sin ningún tipo de discriminación.

5.    A tener descansos pedagógicos de acuerdo con la jornada escolar y al horario establecido en la Institución Educativa.

6.    A ser escuchado por los miembros de la comunidad educativa ante sus inquietudes y sugerencias.

7.    A recibir información amplia, clara y oportuna sobre las actividades académicas y todas las demás de carácter institucional.

8.    A que se cumpla con puntualidad la jornada académica.

9.    A que se le respeten sus pertenencias.

10. A recibir el carné estudiantil desde el inicio del año escolar.

11. A elegir y ser elegido democráticamente para el cargo de Representante de Grupo, Personero, Contralor, miembro del Consejo Directivo y/o Consejo de Estudiantes.

12. A expresar libre y respetuosamente sus manifestaciones culturales, religiosas, deportivas, artísticas, científicas y tecnológicas, tendencias sexuales, entre otras.

13. A estar y sentirse seguro de manera integral dentro de la institución educativa.

14. A tener un pupitre en buen estado, así como un salón aseado y adecuado que le facilite su rendimiento escolar.

15.  Ser estimulado y beneficiado por la institución frente a los logros académicos, deportivos, culturales y cívicos obtenidos.

16.  A recibir una formación religiosa, ética y moral adecuada bajo el principio del respeto a la diversidad.

17. A asistir a clase después de escampar la lluvia (aguacero).

18. Si es del caso, a recibir los alimentos del restaurante escolar de una forma adecuada y bajo los parámetros del buen trato e higiene.

19. A disfrutar de las jornadas lúdicas, deportivas y culturales que programe la institución educativa para el mejoramiento de la convivencia escolar.

20. Al respeto a la vida íntima siempre que no afecte el normal desarrollo de la vida institucional.

21. A ser informado con anticipación sobre las tareas académicas y las evaluaciones.

22. Todos los consagrados por la ley colombiana.

 

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

1.    Los padres de familia tienen la obligación de instruir y apoyar la educación en la escuela por mandato Constitucional y Articulo No.7 Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación).

2.    Exigir y velar porque sus hijos e hijas cumplan el Manual de Convivencia de la Institución Educativa La Esmeralda.

3.    Integrar al proceso educativo sus hijos e hijas en la escuela o institución formalizando y renovando anualmente la matricula, en las fechas establecidas por la institución.

4.    Suministrar a sus hijos e hijas todas las experiencias y medios que garanticen su educación.

5.    Evitar que sus hijos e hijas porten y vengan a la institución a recibir clases con alhajas, celulares, tabletas u objetos de alto valor económico.

6.    Informar oportunamente al rector sobre las causas del retiro de sus hijos e hijas de la institución y proceder a cancelar la respectiva matricula.

7.    Asistir a todas las reuniones y eventos a los que sean citados o solicitados.

8.    Responder por los daños causados por su hijo en la institución o fuera de ella.

9.    Colaborar con la asistencia puntual de sus hijos a las clases y actos de comunidad.

10. Enviar a sus hijos e hijas organizadas y limpias a la institución.

11.  Inculcar a hijos e hijas el respeto y el sentido de pertenencia por la institución y comunidad educativa.

12.  Dar permiso por escrito en la cual este acepté el desplazamiento de su hijo a tal actividad y actué bajo su responsabilidad, esto para los eventos de actividad pedagógica como ir a paseos fuera de la cabecera municipal, ir a piscina y otras que impliquen alto riesgo.

13. Informar oportunamente las causas de inasistencia de sus hijos e hijas a clases, utilizando los diferentes medios de comunicación.

14. No mandar a la institución en estado de embriaguez a sus hijos e hijas.

15. No presentarse en estado de embriaguez a la Institución Educativa La Esmeralda a reclamar o a informarse acerca de sus hijos e hijas.

16. Dirigirse respetuosamente a las autoridades educativas de la institución.

17. Verificar que todos los útiles y objetos que porten sus hijos e hijas sean de su pertenencia de lo contrario informar a la institución.

18. Aportar la documentación requerida en el momento de la matrícula y otras que, por ley, les sean asignadas.

19. Incluir a los niños en el sistema de salud y de seguridad social y llevarlo en forma oportuna a los controles de vacunación y demás servicios médicos 

20. Promover en los niños el ejerció responsable de los derechos sexuales y reproductivos y colaborar con la Institución sobre este tema.

21. Abstenerse de realizar todo acto y conducta que implique maltrato físico, sexual o psicológico y asistir a los centros de orientación y tratamiento cuando sea requerida.

22. Abstenerse de exponer a los niños, niñas y adolescentes a cualquier tipo  de explotación.

23. Prevenir y mantener informado sobre los efectos nocivos del uso y consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales

24. Dar un trato digno e igualatorio a los niños con discapacidad y generar condiciones de equidad, de oportunidades y autonomía para que puedan ejercer sus derechos.

  1. A aportar alternativas de solución a los problemas y necesidades del establecimiento y de los hijos.
  2. Hacer buen uso de los auxilios que da el establecimiento para beneficio de ellos.

 

 

 

DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES

1.    Los consagrados en la Constitución, la Ley 115 de 1994 y decretos reglamentarios y el Proyecto Educativo Institucional.

2.    Ser atendido con cortesía por los integrantes de los diferentes estamentos de la Institución Educativa La Esmeralda en un dialogo abierto que favorezca la orientación de su hijo.

3.    Ser informado y comunicado sobre los procesos académicos y comportamentales de sus hijos e hijas.

4.    Solicitar por parte de la institución informes, certificados y constancias de estudios de sus hijos e hijas.

5.    Participar en las diferentes actividades organizadas por la institución o padres de familia.

6.    Presentar reclamos justos y respetuosos dentro del tiempo fijado por las normas establecidas.

7.    Exigir el cumplimiento del debido proceso hacia sus hijos e hijas expreso en el PEI y Manual de Convivencia de la institución.

8.    Elegir y ser elegido en los diferentes órganos del gobierno escolar a que tiene derecho (Asociación de Padres de Familia, Consejo de Padres y Consejo Directivo).

9.    Exigir una educación de calidad, integral armónica y humanista de acuerdo a los avances que ofrece el siglo actual.

10. Obtener información y conocimientos oportunos sobre el P. E. I.

11. Participar en la construcción del Proyecto Educativo Institucional Institución Educativa La Esmeralda.

12. Recibir formación y orientación familiar (escuela de padres, Psicorientación)

FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

1.    Tomar las decisiones que fortalezcan la Institución

2.    Servir de Instancia para resolver los conflictos que se presenten entre Docentes y Administrativos, con los Alumnos de la Institución después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia

3.    Adoptar el Manual de Convivencia

4.    Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de Nuevos Alumnos

5.    Asumir la Defensa y Garantía de los Derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.

6.    Adoptar el Plan de Estudios e Intensidad Horaria aprobado por el Consejo Académico

7.    Participar en la Planeación, Reorganización, Ajustes y Evaluación del Proyecto Educativo Institucional

8.    Adoptar el Proyecto Educativo Institucional y su inscripción en la Secretaria de Educación

9.    Estimular, Controlar y Evaluar periódicamente el buen funcionamiento de la Institución Educativa 

10. Establecer Estímulos y Sanciones para el buen Desempeño Académico y Social del alumnado, incorporándose al Manual de Convivencia

11. Adoptar el valor de los Derechos Complementarios de los Alumnos de la Institución, teniendo en cuenta: Nivel Escolar, Nivel Socioeconómico y Situaciones Especiales Familiares  

12. Recomendar Criterios de Participación de la Institución en Actividades Comunitarias, Culturales, Deportivas y Recreativas.

13. Establecer el Procedimiento para permitir el uso de las instalaciones y bienes de la Institución en la realización de Actividades Educativas, Culturales, Recreativas, Deportivas y Sociales de la Comunidad Educativa

14. Aprobar el presupuesto de Ingreso y Gastos de los recursos propios y de los provenientes de auxilios o donaciones hechas a la Institución.

15. Promover las Relaciones de tipo Académico, Deportivo y Cultural con otras Instituciones Educativas y la Conformación de Organizaciones Juveniles.

16. Darse su propio reglamento.

FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO

1.    Servir de órgano consultor al Consejo Directivo en la reunión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.

2.    Estudiar e introducir las modificaciones necesarias al Currículos de acuerdo a las necesidades y orientaciones dadas en el Proyecto Educativo Institucional

3.    Organizar y aprobar el Plan de Estudios introduciéndoles los nuevos   requerimientos pedagógicos como los Estándares, Competencias y Metas de calidad 

4.    Participar en la Evaluación Institucional Anual

5.    Nombrar, organizar e integrar las comisiones de Evaluación y Promoción quienes decidirán la promoción académica de los estudiantes.

6.    Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación académica que realizan los docentes de cada área.

 

FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL

 

1.    Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes por parte de la administración institucional y docentes de la institución.

2.    Invitar a los alumnos a que presenten iniciativas que vayan en pro del mejoramiento académico de la Institución

3.    Promover la divulgación impresa o magnética del Manual de Convivencia en toda la institución.

4.    Dar su propia organización interna.

5.    Elegir representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo de la institución y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.

6.    Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil, y

7.    Promover la cultura, hacerse presente en la organización y realización de actos y proyectos culturales, así como difundir el respeto, colaboración y participación activa de todos los estudiantes, teniendo así una óptima representación de la comunidad estudiantil.

8.    Adelantar campañas de aseo, respeto, convivencia social, apoyo al Manual de Convivencia, y al P.E.I., mediante metodologías apropiadas y siguiendo las orientaciones de los directivos de la institución, educadores, el P.E.I. y el Manual de Convivencia.

9.    Realizar un informe mensual a Rectoría, y coordinadores detallando las actividades, resoluciones que se desarrollaron durante ese tiempo. Este informe es de carácter obligatorio y se denominará evaluación periódica.

10. El consejo estudiantil debe estar al tanto de la actuación de las selecciones de deportes y demás representantes de la institución dentro y fuera del plantel, para informar a los estudiantes y reconocer su destacada actuación ante la comunidad, utilizando medios, tales como el periódico, altavoz de la institución y las carteleras de las sedes.

11. Las demás actividades afines complementarias con las anteriores que le atribuya el Manual de Convivencia.

 

FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR

 

0.    Ejercer control al cumplimiento de los deberes y derechos humanos de los diferentes estamentos de la comunidad educativa.

 

1.    Velar porque las normas, la Constitución Política y el Manual de Convivencia Escolar se cumplan a cabalidad.

 

2.    Diseñar y aplicar estrategias pedagógicas de convivencia escolar que conlleven a la reflexión, el análisis y al cambio de actitud en la comunidad educativa.

 

3.    Tomar decisiones tendientes a la corrección de comportamientos sociales que estén afectando la convivencia pacífica y el normal desarrollo de las actividades pedagógicas, administrativas, académicas y el buen nombre de la institución.

 

4.    Crear estímulos para aquellas personas que participen y sobresalgan en acciones que favorezcan el medio ambiente de respeto, tolerancia y convivencia escolar.

 

5.    Garantizar el debido proceso en el respeto a los derechos humanos.

 

6.    Remitir los casos especiales de conflictos escolares que lo amerite a instancia superior de acuerdo con la normatividad y el debido proceso.

 

7.    Propiciar desarrollo de actitudes de comprensión y respeto a la multiculturidad y la multietnicidad, prescribiendo los prejuicios y estereotipos discriminatorios en la convivencia escolar.

PLAN DE INCENTIVOS

 

1.    PARA ESTUDIANTES:

ü  Mención de honor.

ü  Izar la bandera.

ü  Eximir de examen final.

ü  Felicitaciones en público.

ü  Sorteo de tableta por cumplir manual de convivencia en las faltas Tipo I

ü  Paseo de la excelencia.

ü  Portátil al mejor resultado en la prueba Saber 11°.

ü   Tableta al mejor desempeño académico en las pruebas Saber 11°

 

2.    PADRES DE FAMILIA:

ü  Sorteo de ancheta en las reuniones generales.

ü  Reconocimiento público por excelente apoyo institucional.

ü  Mención de honor por el compromiso institucional.

ü  Paseo de la excelencia por el estudiante con mejor resultado en las pruebas Saber 11°.

 

3.    DOCENTES:

ü  Reconocimiento público por su excelente desempeño en el año escolar.

ü  Reconocimiento público y detalle por proyecto significativo a nivel local, regional y departamental.

ü  Paseo de la excelencia por el excelente resultado del área en las pruebas Saber 11°.

ü  Celebraciones: Día de la mujer – día del hombre, amor y amistad, Día del maestro, cena navideña.

ü  Paseo de integración.

 

4.    AMINISTRATIVOS – SERVICIOS GENERALES:

ü  Reconocimiento público por su desempeño en el año escolar.

ü  Paseo de integración.

ü  Diploma por su compromiso institucional.

 

5.    DIRECTIVOS DOCENTES:

ü  Reconocimiento público por su excelente desempeño en el año escolar.

ü  Reconocimiento y detalle por proyectos significativos de impacto local, regional, departamental.

ü  Celebración de los cumpleaños.

ü  Detalles al finalizar el año escolar por las metas alcanzadas.

 

 

 

LA CANCELACIÓN DE LA MATRÍCULA

 

Una vez agotados los recursos y realizado el debido proceso que garantice a los estudiantes la protección de sus derechos, la directiva de la institución educativa puede cancelar la matrícula a los estudiantes (en cualquier período del año escolar) que por algún motivo no demostraron una actitud de cambio para cumplir con los compromisos contraídos el día de la matrícula, con las normas del presente Manual de Convivencia o con el Contrato Disciplinario o Pedagógico.

 

Parágrafo: Todo el proceso debe quedar consignado en el libro de disciplina y en la ficha de seguimiento del estudiante.

CAUSALES PARA LA PÉRDIDA DE CUPO.

  1. Por la reincidencia en las faltas disciplinarias Tipo I y Tipo II.
  2. Cuando los estudiantes y los padres de familia no cumplen con los deberes que establece este Manual de Convivencia.
  3. Por no cumplir con las exigencias propias de la matrícula (por el sólo hecho de firmar la hoja de matrícula, el padre de familia y el estudiante se comprometen a cumplir con todas las exigencias del presente Manual de Convivencia y del P.E.I.).
  4. Cuando los estudiantes y padres de familia se encuentren pendientes por concepto de daños a la infraestructura o a su dotación.
  5. Quien de manera reiterada incumpla los lineamientos que corresponda a las faltas Tipo I y Tipo II.

 

EL UNIFORME DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA

 

La Institución Educativa La Esmeralda adopta dos uniformes con el fin de disminuir costos a los padres de familia.

 

1.1.       Uniforme diario para hombres: es el vestuario común a todos los alumnos hombres, con las siguientes especificaciones:

·         Camiseta blanca de manga corta, con cuello y botones. Tiene todos los distintivos que identifican la institución.

·         Jean azul oscuro, sin adornos.

·         Correa negra, sin adornos.

·         Medias blancas, no tobilleras.

·         Zapatos negros de cuero, con cordones negros.

·         En caso de usar camiseta interior deberá ser blanca.

 

Este uniforme debe ir encajado mientras el estudiante se encuentre dentro de la institución.

 

1.2.       Uniforme diario para mujeres: es el vestuario común a todas las estudiantes mujeres, con las siguientes especificaciones:

 

·         Jumper de cuadros verdes y grises con un diseño especifico, se porta a la altura de media rodilla.

·         Camisa blanca de botones, con cuello redondo y manga corta. Al final de la manga lleva una cinta de la misma tela del jumper.

·         Corbatín de la misma tela del jumper.

·         Medias blancas, no tobilleras.

·         Zapatos negros, con cordones negros para el uniforme de diario y zapatos blancos con cordones blancos para el uniforme de educación física.

·         En caso de usar blusas interiores deberán ser blancas.

·         En caso de usar moños, balacas u otros accesorios deberán ser del mismo material del jumper.

 

1.3.       Uniforme de educación física. Es el vestuario que usarán tanto los hombres como las mujeres que estudian en nuestra institución exclusivamente para la clase de educación física o para actos especiales en comunidad. Sus especificaciones son:

 

·         Camiseta blanca, manga corta, cuello en “V” y todos los distintivos que identifican la institución.

·         Sudadera de color verde con todos los distintivos que identifican la institución.

·         Medias blancas, no tobilleras.

·         Tenis de color blanco, sin líneas de otros colores.

 

Este uniforme tiene la posibilidad de ir o no encajado mientras el estudiante se encuentre dentro de la institución.

 

SERVICIOS, ACTIVIDADES Y RESPONSABILIDADES INSTITUCIONALES

 

 

        REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Y CENTRO DE MEDIOS

 

La Biblioteca y el Centro de Medios, ofrecen servicios a los siguientes tipos de usuarios:

 

Usuarios internos:

 

Estudiantes

 

Docentes de cualquier tipo de contratación

 

Empleados, Personal administrativo y servicios generales

 

Usuarios externos:

 

Egresados

 

Padres de familia

 

Toda persona que solicite el servicio de la Biblioteca y sea miembro de la comunidad educativa.

 

Centro de Medios:

 

Usuarios internos:

 

Docentes de cualquier tipo de contratación

 

Empleados, Personal administrativo y servicios generales

 

Estudiantes

 

          Deberes de los usuarios

 

Conocer, respetar y cumplir el reglamento vigente, donde la Biblioteca y el Centro de Medios establecen sus condiciones y normativas para garantizar el servicio.

 

Conocer y respetar los horarios de atención.

 

Mantener los buenos modales y el bajo tono de voz, para aportar a la cultura del silencio propio de estos espacios, con el fin de crear un ambiente propicio de estudio, trabajo e investigación.

 

Guardar respeto a los demás usuarios, personal de la Biblioteca y el Centro de Medios

 

Responsabilizarse del material que la Biblioteca o el Centro de Medios le proporcionen, respetando las fechas establecidas para su devolución y recordando las sanciones establecidas.

 

Dar buen uso al material bibliográfico, didáctico, equipos y mobiliario de la Biblioteca y el Centro de Medios. Esto significa: cuidarlo del maltrato, desplazarse por la Biblioteca y Centro de Medios sin correr, evitar comer alimentos y bebidas

 

Tratar de manera respetuosa a los demás usuarios de la Biblioteca y Centro de Medios

 

Sacar libros o material didáctico con la debida autorización

 

Reservar el material o los espacios con anterioridad.

 

Dejar constancia con su firma del material prestado.

 

Evitar escribir sobre los libros o el material didáctico

 

Lavarse las manos antes de usar los servicios de la Biblioteca o el Centro de Medios.

 

        Registro de usuarios externos: únicamente para préstamo interbibliotecario. La Biblioteca solicitante deberá tramitar por escrito el convenio respectivo. Quedará registrada como tal, al ser aceptada su solicitud por escrito. La vigencia del convenio será según el acuerdo firmado. Los usuarios del convenio deben presentar el carné respectivo de la Institución.

 

Parágrafo. La pérdida o deterioro de alguno de sus elementos obliga a los usuarios a reponerlo o pagarlo en dinero.

 

Préstamo en sala. Se ofrece a los usuarios de la Biblioteca y del Centro de Medios. Para el Centro de Medios opera de la siguiente manera: el usuario solicita el material o manifiesta la necesidad de información y el personal encargado realiza la búsqueda del material solicitado o aquel que pueda aportar a la solución de la demanda y, posteriormente es entregado al usuario. Es requisito esencial para acceder al servicio llenar el formato de préstamo de material.

 

Préstamo externo. Para el préstamo externo en Biblioteca el usuario debe presentar el carnet, el cual será retenido por el tiempo de préstamo. Se ofrece a los usuarios mediante las siguientes modalidades:

 

Préstamo regular. Préstamo de hasta 3 títulos de la colección, según la demanda de consulta de los libros, por lapso de tiempo de 15 días hábiles, prorrogables hasta por 2 veces, en caso de no haber reserva alguna.

 

Préstamo de material de reserva o Referencia: el préstamo de este material es de 3:00 p.m. hasta las 7:00 a.m. del día siguiente.

 

Préstamo especial. Préstamo de materiales a docentes que por motivos de trabajo requiere consultar las obras por un periodo mayor.

 

Préstamo interbibliotecario. Es el préstamo establecido mediante convenios entre bibliotecas e instituciones educativas, públicas y privadas miembros de Grupo.

 

Consulta Telefónica. Se pueden realizar telefónicamente la consulta para la disponibilidad de materiales y evitar desplazamientos.

 

        Consulta e investigación. Permite acceso a los documentos, libros, revistas, folletos, videos, disco, material didáctico, para que el usuario encuentre la información que necesita.

 

        Referencia. Guía y orientación del usuario, en la búsqueda de información bibliográfica y virtual, consiste en ofrecer asesoría, en la búsqueda, ubicación, localización de materiales de la Biblioteca y el Centro de Medios.

 

        Hemeroteca. Se dispone de colección de publicaciones seriadas y periódicas, con temas de actualidad, sobre generalidades y especializadas.

 

        Audiovisuales. Los cd, videos, álbumes y demás materiales que pertenezcan a esta colección están disponibles para consulta en la sala, a domicilio con un riguroso seguimiento.

 

        Internet. Se ofrece como una fuente adicional de información que complementa los recursos disponibles físicamente en la Biblioteca. El uso de internet se autoriza para consulta bibliográficas, de investigación y consulta de otras fuentes de información amplias disponibles desde la web. Es de uso público.

 

        Los requisitos para utilizar estos servicios son:

 

Presentar el carnet institucional

 

Estudiantes traer autorización del docente que le remite

 

Usuarios externos debidamente autorizados

 

Cumplir con el tiempo autorizado para la consulta.

 

        Reserva de material. El material didáctico o salas de Biblioteca se deben reservar con 2 días hábiles a su uso, para permitir la disposición del mismo u ofrecer alternativas en caso de que el material no esté disponible por cualquier razón. Esta reserva se realiza a través del correo electrónico.

 

        Infracciones y Sanciones

 

Las infracciones. Serán consideradas infracciones a este reglamento las siguientes acciones.

 

Retraso en la devolución del material en cualquier soporte

 

Hurto del material en cualquier soporte

 

Pérdida del material prestado

 

Daño o mutilación del material (descoser, rayar, afectar físicamente las propiedades del material o partes del mismo)

 

                Las sanciones.

 

Multa por cada día y hora de retraso en la devolución del material prestado, la cual empieza a regir a partir del siguiente día vencido, según tarifa establecida por la Dirección Administrativa.

 

Quien tenga en préstamo un material de la Biblioteca o del Centro de Medios, se hace responsable de la devolución del material que figura a su nombre y del importe correspondiente en caso de extravío

 

Quien fuera sorprendido con material de la Biblioteca o del Centro de Medios, retirado ilegalmente, será informado a la Coordinación Académica, según el caso.

 

Las multas y reposiciones del material extraviado, deberán cancelarse en cartera. Para efectos de paz y salvo.

 

Quien consuma alimento, o tenga un comportamiento que altere el normal funcionamiento de la Biblioteca o el Centro de Medios, será retirado del lugar.

 

        Colecciones

 

                Biblioteca

 

               Colección General. A esta colección corresponde la mayoría de libros de la Biblioteca, no cuentan con ninguna política especial para préstamo a domicilio. Constituida por textos y obras de consulta.

 

               Colección Referencia. Esta colección comprende los volúmenes que corresponden a enciclopedias, Manuales, Decretos, o leyes que sirvan de referencia para los usuarios; son de consulta rápida, solo es posible usarlos en la sala. Se distinguen por tarjeta que dice “Este libro no sale de Biblioteca”.

 

               Colección Hemeroteca. Esta colección comprende las revistas, documentos y publicaciones periódicas o seriadas que recibe la Biblioteca por concepto de suscripciones.

 

               Colección en Videoteca. Esta colección corresponde a CD, DVD, y enciclopedias. Tiene estrictos controles de acceso para consulta y préstamo.

 

               Colección Reserva. Está constituido por aquellos libros de colección general correspondientes a temas de diversas áreas del conocimiento que son único, otros por su alto volumen e consulta requieren de un tratamiento y un préstamo especial, garantizando un estricto control de los mismos, el préstamo de esta colección está restringido un horario especial.

 

               Colección de Bibliobanco. Es un sistema de utilización de textos escolares, prescritos en el plan de estudio y adquiridos por el Colegio previa aprobación del Consejo Académico de acuerdo con lo establecido en el PEI. Su finalidad es ofrecer a los estudiantes soporte pedagógico. Debe ser renovado periódicamente.

                Centro de Medios

 

Material didáctico. Esta colección tiene como finalidad poner a disposición de los miembros de la Comunidad Educativa los diferentes recursos didácticos que integran el Centro de Medios como: (juegos, disfraces, calculadoras, álbumes, mapas, etc).

 

          Horarios de Servicio. Los horarios de servicio de la Biblioteca y del Centro de Medios se ajustarán a las necesidades específicas de la Comunidad Educativa. Los cambios en los horarios de servicio se informarán oportunamente. No obstante, el horario general es el siguiente: de 8:00 am. A m12:00pm. Y de 2:00 a 6:00 pm.

 

DEBERES DE LAS MANIPULADORAS DE ALIMENTO

  1. Utilizar adecuadamente la dotación respectiva como el gorro, el delantal, guantes y el tapaboca, cuando se esté en el restaurante.
  2. Garantizar una buena y excelente preparación de los alimentos.
  3. Ser puntual al preparar los alimentos.
  4. Distribuir adecuadamente la merca de manera que no se desperdicie los alimentos.
  5. Servir los alimentos completos utilizando los respectivos utensilios.
  6. Conservar los alimentos en buen estado.
  7. Mantener los implementos de cocina en buen estado y aseados.
  8. Mantener la cocina y el restaurante en buenas condiciones de orden, aseo e higiene.
  9. Tratar con respeto y cortesía a los beneficiarios del restaurante.
  10.  No se debe utilizar accesorios como anillos, pulseras, reloj y otros.
  11. Se debe ajustar al uso del menú estipulado por el I. C. B. F.
  12. Presentar certificado médico.
  13. No proferir comentarios contra los miembros de la comunidad educativa.
  14. No disponer de ningún elemento del restaurante sin ser autorizado por los administrativos.
  15. Evitar la confianza con profesores, estudiantes y padres de familia en el lugar de trabajo.

 

DERECHOS DE LA MANIPULADORA DE ALIMENTOS

  1. A recibir un trato cortes por parte de la comunidad educativa.
  2. A recibir una bonificación puntual por el servicio prestado.
  3. A recibir una dotación completa y en buen estado.
  4. A tener en la cocina los alimentos respectivos.
  5. A permisos remunerados
  6. A no ser discriminado por razón de sus creencias religiosas o políticas, raza, sexo o condición social.
  7. Capacitación permanente en cuanto a las prácticas higiénicas.

 

        RESTAURANTE

 

La institución ofrece el servicio de alimentación a sus estudiantes, donde se utilizan las técnicas adecuadas para el manejo de los alimentos y de control nutricional.

 

      Normas

 

                Llegar a tiempo según el horario establecido.

 

                Lavarse las manos antes de ingresar al Restaurante.

 

                Respetar los turnos de atención.

 

                Seguir las normas de urbanidad que deben tenerse en el comedor.

 

REGLAMENTO DE LA EMISORA

 

Ø  Solo entra el personal autorizado o quien haya pedido permiso.

Ø  No consumir bebidas ni alimentos dentro de la emisora.

Ø  No se prestan los implementos técnicos sin autorización del rector.

Ø  Hacer buen uso de los equipos.

Ø  Mantener el lugar en buen estado.

Ø  No hacer interrupciones cuando se esté grabando.

Ø  No tocar los equipos (solo el personal autorizado).

 

 

        LABORATORIOS DE CIENCIAS NATURALES

 

La experimentación es uno de los pilares en la enseñanza de las ciencias naturales.

 

          Normas

 

Toda actividad del Laboratorio requiere uso del delantal: limpio, planchado y botonado.

 

Todo daño causado por uso indebido de los materiales del Laboratorio, es responsabilidad del estudiante.

 

Para poder hacer cualquier actividad experimental se debe leer previamente la guía.

 

En el Laboratorio está prohibido el consumo de alimentos y bebidas.

 

En caso de incidente o accidente con los materiales utilizados, se debe notificar al profesor y coordinador.

 

Al finalizar la práctica, el Laboratorio debe quedar limpio y ordenado.

 

 

        PRIMEROS AUXILIOS.

 

La institución cuenta con un comité de prevención de desastre, el cual vela por el cumplimiento de los aspectos básicos para la higiene personal y de salud pública, tales como:

 

          Identificación de factores de riesgo.

 

          Análisis de incidentes y accidentes.

 

          Actualización de mapa de riesgos.

 

          Funcionamiento del comité paritario de Salud Ocupacional.

 

          Actividades de promoción y prevención de la salud.

 

          Capacitación a los diferentes grupos de personas y atención a los diferentes eventos de salud.

 

 

 

        TRANSPORTE

 

El transporte es considerado como un servicio adicional que presta la alcaldía municipal a las familias por períodos escolares; no está diseñado como fuente de ingresos.

 

          En la contratación le exige a la empresa prestadora de servicio, entre otros, los siguientes requisitos:

 

          Puntualidad en los recorridos

 

          Avisar oportunamente a la institución y a las familias, demoras, daños e inconvenientes en la prestación del servicio.

 

          Damas acompañantes en todos los recorridos, quienes tienen como responsabilidad, velar por la calidad del transporte, orientar y acompañar a los estudiantes en las normas correspondientes al uso del servicio.

 

 

 

        Para el funcionamiento de dicho servicio, las damas acompañantes deben acatar todas las disposiciones que se tomen en el Colegio y cumplir las siguientes normas:

 

        Ser muy puntuales en la llegada para iniciar el recorrido.

 

        Avisar oportunamente en caso de no poder asistir al recorrido.

 

        Sin previa autorización del Coordinador de Nivel, no podrán admitir estudiantes diferentes a los de su ruta.

 

        No podrán transportar familiares, personas ajenas a la Institución, ni estudiantes que no estén inscritas en el transporte.

 

        Recogerán a los estudiantes en el sitio previamente acordado con sus padres.

 

        Los conductores no pondrán el vehículo en marcha hasta que los estudiantes se encuentren sentados y con la puerta cerrada.

 

        Harán llamadas de atención por el mal comportamiento de los estudiantes e informarán a la Dirección respectiva, las anomalías que se presenten.

 

        El uso del servicio de transporte es voluntario y, por lo tanto, los padres, las madres de familia, acudiente y el estudiantado al solicitarlo, aceptan las condiciones y normas que para éste se establecen; el transporte escolar prolonga los mismos deberes de la institución

                Estar puntual en la mañana y en la tarde.

 

                No fumar.

 

            No utilizar artículos que impliquen desnormalización o atenten contra el buen comportamiento dentro de la buseta.

 

No sacar las manos ni cabeza por la ventanilla.

 

                No bajarse, ni ponerse de pie cuando la buseta aún está en movimiento.

 

        Hablar en voz baja, no silbar, ni gritar.

 

        No utilizar lenguaje soez verbal o no verbal.

 

        No arrojar basuras dentro de la buseta o por las ventanillas.

 

        No inducir o generar agresiones verbales ni corporales (bullying)

 

        No comer, ni tomar líquido en la buseta.

 

        Ocupar el puesto que le asigna la acompañante de transporte.

 

        El estudiante y sus familias o representantes, deben comunicar por escrito a la empresa transportadora cualquier cambio de dirección para hacer los ajustes necesarios. Si estos son posibles por cupo y ubicación.

 

        La inscripción al servicio de transporte no implica compromiso alguno para la Institución.

 

        En todas las busetas habrá una acompañante encargada del bienestar y la normalización de los estudiantes, por tanto, se deben acatar las indicaciones dadas por ella.

 

        Mantener en buen estado las sillas, vidrios y demás accesorios de la buseta.

 

        Responder por cualquier daño ocasionado al vehículo.

 

        Respetar a las personas que van en la buseta y a los transeúntes.

 

        El reporte entregado a las Direcciones sobre el comportamiento, será tenido en cuenta para la evaluación de normalización.

 

 

POLÍTICAS DE USO DE RECURSOS INFORMÁTICOS.

 

Estas normas se aplican a cualquier equipo o dispositivo que se conecte a la red de la institución, en cualquiera de sus sedes. El respeto por estas normas, las buenas costumbres, el reglamento da la institución, el derecho a la educación, el derecho a la intimidad; debe ser una constante, cuando utilicemos los recursos de la red informática. Se pide a los usuarios el uso racional y consciente de los servicios informáticos. Cualquier daño, falla o abuso, afecta a toda la comunidad, por lo tanto, podría generar sanciones pedagógicas. Para cumplir con este propósito tenga presente, la siguiente normatividad:

 

        Acceso a servicios de red (internet, correo, intranet, información compartida)

 

        El uso de los recursos de red es exclusivo para la Comunidad Educativa, y deben ser utilizados solamente para fines académicos y/o corporativos.

 

        Las actividades académicas como clases, prácticas, tareas, investigaciones y otras, tienen prioridad.

 

        Está totalmente prohibido el ingreso a páginas de contenido pornográfico, descargar programas, descargar música y video. Si para efectos pedagógicos, necesita hacer uso de ellos, debe solicitarlo anticipadamente al personal de Sistemas.

 

        Se prohíbe la utilización de los servicios de radio, televisión y juegos por demanda, es decir directamente desde Internet (online).

 

        Cualquier archivo que reciba por Internet debe ser vacunado para evitar la propagación de virus informático.

 

        No utilice el servicio de correo electrónico para enviar o recibir material de tipo pornográfico (fotografías, chistes e imágenes).

 

        No usar el servicio de correo para enviar o recibir correos masivos.

 

        Envíe correos solo a usuarios que lo necesitan y responda los correos con copia a todos solo cuando sea necesario.

 

        No abra correos que provengan de usuarios desconocidos.

 

        No envíe archivos superiores a 2 megas por el correo electrónico, si es el caso debe comprimirlo o ponerlo en la unidad de usuarios e informarle al destinatario la ubicación del mismo.

 

        Vacune memorias USB y discos duros con frecuencia y cualquier unidad de almacenamiento antes de usarla.

 

        Depure las bandejas de entrada del correo y elementos eliminados, no deje correos por largos periodos de tiempo en el buzón, evite tener información superior a un año almacenada en estas bandejas. Si necesita información específica, guárdela en su disco duro.

 

        Evite el uso de correos gratuitos

 

        No use el Internet o el correo electrónico Institucional para negocio o lucro.

 

Uso de equipos informáticos

 

        No instale software libre o comercial sin ser autorizado por el Colegio, estos podrían generar vulnerabilidad en el buen funcionamiento del equipo y sus programas. El personal de sistemas, instala en cada máquina el software necesario para cada usuario.

 

        No utilice el usuario y la contraseña de otras personas para ingresar a las máquinas, no acceda a información privada de otros usuarios, no modifique ni borre información que no le pertenezca. No debe acceder a las bases de datos administrativas o académicas, sin previa autorización.

 

        Absténgase de modificar la configuración de los equipos, realizar cambios en los programas instalados o intentar violar los esquemas de seguridad definidos en el sistema.

 

No deje encendido el computador sin hacer uso de él por largos periodos de tiempo. Si va a abandonar la máquina, cierre las aplicaciones que están abiertas y bloquee su acceso.

 

Cambie con frecuencia las claves de acceso al equipo y a las aplicaciones, evite compartirlas con otros usuarios.

 

Por ningún motivo, desactive el antivirus.

 

No comparta recursos de su equipo como carpetas, archivos o unidades de almacenamiento para todos los usuarios, seleccione los usuarios que deben tener acceso.

 

Está prohibido reproducir información, música o video para fines comerciales o de distribución.

 

Absténgase de imprimir información personal; de ser necesario, hágalo en el centro de copiado.

 

El soporte a los computadores portátiles personales (no institucionales) está limitado, solo al uso del Internet, es decir, no tiene acceso a los servicios de red de la Institución (correo, intranet, acceso a otras máquinas ni antivirus), sin embargo, son monitoreados; así mismo, el soporte técnico no es responsabilidad del departamento de sistemas.

 

        Observaciones para los estudiantes, personal docente y administrativo:

 

        Las acciones de los usuarios podrán ser monitoreadas en cualquier momento por el personal de sistemas del área donde trabaja.

 

        Las ventanas Web que no esté utilizando, deben permanecer cerradas para disminuir el consumo de internet.

 

        Si el sistema le informa que ha encontrado virus, por favor elimínelo, si no sabe cómo hacerlo, comuníquese con el personal de Sistemas.

 

        Para crear claves incluya letras y números en sus contraseñas, utilizando mínimo 8 caracteres de longitud. No utilice palabras o fechas conocidas.

 

 

TIENDA ESCOLAR Y ALMACÉN

 

Tienda Escolar

 

El servicio se presta de acuerdo con las condiciones locativas de la institución y con las capacidades económicas de los estudiantes. El servicio debe ser solicitado con cultura, orden y delicadeza.

 

Los precios de los productos que se distribuyen en las cafeterías, estarán en lugares visibles y de fácil lectura y la Institución velará por la calidad y los precios de venta de los mismos.

 

 

 

        INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA

 

Para la entrega de cada uno de los CUATRO informes deben estar presentes los padres de familia y/o acudiente con el estudiante, los cuales escuchan, participan y establecen compromisos, cuando sea necesario.

 

En cada una de las reuniones el director de grupo presenta el observador con las anotaciones y los compromisos pertinentes para que sea firmado. Entregar los informes anteriores, no exime a los docentes ni al Plantel de la responsabilidad de mantener una estrecha comunicación con los padres de familia y/o acudiente; cada profesor informa oportunamente a sus estudiantes sobre su disponibilidad durante un día de la semana para atender a los padres de familia y/o acudiente que lo requieran.

 

 

        COMPROMISOS ACADÉMICOS

 

          Al finalizar el año escolar, si la estudiante presenta desempeño bajo en una o más áreas, se le asigna Compromiso Académico

 

          Después de notificado el Compromiso Académico, el estudiante consigna estrategias para nivelar las dificultades presentadas y en el que describe en forma general las actividades propuestas por él para demostrar el aprendizaje y el mejoramiento.

 

Estrategias a Implementar para las ACN: Estas estrategias estarán divididas en tres momentos de igual importancia en el proceso.

 

Actividades guiadas: Estas actividades serán propuestas por el docente y ayudarán al estudiante a dar cuenta del alcance de los logros propuestos para la ACN, mismas que deben documentarse y registrarse en el cronograma. Parten del contexto de cada asignatura: sus desempeños, ejes conceptuales y contenidos básicos.

 

Actividades propuestas por el estudiante.

 

La intencionalidad de estas actividades es demostrar el aprendizaje, las consultas, creación y aplicación que el estudiante está realizando de las temáticas propuestas para el portafolio. El estudiante al comenzar el año de la nivelación debe escribir a mano todas las actividades que por su propia voluntad se compromete a realizar. Cada uno de los ejercicios propuestos por el estudiante deben ser desarrollados y analizados críticamente y entregarlos por escrito.

 

                         MOMENTOS DE VERIFICACIÓN

 

·         Socialización de los trabajos realizados por el estudiante.

 

·         Aplicación de exámenes: cortos, prácticos, que ayuden a verificar el proceso desde la habilidad y el saber hacer.

 

·         Corrección de dificultades.

 

Reflexiones sobre el proceso a la luz de los indicadores (fortalezas y debilidades, planes de mejora). Esta reflexión se documenta utilizando el formato para el cronograma, donde aparecen con claridad y especificidad los elementos analizados, incluyendo las estrategias de autoevaluación, hetero-evaluación y coevaluación.

 

Los encuentros con los estudiantes para realizar revisión, verificación y tutoría también deben quedar registrados.

 

La toma de decisiones sobre los procesos de promoción y aplazamiento deben quedar registrados en el mismo formato.

 

Finalizando el proceso debe utilizarse el formato para reportar la calificación final de la actividad a Secretaría Académica.

 

 

REFERENCIA

 

DÍAZ OSORIO, José Jaime. EL PORTAFOLIO DE DESEMPEÑO: Una práctica Reflexiva para lograr éxito en la formación y en el aprendizaje. Fundación Universitaria Luís Amigo. Octubre 2005.

 

 

ACTIVIDADES DE PROFUNDIZACIÓN

 

El programa el docente conjuntamente con las Comisiones de Evaluación y Promoción, para los estudiantes que hayan alcanzado los logros esperados en un tiempo menor que el previsto.

 

 

        REQUISITOS PARA PRESENTAR ACTIVIDADES APOYO

 

Cada estudiante tendrá derecho a reforzar por período, ítems evaluativos de las diferentes competencias definidas en el área.

 

Sólo podrán reforzar aquellos estudiantes que hayan demostrado interés por alcanzar el o los logros, es decir, que pierde el derecho a reforzar aquel estudiante que sólo firmó el documento empleado para evaluar o lo entrega en blanco, o con escritos no relacionados, para quienes la nota será 1.

 

Si presenta excusa por escrito de sus padres o médica justificando su ausencia.

 

Tiene derecho al refuerzo el estudiante que en permiso autorizado haya faltado a la institución

 

Haber cumplido con los requisitos pactados con el profesor en el período correspondiente, como: trabajos, consultas, aprovechamiento del tiempo y otros.

 

No haber cometido fraude en el área y/o asignatura durante el periodo.

 

Que obedezca a las indicaciones y pautas trazadas por las Comisiones de Evaluación y Promoción.

 

 

        LA PROMOCIÓN

 

La decisión sobre la promoción no depende sólo del concepto de un docente, sino que ella es de carácter participativo, donde los agentes evaluadores emiten sus juicios y finalmente llegan a una concertación. La no promoción de grado es competencia exclusiva de las Comisiones de Evaluación y Promoción.

 

La promoción está sujeta a los logros individuales y no al tiempo de escolaridad por grado; el estudiante puede, de acuerdo con sus intereses, ritmo de aprendizaje y diferencias individuales, demorarse menos tiempo del previsto. Para lograr este propósito, la institución, cuenta con un modelo pedagógico que hace posible el concepto de promoción flexible; este modelo tiene como recurso el desarrollo de actividades planteadas en talleres, documentos y guías de aprendizaje, entre otros, donde el maestro es su orientador.

 

La institución rescata y valora los ciclos de grados definidos en el decreto 1860 de 1994 y la resolución 2343 de 1996 el artículo 9º que constituye los indicios o señales deseables y esperados, en función de los fines, objetivos y dimensiones del desarrollo humano, siendo los grados de corte los de más rigurosidad dado su acompañamiento en el nivel de desarrollo.

 

Comisión de Evaluación y Promoción revisará su situación académica, en caso que su nota final (quinto informe) sea de desempeño alto o superior en el área (s) podrá determinar la aprobación del Portafolio (s) de Nivelación.

 

Para los estudiantes que han sido acompañados por el personal de apoyo pedagógico con adecuación de contenidos, su promoción será definida, como su nombre lo indica por los estándares básicos señalados en las estructuras de cada área, de unidad y grado, respetando los del Ministerio de Educación Nacional.

 

Los estudiantes avanzados, que son acompañados por el personal de apoyo pedagógico se adelantarán en contenidos y permanecerán en su grupo social. Es responsabilidad de la Coordinación Académica organizar los registros oficiales cuando el estudiante supere el grado o nivel antes de los tiempos regulares estipulados por la ley.

 

Para los estudiantes que tengan un diagnóstico definido por un profesional externo, que están siguiendo un tratamiento y un acompañamiento del personal de apoyo pedagógico, se aplicarán los siguientes criterios:

 

Se valorarán los conocimientos previos que tenga el estudiante para orientar el acompañamiento.

 

Se tendrán en cuenta las recomendaciones realizadas por el equipo de profesionales externos, que pueden ser aplicadas según el caso.

 

Se ajustarán algunas estrategias de evaluación de acuerdo con la necesidad educativa particular del estudiante.

 

        Promoción anticipada de grado.

 

Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del Consejo Directivo y, si es positiva en el registro escolar. A demás se firmará un acta donde padres de familia y estudiante se comprometen en sostener el rendimiento académico durante el año escolar.

Que se realice un acta donde el padre de familia y estudiante se comprometan a sostener el rendimiento durante todo el año.

 

Para estudiantes no promovidos:

 

     Acorde con las disposiciones del decreto 1290, respecto a los criterios y procesos que se deberán adoptar para facilitar la promoción al grado siguiente de aquellos estudiantes que no la obtuvieron en el año lectivo anterior, la institución considera:

 

Al iniciar el año lectivo, el estudiante no promovido de grado es matriculado en el grado aplazado. Este estudiante puede obtener la promoción posterior, si:

 

Aprueba una y sólo una evaluación de cada área y/o asignatura que no haya sido superada el año anterior que realizará durante los dos primeros días de inicio académico del nuevo año, según programación de la Coordinación Académica.

 

Durante el primer periodo académico, cumple con la asistencia, puntualidad y responsabilidades del grado matriculado, además del siguiente criterio:

 

Aprueba todo el Plan de Estudios con desempeño alto y obtiene una normalización en sobresaliente y/o excelente en el primer periodo académico del año que está reiniciando.

 

Una vez finalizado el primer periodo, se reúne el Consejo Académico para analizar el desempeño del estudiante aplazado y recomendar al consejo directivo la promoción anticipada de grado. La decisión será consignada en acta del Consejo Académico.

 

El Consejo Directivo, previo consentimiento de los padres de familia, decide la promoción del estudiante, la decisión será consignada en el acta del Consejo Directivo.

 

Con lo anterior se está dando cumplimiento al artículo 2.3.3.3.3.7 del decreto 1075 del 26 de mayo del 2015.

 

En caso de ser promovido, la secretaría académica será responsable de formalizar en el registro escolar el proceso del estudiante para grado correspondiente.

 

Para el estudiante que sea promovido, luego del aplazamiento de año escolar y cumpliendo con la disposición enunciada, la Coordinación Académica será responsable de coordinar un plan de trabajo que favorezca el alcance de los logros básicos de las áreas del primer periodo vinculadas al grado promovido.

 

El estudiante que fue promovido de grado en el primer periodo y continúa en el Colegio, sus padres siguen su proceso de pago de pensiones.

 

        DISPOSICIONES ACADÉMICAS ESPECIALES

 

La valoración que se haga en el momento evaluativo cuando ha habido fraude o intento de fraude será 1.0.

 

La entrega de pruebas, trabajos y demás estrategias evaluativas en blanco será cualificada con 1.0

 

 

Los deportistas de alto rendimiento (validado por la Liga respetiva) tendrán un plan de acompañamiento especial por el docente de Educación Física para el desempeño de su área. Los permisos de ausencias serán tramitados por la liga respectiva y el tratamiento es informado a continuación a la Coordinación Académica.

 

Ausentarse más del 25% de las actividades curriculares sin justificación, genera el aplazamiento del grado.

 

Los estudiantes que deseen realizar intercambio cultural, deportivo o académico deben:

 

Tener presente que el tiempo máximo de ausencia es de dos periodos académicos.

 

Presentar una solicitud por escrito al Consejo Académico, con dos meses de anticipación.

 

Tener todos los logros alcanzados en las distintas áreas y asignaturas.

 

Tener normalización excelente o sobresaliente.

 

   En permisos de un periodo, el estudiante pierde el derecho a ser eximido en sus pruebas finales.

 

 

        DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA EL GRADO ONCE.

 

Cumplido el plan de estudios en su totalidad y haber aprobado todas las materias, podrá asistir al Acto Privado de Proclamación, programado por la institución.

 

La invitación al Acto Privado de Proclamación de bachilleres, se hará efectiva en el momento en que el estudiante y su familia hayan sido notificados del acuerdo en la Comisión de Evaluación y Promoción.

 

El Coordinador Académico, podrá hacer la notificación de estudiantes no promovidos de grado, promovidos con asignaturas o áreas insuficientes vía telefónica o en forma escrita a las familias, cuando hayan terminado las sesiones de la Comisión de Evaluación y Promoción; con ambas situaciones el estudiante no será proclamado en la Ceremonia Privada.

 

Representar a la institución en actividades deportivas, recreativas, culturales, artísticas y académicas, o poseer algún cargo en los órganos del Gobierno Escolar no exime al estudiante de sus responsabilidades de todo tipo.

 

La prestación del servicio social obligatorio es requisito indispensable para la obtención del título de bachiller.

 

Cursar las 50 horas de estudios constitucionales que corresponde a la ley 107 de 1994.

 

Presentar las pruebas censales SABER ICFES 11

 

        CONDUCTOS REGULARES ASPECTO ACADÉMICO

 

                Estudiante

                Profesor

                Director de grupo

                Coordinación Académica

                Consejo Académico

                Rectoría

                Consejo Directivo

 

 

        COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

 

Órgano de participación en el Gobierno Escolar, sus funciones tienen una relación relevante y directa frente a la evaluación y promoción de los educandos. Es el único organismo que define la promoción y acompaña el seguimiento de los estudiantes que presentan dificultades en el proceso, en cuanto a recomendaciones de programas especiales de refuerzo y superación.

 

Conformación y elección de integrantes

 

Cada grado tiene su Comisión correspondiente y consta de los siguientes miembros:

 

Tres docentes del grado respectivo, preferiblemente los directores de cada grupo

 

El Orientador Escolar encargado del grado respectivo, su nombramiento se deriva de la naturaleza de su cargo.

 

El Coordinador Académico, su nombramiento se deriva de la naturaleza de su cargo.

 

El Coordinador de Nivel, su nombramiento se deriva de la naturaleza de su cargo.

 

Un representante de los Padres de Familia y/o acudiente, su nombramiento lo hará el Consejo de Padres.

 

El Rector, quien la convocará y presidirá o delegará en su defecto

 

Un miembro del Consejo de Estudiantes de los grados superiores (cuando amerite su presencia)

 

        Las Comisiones de Evaluación y Promoción se citarán con anticipación cada vez que se requiera y en forma oficial al finalizar cada período académico.

 

        El período para cada miembro de las Comisiones de Evaluación y Promoción es de un año.

 

        Responsabilidades y funciones:

 

Orientar y animar el proceso de evaluación.

 

Reunirse al menos dos veces al año, al finalizar cada semestre y otras cuando se requiera.

 

Analizar los casos de los estudiantes con evaluación insuficiente o deficiente en dos o más áreas, al finalizar cada uno de los periodos y hacer recomendaciones a los profesores y a otras instancias en términos de actividades complementarias.

 

Informar a los padres o acudientes, al estudiante y al educador respectivo sobre los compromisos pertinentes.

 

Establecer si educadores y estudiantes siguen las recomendaciones y cumplen con los compromisos.

 

Verificar si las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada Comisión se consignan en actas y se les hace seguimiento.

 

Decidir al finalizar el año lectivo, cuáles estudiantes quedan en promoción aplazada de grado.

 

Verificar sobre la planeación y cumplimiento de los programas de actividades complementarias de nivelación para la promoción aplazada de áreas.

 

Analizar los casos de los estudiantes con desempeños excepcionalmente altos, con el fin de recomendar actividades de motivación y profundización para promoción anticipada antes de ser enviados al Consejo Directivo.

 

Definir la situación de los estudiantes que, luego de realizadas las actividades complementarias de nivelación, persistan en insuficiencias.

 

        CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DEL APOYO ACADÉMICO ESPECIAL.

 

(Decreto 1470, ley 1384 de 2010 y ley 1399 de 2010) El Apoyo Académico Especial está soportado en las siguientes características esenciales:

 

          Debe estar orientado al desarrollo de las competencias establecidas en los referentes de calidad del Ministerio de Educación Nacional, sin perjuicio de· que por prescripción médica dichas competencias se adapten a las condiciones del beneficiario.

 

          Al momento de iniciarse, debe tener en cuenta el grado escolar en el que se encuentra el beneficiario, el informe de desempeño que registre el aprendizaje alcanzado, las dificultades que presenta y las evaluaciones diagnósticas que se realicen para identificar los niveles de aprendizaje.

 

          El Apoyo Académico Especial debe ser pertinente con el estado de salud de los beneficiarios, sus condiciones físicas y debe acatar las recomendaciones médicas en cuanto a tiempos, lugares, condiciones ambientales e higiénicas, y cualquier otro tipo de medidas que garanticen su bienestar.

 

 

        CARACTERÍSTICAS DE LOS PLANES DE APOYO EMOCIONAL.

 

El Plan de Apoyo Emocional busca reconocer que la inclusión es un elemento de bienestar emocional para aquel estudiante que ha pasado por una condición de enfermedad, por ello todo plan debe contemplar como mínimo los siguientes aspectos:

 

Propender por estrategias que favorezcan la continuidad del estudiante beneficiario en el proceso educativo.

 

Involucrar a todos los miembros de la Comunidad Educativa, en atención al grado de vulnerabilidad que puede llegar a tener el beneficiario.

 

Analizar las situaciones de la vida escolar del beneficiario, (desenvolvimiento en el entorno y áreas locativas, actividades extraescolares, uso de restaurantes escolares, entre otras) que puedan impactarlo emocionalmente o que puedan ser consideradas como riesgosas y generar estrategias para resolverlas.

 

 

Promover prácticas que les permita a los docentes reconocer los cambios en los ritmos de aprendizaje del beneficiario, derivados de su situación de enfermedad.

 

Involucrar a los padres de familia privilegiando el concepto de unidad familiar y reconociendo el valor terapéutico que la presencia de ellos genera en el estudiante.

 

Valorar las situaciones particulares del estudiante beneficiario, a fin de atender a estas condiciones de manera pertinente a sus necesidades.

 

Fortalecer en el aula, el trabajo que se orienta desde los referentes de calidad en competencias ciudadanas, especialmente el relacionado con las competencias emocionales.

 

Para la implementación del Plan de Apoyo Emocional se debe contemplar entre otros:

 

Que los padres de familia o acudientes del beneficiario reporten al Establecimiento Educativo todos los diagnósticos e incapacidades a fin de implementar un plan de apoyo emocional particularizado a sus características propias.

 

Que el Establecimiento Educativo socialice e implemente con los estudiantes y docentes el Plan de Apoyo Emocional.

 

Que se contemple una evaluación periódica que permita identificar los progresos que suscita la implementación del Plan de Apoyo Emocional en los estudiantes beneficiarios.

 

COMITÉ DE CONVIVENCIA

Crear los equipos de Convivencia Escolar como estrategia pedagógica para la prevención de la violencia escolar y la promoción de la convivencia en la institución,

Parágrafo 1: Se conciben los equipos de convivencia escolar como estrategia pedagógica, en tanto movilizan técnicas individuales de auto aprendizaje,  auto responsabilidad y  autorrealización en los estudiantes, así como de técnicas grupales que propician la interrelación entre los docentes y los estudiantes, de los estudiantes entre sí y de los docentes, estudiantes y demás actores entre sí, en atención al logro de  competencias, obtención de información, construcción de conocimientos, cambios de actitudes, reconocimiento de la experiencia previa, la atención a necesidades del colectivo y el aprovechamiento de oportunidades para apoyar y orientar las acciones referidas a la gestión, la normativa, la resolución pacífica y dialogada de los conflictos y la participación comprometida para la promoción de la convivencia, la democracia y los derechos humanos en la institución.

 

Parágrafo 2: La implementación de los Equipos de Convivencia Escolar, implican su conformación, compromiso con su funcionamiento, articulación de acciones al Proyecto Educativo Institucional y el tejido de una red escolar democrática a partir de la promoción de la convivencia.

ARTÍCULO 112. Objetivos del Equipo de Convivencia Escolar:

Objetivo General:

Apoyar y orientar a la institución educativa en la construcción, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas, proyectos y demás acciones encaminadas a la prevención de la violencia escolar y la promoción de la convivencia.

Objetivos Específicos:

1.    Ofrecer a la institución educativa posibilidades y alternativas pedagógicas para el tratamiento y solución acertada del conflicto y para la promoción de la Convivencia Escolar.

2.    Promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión a partir de la práctica de principios y valores encaminados a lograr la sana convivencia.

3.    Promover la revisión y reelaboración participativa del manual de convivencia escolar para su re contextualización y pertinencia de acuerdo a los cambios del contexto social y escolar.

4.    Elaborar reflexividad y conocimiento permanente sobre la situación de la convivencia escolar que contribuya a la generación de mejores políticas y estrategias en el tratamiento de conflictos.

 

CONFORMACIÓN DEL EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

En la institución educativa se debe conformar el equipo de convivencia escolar a partir de un ejercicio democrático y participativo teniendo en cuenta a directivos, docentes, estudiantes y padres de familia.  Su conformación debe ser de la siguiente manera:

-          Docente Coordinador de Convivencia o de disciplina

-          Personero escolar

-          Dos representantes de estudiantes de básica primaria: uno de 4 grado y otro de 5 grado.

-          Un representante de estudiantes por cada grado de básica secundaria

-          Un representante de estudiantes por cada grado de la media.

-          Tres docentes: uno de básica primaria, uno de básica secundaria y uno de la media.

-          Tres padres de familia de los diferentes niveles que ofrece la Institución Educativa. 

ARTÍCULO 114. Vigencia:

El equipo de Convivencia Escolar, tendrá una vigencia de dos años, durante los cuales deberán reemplazar los representantes de los estudiantes que se promocionan del grado once o los miembros que por decisión propia o del equipo, se retiren; con el propósito de continuar con el mismo número de integrantes con el cual fue creado el respectivo Equipo de Convivencia Escolar.

Una vez cumplidos los dos años de funcionamiento del Equipo de Convivencia Escolar, se procederá a nombrar los integrantes del nuevo Equipo.

ARTICULO 115. Reglamentación:

El Equipo de Convivencia Escolar, se regirá por el siguiente reglamento:

  1. Una vez conformado el Equipo de Convivencia Escolar, se procede a nombrar un líder, quien será el responsable de liderar todas las acciones en torno a la convivencia con el apoyo de los demás integrantes y reportar a la Secretaría de Educación para la Cultura los avances y logros referidos a los procesos de convivencia escolar.
  2. La participación de los integrantes del equipo es indelegable, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificada ante el líder.
  3. El Equipo de Convivencia, se reunirá cada mes y de manera extraordinaria cuando así lo solicite el líder o por solicitud sustentada de los demás integrantes.
  4. La inasistencia sin causa justificada a dos reuniones, dará lugar a nombrar el reemplazo de este integrante.
  5. De cada reunión, se levantará un acta que permitirá registrar el proceso vivido, así como las propuestas, sugerencias, recomendaciones y avance de cada una de las actividades realizadas.
  6. El Equipo de Convivencia Escolar debe elegir un(a) secretario(a) y tendrá las siguientes responsabilidades:

-        Elaborar el acta de las reuniones y archivarla una vez sea aprobada y firmada por quienes intervinieron.

-       Convocar a las reuniones que se programen, indicando fecha, hora, lugar y la respectiva agenda.

-       Las demás responsabilidades que le asigne el líder del equipo de Convivencia Escolar.

 

        SESIONES

 

El Comité Escolar de Convivencia sesionará como mínimo una vez cada dos (2) meses. Este Comité no podrá sesionar sin la presencia del presidente. El Comité podrá invitar con voz, pero sin voto a un miembro de la Comunidad Educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

 

 

        ACTAS

 

De todas las sesiones que adelante el Comité Escolar de Convivencia se deberá elaborar un acta, la cual deberá contener como mínimo los requisitos establecidos en el artículo 10 del Decreto 1965.

 

 

COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Está conformado por las siguientes personas:

·                     El rector.

·                     Personero Estudiantil.

·                     Docente Orientador:

·                     Coordinador.

·                     Presidente del Consejo de Padres de familia.

·                     Presidente de consejo de estudiantes

·                     Docentes que lideren proceso de convivencia escolar.

 

 

 

COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

 

Por su parte, en cada institución educativa se integrará un comité escolar de convivencia que será conformado por el rector del establecimiento, el personero estudiantil, el docente con función de orientador, el coordinador académico, el presidente del consejo de padres de familia, el presidente del consejo de estudiantes y un docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

Sus funciones son:

 

1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

 

2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

 

3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

 

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

 

5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

 

7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

 

7.    Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

7.

NORMALIZACIÓN

 

 

        RÉGIMEN DISCIPLINARIO

 

          Principios Orientadores en la Aplicación de Procesos Disciplinarios

 

            Función del Proceso Disciplinario Escolar: su función es pedagógica, formativa y creadora de parámetros de comportamiento deseables en la convivencia institucional.

 

            Reconocimiento de la dignidad humana: todo estudiante o miembro de la Comunidad Educativa que se relacione con el Colegio y le sea atribuida una falta, tiene derecho a ser tratado con el debido respeto a la dignidad inherente al ser.

 

            Buena fe: siempre debe presumirse la buena fe en la conducta del estudiante sujeto de acción correctiva o sanción.

 

            Legalidad: como miembro de la Comunidad Educativa sólo seremos investigados, sancionados y tratados por comportamientos descritos como falta disciplinaria en el Manual vigente al momento de la realización u omisión del hecho reprochado.

 

            Debido proceso: como miembro de la Comunidad Educativa, cuando deba ser tratado con lo aquí dispuesto, le serán aplicadas las normas existentes al caso atribuido, ante quien sea competente previamente establecido, observando las formas propias de la Constitución, la Ley y el presente reglamento.

 

            Culpabilidad: cuando sea necesario llevar un proceso disciplinario-pedagógico, quedará prohibida toda forma de responsabilidad objetiva, en todo caso las faltas sólo serán sancionables a título de dolo o culpa.

 

            Igualdad: todos los estudiantes recibirán la misma protección y trato del Colegio, tendrán los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por su sexo, edad, raza, origen nacional o familiar, lengua, opinión política o filosófica.

 

            Finalidad del Manual y las funciones disciplinarias-pedagógicas: el Manual de Convivencia garantiza el cumplimiento de los fines y funciones propuestas por el Colegio en relación con el comportamiento de sus estudiantes cuando con él, lo afecten o pongan en peligro.

 

        Las sanciones disciplinarias: cumplen esencialmente los fines estrictamente pedagógicos, de prevención y formación en valores o la extinción de comportamientos que contraríen el proceso de aprendizaje propio y ajeno.

 

        Derecho a la defensa: el estudiante que sea objeto de una investigación disciplinaria tiene derecho a conocer la queja y las pruebas que se alleguen a la investigación; a que se practiquen las pruebas que solicite, a ser oído en su versión libre y espontánea, a rendir sus descargos, para lo cual puede estar acompañado de sus padres, acudientes y a interponer el recurso de reposición sobre la decisión. (Incluir el tiempo que tiene para presentar la reposición)

 

        Proporcionalidad: la sanción disciplinaria debe corresponder a la gravedad de la falta cometida. Al medir la sanción se deben aplicar los criterios contenidos en este Manual.

 

        Motivación: Las sanciones que se impongan deben contener una sustentación desde el querer pedagógico y un fin formativo.

 

        Interpretación del orden interno: en la interpretación y aplicación de la ley disciplinaria, se debe tener en cuenta que la finalidad del proceso es la prevalencia de la justicia, la creación de valores positivos y la formación integral de los estudiantes.

 

        Aplicación de principios e integración normativa: en la aplicación del régimen disciplinario se tendrá en cuenta las normas establecidas para procesos administrativos.

 

        Garantía de la labor educativa: todo miembro de la Comunidad Educativa, ejercerá sus derechos, cumplirá sus deberes y respetará las prohibiciones establecidas.

 

        Abuso del Derecho: el estudiante que abuse de los derechos, incumpla sus deberes o compromisos e incurra en faltas contra la disciplina o la conducta, se hará acreedor a una acción correctiva o sanción.

 

        Función de la Acción Correctiva y de la Sanción: tienen función esencialmente pedagógica y formativa.

 

            Protección de Derechos e Intereses de la Comunidad Educativa. (Bien Común): el ejercicio de los derechos de los estudiantes, de sus padres o acudientes autorizados, supone responsabilidad frente a los derechos de los demás educandos, y de cada uno de los estamentos que componen la Comunidad Educativa de la Institución.

 

            Participación: todos los estudiantes y sus padres o acudientes tienen derecho a ser escuchados y solicitar pruebas en el momento de encontrase en un proceso de análisis comportamental.

 

            Necesidad de la prueba: el proceso debe buscar la verdad de los hechos con pruebas veraces y pertinentes.

 

            Participación de los padres de familia y/o representantes en los procesos disciplinarios: al ser el proceso disciplinario un asunto de carácter administrativo y esencialmente pedagógico y por ende excluir el carácter penal; la participación de los padres debe ser de carácter formativo no como contrapartes de la Institución Educativa, pues ellos son los primeros responsables de la educación de sus hijos.

 

          Potestad Disciplinaria: de conformidad con el literal g del decreto 1861 de 1994 y con el título 3 capítulo 1, sección 5 artículo 2.3.3.1.5.8 del Decreto 1075 de 2015 La función disciplinaria en los establecimientos educativos corresponde al Rector.

 

 

DEBIDO PROCESO

 

En toda acción disciplinaria o académica que afecte al estudiante se debe seguir el “debido proceso” (pasos que deben seguirse en la aplicación de una estrategia formativa y/o sanción, frente a una dificultad o conflicto de intereses). Con respecto a la naturaleza del proceso disciplinario en el ámbito escolar, la Corte consideró lo siguiente:

 

“las garantías del derecho penal le son aplicables al derecho disciplinario, mutatis mutandi, con ciertas especificidades ya que su aplicación se modula para adecuar el ejercicio del poder disciplinario a la naturaleza y objeto del derecho disciplinario y, especialmente, al interés público y a los principios de moralidad, eficacia, economía y celeridad que informan la función administrativa”. Sentencia 967 de 2007

 

 

La Corte también ha aceptado que en materia disciplinaria la precisión con la que se debe establecer un tipo no exige la rigurosidad del derecho penal. Las instituciones educativas tienen autonomía dentro del marco constitucional y legal, para establecer las reglas que consideren apropiadas para regir las relaciones dentro de la Comunidad Educativa. Sin embargo, también tienen el mandato de regular dichas relaciones mediante reglas claras sobre el comportamiento que se espera de los miembros de la Comunidad Educativa.

 

        OBJETIVO DEL DEBIDO PROCESO: Garantizar el derecho a la defensa, a un proceso público para el estudiante, a presentar pruebas y a controvertir las que se alleguen en su contra, a agotar los recursos procesales consagrados y a no ser sancionados dos veces por el mismo hecho. Teniendo en cuenta el Artículo 29 de la Constitución Política de Colombia y los señalados en el presente manual, reconoce el derecho a un debido proceso para lo cual se deberá:

 

Parágrafo: En todos los casos, en la decisión de tomar acciones correctivas o sancionar a un estudiante, se tendrá en cuenta los “Principios Orientadores en la Aplicación de Procesos Disciplinarios Capítulo V Normalización, Régimen disciplinario.

 

 

1. La queja o conocimiento de oficio: La actuación disciplinaria se inicia por la ocurrencia de unos hechos que no corresponden con las disposiciones del Manual de Convivencia. Procede por una queja o denuncia formulada por cualquier miembro de la comunidad educativa, debidamente formulada y recibida, y por lo tanto que debe ser cierta, veraz, concreta y oportuna; o de oficio, cuando los hechos son conocidos directamente por un funcionario de la institución, quien levantará un informe debidamente sustentado, concreto y suscrito por él.

 

 2. Indagación preliminar: Tiene por objeto verificar la ocurrencia de los hechos y las personas intervinientes en ellos, a quienes debe solicitarse rendir su versión libre y espontánea para establecer un cierto grado de certeza sobre las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se desarrollaron los hechos.

 

- Si la falta es considerada Tipo I, se hace una reflexión y compromiso con el estudiante y se consigna en la carpeta del estudiante.

 

- Si la falta es Tipo II, el coordinador efectuará la indagación preliminar e informará al comité de Convivencia.

 

3. Apertura del Proceso Disciplinario: Si de la averiguación preliminar se concluye que efectivamente se está en presencia de una o varias faltas Tipo I y II que contravienen la disposición normativa del presente Manual de Convivencia, se procede a informar por escrito a los padres de familia y/o acudientes, y al alumno, solicitando la presentación de sus descargos. La apertura del disciplinario la ordena el Rector o quien éste delegue para el efecto en ejercicio de su potestad disciplinaria.

 

4. Participación de los progenitores o acudientes: Los progenitores o acudientes podrán participar en el proceso disciplinario de manera verbal o por escrito; sin embargo su participación será estrictamente para salvaguardar la protección de los derechos de su hijo, no como contraparte de la institución y menos aún para tratar de evitar la aplicación de las justas estrategias formativas y/o sanciones, ya que éstas constituyen herramientas de aprendizaje para el alumno y confirman el carácter esencialmente pedagógico de los procesos disciplinarios, el cual pretende que el alumno, al reconocer sus faltas y asumir sus responsabilidades, aprenda a modular sus comportamientos en el futuro y a desenvolverse en armonía con su entorno social.

 

5. Descargos: En la misma reunión en la que se notifique la apertura del Proceso Disciplinario, el alumno deberá presentar por escrito sus descargos, los cuales serán efectuados de manera personal y sin faltar a la verdad. Lo anterior, por cuanto los descargos corresponden al implicado y no a sus progenitores o representantes, quienes apenas han sido testigos de oídas en el asunto.

 

6. Pruebas: Las pruebas deben ser reales, físicamente posibles, pertinentes, conducentes y ante todo oportunas. Entre los medios de prueba se pueden aportar testimoniales, documentales, periciales, representativos y todos los demás que admite la ley procesal civil colombiana.

 

7. Estudio del caso por parte del Comité de convivencia: Este verificará las faltas Tipo I y II, la responsabilidad del alumno o alumnos, y recomendarán las estrategias formativas y/o sanciones de acuerdo con lo consignado en el presente Manual de Convivencia. El estudio del caso será consignado en Acta de dicho Comité.

 

8. Resolución Rectoral: La decisión final la tomará el consejo directivo con Resolución motivada que notificará por escrito tanto a los padres de familia o acudientes como al alumno.

 

8.    Recurso de Reposición: Contra la Resolución Rectoral que notifique la decisión, al estudiante se le garantizará el recurso de reposición. 

 

9.    Suspensión del Proceso: Si los hechos acontecen finalizando el periodo escolar o a portas de los periodos legales establecidos para vacaciones escolares, se suspenderán el proceso y los términos en caso de recursos, y se iniciará o continuará el proceso al reanudarse las actividades escolares.

9.

 

 

CLASIFICACIÓN DE FALTAS

 

Una falta es un desacierto al que el estudiante llega cuando incurre en el quebranto de sus deberes o cuando no hace uso responsable de la libertad, afectándose y/o afectando la Comunidad Educativa, puede ser: Tipo I-II-III y trae como consecuencia la aplicación de estrategias formativas y/o sanciones.

 

          Criterios para Determinar la Levedad o Gravedad de las Faltas: Para la valoración de las faltas se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

 

                El tipo de falta o hecho.

 

                Reincidencia.

 

                Complicidad.

 

                Abuso de confianza.

 

                Evasión o negación de responsabilidades.

 

                Alevosía, premeditación y planeación de la falta.

 

        Circunstancias Atenuantes: Se consideran como circunstancias que atenúan o eximen la responsabilidad del estudiante, en la comisión de una falta las siguientes:

 

                El haber obrado por motivos nobles o altruistas

 

                El haber observado buena conducta anterior

 

                Ignorancia invencible

 

                El confesar la falta oportunamente antes de ser descubierta por otros.

 

            Afección psicológica certificada y puesta en conocimiento de la Institución antes de la comisión de la falta.

 

            El haber sido inducido a una acción por alguien de mayor edad y/o madurez psicoafectiva.

 

            Cometer la falta en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causan dolor físico o psíquico.

 

            Procurar, a iniciativa propia, resarcir el daño o compensar el perjuicio causado antes de iniciarse el proceso disciplinario.

 

Circunstancias Agravantes: Se consideran como circunstancias agravantes de la      responsabilidad del estudiante, las siguientes:

 

Reincidir en las faltas

 

Cometer la falta para ocultar o ejecutar otra.

 

El haber mentido en forma oral o escrita en su versión de los hechos.

 

El irrespeto como reacción ante el señalamiento por la comisión de una falta.

 

Realizar el hecho con pleno conocimiento de sus efectos dañosos o con la complicidad de sus compañeros.

 

No admitir la responsabilidad o atribuírsela a otros.

 

Infringir varias obligaciones con la misma conducta.

 

El efecto perturbador que la conducta produzca en la Comunidad Educativa.

 

Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otros compañeros o miembros de la Comunidad Educativa.

 

Emplear en la ejecución del hecho un medio de cuyo uso puede resultar peligro común.

 

El haber preparado o planeado ponderadamente la falta o con complicidad de otros compañeros, miembros de la Comunidad Educativa o terceros ajenos a la Institución.

 

Cometer la falta en detrimento del bienestar de una persona con dificultades especiales.

 

Parágrafo: las circunstancias atenuantes y agravantes se tendrán en cuenta para la estimación de las sanciones.

 

 

INSTANCIAS:

 

1.    El docente y el estudiante

2.    El docente y el director de grupo

3.    El Director de Grupo y el estudiante

4.    El Director de Grupo y/o docente con el padre de familia y estudiante

5.    El Director de Grupo con el Coordinador y estudiante.

6.    El Coordinador con el padre de familia y estudiante.

7.    El Coordinador con el Comité de Convivencia y el estudiante

8.    Rector con Coordinador, el Padre de Familia y estudiante.

9.    Consejo Directivo para tomar la decisión final.

Nota: Si el director de grupo se encuentra en clase, la información se le dará en el espacio pertinente sin afectar el normal desarrollo de esta.

        ESTRATEGIAS FORMATIVAS Y SANCIONES

        PARA FALTAS TIPO II O TIPO III

 

Las estrategias formativas y sanciones se aplicarán de acuerdo con las circunstancias de tiempo modo y lugar en los que se cometa la falta teniendo en consideración los atenuantes y agravantes establecidos para el proceso disciplinario, podrán ser aplicadas una o varias estrategias formativas y/o sanciones en un mismo evento; esto es, no tiene que iniciarse con la actividad 4.1 y siguientes, sino:

 

          Amonestación Verbal: Diálogo persuasivo y formativo con el estudiante. Se aplica a los estudiantes que han incurrido en una falta leve.

 

          Amonestación Escrita: se aplica a los estudiantes que han incurrido en alguna de las faltas Tipo I o Tipo II, o por la reiteración en alguna de las faltas Tipo I. De acuerdo a la falta esta acción correctiva puede concurrir con una sanción de las establecidas en el presente Manual.

 

          Notificación a los Padres de Familia y Compromiso Escrito: procede cuando

 

el   estudiante  acumule dos   (2)   amonestaciones escritas  o   cuando  la amonestación escrita concurra con una sanción, esta se realizará en la hoja de comunicación institucional.

 

        Debido Proceso: El Coordinador atenderá las faltas Tipo II y/o Tipo III. El director de grupo o cualquier docente gestionara las faltas Tipo I. Se procede según lo estipulado en el manual de convivencia.

 

        Jornada de Reflexión y Trabajos Especiales: se aplica al estudiante como estrategia formativa, se asignarán trabajos formativos especiales de acuerdo con la falta cometida. Esta estrategia formativa consiste en que el estudiante desarrollará a lo largo de la jornada escolar y dentro de las instalaciones del Colegio, una serie de actividades que pretenden llevarlo a reflexionar sobre su comportamiento y a asumir compromisos de cambio. De esta jornada de reflexión se dejará constancia escrita en la hoja de comunicación institucional.

 

        Retención de Implementos: cuando la falta esté directamente relacionada con el uso de implementos como celulares, accesorios que no correspondan al uniforme, cámaras, aparatos reproductores de audio, revistas, impresos, drogas o armas de cualquier tipo, serán retenidos por el funcionario que los decomisó. Este se los entregará al Coordinador de nivel, al Coordinador académico o al Rector quienes a su vez los entregará a los padres o acudientes o a las correspondientes autoridades.

 

        Prohibición de Representar el Colegio: En el caso de que la falta tipo II o tipo III sea cometida por un estudiante que represente al Colegio en actividades deportivas, académicas o culturales externas, se dictará la privación de participar en actividades externas en representación del Colegio, la cual quedará consignada en la carpeta de normalización del estudiante.

 

        Acciones de Reivindicación y Reparación de la Falta: Procederán para las faltas Tipo I, Tipo II y/o Tipo III, cuando con ellas el estudiante ofenda la filosofía, principios o integridad de la Institución o de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.

 

        Suspensión de Programas Especiales o de Representación: Como estrategia formativa, el estudiante podrá ser suspendido en su participación a programas especiales organizados por la institución o en los cargos de representación que esté ejerciendo.

 

        No Invitación a la Ceremonia de Proclamación de Bachilleres: En caso de que el estudiante sancionado por una falta tipo III sea del grado 11º, no será invitado a la ceremonia de Proclamación de Bachilleres y su diploma y acta de grado le serán entregados en la Secretaria Académica de la institución.

 

        Asistencia a un Programa de Orientación y Tratamiento: Como estrategia formativa, podrá solicitarse de manera formal que el estudiante asista a un programa de tratamiento terapéutico, psicológico o psiquiátrico o recibir asistencia profesional y deberá quedar constancia escrita tanto de la solicitud de apoyo como del tratamiento y de las indicaciones que se deriven de él.

 

        Anulación de Evaluaciones: El fraude o intento de fraude comprobado trae como consecuencia la anulación de la acción evaluativa y la valoración de dicha actividad será deficiente y será sancionado como una falta.

 

        Suspensión: Los estudiantes podrán ser suspendidos entre 1 y 15 días y vivirán esta acción formativa en la institución. Para el caso de que se aplique la suspensión de un estudiante de las actividades por algún número de días, los educadores elaborarán talleres, según el horario de clases del tiempo de la desescolarización y los entregarán a la Coordinación Académica, así mismo el Coordinador entregará conjuntamente con un taller formativo. De acuerdo a la falta cometida y una vez cumplida la suspensión, el estudiante debe presentarse con los talleres a la coordinación respectiva, quien los entregará a los educadores, ante quienes deberá el estudiante presentar su sustentación.

 

Parágrafo. La valoración de la convivencia escolar para el período será afectada por esta causa.

 

Si la sanción proviene de faltas Tipo III se dejará constancia escrita en el formato para registro de comunicación con el padre de familia, acompañada con copia de la Resolución Rectoral. Si los padres de familia o acudiente autorizado se niegan a firmar la notificación de la Resolución Rectoral que impone la sanción, se dejará constancia de ello por escrito y se les notificará la decisión enviando copia de la Resolución Rectoral por correo certificado. Si durante el periodo de suspensión se realizan evaluaciones orales o escritas, las mismas serán aplazadas para lo cual le serán asignadas nuevas fechas de presentación

 

4.14. Compromiso Normativo: Es una estrategia pedagógica, con la cual se busca que los estudiantes y padres de familia o acudientes, se comprometan a generar acciones correctivas que mejoren las deficiencias que el estudiante presenta en alguna, algunas o todas las dimensiones de su proceso de formación integral en cualquier momento del año escolar.

 

 

        PROCEDIMIENTO PARA LA ASIGNACIÓN DE COMPROMISO NORMATIVO

 

          Se asignará compromiso normativo a quien comete una falta tipo II y que amerite dicho compromiso de forma inmediata, de acuerdo a lo estipulado en este Manual.

 

          Se asignará compromiso pedagógico cuando durante dos períodos consecutivos, el estudiante sea cualificado con insuficiente o deficiente en normalización.

 

          Pasados dos periodos consecutivos de la asignación del compromiso normativo, El Comité de Normalización estima, si hay mejora, que se levante el compromiso. Si no demostró superación de las dificultades normativas en el periodo, se registra en el compromiso y así sucesivamente periodo por periodo.

 

Matrícula Especial: Se utiliza cuando El Rector considera que la falta permite una última oportunidad, sin deteriorar en el estudiante el sentido de la norma. Estará acompañado de la suscripción de la matrícula especial entre el estudiante, los padres y El Rector. El incumplimiento de algunos de los compromisos acordados en la Matrícula Especial será motivo para la cancelación inmediata del contrato de matrícula.

 

Parágrafo 1. Si un estudiante con compromiso normativo infringe gravemente la norma, de forma inmediata se cita a los padres para establecer matricula especial.

 

Parágrafo 2. Finalizado el año escolar los estudiantes con Matricula Especial será analizado su proceso normativo por el Consejo Directivo Institucional con el fin de evaluar su permanencia en la institución.

 

 

Parágrafo 2.

 

Cancelación De Matrícula Y Retiro de la institución: La cancelación de la matrícula durante el desarrollo del año lectivo, es una sanción que podrá ser aplicada cuando el estudiante incurra en varias faltas Tipo II o en una o varias faltas Tipo III. En caso de retiro del estudiante de la institución, cualquiera que sea el motivo, es obligación de la familia o acudiente ponerse a paz y salvo con la administración, en daños no reparados, la biblioteca general y del aula, entre otros, firmar en la Secretaría la cancelación de la matrícula y entregar en esta dependencia el carné estudiantil.

 

Reparación de Daños o Perjuicios: En el caso de que de la comisión de la falta se deriven daños o perjuicios, el estudiante y sus padres o acudiente autorizado, deberán asumir la reparación y/o pago de la pérdida o el daño ocasionado a muebles o enseres y/o la reparación de los perjuicios causados.

 

Parágrafo: Pronunciamientos de la Corte Constitucional sobre la aplicación de sanciones: La educación es un derecho-deber, por tanto, no se vulnera el derecho a la educación por sanciones al mal rendimiento académico y comportamental. (Fallo de la Corte Suprema de Justicia. T-509-7,12/94). No se vulnera el derecho a la educación por sanciones a las normas por rendimiento y disciplina. (Fallo de la Corte Suprema de Justicia T. 316-12, 7/94].

 

 

        SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

 

Con la entrada en vigencia del sistema de responsabilidad penal para adolescentes que cobija a los menores de edad dentro del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de noviembre de 2006), en caso de que el estudiante haya incurrido en delitos sancionados por la Ley Penal Colombiana, El Rector en su papel de representante legal del Colegio, deberá elevar la correspondiente denuncia ante las autoridades competentes.

 

 

        INFORMACIÓN AL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE AUTORIZADO

 

En todos los casos que este procedimiento indique el deber de informar o notificar deban ser notificados el estudiante, los padres de familia o acudiente autorizado se agotarán en el siguiente orden:

 

          Información mediante comunicación telefónica: Deberá efectuarse directamente con padre de familia o acudiente autorizado y dejar constancia en el formato para registro de comunicación quién efectuó la llamada fecha y hora y quién respondió la misma.

          Información mediante comunicación escrita: Se hará enviando una nota al padre de familia o acudiente autorizado, la cual deberá ser devuelta con la firma del padre o acudiente autorizado que la recibe.

 

 

        NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES

 

          Notificación Personal: La notificación personal se hará por Secretaría leyendo íntegramente la Resolución a la persona(s) que se notifiquen o permitiendo que esta lo haga.

 

          Notificación por Correo Certificado: De no ser posible la comparecencia del padre de familia o acudiente autorizado para ser notificado personalmente, se dejará constancia de esta situación y se le enviará copia de la Resolución por correo certificado a la dirección que haya suministrado en el acto de matrícula.

 

 

        INTERPOSICIÓN DE RECURSOS

 

En todo proceso disciplinario, se debe respetar siempre el derecho de defensa con la interposición de recursos.

 

          Recurso de Reposición: Contra la Resolución que imponga sanción procederá el recurso de reposición, el cual tiene como finalidad la manifestación de los elementos o pruebas que desvirtúen la responsabilidad del estudiante en los hechos que motivaron la sanción o la violación al debido proceso establecido en el Manual de Convivencia. De no presentarse recurso de reposición la decisión quedará en firme transcurridos tres (3) días hábiles, luego de ser notificados del contenido de la misma los padres o acudiente autorizado y el estudiante. En el evento de presentarse el recurso de reposición será resuelto por el Rector como titular de la potestad disciplinaria. La confirmación o revocación de la decisión será comunicada de forma personal o por correo certificado y sobre la misma no procederá recurso alguno.

 

          Requisitos del Recurso de Reposición:

 

                Siempre debe presentarse por escrito.

 

            El término para interponer el recurso es de tres (3) días hábiles, siguientes a la notificación del contenido de la resolución.

 

Los hechos que sustenten el recurso deberán plasmarse en forma respetuosa, de lo contrario no serán valorados.

 

            La sustentación del recurso deberá versar sobre hechos o pruebas que no se tuvieron en cuenta en el disciplinario y que desvirtúen la responsabilidad del estudiante o sobre la presunta violación al debido proceso.

 

 

        PROGRAMAS Y PROYECTOS PEDAGÓGICOS QUE APOYAN LA SANA

CONVIVENCIA ESCOLAR

 

El Establecimiento Educativo desarrolla los siguientes proyectos pedagógicos en todos los niveles, en cuya gestión y formulación participan docentes de todas las áreas y grados, así como otros actores de la Comunidad Educativa, que, sin una asignatura específica, responden a la proyección en la Comunidad Educativa de los objetivos del Sistema de Convivencia Escolar y hacen parte del Proyecto Educativo Institucional:

 

          Educación para la sexualidad y construcción de ciudadanía. Es importante formar en la educación sexual dado que en la actualidad los niños y adolescentes están expuestos a diversas influencias del medio que tienden a desvirtuar el sentido trascendente de esta dimensión humana, donde se valora más la sexualidad fácil que se centra en la genitalidad sin un compromiso y responsabilidad existencial; por lo que este proyecto apunta a fortalecer en los estudiantes la toma de decisiones, a generar criterios de responsabilidad frente a su proyecto de vida, tener información sobre los procesos biológicos y emocionales implicados en la sexualidad y respetar los derechos propios y los de los demás. Objetivo: promover en los estudiantes estilos de vida saludables que conduzcan al reconocimiento de los derechos propios y de los demás, así como al ejercicio de una sexualidad sana y responsable.

 

        Modelos de participación ciudadana. Con base en las directrices dadas por el MEN, propone el diseño y la aplicación de un proyecto que favorezca el desarrollo de las competencias ciudadanas como un aporte desde la escuela para la construcción de una sociedad más pluralista, justa e incluyente. Se trata de formar ciudadanos políticamente activos, ciudadanos íntegros que con sus acciones, sean gestores de la construcción de un nuevo país y que sirva para erradicar los vicios que han hecho de la sociedad Colombiana, una sociedad injusta, corrupta e inequitativa. Las actividades que hacen parte del proyecto están en concordancia con las políticas institucionales de una escuela que sirve para formar al estudiante como protagonista de su propia historia, de su nación y como ciudadano del mundo, según está previsto en nuestro Proyecto Educativo Institucional. En palabras de Morín: “la educación debe contribuir a la autoformación de la persona (aprender y asumir la condición humana, aprender a vivir) y a que aprenda a convertirse en un ciudadano. Un ciudadano, en una democracia, se define por su solidaridad y su responsabilidad respecto de su patria. Esto supone que tiene arraigada su identidad nacional.”

 

Objetivo: promover la participación democrática de los estudiantes de nuestra Comunidad Educativa

 

        Artes y Aprovechamiento del tiempo libre. “No concebimos un egresado que desconozca algunos rasgos de su identidad cultural o la del mundo y que por esta razón participe, de manera insípida, en la actividad cultural de nuestra ciudad”. Este proyecto tiene como finalidad articular bajo una sola matriz las diferentes expresiones artísticas que promuevan la participación y promoción de nuevos talentos, fortalecer la proyección institucional en la sociedad y formar apreciadores artísticos y culturales. Objetivo: generar espacios que permitan a los estudiantes la participación en actividades artísticas y culturales como una alternativa para el aprovechamiento del tiempo libre.

 

          Proyecto Familia. “La familia es la célula de la sociedad”. Reconoce que hoy está expuesta a múltiples fenómenos que la impactan de manera considerable, afectando su funcionamiento y ocasionando cambios en la realidad familiar. De acuerdo con lo anterior, consciente que la familia cambia a medida que la sociedad se transforma, consolida un programa de formación familiar, en el cual se propician momentos de orientación y reflexión que contribuyan a la tarea educativa, que parte desde el seno familiar, que tiene presente la realidad actual y que reconoce las diversas transformaciones presentadas en cada etapa del ciclo vital, contribuyendo de esta manera a la consolidación del perfil institucional de las mismas; familias abiertas al aprendizaje, creyentes, espirituales, orientadas a la excelencia, constructoras de relaciones, serviciales y solidarias. Objetivo: ofrecer a las familias espacios de orientación y de reflexión en la tarea educativa académica, formativa y de convivencia

 

Escuela de Liderazgo. El Proyecto Escuela de Liderazgo surge como respuesta a las necesidades actuales de una sociedad mejor, buscando formar líderes capaces de transformarse y transformar sus realidades circundantes, a su vez que les permite complementar la formación del Colegio y materializar de una manera tangible el lema del Colegio “Ser más para Servir Mejor”. Se responde entonces a la pregunta por el ser, para que los miembros de la Comunidad Educativa, quienes, desarrollando habilidades y actitudes orientadas al liderazgo, les permita dejar de ser personas del común y se conviertan en unos seres comprometidos, sensibles, con criterios sociopolíticos, orientados al servicio y especialmente a la proyección social. Objetivo: promover el desarrollo de habilidades y actitudes de liderazgo en los estudiantes, orientándolas hacia acciones de servicio.

 

Parágrafo 1. En el currículo y plan de estudio, el Establecimiento Educativo contempla el tiempo y condiciones destinadas a cada uno de los proyectos, acorde con lo señalado en los artículos 76 a 79 de la Ley 115 de 1994.

 

Parágrafo2. En todos los casos se deberán respetar las garantías constitucionales en torno a los derechos fundamentales establecidos en el Titulo II Capítulo 1 de la Constitución Nacional.

 

 

        COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA

CONVIVENCIA ESCOLAR

 

Acciones del Componente de Promoción y Prevención:

 

            Aprovechar los espacios de orientación y trabajo de proyectos como utilización del tiempo libre para sensibilizar a los estudiantes y a la Comunidad Educativa en general, sobre la importancia de los valores fundamentales para la convivencia y la solución de conflictos, derechos humanos, sexuales y reproductivos.

 

            Capacitar a los estudiantes, a los padres de familia y docentes frente a los comportamientos y conductas que puedan tipificarse como acoso escolar, sus implicaciones legales y cómo prevenirlas.

 

            Crear conciencia en la Comunidad Educativa sobre el espacio de la mediación escolar, como un recurso para la reparación y reconciliación.

 

            Reflexionar con los estudiantes acerca del juego como medio de socialización desde su sentido pedagógico, lúdico y ético.

 

            Programar jornadas de trabajo para padres e hijos con la orientación de profesionales en familia, psicología, pedagogía, entre otros, abordando las dificultades observadas a nivel de la convivencia, derechos humanos, sexuales y reproductivos

 

            Difundir y socializar el Manual de Convivencia como un programa de formación, transversal a todos los procesos institucionales.

 

            Desarrollar procesos de convivencia escolar, derechos humanos, sexuales y reproductivos a través de las áreas.

 

            Vincular a las entidades públicas encargadas de promoción y prevención, para desarrollar procesos de formación e intervención en las diferentes situaciones de convivencia escolar.

 

        Acciones del Componente de Atención: Establecer pautas y acuerdos que deben atender todos los integrantes de la Comunidad Educativa para garantizar la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

 

 

 

 

 

Pautas y Acuerdos para los Estudiantes

 

Respeto por la opinión y palabra del otro.

 

Derecho a la defensa.

 

Respeto por la dignidad e intimidad de los miembros de la Comunidad Educativa.

 

               Derecho a recibir formación y desarrollo de competencias en la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

 

               Derecho a ser escuchado, a presentar pruebas y a testificar, así como presentar testigos, de ser necesario.

 

               Derecho a no ser ridiculizado ni expuesto públicamente por alguna situación referente a la convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

 

               Respeto por la orientación sexual, credo, religión, raza, color de cualquier miembro de la Comunidad Educativa

 

Derecho a no ser responsabilizado sin justa causa o sin pruebas.

 

               Derecho a tomar decisiones sin ningún tipo de presión, a no ser obligado a reconocer la culpabilidad, ni recibir ningún tipo de presión.

 

               Derecho a ser sancionado cuando así se amerite, en forma justa y con intencionalidad formativa.

 

               Derecho a hacer uso de la Mediación Escolar, cuando la situación lo amerite.

 

               Derecho a utilizar un vocabulario adecuado para dar solución a los casos de convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

 

               Derecho a aplicar el principio de la favorabilidad en cada uno de los procesos.

 

               Dar a conocer previamente, a los estudiantes estas pautas y acuerdos, con el fin de garantizar su cumplimiento.

 

        Pautas y Acuerdos para los Adultos Responsables

 

               Derecho a ser informados oportunamente de las situaciones de convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

 

               Apoyar las acciones preventivas, correctivas, sancionatorias y de reparación, estipuladas en los procesos de convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, estipuladas por el Colegio.

 

Respeto por la opinión y la palabra del otro.

 

Que se garantice a su hijo un debido proceso, imparcial y justo.

 

               Respeto por la dignidad e intimidad de los miembros de la Comunidad Educativa.

 

               Derecho ha ser escuchado y atendido en el Colegio cuando se presente un caso que afecte la convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, siguiendo siempre el conducto regular.

 

               Cumplir la normatividad educativa, la Constitución Política, el Manual de Convivencia del Colegio y demás reglamentación que rige para la solución de dificultades.

 

               Garantizar la honra y buen nombre de todo el personal de la Comunidad Educativa u otros que se encuentren en el entorno escolar.

 

               Participación de los padres de familia en los procesos con los estudiantes, cuando se requiera.

 

               Utilización de vocabulario adecuado para dar solución a los casos de convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

 

               Dar a conocer previamente, a los padres de familia del Colegio, estas pautas y acuerdos, con el fin de garantizar su cumplimiento.

 

Pautas y Acuerdos para Docentes, Personal Administrativo y Otros Funcionarios de la Institución

 

Respeto por la opinión y la palabra del otro.

 

               Respeto por la orientación sexual, credo, religión, raza, color de cualquier miembro de la Comunidad Educativa

 

Garantizar un debido proceso, imparcial y justo.

 

               Respeto por la dignidad e intimidad de los miembros de la Comunidad Educativa.

 

               Derecho a ser escuchado, a presentar pruebas y a testificar, así como presentar testigos, cuando sea necesario.

 

               Cumplir la normatividad educativa, la Constitución Política, el Manual de Convivencia del Colegio y demás reglamentación que rige para la solución de dificultades.

 

               Garantizar la honra y buen nombre de los estudiantes que se vean involucradas en los casos que afectan la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

 

               Deber de sancionar cuando así se amerite, en forma justa, con intencionalidad formativa.

 

               Posibilitar la participación de los padres de familia en los procesos con los estudiantes, cuando el proceso lo requiera.

 

Hacer uso de la Mediación Escolar, cuando la situación lo amerite.

 

Utilización de vocabulario adecuado para dar solución a los casos de convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

 

Aplicar el principio de la favorabilidad en cada uno de los procesos.

 

Dar a conocer previamente, a los profesores y personal administrativo de la institución estas pautas y acuerdos, con el fin de garantizar su cumplimiento.

 

 

        PROTOCOLOS DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA

CONVIVENCIA ESCOLAR

 

La Ruta de Atención Integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité de Convivencia Escolar para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del Manual de Convivencia. Estos protocolos deberán definir, como mínimo los siguientes aspectos:

 

          La forma de iniciación, recepción y radicación de las quejas o informaciones sobre situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

 

        Desde la institución se iniciará el caso, cuando se evidencie que un estudiante sea afectado por una situación de acoso escolar y el ejercicio de sus derechos humanos, sexuales y reproductivos. Se recibirá el caso por cualquier miembro de la comunidad, que puede ser de manera verbal o escrita. Si se hace de manera verbal, deberá dejarse constancia por escrito de tal situación donde se precisará de las personas implicadas y los hechos acaecidos que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. De la recepción de los casos se dejará asentado de forma escrita en comunicación institucional.

 

        Los mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los documentos en medio físico o electrónico, así como de las informaciones suministradas por las personas que intervengan en las actuaciones y de toda la información que se genere dentro de las mismas, en los términos establecidos en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia.

 

        Desde el Colegio, serán de total reserva del sumario todas las comunicaciones, actas, procedimientos, las cuales se dejarán guardadas en Rectoría. Algunos mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los documentos en medio físico o electrónico, son:

 

        Los miembros del Comité de Convivencia Escolar harán la toma de juramento en torno a la discreción y confidencialidad al iniciar su ejercicio.

 

        Si a algún miembro del Comité se le comprueba que ha filtrado información que afecte la intimidad y confidencialidad de los procesos llevados al Comité, se tomarán las medidas pertinentes de acuerdo con el Reglamento interno del mismo.

 

        Guardar el sigilo profesional en todo momento y en toda ocasión; por ninguna razón comentar situaciones de ningún caso en otro Comité o espacio.

 

        Se protegerá y se guardará confidencialidad y discreción a quien informe sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra.

 

        Las estrategias y alternativas de solución, incluyendo entre ellas los mecanismos pedagógicos para tomar estas situaciones como oportunidades para el aprendizaje y la práctica de competencias ciudadanas de la Comunidad Educativa. Desde el Colegio el Comité tendrá como directrices en sus decisiones, las orientaciones formativas, valorativas, correctivas y sancionatorias del Manual de Convivencia y Reglamento disciplinario, como también, tendrá en cuenta, todas las orientaciones y estrategias presentadas desde el Programa de Mediación escolar.

 

        Las consecuencias aplicables, las cuales deben obedecer al principio de proporcionalidad entre la situación y las medidas adoptadas, deben estar en concordancia con la Constitución, los tratados internacionales, la ley y el Manual de Convivencia.

 

        Desde el Colegio se analizará la situación teniendo en cuenta los atenuantes y los agravantes, además revisando el objeto, la finalidad y las circunstancias de todo acto moral, para brindar las mejores orientaciones y determinaciones; pero se precisa que todo procedimiento disciplinario será aplicado por el Comité de Convivencia según lo estipulado en el Manual de Convivencia.

 

        Las formas de seguimiento de los casos y de las medidas adoptadas, a fin de verificar si la solución fue efectiva.

 

        Desde el Colegio, se revisarán periódicamente los avances de las orientaciones, correctivos y determinaciones asumidas. Esta revisión quedará estipulada en el Reglamento Interno del Comité de Convivencia.

 

        Un directorio que contenga los números telefónicos actualizados de las siguientes entidades y personas: Policía Nacional, del responsable de seguridad de la Secretaría de Gobierno Municipal, Distrital o Departamental, Fiscalía General de la Nación, Unidad de Infancia y Adolescencia, Policía de Infancia y Adolescencia, Defensoría de Familia, Comisaría de Familia, Inspector de Policía, ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar), del puesto de salud u Hospital más cercano, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, Medicina Legal, de las entidades que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, de los padres de familia o acudientes de las niñas y adolescentes matriculados en el Establecimiento Educativo.

 

8.15. Desde el Colegio, se tendrá la información de las entidades y personas que nos pueden brindar todo su apoyo en situaciones complejas. Dicha información reposará en la Rectoría, Coordinación, Secretaría y Sala de Docentes.

 

Parágrafo: la aplicación de los protocolos de la ruta de atención integral (tipo I, II y III), tendrá lugar frente a las situaciones que se presenten, de estudiantes hacia otros miembros de la Comunidad Educativa, o de otros miembros de la Comunidad Educativa hacia LOS ESTUDIANTES.

 

SITUACIONES DE ALTO RIESGO

 

Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes que .no puedan ser resueltas por las vías que establece el Manual de Convivencia y se requiera de la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por El Rector de la Institución, de conformidad con las decisiones del Comité Escolar de Convivencia, al ICBF, la Comisaría de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda.

 

Parágrafo: los postulados, procesos, protocolos, estrategias y mecanismos de la Ruta de Atención Integral se fijan de acuerdo con el Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013

 

 

        GARANTÍA DE DERECHOS Y APLICACIÓN DE PRINCIPIOS

 

En todas las acciones que se realicen en el marco de los diversos componentes de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, debe garantizarse la aplicación de los principios de:

 

                        Protección integral, incluyendo el derecho a no ser revictimizado;

 

                        El interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes;

 

                        La prevalencia de los derechos;

 

                        La corresponsabilidad;

 

                        La exigibilidad de los derechos;

 

                        La perspectiva de género

 

          Los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes de los grupos étnicos,

 

          El principio de proporcionalidad en las medidas adoptadas en las situaciones que afecten la convivencia,

 

          La protección de datos contenida en la Constitución, los tratados internacionales y la Ley 1581 de 2012.

 

 

DEFINICIONES

 

Para efectos del Decreto 1965 se entiende por:

 

          Conflictos: son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

 

          Conflictos manejados inadecuadamente: son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la Comunidad Educativa de los cuales por lo menos un estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

 

          Agresión escolar: es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la Comunidad Educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la Comunidad Educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.

 

            Agresión física: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

 

            Agresión verbal: Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

 

            Agresión gestual: Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

 

                Agresión relacional: Es toda acción que busque afectar negativamente las   relaciones     que     otros   tienen.           Incluye          excluir de       grupos,          aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

 

11.3.5. Agresión electrónica: Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

 

        Acoso escolar (bullying): de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento. educativo

 

        Ciberacoso escolar (ciberbullying): de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

 

        Violencia sexual: de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley

 

1146 de 2007, “se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”.

 

        Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes

           

          Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

 

 

DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define los procesos y los protocolos que se seguirán en la I.E para mantener una sana convivencia.

Componentes de la Ruta: Tiene 4 COMPONENTES:   De promoción, prevención, atención y seguimiento.  Cada uno de estos componentes presenta las directrices y/o lineamientos para llevar a feliz término el proceso de atención y formación.

 

a. Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

 

b. Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y Ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

 

 Que se presenten de manera repetida o sistemática.

 

 Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. 

 

c. Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.  

 

 

FALTAS TIPO I

1.    Llegada tarde a los salones o actos protocolarios.

2.    Utiliza el celular u otros dispositivos electrónicos en el aula de clase con propósitos no educativos.

3.    Usa y porta inadecuadamente el uniforme. 

4.    Incumple las labores de aseo dentro y fuera del aula de clase.

5.    Provoca molestias a los transeúntes.

6.    Da información falsa a los padres de familia, docentes y directivos docentes de la institución.

7.    Induce a otras personas a realizar actos indebidos e inmorales de cualquier tipo.

8.    Miente y elabora chisme contra sus compañeros y miembros de la comunidad educativa.

9.    Se sale de clase o se ausenta del establecimiento educativo sin el permiso expreso de los docentes y directivos.

10. Toma sin permiso los útiles o cualquier otra pertenencia de un compañero.

11. Se involucra en juegos bruscos y/o alienta peleas.

12. Trata con expresiones de mal gusto o de provocación a un miembro de la comunidad.

13. Da uso inadecuado a los servicios destinados para el bienestar de la comunidad educativa, tales como:  restaurante escolar, sala de informática, el tablero digital, biblioteca, aulas de clases, laboratorios, pasillos, baños, placa polideportiva y demás predios de la institución, así como de los implementos deportivos, sillas, mesas, pupitres y tableros.

14. Se involucra en comportamientos escandalosos y/o vulgares, dentro o fuera de la institución portando el uniforme.

15. Alienta, encubre o es cómplice en una falta disciplinaria.

16. Celebra cualquier evento arrojando objetos tales como: huevos, maicena, agua, harina.

17. No reclamar el boletín informativo en la fecha asignada.

18. Asume actitudes, gestos y comportamientos afectivos o eróticos inadecuados de manera abierta e irrespetuosa.

19. Falta sin causa justificada a las actividades programadas curricularmente por la institución.

20. Muestra comportamientos discriminatorios a sus semejantes.

21. Y otras que no se contemple, pero está enmarcada en estas tipologías.

 

ESTRATEGIAS PEDAGOGICAS PARA LAS FALTAS TIPO I

• Calmarse manejando la rabia que estos conflictos generan.

• Plantear de manera clara y asertiva su versión de lo ocurrido y sus intereses, es decir, lo que realmente se quiere.

• Escuchar activamente y comprender el punto de vista y los intereses de la otra parte.

• Proponer creativamente diversas alternativas para el manejo de estos conflictos.

• Escoger alguna alternativa que favorezca los intereses de ambas partes.

• Perdonarse y/o reconciliarse.

 

        Protocolo para la atención de Situaciones Tipo I. Procedimiento:

 

                Cualquier miembro de la Comunidad Educativa debe estar en disposición de atender una Situación de Tipo I de manera inmediata, si es el caso solicitará ayuda al Docente de Aula, quien actuará de forma inmediata con las partes involucradas en el conflicto.

 

                Facilitará la expresión de cada persona involucrada para exponer sus argumentos frente a lo sucedido, escuchando activamente el punto de vista y los intereses de la otra parte.

 

                Se recomienda mediar de manera pedagógica para reparar el daño causado, restablecer derechos e iniciar una reconciliación y proponer creativamente diversas alternativas para el manejo de estos conflictos.

 

                Fijará formas de solución de manera imparcial, equitativa y justa. (Guía 49, pg.142).

 

                Se establecerán compromisos entre las partes.

 

                Se entregarán las evidencias del proceso desarrollado al Director de Grupo.

 

                El Director de Grupo hará seguimiento constructivo del proceso, lo cual quiere decir: Llevar un registro interno de su grupo, con el objetivo de contribuir a la vigilancia del fenómeno y la reincidencia del mismo, dirigido a generar estrategias de intervención posterior, de ninguna manera se utilizará, este proceso para decisiones que impliquen afectar la nota de comportamiento, dado que la mediación debe una posibilidad a la cual puede acceder cualquier estudiante en las situaciones Tipo I.

 

                Entendiendo que la mediación es una estrategia pedagógica que busca gestionar el conflicto donde una persona neutral ayuda a las partes a enfrentarlos constructivamente, por lo tanto, el Establecimiento educativo debe facilitar y no limitar el acceso del estudiantado al desarrollo de habilidades sociales.

 

                Si la situación de un estudiante se presenta en escalada esta será tratada según corresponda con los protocolos de actuación en las situaciones Tipo II y Tipo III.

 

 

FALTA TIPO II

1.    Perturba el normal desarrollo de las clases o de cualquier otra actividad ya sea académica-cívica.

2.    Sustrae, daña o destruye cualquier tipo de documento de carácter institucional.

3.    Amenaza, intimida o chantajea a un compañero, con fines perversos.

4.    Injuria a un miembro de la comunidad educativa utilizando las redes sociales.

5.    Amenaza, intimida o chantajea a un docente, o un directivo docente con fines personales.

6.    Asiste a la institución educativa en estado de embriaguez o bajo los efectos de las sustancias psicoactivas.

7.    Porta o consume licor, cigarrillos o sustancias psicoactivas dentro de la institución.

8.    Conforma pandillas que lesionen el ambiente escolar y pongan en riesgo la integridad física de los miembros de la comunidad educativa.

9.    Agrede físicamente a un miembro de comunidad educativa y visitante.

10. Tiene relaciones sexuales dentro de la institución.

11. Encierra a un compañero o cualquier otro miembro de la comunidad educativa en el aula de clase, en la sala de cómputo, en los baños o en cualquier otro espacio de la institución.

12. Da falsas alarmas que puedan producir pánico colectivo o que generen consecuencias físicas a otros.

13. Desconfigura intencionalmente, altera y/o modifica el software y hardware de los computadores de las salas de informática, en la red de internet o en el tablero digital.

14. Utiliza sustancias que producen malos olores para interrumpir las clases.

15. Practica el bullying a miembros de la comunidad educativa afectándolos emocionalmente.

 

Las características:

      Es una situación de acoso escolar (bullying).

      Es una situación de Ciberacoso escolar (ciberbullying).

      Es una situación de agresión física con contenido sexual, así sea la primera vez que se presenta.

      La situación no reviste las características de un delito.

      Es una situación de agresión, así sea la primera vez que se presenta, que ocasionó daños al cuerpo o a la salud física o mental de los afectados, pero no generó incapacidad de ningún modo.

 

ESTRATEGIAS PEDAGOGICAS PARA LAS FALTAS TIPO II

 

a.    Llamado de atención con reflexión y diálogo entre las partes de ser necesario intervendrá como mediador algún miembro del Comité de Convivencia (Ley 1620 de 2013).

 

b. Anotación en el observador del estudiante. Tiene como propósito llevar un registro de las situaciones que así lo ameriten, donde se debe anotar la situación ocurrida, las causas que la motivaron y el procedimiento acordado por las partes.

 

c. Citación a padres de familia o acudiente para ser informados de la situación ocurrida. De no presentarse en la fecha indicada, el estudiante no podrá ingresar a clases con regularidad, sino que realizará actividades de servicio social y comunitario en los diferentes espacios del colegio, sin embargo, deberá responder por las actividades académicas, hasta cuando su acudiente se presente a la institución.

 

d. Citación a los padres de familia o acudientes para firmar Compromiso Disciplinario o de Permanencia del estudiante en la institución según sea el caso.

 

e. Remisión a los servicios de psicología y orientación dentro o fuera del colegio, bajo la supervisión de los acudientes o padres de familia.

 

f. Remisión al Comité de convivencia o consejo académico según sea el caso.

 

g. Remisión al Consejo Directivo según sea el caso, escalando a la autoridad competente (Ley 1620 de 2013).  

 

h. La cancelación del cupo, será el último recurso, al que se acuda cuando agotados los procesos establecidos no se haya logrado modificación positiva en el comportamiento del estudiante, o cuando la permanencia del estudiante en el colegio incida negativamente en la comunidad (Ley 1098, Ley de la infancia y la adolescencia).

 

 

 

i. Desarrollar tareas extras de interés pedagógico para la comunidad.

 

j. Asumir los costos para reparar muebles, enseres o material didáctico en general, siempre y cuando se haya demostrado responsabilidad del estudiante en el daño de los mismos.

 

k. Presentarse con el acudiente en la fecha y hora programada.

 

l. Los estudiantes que presenten (25) inasistencias injustificadas, durante el trimestre serán reportados inmediatamente ante la autoridad competente, en personería local, bienestar familiar y SED, de acuerdo a la Res. 1740 de 2009 Art. 6. En la investigación se debe:

 

1.    Incluir la versión de la persona o personas afectadas por medio de entrevistas individuales.

2.    Incluir la versión del agresor o agresora (o la de todos ellos o ellas, si es el caso) por medio de entrevistas individuales.

3.    Incluir la versión de las y los observadores.

4.    Conocer quiénes son todas las personas involucradas.

5.    Conocer qué tan repetida ha sido la situación (si es la primera vez o si ya ha sucedido en distintas ocasiones).

 

        Protocolo para la atención de Situaciones Tipo II. Procedimiento:

 

                En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

 

                Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.

 

                Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

 

                Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando, en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

 

                Si el caso no corresponde a las características de las situaciones tipo III, de que trata el numeral 3 del artículo 40 del decreto 1965 de 2013, se determinarán las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el Establecimiento Educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

 

                Si se evidencia que el caso expuesto corresponde a las características de las situaciones tipo III, de que trata el numeral 3 del artículo 40 del decreto 1965 de 2013, se aplicará el protocolo definido en el artículo 44 del Decreto 1965

 

                El presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los demás integrantes de este Comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El Comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del Decreto 1965. El Comité Escolar de Convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

 

 

OTROS COMPONENTES SITUACIONES TIPO II

 

Tomado de guía orientadora de protocolos de convivencia escolar para establecimientos educativos, basado en la cartilla 48 y 49

 

Parágrafo: cuando el Comité Escolar de Convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del decreto 1965 de 2013.

 

FALTA TIPO III

 

1.    Ocasiona daños a la propiedad ajena.

2.    Homicidio.

3.    Violación (acceso carnal en cualquiera de sus modalidades).

4.    Acoso sexual.

5.    Promover pornografía o actividad sexual en la institución.

6.    Pornografía con personas menores de 14 años.

7.    Extorsión.

8.    Secuestro.

9.    Porta, exhibe o guarda armas de fuego, armas corto punzantes, explosivos o cualquier otro objeto contundente con el que se pueda atentar contra la integridad física de cualquier miembro de la comunidad educativa.

10. Herir a un compañero o a cualquier otro miembro de la comunidad educativa utilizando un arma de fuego, corto punzante o contundente.

11. Distribuye sustancia psicoactiva que causen adicción o embriaguez (decreto 1108 de 1994) código nacional y del departamento de policía.

12. Planea, lidera, estimula, apoya o participa en actos de vandalismo u otro tipo de conducta violenta dentro o fuera de la institución.

13. Retiene, secuestra o extorsiona algún miembro de la comunidad educativa.

14. Cualquier conducta que ha sido tipificada como delito en el código penal colombiano.

 

PARAGRAFO: Para los estudiantes menores de 14 se debe informar de manera inmediata por escrito a la vía administrativa (Comisaria de Familia). y para los mayores de 14 años se impondrá la correspondiente demanda ante la autoridad competente.

 

 

Protocolo para la atención de situaciones tipo III.

 

En el caso de situaciones que sean constitutivas de presuntos delitos:

 

• Se denuncia por escrito ante la autoridad competente presente en el ámbito local.

• Se remiten a las personas involucradas al servicio de salud con el que cuentan.

• Se comunican por escrito a los representantes legales de las personas involucradas las medidas tomadas para el manejo de la situación.

• El EE garantiza los derechos de las personas implicadas según los protocolos. Se deja constancia de dicha actuación.

• Se reporta el caso al Sistema de Información Unificado.

 

        Protocolo para la atención de Situaciones Tipo III. Procedimiento:

 

                En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

 

                Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

 

                El presidente del Comité Escolar de Convivencia, de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional.

 

                Se citará a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia. De la citación se dejará constancia.

 

                El presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los participantes en el Comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que puedan atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. Adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del Establecimiento Educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

 

                El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

 

                Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del Comité municipal, distrital o departamental de Convivencia Escolar que ejerza jurisdicción sobre el Establecimiento Educativo en el cual se presentó el hecho.

 

 

OTROS COMPONENTES SITUACIONES

 

La autoridad administrativa competente con los soportes de las acciones previas adelantadas, para que éstas, después de la verificación pertinente, adopten las medidas a que haya lugar, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 y siguientes de la Ley 1098 de 2006. Lo anterior, sin perjuicio de que el Establecimiento Educativo continúe con el procedimiento necesario para restablecer el clima escolar.

 

Parágrafo 2: para las situaciones constitutivas de presuntos delitos por parte de menores o mayores de edad, las investigaciones, interrogatorios y demás actuaciones serán adelantados por las autoridades y órganos especializados del sistema de responsabilidad penal de menores o de adultos, según se trate, a fin de evitar vulneración de derechos fundamentales de los involucrados y de incurrir en extralimitación de funciones.

 

 

13. ACTIVACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE OTRAS ENTIDADES

 

De acuerdo a la reglamentación del decreto 1965 de 2013 El Rector deberá activar los protocolos correspondientes a otras autoridades

 

14. ATENCIÓN EN SALUD MENTAL

 

La atención en Salud Mental a los niños, niñas, adolescentes y las familias afectadas por la violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos, será prioritaria con base en el Plan Obligatorio de Salud, en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Tomado de guía orientadora de protocolos de convivencia escolar para establecimientos educativos, basado en la cartilla 48 y 49

 

Parágrafo 1: si en cualquiera de las situaciones a las que hace referencia el artículo 40 del Decreto del decreto 1965 de 2013 se evidencia una vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes involucrados en el hecho, el Presidente del Comité Escolar de Convivencia deberá poner la situación en conocimiento de la

 

 

ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

 

La atención educativa de las personas por su condición de NEE es una obligación del Estado, según la Constitución Política de Colombia de 1991, las leyes: 115 de 1994, 361 de 1997 y 715 de 2001; decretos reglamentarios 1860 de 1994 y 2082 de 1996 y la resolución 2565 de 2003 entre otros, las normas anteriores se estructuran mediante la política pública (2003) y política social (Conpes 80 de 2004).

 

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y EQUIDAD

 

La educación para la población con NEE reconoce que entre los seres humanos existe infinidad de diferencias, derivadas de su género, raza, religión, cultura, posibilidades de aprendizaje, entre otras; esta concepción lleva a que los sistemas del Estado garanticen la igualdad de oportunidades a todos los servicios, no sólo por el hecho de ser ciudadanos, sino por su condición humana.

 

Son considerados estudiantes con Necesidades Educativas Especiales - NEE, los siguientes:

 

• Estudiantes con limitación auditiva

• Estudiantes con limitación visual

• Estudiantes sordos ciegos

• Estudiantes con autismo

• Estudiantes con discapacidad motora

 • Estudiantes con discapacidad cognitiva

• Estudiantes con capacidades y talentos excepcionales

 

DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES NEE

1.    Recibir de manera oportuna educación especial, con personal idóneo.

2.    El derecho a la no distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en su condición de discapacidad basada en el efecto de deteriorar el disfrute de los derechos humanos y libertades fundamentales.

3.    El derecho a la igualdad de oportunidades.

4.    El derecho a una completa igualdad y protección ante la Ley.

5.    El derecho a un alto estándar de salud para un tratamiento médico, psicológico y funcional, de igual manera a una rehabilitación médica y social y otros servicios necesarios para el máximo desarrollo de las capacidades, habilidades y autoconfianza.

6.    El derecho a trabajar, de acuerdo con sus capacidades, a recibir salarios que igualitarios que contribuyan a un estándar de vida adecuado.

7.    El derecho a ser tratado con dignidad y respeto.

 

DEBERES DE LOS ESTUDIANTES NEE

1.    Cumplir con las actividades asignadas por los docentes de acuerdo a su proceso de formación.

2.    Permanecer en la Institución durante la jornada escolar.

3.    Respetar el timbre para la entrada y salida de las aulas, salida de la institución.

4.     Cuidar y utilizar correctamente los muebles, el material didáctico, los recursos pedagógicos y las instalaciones del colegio, así como respetar las pertenencias de las demás personas.

5.    Asistir a las actividades académicas y demás programadas por la institución.

6.    Aportar a la institución y a su proceso de formación de acuerdo a sus habilidades / capacidades. 

ACTIVIDADES EXTRACLASES

 

La Unidad de Extensión, que incluye el Clubes y semilleros, ofrecen, programa y administra las extraclases, buscando utilizar el tiempo libre en forma creativa con actividades deportivas. Normas:

 

a.    Estar matriculados en la institución

 

b.    Si es deportista, debe tener la edad requerida para cada categoría según lo establecido por el estamento respectivo y por la respectiva Liga Deportiva. En las demás actividades tener la edad exigida, según el evento social o cultural de acuerdo con lo establecido en la Institución encargada.

 

c.    Presentar a su entrenador, profesor la documentación necesaria según la exigencia de la Liga correspondiente o del respectivo grupo cultural, o la necesaria para la elaboración de la ficha técnica.

 

d.    Mantener una actitud apropiada con sus compañeros, el entrenador, el profesor, velando porque haya un ambiente de respeto y comprensión.

 

e.    Comunicar las dificultades del grupo, siguiendo los conductos regulares y manifestando sus reclamos en forma cortés.

 

f.     Contar con los implementos mínimos que le permitan el desarrollo de la actividad.

 

g.    Ser puntual en los entrenamientos y ensayos, al igual que en los encuentros deportivos, sociales y culturales.

 

h.    Portar con respeto y decoro el uniforme respectivo para las representaciones.

 

i.     Representar con responsabilidad a la institución, en encuentros deportivos y actividades sociales y culturales.

 

j.     Tratar con respeto a sus compañeros y demás personas, evitando apodos, insultos, ofensas, amenazas y agresiones físicas (bullying)

 

k.    Informar oportunamente a su entrenador, profesor de las ausencias o retrasos a los entrenamientos o compromisos.

 

l.     Contar con la debida autorización del club deportivo, del entrenador o profesor para retirarse de la actividad a la que pertenezca.

 

m.  Mantener un buen rendimiento académico y normativo.

 

n.    Tener la debida autorización de los padres para practicar la actividad y para representar al Colegio por fuera de sus instalaciones.

 

o.    Actividades extra-clase o pertenencia a algún grupo (brigada, musical, de clubes entre otros) están cobijadas por las mismas normas del Colegio. Su incumplimiento puede ocasionar, la sanción estipulada por la instancia respectiva, la suspensión o retiro definitivo de la misma.

 

p.    Las actividades de carácter cultural, social, de clubes entre otras, serán administradas por el colegio directamente.

 

MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNOS.

 

Los medios informativos y comunicativos al servicio de la Comunidad Educativa, se clasifican:

 

        Medios Orales. Todas las intervenciones o mensajes dirigidos a los públicos internos o externos que se usen para formación, comunicación o divulgación de cualquier tipo de mensaje. En caso de dirigirse a grupos mayores de 30 personas, las presentaciones orales deben ir acompañadas por diapositivas en PowerPoint y contar con un micrófono que posibilite un buen sonido. (Esto no es impositivo y puede omitirse según el criterio del expositor u orador).

 

        Medios Escritos. Deben seguir las normas establecidas en el numeral de Identidad Corporativa y las especificaciones dadas en este manual para cada tipo de medio escrito. Se harán publicaciones periódicas y publicaciones extraordinarias, ambas deben estar alineadas con la filosofía institucional y con lo previsto en este Manual. Las carteleras se contemplarán en un capítulo aparte de este manual, pues cumplirán normas específicas.

 

        Medios Audiovisuales. Deben seguir las normas establecidas para los medios orales y los escritos, teniendo en cuenta que, en aras de la creatividad y el dinamismo, se podrán pasar por alto alguno de los numerales establecidos en este Manual.

 

        Medios Electrónicos. La Internet siempre estarán alineadas con la filosofía de la Institución, conservando como base los colores corporativos (blanco y azul bronce), utilizando los elementos que el diseñador y administrador de la red consideren necesarios para hacerlas más interactivas y más agradables a la vista. Siempre deben estar enfocadas a la prestación de un excelente servicio.

 

        wasap Institucional.

        Plataforma Sinaí.

        Llamadas por celular.

 

 

RESPONSABILIDADES INSTITUCIONALES

 

        Cuidado y conservación del medio ambiente. Entender lo ambiental como una tarea social, es un reto que se debe asumir en forma responsable. Tomar conciencia sobre el entorno para la preservación y conservación de la naturaleza, debe ser un propósito de toda la Comunidad Educativa. Para garantizar un buen ambiente ecológico en la Institución es preciso que se cumplan y ejerciten cada una de las siguientes pautas de comportamiento:

 

        Conservar todos los recursos que embellecen la Institución, creando así un ambiente agradable para la comunidad educativa.

 

        No contaminar, ensuciar, derrochar o destruir los enseres, objetos o elementos que hay alrededor.

 

        Cuidar, en todo momento, los jardines y las zonas verdes, velando por su mantenimiento y conservación.

 

        Mantener limpios todos los espacios del Colegio. No arrojar basuras al piso.

 

        Reciclar y reutilizar los desechos sólidos que produce la Institución.

 

        Usar en forma adecuada, los servicios públicos: agua, luz y teléfono.

 

        Contribuir a conservar limpias las aguas de las microcuencas que pasan por el Colegio

 

        Proteger las especies de aves que llegan a la Institución. Ellas también hacen parte de nuestro entorno. Demostrar siempre una actitud responsable frente a la protección y conservación del medio ambiente. Participar en forma activa, de los asuntos ecológicos mediante la divulgación de proyectos que aseguren un mejor futuro para todos.

 

        Cuidado y conservación de bienes. Una de las cualidades y características fundamentales de la Comunidad Educativa, es poseer un profundo sentido de pertenencia. Por esta característica todos los miembros deben ser exigentes con el cuidado y la conservación de los bienes del Colegio.

 

 

CAPÍTULO VII PROYECTO SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO

 

 

1.   REGLAMENTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO

 

Cada estudiante tiene que cumplir con una intensidad de 120 horas, pueden ser 40h en el grado 10° y 80h en el grado11° de prestación del servicio preferiblemente dentro de la institución.

 

El servicio social obligatorio está reglamentado según lo dispuesto por el Gobierno por medio del Ministerio de Educación Nacional según Resolución 4210 de 1996 por la cual se reglamenta el Servicio Social Estudiantil de carácter obligatorio, la Ley 115 de 1994, el Decreto 1860 de 1994 posibilitando la vinculación de los estudiantes de los grados 10º y 11º al trabajo comunitario, mediante el diseño de proyectos pedagógicos que respondan a las necesidades y expectativas de la comunidad.

 

2.   OBLIGATORIEDAD

 

Es deber de los estudiantes de toda Institución educativa, cumplir con un programa de servicio social y es deber de la Institución velar que este se cumpla en un plan de 30 horas teóricas y 80 prácticas, las cuales son requisito para su graduación. Lo anterior de acuerdo con el Decreto 1860 de la Ley General de Educación.

 

El estudiante podrá prestar su servicio social dentro de las instalaciones del Colegio, en jornada adicional, desempeñando labores en diferentes actividades y servicios que procuren un bienestar institucional. Este servicio social en el Colegio se presta a solicitud del interesado y con la asignación de tareas y control por parte de la persona responsable de Institución del servicio social del alumnado.

 

 

3.   OBJETIVOS DEL PROYECTO SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO

 

Objetivo General: Integrar a los jóvenes a la vida comunitaria con el fin de contribuir a su formación social y cultural, a través de proyectos pedagógicos tendientes al desarrollo de valores, especialmente la solidaridad, la protección, conservación y mejoramiento del ambiente y la dignidad y sentido del trabajo y del tiempo libre.

 

Objetivos Específicos:

 

        Crear ambientes propicios para la construcción de la paz y la convivencia

         

        Fomentar en los estudiantes el espíritu de servicio y colaboración y solidaridad

 

        Despertar en los estudiantes el interés y la motivación de servir a las comunidades y las instituciones que lo requieran

 

        Crear espacios de refuerzo del sentido de responsabilidad en los estudiantes

 

        Servir de apoyo a la comunidad

 

        Generar estrategias que permitan a los estudiantes la inducción en asuntos laborales.

 

 

REGLAMENTO INTERNO DEL PROYECTO SERVICIO SOCIAL

 

Cada estudiante tiene que cumplir con una intensidad mínima de ochenta (80) horas de prestación del servicio.

 

El servicio social que se presta fuera de la Institución tiene que hacerse en una Institución aprobada por la institución.

 

Una vez tenga asignado el lugar donde realizará el servicio social, debe presentarse al coordinador del programa de dicha Institución, para acordar el horario y el reglamento interno.

 

El Colegio dispone de un educador para dinamizar el servicio social, el cual está programado para cumplirse mientras se curse el grado 10º Y 11°.

 

Cuando por algún motivo no puedan cumplir con sus horarios de práctica deben avisar con tiempo y presentar excusa por escrito, tanto al responsable del programa en el Colegio como a la Institución afectada.

 

Estar dispuestos a participar en todo evento especial a que se les cite, mostrándose como líderes y emprendedores.

 

Ser prudente en el manejo de la información.

Mantener una excelente presentación personal, y el uniforme bien llevado.

 

Mantener buenas relaciones personales.

 

Preguntar cuando no entiendan algo para que se les dé la inducción que requieren.

 

El estudiante debe cumplir con las funciones establecidas puntualmente. Cada periodo traer diligenciado el control de tiempo que lleven de prestación del servicio. Se realizarán reuniones periódicamente con los estudiantes. (presentar el certificado).

 

 

ESTÍMULOS AL PROYECTO SERVICIO SOCIAL

 

El Rector podrá autorizar la prestación de este servicio a estudiantes de otros grados 9º y 8º que cumplan con los requisitos y el perfil requerido, como un estímulo a su proactividad y responsabilidad en trabajos extras. En algunos casos particulares, y de acuerdo con la responsabilidad de LOS ESTUDIANTES, el comité de servicio social, podrá asignar un tiempo extra al tiempo de servicio prestado.

 

 

SANCIONES AL PROYECTO SERVICIO SOCIAL

 

El estudiante que sea retirada de la Institución donde esté realizando el servicio social por mal comportamiento, rendimiento u otro aspecto; perderá el tiempo que lleve alfabetizando y tiene que buscar otra institución para iniciar el proyecto.

 

 

DISPOSICIONES FINALES

 

 

INTERPRETACIÓN Y VACÍOS.

El Consejo Directivo queda facultado para que, por vía de autoridad, interprete este Manual en los aspectos que no sean de clara aplicación. Igualmente, para llenar los vacíos que presente el mismo.

 

 

DELEGACIÓN RECTORAL. Se delega a El Rector para que conforme a las necesidades Institucionales ordene la revisión del Manual de Convivencia.

 

MODIFICACIONES.

 

Este Manual podrá ser modificado a iniciativa de la Rectoría, el Consejo Académico o de la tercera parte del Consejo Directivo.

 

El presente Manual de Convivencia deroga el anterior en todas sus partes. El presente Manual de Convivencia comienza su vigencia a partir del día 19 de enero del año escolar 2017.

 

 

 

 

 

 


TRAMITE DE FALTAS DISCIPLINARIAS

FECHA

DIA:

MES:

AÑO:

DOCENTE QUE RECIBE LA QUEJA:

DIRECTOR DE GRUPO:

NOMBRE DEL ESTUDIANTE

GRADO:

PADRE DE FAMILIA:

BARRIO:

TELEFONO:

FALTA DISCIPLINARIA

TIPO:

DESCRIPCION DE LA FALTA:

 

 

 

 

 

 

OBSERVACION DEL DOCENTE:

 

 

 

 

 

OBSERVACION DEL DIRECTOR DE GRUPO:

 

 

 

 

COMPROMISO DEL ESTUDIANTE:

 

 

 

 

 

COMPROMISO DEL PADRE DE FAMILIA:

 

 

 

 

 

 

FIRMA DEL DOCENTE               FIRMA DEL DIRECTOR DE GRUPO

 

 

 

FIRMAS DEL ESTUDIANTE        FIRMA DEL PADRE DE FAMILIA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

INSTITUCION EDUCATIVA LA ESMERALDA

 

HISTORIA DISCIPLINARIA

REINCIDENTE   SI        NO

PRIMER APELLIDO

SEGUNDO APELLIDO

NOMBRES COMPLETOS

FECHA Y HORA DEL DELITO

 

 

 

AÑO

MES

DÍA

HORA

 

 

 

 

NOMBRE DEL PADRE DE FAMILIA

 

BARRIO:

TELEFONO: 

FECHA DE NACIMIENTO

AÑO

MES

DÍA

RECIDENCIA

BARRIO

TELEFONO:

 

 

 

 

 

EDAD

 

 GRADO

 

SEXO

 

 

NOMBRE DE DOCENTE RESPONSABLE:

FALTAS TIPO III

1.

 

2.

 

3.

 

DESCRIPCION DEL CASO:  

OBSERVACIONES: 

 

 

FIRMA:

 

 

 

 

 

NUEVAS NORMAS 2018

 

ELEMENTOS ESENCIALES DEL DERECHO AL DEBIDO PROCESO

(T-859 de 2002)

 

Los aplicables en materia educativa, se encuentran:

      El derecho a la defensa

       el derecho a un proceso público

       y el derecho a la independencia e imparcialidad de quien toma la decisión.

 

      La Corte también ha sido clara en señalar que toda imposición de sanciones debe estar precedida por una estricta observancia del artículo 29 de la Constitución. El derecho al debido proceso en todos los ámbitos, pero especialmente en el educativo, es una manifestación del principio de legalidad que busca garantizar la protección de la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad de los educandos.

 

 

La Corte indica además que cualquier cambio en el Manual de Convivencia debe ser conocido y aprobado por la comunidad educativa.

 

PROTEGER LOS DERECHOS DE LA ESTUDIANTE

 

El Tribunal reconoció que los establecimientos educativos no están autorizados, en ningún caso, a imponer patrones estéticos o de conducta. Esto se debe a que la tolerancia y el respeto por la diferencia rigen el proceso de enseñanza y aprendizaje en un modelo de Estado Social de Derecho que optó por la defensa de la pluralidad y del multiculturalismo.

 

 

 

 

USO DEL LENGUAJE

 

El lenguaje es un elemento importante en la socialización y construcción de las relaciones de género, es decir, que gracias a la manera como se usan las palabras y expresiones para referirse a un género u otro, las niñas, niños y adolescentes aprenden lo que significa ser mujer u hombre en la sociedad.

 

Se ha identificado que lo más pertinente para dar significado a la representación de las personas y hacer visibles a las mujeres en la comunicación escrita es utilizar el femenino y masculino, es decir, nombrar a niñas y niños, mujeres y hombres.

 

RECOMENDACIONES

Se recomienda usar el siguiente vocabulario:

ü  La Juventud.

ü  La dirección.

ü  El grupo de estudiante.

ü  Las familias.

ü  La niñez.

ü  La población.

ü  El personal docente.

ü  Queridos oyentes

 

 

LO QUE DEBE TENER EL MANUAL DE CONVIVENCIA

 

´  Marco Legal (Sentencia T-478, Ley 1620, Ley 1098 de 2006 o código de infancia y Adolescencia, Entre otros…)

´  Marco de Referencia (Conceptos, principios y responsabilidades)

´  De la relación de Estudiante con la comunidad educativa (Acuerdos de los derechos y deberes, estímulos y sanciones, solicitudes y reclamos…)

´  Del Comité Escolar de Convivencia (Conformación, funcionamiento, acciones de promoción y prevención.)

´  Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar (Descripción, socialización, identificación, activación.)

´  Sistemas de Información y Comunicación (Estrategias y medios)

 

 

DEBIDO PROCESO EN LAS FALTAS

TIPO I

 

Estas faltas generalmente ocurren por descuido, falta de previsión o anticipación de consecuencias por parte del estudiante.

 

Frente a esta se deben proponer estrategias formativas, que en el mejor de los casos deben ser consecuencias lógicas y les ayude a los estudiantes en su proceso de formación, de tal manera que se desestimule dicho tipo de comportamientos.

 

Ejemplo faltar a clase o llegar tarde: Se puede considerar como estrategia formativa reponer el tiempo perdido de una clase durante el descanso siguiente a la ocurrencia del hecho o en programación especial. Nótese que la sanción es una consecuencia lógica de lo hecho por el estudiante y la estrategia formativa busca justamente resarcir o retribuir el tiempo que se perdió, pues se considera que el tiempo de las clases es un momento valioso para los procesos académicos y formativos.

 

También es preciso que se modele y precise el debido proceso, el cual debe incluir:

1) El profesor que conoce la falta cometida la tratará directamente con el estudiante;

2) El profesor dialogará con el estudiante sobre lo sucedido, escuchándolo y haciéndole ver el error cometido;

3) Se hace un registro en el cuaderno u observador del estudiante, tanto de la falta como de los descargos del estudiante.

4) El profesor informará al estudiante sobre la consecuencia de su falta, lo que también quedará por escrito.

5) Las faltas Tipo I deben ser resueltas dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se inicie el proceso.

 6) La decisión sobre la consecuencia por la falta o la sanción por ella, impuesta por el profesor que hace el debido proceso, puede ser apelada por el estudiante o sus padres ante una segunda instancia, que en este caso será la persona que se encargue del manejo de la convivencia en la institución. 

 

FALTAS TIPO II

Las faltas Tipo II son aquellos comportamientos que comprometen las normas básicas de convivencia y afectan de manera significativa a la institución o a cualquier miembro de la comunidad educativa causándole daño, además de que cuestionan los principios y valores que la comunidad escolar ha definido como centrales y deseables para la vida en sociedad o ponen en peligro la vida del estudiante o de algún miembro de la comunidad escolar, incluyendo las faltas contra el medio ambiente y la salud.

 

 

Ejemplo de una falta Tipo II se puede considerar el siguiente comportamiento: fumar en las instalaciones de la institución o fuera de ella en alguna actividad escolar. Efectivamente esta es una falta Tipo II por cuanto según la definición que se dio de ella, dicho comportamiento afecta de manera significativa a cualquier miembro de la comunidad educativa, causándole daño, pone en peligro la vida del estudiante y se incluye dentro de las faltas relacionadas contra el medio ambiente y la salud.

 

En el caso de estas faltas también se deben proponer estrategias formativas que le permitan al estudiante no solo reflexionar sobre el hecho, el comportamiento o la falta cometida, sino además y fundamentalmente, asumir las consecuencias de los actos realizados, y por lo mismo realizar acciones que reparen o resarzan el daño causado. La estrategia formativa que probablemente podría ajustarse mejor a este tipo de falta podría ser:  La firma de un acta de compromiso en la que el estudiante se compromete a no volver a realizar este comportamiento y la realización de una campaña para dar a conocer entre los estudiantes los perjuicios del tabaquismo para la salud. Nótese cómo las dos estrategias formativas propuestas son consecuencias lógicas del acto realizado, de tal manera que las sanciones impuestas están en directa concordancia con el hecho mismo. No se puede olvidar que este es el ideal de las sanciones si se busca que ellas sean formativas, no refuercen la heteronomía del estudiante y contribuyan de manera significativa a su proceso de maduración y de crecimiento personal.

 

Por supuesto que en el caso de las faltas Tipo II también se debe dar el debido proceso como el procedimiento que permite la delimitación de los hechos, la tipificación de la falta y la aplicación de una sanción. 

 

Se propone como debido proceso el siguiente: 

1) El profesor que tenga conocimiento de la falta debe abordar y confrontar directamente al estudiante implicado para aclarar los detalles y las circunstancias de lo sucedido; 

2) Diligenciar el formato o levantar un acta de registro de la situación en la que el estudiante pueda expresar su punto de vista sobre lo ocurrido a manera de descargo, este formato o acta debe ser firmado por ambos; 

3) Inmediatamente se inicie el proceso por falta Tipo II de un estudiante, la institución, a través de alguna de sus instancias, deberá informar a los padres del estudiante sobre la apertura de dicho proceso;

4) El acta o formato diligenciado con la descripción de la falta y los descargos del estudiante se debe entregar a quien sea el encargado de manejar la convivencia en la institución para la calificación de esta y la imposición de la sanción a que haya lugar, acorde con lo contemplado en el Manual de Convivencia; 

5) El director de grupo o quien sea el encargado de la convivencia en la institución citará a los padres de familia y al estudiante y les notificará la decisión de la institución, de esta reunión se debe levantar un acta;

6) Los padres de familia o el estudiante podrán apelar la decisión tomada ante la instancia competente, que para este caso será la rectoría;

7)  En cualquiera de los momentos del proceso, el estudiante y sus padres o acudiente podrán solicitar la veeduría o intervención, ya sea del personero de los estudiantes o del comité de convivencia de la institución, como acompañantes de proceso o como instancia de conciliación; 

8) El procedimiento para la indagación de una falta Tipo II, los descargos, la calificación de la falta y la aplicación de la correspondiente sanción no podrá exceder los diez días calendario. 

 

FALTAS TIPO III

Estas faltas son aquellas que atentan directamente contra los derechos humanos básicos, la integridad física, psicológica o moral de las personas o los principios educativos de la institución, y en muchos casos están tipificadas como delitos por la justicia ordinaria. Este tipo de acciones son consideradas generalmente delitos que ponen en riesgo la vida, la integridad física y los bienes materiales, de tal manera que pueden causar daños, en muchos casos irreparables o irreversibles. 

 

Si bien corresponde a la institución educativa determinar cuáles son esas faltas de este tipo de comportamientos y de actuaciones que no solo causan daños graves a otros, sino que por su naturaleza también son considerados delitos por la justicia ordinaria, con su actuación el estudiante se pone a sí mismo fuera de la comunidad educativa, pues procede abiertamente en contra de esta y de los principios que la orientan y rigen. 

 

Como ejemplo de esta falta se puede señalar la posesión, comercialización o distribución de bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas dentro o fuera de la institución. Este comportamiento se ajusta a la definición que se ha dado de faltas Tipo III, puesto que atentan directamente contra la integridad física, psicológica o moral de las personas o los principios educativos de la institución, y en muchos casos están tipificadas como delitos por la justicia ordinaria.

 

Ejemplo de una estrategia formativa para el estudiante frente a este tipo de comportamiento puede ser la exclusión inmediata del estudiante de la institución educativa, lo cual sería la consecuencia lógica de un comportamiento que previamente se ha autoexcluido de la comunidad educativa a la cual pertenece el estudiante. De todas maneras, corresponde a cada institución, en consonancia con los principios y criterios formativos, determinar las diferentes clases de estrategias que se proponen frente a este tipo de faltas. 

 

De igual manera, frente a este tipo de faltas también se debe seguir el debido proceso que garantice los derechos de los estudiantes y de la institución educativa. A manera de ejemplo, se proponen los siguientes pasos: 

 

1) Estas faltas deben ser tratadas de igual manera que las Tipo III hasta el momento en el cual se confirma en la comisión de la falta y quien sea el encargado de la convivencia en la institución la califique como Tipo III; 

2) Intervención del comité de convivencia, encargado de revisar la documentación existente sobre el proceso, así como de determinar la estrategia formativa adecuada y proporcional a la falta cometida;

3) El rector impondrá la sanción mediante resolución motivada, la que será comunicada al estudiante y a sus padres en reunión concertada para tal fin y de la cual se debe elaborar un acta; 

4) Si la falta Tipo III es considerada delito por la justicia ordinaria, la institución, por medio del rector, la pondrá en conocimiento de las autoridades competentes para que ellas se ocupen de su investigación y manejo en lo que trasciende a la competencia de la institución educativa; 

5) Contra las decisiones que se tomen en la institución por esta falta procede el recurso de apelación, el cual debe ser resuelto por el consejo directivo de ella; 

6) El estudiante implicado en la falta o sus padres pueden solicitar la veeduría del personero de los estudiantes en cualquiera de las etapas del proceso;

7)  La resolución de una situación por falta Tipo III no podrá tomar más de los quince días calendario, desde que se inicia el proceso hasta su culminación. 

 

En todo este proceso de tipificación de las faltas de los estudiantes y su taxonomía, es preciso tener en cuenta que la intencionalidad no es hacer un decálogo de casuística que no deje nada por fuera, sino que debe buscar orientar a los estudiantes sobre los comportamientos que se esperan de ellos, así como mostrarles las consecuencias de sus actos. En ningún momento se puede ni se debe perder de vista la intencionalidad máxima, que no es otra cosa que educación ética y la formación moral de los estudiantes. 

 

 

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

NUESTRA INSTITUCIÓN

     FORMANDO PERSONAS DE BIEN